RESOLUCIÓN ACC/1385/2024, de 11 de abril, de convocatoria de los procesos de estabilización, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, en relación con las categorías profesionales de personal laboral de la Agencia de Residuos de Cataluña.

El artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autoriza una tasa adicional de estabilización de empleo temporal y de los procesos selectivos ordinarios vinculados a la tasa de reposición establecida en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2022, y en la tasa específica que regula la disposición adicional 4ª del Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre.

En la RESOLUCIÓN ACC/4128/2022, de 22 de diciembre, se aprueba la oferta de empleo público ordinario del personal laboral de la Agencia de Residuos de Cataluña, para el año 2022.

Esta oferta de empleo público ha estado precedida de la correspondiente negociación con el comité de empresa de la ARC, de conformidad con el artículo 37.1.l) del Texto refundido del Estatuto básico del empleado público.

Visto lo que disponen el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos del Decreto 28/1986, de 30 de enero, de Reglamento de selección de Personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

En uso de las competencias que me atribuye el artículo 64 del Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009 de 21 de julio.

 

RESUELVO:

 

1. Convocar los procesos de estabilización, mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, en relación con los grupos profesionales y las categorías de la ARC.

 

2. Estos procesos de estabilización se rigen por la normativa referenciada en la parte expositiva, por las bases comunes contenidas en el anexo 1 y por las bases específicas contenidas en el anexo 5 de la presente Resolución.

 

3. Los grupos y categorías de la clasificación profesional objeto de convocatoria son las que se establecen en el Anexo 5 de la presente Resolución.

 

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente un recurso de reposición ante el Director de la Agencia de Residuos de Cataluña, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren procedente por a la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 11 de abril de 2024

 

Isaac Peraire i Soler

Director de la Agencia de Residuos de Cataluña

 

 

ANEXO 1

Bases comunes

 

   1. Objeto.

Las presentes bases comunes tienen por objeto regir los procesos de selección que se convocan mediante el sistema de concurso oposición, en relación con los grupos y categorías de la clasificación profesional de la ARC competencia de la Dirección de la ARC que constan en el anexo 5 de la presente Resolución, y sin perjuicio de las especificidades contenidas en la misma.

 

   2. Requisitos de participación.

Para participar en estos procesos de selección se deben cumplir los requisitos que se indican a continuación:

      2.1. Nacionalidad.

Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes.

Además de las personas extranjeras a las que se refieren los párrafos anteriores, también pueden participar las personas extranjeras con residencia legal en España.

      2.2. Edad.

Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

      2.3. Titulación.

Estar en posesión de alguno de los títulos académicos oficiales, su equivalencia, o en condiciones de obtenerla, que en cada caso se indican en el anexo 5, para cada uno de los puestos de trabajo sujetos a concurso oposición, sin perjuicio que, si una persona aspirante con vinculación temporal permanece en activo en virtud de otra titulación académica exigida en el momento de inicio de su vinculación temporal, ésta le será tenida en cuenta a título individual.

A tal efecto, de conformidad con el referido artículo 16 del Convenio colectivo de la ARC, el acceso requiere, en función de su grupo de clasificación profesional, el siguiente nivel de titulación:

· Categoría laboral 2 (II). Es necesario poseer título de graduado en educación secundaria, graduado escolar, técnico correspondiente a ciclos formativos de grado medio, técnico especialista correspondiente a formación profesional de primer grado o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

· Categoría laboral 3 (III). Es necesario poseer título de bachillerato, título de especialista en formación profesional de segundo grado o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

· Categoría laboral 5 (V). Es necesario poseer estudios universitarios de grado superior o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

· Categoría laboral 6 (VI). Es necesario poseer estudios universitarios de grado superior o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo

· Categoría laboral 7 (VII). Es necesario poseer estudios universitarios de grado superior o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá estar en posesión, o en condiciones de obtener, la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

      2.4. Capacidad funcional.

Poseer la capacidad funcional para desempeñar las funciones de los grupos y categorías profesionales del personal laboral de la ARC respecto de la que se solicita la participación.

      2.5. No haber estado separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado judicialmente.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del que haya sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no debe estar inhabilitado o en situación equivalente ni debe haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.

      2.6. Incompatibilidades.

No estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad previstos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y en la Ley catalana 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

      2.7. Conocimientos de lengua catalana.

Poseer los conocimientos de lengua catalana del nivel C1 de conformidad con lo que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

      2.8. Conocimientos de lengua castellana.

En relación a las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española, poseer los conocimientos de lengua castellana del nivel C1.

      2.9. Condición de personal laboral fijo.

No tener la condición de personal laboral fijo de los grupos y categorías de clasificación profesional de la ARC respecto de la clasificación de la cual se solicita la participación, ni de una categoría profesional laboral de otra administración pública con funciones asimiladas de los grupos y categorías de clasificación profesional respecto de la que se solicita participar.

      2.10. Tasa de participación.

Las personas participantes deben realizar el pago de la tasa de participación correspondiente, de acuerdo con lo previsto en la base común 3.4, salvo en los supuestos de exención.

Los requisitos indicados anteriormente deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y deben seguir cumpliéndose hasta la fecha de inicio de la relación como personal laboral fijo.

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indicados anteriormente comporta la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación.

 

 

   3. Procedimiento de solicitud.

      3.1. Lugar y plazo de presentación de les solicitudes.

La solicitud de participación en estos procesos de selección debe realizarse de forma individual en cada una de las plazas ofertadas objeto de convocatoria que constan en el anexo 5 de la presente Resolución.

Las solicitudes de participación se tendrán que dirigir a la ARC y presentar en el plazo común y único de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

En este plazo, las personas aspirantes tendrán que presentar, por cada una de las plazas en las que quieran participar, la solicitud y la documentación requerida en los términos que establecen estas bases y las bases específicas y realizar el pago de la tasa correspondiente.

La presentación de estas solicitudes se efectuará telemáticamente a través de la web Tràmits Gencat (http://web.gencat.cat/ca/tramits/), mediante formulario normalizado que se pondrá a disposición a partir de las 9 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y siguiendo las instrucciones que proporcione la aplicación habilitada al efecto, de conformidad con lo que prevén la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, y el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.

Este formulario y canal de presentación son de uso obligatorio para la admisión a la participación en la convocatoria, y no se considerarán válidamente presentadas aquellas solicitudes que se efectúen con otro formulario o formato y/o que se envíen por otro canal, de acuerdo con lo que prevén los artículos 16.8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 85.1 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto.

      3.2. Documentación para tramitar la solicitud

Las personas aspirantes tendrán que adjuntar la documentación requerida en estas bases y las bases específicas correspondientes. La documentación es la siguiente:

   a. DNI, NIE o pasaporte en vigor.

   b. Formulario de currículum normalizado que consta en el anexo 4 de esta convocatoria, completado con los datos requeridos en el mismo y debidamente firmado.

   c. Titulación requerida específica por la plaza, según anexo 5 de estas bases. La titulación deberá acreditarse mediante el documento escaneado, sin perjuicio de que más adelante se pueda pedir los documentos con copia auténtica o que las personas aspirantes tengan que acreditar la autenticidad de la documentación aportada mediante el original.

La presentación por parte de la persona interesada de un título distinto al previsto explícitamente por la plaza correspondiente establecido en el anexo 5, pero que se considere equivalente, debe acompañarse de la correspondiente justificación de la equivalencia.

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, debe estar homologado por parte de la Administración General del Estado o la Administración autonómica competente y, si es necesario, que se presente la correspondiente traducción jurada.

   d. Documentación acreditativa de estar en posesión del nivel C1 de conocimiento de lengua catalana de acuerdo con lo previsto en el punto 2.8 de estas bases. En el caso de no disponer de documentación acreditativa las personas aspirantes tendrán que realizar la prueba correspondiente de conocimientos de lengua catalana.

   e. Documentación acreditativa de estar en posesión del nivel C1 de conocimientos de lengua castellana de acuerdo con lo previsto en el punto 6.4.2.2 de estas bases. En el caso de personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española tendrán que realizar la prueba de conocimientos de lengua castellana.

   f. El certificado emitido por el órgano competente en materia de personal y debidamente firmado de acuerdo con los modelos del anexo 2 y 3, para acreditar los méritos de servicios prestados.

   g. Los méritos de formación evaluables en la fase de concurso que se establecen en estas bases se tendrán que acreditar mediante el documento escaneado de las titulaciones o certificados formativos emitidos por el centro correspondiente en el que constará la denominación del centro emisor, el número de horas, la asistencia y el aprovechamiento, en su caso. De forma análoga en el punto C, una vez efectuada la solicitud se podrá pedir, en cualquier momento, los documentos con copia auténtica o que las personas aspirantes tengan que acreditar la autenticidad de la documentación aportada mediante el original.

La acreditación de los méritos se realizará con carácter previo a la asignación de las plazas y en el momento que determine el Órgano Técnico de Selección.

   h. Las personas aspirantes que cumplan alguna de las condiciones para obtener una bonificación o exención en el pago de la tasa de participación tendrán que adjuntar en el formulario normalizado la documentación acreditativa del derecho a aplicarse la bonificación o exención correspondiente.

   i. Las personas aspirantes con la condición legal de discapacitadas, con un grado igual o superior al 33% que soliciten la adaptación de la prueba de conocimientos de lengua catalana y/o castellana tendrán que adjuntar el certificado de condición legal de discapacidad con un grado igual o superior al 33% junto con el dictamen a que se refiere el apartado 3.5 de estas bases.

   j. Documentación acreditativa del cumplimiento del resto de requisitos previstos por la plaza establecidos en el Anexo 5.

En el momento de formalizar la solicitud se generará un documento de pago de la tasa de participación y se generará una notificación y un requerimiento automático para que, una vez realizado este pago, se pueda adjuntar el comprobante emitido por la entidad bancaria conforme el pago se ha realizado dentro de los términos establecidos en estas bases.

Las personas aspirantes no tendrán que aportar la acreditación de los servicios prestados en la ARC. El Órgano Técnico de Selección realizará el cómputo de oficio de dichos méritos que consten en las bases de datos de la ARC. Estas personas sí tendrán que acreditar los servicios prestados a otras entidades diferentes a la ARC, según la valoración establecida en el punto 5.1.1.

      3.3. Declaraciones responsables y consentimiento para el tratamiento de datos.

Con la solicitud de participación, las personas aspirantes:

a) Declaran responsablemente:

· Que cumplen los requisitos de participación del proceso de selección respecto al que solicitan la participación, sin perjuicio de su posterior comprobación o acreditación.

· La veracidad y exactitud de los datos indicados en el formulario de la solicitud de participación, sin perjuicio de la facultad de la Administración de revisión y comprobación para su constatación.

b) Dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente, así como para que el órgano convocante y el Órgano de Selección hagan las comprobaciones y acreditaciones de oficio, sin perjuicio de la posibilidad o, en su caso, de la necesidad de presentación de documentación.

Los datos personales de las personas aspirantes se incorporarán al tratamiento "Convocatorias de selección de personal", según las siguientes especificaciones:

· Identificación del tratamiento: convocatorias de selección de personal.

· Responsable del tratamiento: Agencia de Residuos de Cataluña.

· Finalidad: gestión de los procesos de selección de personal de la ARC y elaboración de estudios e informes de género.

· Derechos de las personas interesadas: puede solicitar el acceso y la rectificación de sus datos, así como la supresión, oposición o la limitación del tratamiento cuando sea procedente.

·Procedimiento para ejercer sus derechos en la página web de la ARC (https://residus.gencat.cat).

      3.4. Tasa de participación.

De acuerdo con el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, el resto de normativa presupuestaria vigente y la Orden PRE/ 7/2022, de 9 de febrero, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia, los organismos y las entidades que dependen, los importes de la tasa que deben satisfacer las personas que participen en estos procesos de selección, por cada una de las solicitudes que presenten, son los que, en cada caso, se indican a continuación, en función de los grupos de clasificación profesionales laborales que se establecen en el artículo 16 del Convenio colectivo del ARC.

El importe de la tasa, según las categorías profesionales, es:

 

Importe de la tasa según categoría profesional

Categorías II y III

Categorías V, VI y VII

Tasa general

41,35 €

72,05 €

Con la bonificación del 30% por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general

28,95 €

50,45 €

Con la bonificación del 50% por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial

20,70 €

36,10 €

 

En cualquier caso, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica y las personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

El pago de la tasa, que debe efectuarse en relación con cada una de las solicitudes de participación, será por el medio indicado en el momento de presentar la solicitud de inscripción.

La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención comporta, en caso de que no se subsane en los términos expuestos en esta base, la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.

      3.5. Participación de personas aspirantes con algún tipo de discapacidad o necesidades especiales.

Las personas aspirantes con la condición legal de discapacitadas, con un grado igual o superior al 33%, tienen derecho a la adaptación, si es necesaria y deben realizarla, de la prueba acreditativa del requisito de conocimientos de lengua catalana y/ o de lengua castellana, así como del puesto de trabajo adjudicado, con las condiciones que establece el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, y las que se especifican a continuación.

Para obtener la adaptación de la citada prueba y/o del puesto de trabajo, es necesario disponer de un dictamen favorable de los equipos de valoración multiprofesional de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales o del órgano que ejerza esta función (u órgano competente equivalente del resto de comunidades autónomas), emitido con ocasión de esta convocatoria, que declare que la persona aspirante cumple las condiciones para ejercer las funciones de la categoría profesional laboral respecto de la cual ha solicitado la participación, y que informe, si procede, sobre las adaptaciones necesarias para realizar la prueba y/o sobre la necesidad de adaptar el puesto de trabajo.

La persona aspirante debe solicitar el dictamen y entregarlo al ARC antes de la realización, si procede, de las pruebas acreditativas del requisito de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana, así como de las pruebas de la fase de oposición (en caso de necesidad de adaptación de prueba), o antes del inicio de la relación laboral fija (en caso de necesidad de adaptación del puesto de trabajo).

 

   4. Órgano Técnico de Selección.

      4.1. Composición.

La composición del Órgano de Selección será única para todos los procesos de selección objeto de la presente convocatoria.

Componen el Órgano de Selección de estos procesos de selección las siguientes personas:

   - Presidente titular: Anna Garcia Solano

Presidente suplente: Francesc Giró Fontanals

   - Secretaria titular: Maria Serentill Chaubel

Secretaria suplente: Judith Solé Verdés

   - Vocales titulares: Antonia Masip Perelló, Albert Demestre Sospedra

Vocales suplentes: Mª Carmen López Gundin, Albert Garcia Ruiz

El Órgano de Selección puede disponer la incorporación a sus tareas de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

El Órgano de Selección tiene como sede de actuaciones en la sede central del ARC en Barcelona (Paseo de la Zona Franca, 107).

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, los Órganos Técnicos de Selección se podrán constituir, podrán convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actos tanto de forma presencial como a distancia. En las sesiones que se realicen a distancia, los miembros del Órgano Técnico de Selección pueden estar en lugares distintos siempre que se asegure por medios electrónicos su identidad o la de las personas que les suplan, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se produzcan, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión. Entre otros, se consideran incluidos entre los medios electrónicos válidos las videoconferencias.

      4.2. Ausencias, suplencias y recusaciones.

De acuerdo con lo que determinan el artículo 13 y siguientes de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 15 y siguientes de la Ley 40 /2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, se establece, en relación con el funcionamiento de este Órgano de Selección, que:

a) En los casos de ausencia, vacante, enfermedad o por cualquier otra causa justificada de la persona que ocupe la presidencia del Órgano de Selección, ésta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal de mayor antigüedad y, si dos o más tienen la misma antigüedad, por el de mayor edad. Y en cuanto a la persona que ocupe la secretaría del Órgano de Selección, ésta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal más joven.

b) En los casos de ausencia, vacante, enfermedad o por cualquier otra causa justificada de alguno de los miembros vocales titulares del Órgano de Selección, éste puede ser sustituido por cualquiera de los vocales suplentes, en función de su disponibilidad.

Los miembros del Órgano de Selección están sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

      4.3. Actuaciones del Órgano de Selección.

   - Los miembros del Órgano de Selección tendrán que observar la oportuna confidencialidad y el secreto profesional en todo lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las sesiones que se celebren.

   - El órgano de selección debe garantizar el principio de publicidad del proceso selectivo, por eso es necesario que publique por los medios electrónicos establecidos en estas bases, los resultados de las diferentes fases del proceso, las convocatorias sucesivas y cualquier otra información que sea de interés para las personas aspirantes.

   - El Órgano de Selección decidirá sobre las peticiones de adaptaciones de la prueba acreditativa del requisito de participación de conocimientos de lengua catalana y/o de lengua castellana, así como de las pruebas de la fase de oposición. A tal fin, podrá efectuar los trámites oportunos para obtener la información que considere necesaria en relación con las adaptaciones solicitadas.

   - El Órgano de Selección puede acordar, si lo cree conveniente, la incorporación de asesores especialistas, con voz, pero sin voto, para que colaboren, con su especialización técnica, en la realización y desarrollo de los procesos de selección

   - En el caso de incidencias en los procesos de selección, el órgano convocante, por sí mismo o a propuesta de la presidencia del Órgano de Selección, puede requerir, a los efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que las personas aspirantes han podido incurrir en inexactitudes o falsedades, que pueden ser excluidas en cualquier momento del proceso de selección en el que participan, restando sin efectos los derechos asociados a su participación. En todo caso, se pondrán en conocimiento de las autoridades competentes las inexactitudes o falsedades comprobadas, a los efectos pertinentes.

   - Asimismo, en cualquier momento el Órgano de Selección puede requerir a las personas participantes la acreditación de su identidad personal mediante la presentación de cualquier documento oficial identificativo.

   - El Órgano de Selección podrá subsanar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

   - El Órgano Técnico de Selección resolverá todas las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, así como lo que sea necesario hacer en los casos no previstos y para adoptar los acuerdos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento del proceso selectivo.

   - El Órgano Técnico de Selección podrá acordar alargar los plazos de publicación de los diferentes listados del proceso, atendiendo al número de solicitudes y/o enmiendas o alegaciones presentadas.

   - El Órgano Técnico de Selección podrá ir resolviendo y publicando los diferentes acuerdos, resoluciones, listados y llamadas del proceso de concurso oposición de forma conjunta a todas las plazas convocadas o de forma independiente por cada plaza según se vayan resolviendo, en función del número de solicitudes y/o enmiendas o alegaciones presentadas.

   - El Órgano Técnico de Selección puede proponer al órgano convocante la exclusión del proceso selectivo de cualquier participante que tenga alguna conducta contraria a la buena fe u orientada a desvirtuar los principios de igualdad y equidad u otros comportamientos que alteren el desarrollo normal de cualquiera de las fases establecidas en la convocatoria.

   - El Órgano de Selección extenderá acta de todas las sesiones que se celebren. Para la válida constitución del Órgano de Selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del presidente y secretario o, en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Sin embargo, el Órgano podrá constituirse válidamente para la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos, cuando estén reunidos el secretario y todos los miembros, sin necesidad de convocatoria previa, cuando así lo decidan todos los miembros

 

   5. Sistema selectivo.

El sistema selectivo que rige los procesos de selección convocados por la presente Resolución es el de concurso-oposición, con sujeción a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Este sistema selectivo es sin perjuicio de la realización, si procede, de la prueba de acreditación de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o de lengua castellana por parte de aquellas personas aspirantes que no estén exentas. Esta prueba tiene como única finalidad la acreditación del cumplimiento de estos requisitos de participación, de acuerdo con lo que establece el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

La puntuación de la fase de concurso de méritos y de la fase de oposición va en función de la categoría profesional de la plaza convocada y es la siguiente:

 

 

Fase concurso méritos

Total fase concurso méritos Fase oposición Entrevista personal Total fase oposición TOTAL PUNTUACIÓN FINAL

Servicios prestados

Formación vinculada a las funciones de la plaza

Categorías profesionales II y III

45

20

65

20

15

35

100

Categorías profesionales V, VI y VII

45

5

50

35

15

50

100

 

En el caso de aquellas plazas que tengan méritos específicos, debidamente establecidos en el anexo 5 de estas bases, la puntuación máxima final se verá incrementada con los puntos a añadir en base a la valoración de estos méritos específicos.

Los plazos, el procedimiento y el desarrollo de cada una de las fases del proceso selectivo queda recogido en los siguientes apartados.

      5.1. Fase del concurso de méritos.

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 65 puntos por las categorías II y III y 50 puntos por las categorías V, VI y VII.

Únicamente se valorarán los méritos que se indican a continuación que se hayan alcanzado hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.

Los méritos alegados y acreditados documentalmente que se valorarán son los siguientes:

         5.1.1. Servicios prestados.

Se valoran los siguientes servicios prestados:

   - En puestos de trabajo con categoría profesional, funciones y tareas iguales a la plaza ofertada:

 

Experiencia en la Agencia de Residuos de Cataluña

0,75 puntos por mes trabajado, con un máximo de 45 puntos

Experiencia en otro organismo o entidad dentro del ámbito del sector público de la administración de la Generalitat de Cataluña

0,5 puntos por mes trabajado, con un máximo de 30 puntos

Experiencia en otra entidad dentro del ámbito del sector público de otras administraciones públicas

0,34 puntos por mes trabajado, con un máximo de 20 puntos

Máxima puntuación

45

 

 

   - En puestos de trabajo con categoría profesional, funciones y tareas similares a la plaza ofertada:

 

Experiencia en la Agencia de Residuos de Cataluña

0,375 puntos por mes trabajado, con un máximo de 22,5 puntos

Experiencia en otro organismo o entidad dentro del ámbito del sector público de la administración de la Generalitat de Cataluña

0,25 puntos por mes trabajado, con un máximo de 15 puntos

Experiencia en otra entidad dentro del ámbito del sector público de otras administraciones públicas

0,167 puntos por mes trabajado, con un máximo de 10 puntos

Máxima puntuación

22,5

 

   - No se computarán los meses no enteros.

   - Para el cálculo de los servicios prestados, en caso de que la dedicación no sea del 100% de la jornada, la puntuación obtenida por el tiempo trabajado en esta dedicación se puntuará proporcionalmente. Si la reducción de la dedicación deriva de una situación de conciliación de la vida personal y familiar, se computará el 100% de la jornada.

   - Las personas aspirantes no tendrán que aportar la acreditación de los servicios prestados en la Agencia de Residuos de Cataluña. El Órgano Técnico de Selección realizará el cómputo de oficio de dichos méritos que consten en las bases de datos de la Agencia. Pero, en su caso, estas personas sí tendrán que acreditar los servicios prestados a otras entidades diferentes a la Agencia de Residuos.

   - Respecto al resto de servicios prestados en el ámbito público se efectuará mediante el certificado emitido por el órgano competente en materia de personal y debidamente firmado de acuerdo con los modelos del anexo 2 y 3.

         5.1.2. Formación complementaria y perfeccionamiento específico.

Se valora la formación complementaria y el perfeccionamiento específico, siempre relacionado con las funciones y tareas correspondientes a la plaza ofertada, de acuerdo con la siguiente distribución:

 

 

Categorías profesionales II y III

Categorías profesionales V, VI y VII

Hasta a 40 horas

2

0

De 41 a 60 horas

5

1

De 61 a 80 horas

10

2

De 81 a 100 horas

12

3

De 101 a 120 horas

15

4

De 121 a 140 horas

18

4

Más de 140 horas

20

5

Máxima puntuación

20

5

 

En los supuestos en que las formaciones acrediten créditos universitarios se realizará su contabilización según las horas de cada crédito.

Se acreditará mediante la aportación de certificados o títulos, por la persona aspirante y deberá figurar el nombre del curso, el centro que emite el certificado y el número de horas o créditos que se han realizado. En caso de que la persona aspirante no se acredite el número de horas lectivas de algún curso, se entenderá que su duración es de 5 horas

         5.1.3. Méritos específicos.

Se valoran los méritos específicos hasta un máximo de 5 puntos, en aquellas plazas que así lo requieran según anexo 5.

      5.2. Fase oposición.

La fase oposición consta de dos bloques: un primer bloque eliminatorio que consistirá en la realización de pruebas escritas y un segundo bloque que consistirá en una entrevista por competencias.

         5.2.1. Temario de las pruebas.

Esta fase versará sobre los temas que se determinen expresamente en los diferentes puestos de trabajo que salen a concurso oposición especificados en el anexo 5, y como temario común a todas las plazas que salen a concurso-oposición, el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos, aprobado por Decreto legislativo 1/2009.

         5.2.2. Estructura y puntuación de las pruebas.

Las pruebas escritas de la fase de oposición constarán de dos partes diferenciadas, una de carácter teórico y una segunda de carácter práctico.

· Primera prueba de carácter teórico: consistirá en un cuestionario tipo test que puede estar relacionado tanto con el temario común como con el temario específico correspondiente a cada plaza.

· Segunda prueba de carácter práctico: consistirá en la realización de uno o más supuestos prácticos relacionados con las funciones de los puestos de trabajo a proveer y relacionados con el contenido del temario específico correspondiente a cada plaza.

La puntuación de las pruebas va en función de la categoría profesional de cada plaza ofertada y queda recogida en la siguiente tabla

 

 

Categorías II y III

Categorías V, VI y VII

Puntuación mínima

Puntuación máxima

Puntuación mínima

Puntuación máxima

Prueba de carácter teórico

2,5

5

5

10

Prueba de carácter práctico

7,5

15

12,5

25

Total puntuación máxima

10

20

17,5

35

 

   - La superación de la fase de oposición requerirá una puntuación mínima de 10 puntos por las categorías II y III, de 17,5 puntos por las categorías V, VI y VII.

   - Ambas pruebas son obligatorias y no eliminatorias entre ellas. La puntuación obtenida en cada una de ellas se sumarà y permitirá obtener la puntuación final, pero es necesario haber obtenido una superación mínima del 50% en cada una de ellas de forma individual.

   - Las pruebas se realizarán exclusivamente en lengua catalana.

   - Los modelos de exámenes deben estar previamente aprobados por el Órgano de Selección.

   - Es posible que en el desarrollo de la prueba de carácter práctico se permita el uso de algunas herramientas o aplicativos concretos que serán facilitados por la ARC a los participantes en el momento de realización de la prueba. En estos casos, debe quedar aprobado y establecido previamente por el Órgano de Selección.

   - En cumplimiento de la legislación sobre transparencia, que garantiza el derecho de toda persona participante a acceder a la información de los procesos selectivos convocados por las administraciones públicas, las personas interesadas pueden solicitar el acceso a las plantillas de corrección dentro de su derecho en el acceso al expediente completo. Este derecho está limitado por el derecho a la protección de datos de carácter personal, en los términos que establece la legislación vigente

         5.2.3. Calendario y lugar de las pruebas.

Las pruebas tendrán lugar, preferentemente, en la sede de la Agencia de Residuos de Cataluña. Sin embargo, en función del número de participantes convocados, se puede designar otra ubicación, siempre dentro de la comarca del Barcelonés.

Las personas aspirantes serán convocadas por las pruebas escritas en convocatoria única y quedarán excluidas del proceso de selección las que no comparezcan, restando sin efectos los derechos asociados a su participación. La convocatoria de las pruebas se realizará mediante publicación en el e-tauler y en la web de la ARC, y en un plazo no inferior a 2 meses de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba o ejercicio de la misma con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba o ejercicio de la misma el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba o ejercicio de la misma, se realizará una única segunda convocatoria o, en su caso, se modificará la fecha de la convocatoria única establecida.

En caso de una segunda convocatoria, el Órgano Técnico de Selección correspondiente fijará la fecha de realización de la prueba o ejercicio aplazado de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba o ejercicio aplazado debe celebrarse antes de la publicación de los resultados de la prueba o ejercicio al que no se ha podido asistir, y el Órgano Técnico de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

Las instrucciones referentes al desarrollo de las pruebas, que incluye la duración de las mismas, estarán aprobadas por el Órgano de Selección y puestas en conocimiento de las personas aspirantes con antelación suficiente a la fecha de realización.

         5.2.4. Fase entrevista personal

Este bloque consistirá en una entrevista personal para poder valorar el nivel de las competencias necesarias para el correcto desarrollo de las funciones asignadas a cada puesto de trabajo, así como la información aportada por el aspirante en su solicitud en relación con la experiencia efectiva en tareas o funciones iguales y/o similares a las descritas del puesto de trabajo a cubrir. También se tendrán en cuenta las actitudes y motivaciones hacia el puesto de trabajo, a fin de evaluar la adecuación global del aspirante al puesto de trabajo.

- Este bloque se valorará con una puntuación máxima de 15 puntos por todas las categorías.

- La designación de las personas que llevarán a cabo las entrevistas quedará acordada por el Órgano de Selección en el momento de convocar a los aspirantes para la realización de las entrevistas.

- La valoración de este bloque se realizará por las personas designadas que han llevado a cabo las entrevistas y trasladarán su valoración, debidamente justificada, al Órgano de Selección para que pueda realizar la valoración final de todo el proceso selectivo.

 

   6. Desarrollo del proceso de selección.

      6.1. Personas admitidas y excluidas.

Dentro de los siguientes 20 días hábiles a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección de la ARC dictará resolución, que debe publicarse en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña ( DOGC) y en la web de la ARC, con la lista de personas admitidas y excluidas, y el motivo de la exclusión, junto con la valoración provisional de los méritos, en relación con cada uno de los procesos selectivos convocados en virtud de la presente Resolución.

En ningún caso se enviarán comunicaciones individualizadas. Con la publicación de las resoluciones y/o acuerdos indicados y la exposición de las listas correspondientes en el DOGC se considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas.

      6.2. Enmiendas a la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC de la lista indicada, para realizar alegaciones por disconformidad, solicitud de enmienda y aportar la documentación justificativa correspondiente.

Las alegaciones, las respuestas a los requerimientos de documentación justificativa o las solicitudes de enmiendas por parte de las personas interesadas deben efectuarse telemáticamente a través de la web Tràmits Gencat (http://web.gencat.cat/ ca/tramites/) en los trámites correspondientes a su expediente. Tal y como queda establecido en el punto 10.4 de estas bases, las personas aspirantes podrán acceder por cualquier trámite o consulta correspondiente al proceso o procesos de selección en los que participen en "Consulta el estado de tus gestiones" o del Área Privada de la web Tràmits Gencat. Sin embargo, la ARC puede utilizar el correo electrónico en algunos casos concretos, siempre bajo el visto bueno del Órgano de Selección y por causas debidamente justificadas.

En caso de que una persona aspirante haya presentado su solicitud de participación por diferentes plazas deberá presentar las enmiendas y/o alegaciones que considere por cada una de las plazas que quiera que se tengan en cuenta, de manera que la presentación de una enmienda, documentación y/o alegación por una plaza sólo se tendrá en cuenta por aquella plaza y no por el resto.

En este trámite no se admitirá la alegación de méritos no alegados previamente conforme a la base común 5.1, y cualquier documentación aportada por las personas aspirantes que no tenga por objeto estos méritos alegados previamente no será tenida en cuenta por parte del Órgano de Selección y, por tanto, no deberá pronunciarse expresamente al respecto.

Las personas aspirantes que figuren como excluidas en esta lista provisional y no subsanen dentro de este plazo el defecto o defectos, se considera que desisten de su petición y quedarán excluidas definitivamente.

      6.3. Lista definitiva de personas admitidas y excluidas.

En un plazo máximo de 20 días hábiles después de finalizar el plazo de enmiendas, reclamaciones o alegaciones, el Órgano Técnico de Selección acordará y publicará en el DOGC y en la web de la ARC la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y la valoración definitiva de los méritos por cada una de las plazas objeto de convocatoria.

El hecho de figurar en la lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas no implica el reconocimiento de la posesión de todos los requisitos exigidos para la contratación, cuyo cumplimiento íntegro, bajo su responsabilidad, tendrán que acreditar las personas aspirantes de acuerdo con la forma que se indica en estas bases antes de la contratación como personal laboral fijo.

Se podrá requerir, a los efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando se crea que existen inexactitudes o falsedades en las que hayan podido incurrir las personas aspirantes, las cuales podrán ser excluidas motivadamente de la convocatoria en cualquier momento si no cumplen los requisitos.

Los errores materiales, de hecho y aritméticos en la publicación de las resoluciones y anuncios se pueden subsanar por el Órgano Técnico de Selección en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

      6.4. Prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimiento de la lengua catalana y/o castellana.

Esta prueba se efectuará de acuerdo con las siguientes reglas:

         6.4.1. Convocatoria para la realización de las pruebas.

Esta prueba se realizará en convocatoria única a las personas aspirantes de cada una de las plazas, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano de Selección.

La no comparecencia en la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba o ejercicio de la misma con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba o ejercicio de la misma el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba o ejercicio de la misma, se realizará una única segunda convocatoria o, en su caso, se modificará la fecha de la convocatoria única establecida.

En caso de una segunda convocatoria, el Órgano de Selección fijará la fecha de realización de la prueba o ejercicio aplazado de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba o ejercicio aplazado debe celebrarse antes de los resultados de la prueba o ejercicio al que no se ha podido asistir, y el Órgano de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

         6.4.2. Desarrollo de la prueba de conocimientos de lengua catalana y/o lengua castellana.

Consta de dos ejercicios: conocimientos de lengua catalana y conocimientos de lengua castellana.

Con posterioridad a su realización, el Órgano de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana, en relación con los procesos en los que ésta haya sido realizada.

            6.4.2.1. Ejercicios de conocimiento de lengua catalana.

De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que no estén exentas de realizarlo.

En el caso de las categorías profesionales laborales que requieren conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1), consiste en realizar, ante el Órgano de Selección y, en su caso, de los asesores especialistas designados, un ejercicio que consta de dos partes.

   - Primera parte. Se evalúa el dominio de la expresión escrita, mediante la redacción de un texto de 200 palabras, como mínimo; la comprensión lectora, mediante la lectura de un texto escrito y la respuesta a preguntas sobre este texto, y la gramática y el vocabulario, mediante ejercicios de evaluación del conocimiento de la ortografía, la morfología, la sintaxis y el léxico.

   - Segunda parte. Se evalúa la expresión oral por medio de la lectura en voz alta de un texto y una conversación y/o exposición sobre temas generales de actualidad.

El tiempo para realizarla es de 1 hora y 30 minutos para la primera parte y de 30 minutos para la segunda sin perjuicio de posibles adaptaciones.

El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a.

Para ser declarado apto/a en este ejercicio debe obtenerse una puntuación total mínima del 70%, de conformidad con el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y conocimiento del catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero.

Están exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del certificado de nivel de suficiencia (C1) o superior de la Secretaría de Política Lingüística.

También eximen de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana los títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística.

Igualmente quedan exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido plaza en un proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña, en el que hubiera establecida una prueba o ejercicio del mismo nivel o superior.

Si el proceso selectivo no ha sido convocado por la Agencia de Residuos de Cataluña, será necesario aportar certificación del/de la secretario/a general del departamento correspondiente, o del órgano en el que delegue, donde conste de forma clara y expresa el proceso de selección de personal en el que haya participado el aspirante, el número de registro de la convocatoria, el nivel de conocimientos de lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación que el aspirante ha obtenido plaza.

            6.4.2.2. Ejercicios de conocimiento de lengua castellana.

De carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que carezcan de la nacionalidad española y que no estén exentas de realizarlo.

En el caso de categorías profesionales laborales que requieren conocimientos de lengua castellana del nivel C1, con el fin de acreditar los conocimientos de lengua castellana las personas aspirantes deben realizar un ejercicio, que consiste en una redacción de 200 palabras, como mínimo, y en mantener una conversación con miembros del Órgano de Selección y, en su caso, con las personas asesoras especialistas que éste designe.

El tiempo para realizar este ejercicio será de 45 minutos para la primera parte y 15 minutos para la segunda, sin perjuicio de posibles adaptaciones.

El resultado de este ejercicio es de apto/a o no apto/a.

Están exentas de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española que acrediten estar en posesión del nivel de conocimientos de lengua castellana (C1):

   - Haber cursado la primaria, la secundaria y el bachillerato en el Estado español.

   - Estar en posesión del diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel C1 o superior establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero.

   - También eximen de realizar el ejercicio de conocimientos de lengua castellana el certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

   - Igualmente quedan exentas de realizar este ejercicio las personas aspirantes que hayan cursado en lengua castellana los estudios conducentes a la obtención de la titulación exigida como requisito de acceso.

      6.5. Convocatoria fase oposición.

Esta prueba se realizará en convocatoria única a las personas aspirantes de cada una de las plazas, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano de Selección, y se efectuará mediante publicación en el e-tablero y en la web del ARC

La no comparecencia en la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa, restando sin efectos los derechos asociados a su participación.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba o ejercicio de la misma con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba o ejercicio de la misma el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba o ejercicio de la misma, se realizará una única segunda convocatoria o, en su caso, se modificará la fecha de la convocatoria única establecida.

En el caso de una segunda convocatoria, el Órgano de Selección fijará la fecha de realización de la prueba o ejercicio aplazado de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba o ejercicio aplazado debe celebrarse antes de los resultados de la prueba o ejercicio al que no se ha podido asistir, y el Órgano de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

         6.5.1. Valoración y publicación de los resultados provisionales y plazo de alegaciones.

En el plazo máximo de 40 días hábiles desde la realización de las pruebas escritas de la fase de oposición, el Órgano de Selección acordará y publicará en el DOGC el listado de las personas aspirantes admitidas con el resultado de las pruebas escritas de la fase de oposición.

Con la publicación y exposición de las listas correspondientes al DOGC y en la web de la ARC se considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas.

A partir del día siguiente de la publicación de la lista con las puntuaciones provisionales de las pruebas escritas de la fase de oposición, las personas aspirantes disponen de un plazo de 10 días hábiles para formular alegaciones por disconformidad.

         6.5.2. Publicación de los resultados definitivos y convocatoria para la entrevista de competencias.

Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, el Órgano de Selección publicará la lista definitiva que incluirá:

   - La puntuación definitiva resultante de la suma de las fases de méritos y de la prueba escrita correspondiente al primer bloque de la fase de oposición de las personas aspirantes que han superado las pruebas escritas.

   - La lista de las personas aspirantes que no han superado las pruebas escritas, y que, por tanto, son consideradas no aptas.

Asimismo, se efectuará la convocatoria de las personas aspirantes a la entrevista de competencias correspondiente al último bloque de la fase de oposición para cada una de las plazas ofertadas. Esta convocatoria se realizará mediante comunicación individualizada, y se dará un plazo de 5 días hábiles para que el aspirante dé conformidad con la fecha y hora propuesta, o se proponga otra que en ningún caso puede superar el plazo de 5 días hábiles posteriores a la primera fecha propuesta.

Ante la ausencia de respuesta de la persona convocada en la entrevista de competencias, se considerará excluida del proceso.

 

   7. Valoración final del proceso selectivo.

Finalizadas las fases de méritos y oposición, el resultado definitivo de las personas aspirantes corresponderá a la suma de la puntuación de ambas fases.

Una vez se disponga de la calificación de las personas aspirantes, el Órgano de Selección publicará el Acuerdo relativo al resultado la relación de personas aprobadas por orden de puntuación final y efectuará la propuesta de contratación en el órgano competente de las personas que hayan obtenido la puntuación más alta en cada una de las convocatorias.

      7.1. Resolución de empates.

En caso de empate en la puntuación total, el orden de puntuación se establecerá a favor de la persona aspirante que se encuentre en la situación administrativa de servicio activo o situación asimilada en el momento de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

A estos efectos, se consideran situaciones asimiladas a la de servicio activo las siguientes:

   - Excedencias derivadas de la Ley 8/2006, de 5 de julio, de medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña.

   - Excedencia por razón de violencia terrorista.

   - Excedencia forzosa.

   - Otras situaciones administrativas que puedan estar previstas en normativa sectorial y que tengan los mismos efectos jurídicos

Si persiste el empate, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:

La persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el mérito de servicios prestados.

En caso de que la puntuación en el mérito de servicios prestados sea la misma, el empate se resolverá, a favor de la persona aspirante que tenga el mayor tiempo de servicios prestados en puestos de trabajo de la misma categoría profesional laboral objeto de convocatoria respecto de la cual se haya solicitado la participación, computando, a tal efecto, todos los días de prestación de servicios.

En caso de mantenerse el empate, éste se resolverá en favor de la persona aspirante que tenga el mayor tiempo de servicios prestados en el puesto de trabajo objeto a concurso en cada convocatoria.

 

   8. Propuesta de contratación como personal fijo.

El Órgano de Selección publicará, de forma conjunta con el Acuerdo de la valoración definitiva del concurso-oposición o, en su caso, de forma conjunta con la publicación de los resultados de la prueba acreditativa de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana y/o castellana, los resultados de éstos con la puntuación final ordenada y la propuesta de contratación como personal laboral fijo de las personas aspirantes que hayan superado cada uno de los procesos de selección convocados.

 

   9. Acreditación de los requisitos.

Junto con la propuesta de contratación como personal laboral fijo, se requerirá a las personas aspirantes propuestas respecto de las cuales no se haya podido comprobar de oficio la totalidad de los requisitos y méritos alegados para participar en el proceso de selección correspondiente, a fin que presenten, dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de contratación como personal laboral fijo, la correspondiente documentación acreditativa, que deberá ser original o copia auténtica.

Las personas aspirantes propuestas para la contratación como personal laboral fijo que no presenten la documentación requerida, así como aquéllas que, una vez efectuada la oportuna comprobación, no cumplan las condiciones y los requisitos de participación exigidos, no podrán ser contratadas como personal laboral fijo, siendo excluidas del correspondiente proceso de selección y restando sin efectos los derechos asociados a su participación. Esta exclusión determinará que el Órgano de Selección deba efectuar la correspondiente nueva propuesta de contratación como personal laboral fijo, de conformidad con lo previsto en la base común 8.

 

   10. Adjudicación de puestos de trabajo, contratación como personal fijo y periodo de prueba.

La convocatoria de estos procesos de selección hace referencia a puestos de trabajo específicamente identificados en el número de plazas que se convocan de los correspondientes grupos y categorías profesionales, de acuerdo con lo que consta, en cada caso, en el anexo 5 de la presente Resolución.

      10.1. Adjudicación de puestos de trabajo con carácter provisional.

A las personas aspirantes propuestas para contratación como personal laboral fijo y en relación con las que ya estén efectuadas la totalidad de las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos de participación, se les adjudicará, con carácter provisional el puesto de trabajo respecto del que hayan solo solicitado su participación.

      10.2. Contratación como personal laboral fijo.

Realizadas las actuaciones de adjudicación, la persona titular de la Dirección de la ARC dictará resolución definitiva con la relación de las personas que han superado el proceso de selección correspondiente y el puesto de trabajo adjudicado, que se publicará en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC).

Dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de la referida resolución, la persona titular de la Dirección de la ARC procederá a la formalización por escrito del contrato de trabajo como personal laboral fijo.

      10.3. Período de prueba.

En base a lo establecido en el artículo 21 del Convenio colectivo de trabajo de la Agencia de Residuos de Cataluña para los años 2009-2010, las personas a las que se formalice contrato de trabajo como personal laboral fijo tendrán que superar, en su caso, un período de prueba, según grupo y categoría profesional.

En todo caso, al trabajador/a que acceda a la condición de fijo y que anteriormente haya ocupado algún puesto de trabajo del mismo nivel laboral por medio de otro contrato laboral, se le computará el tiempo anterior trabajado a efectos de cumplimiento del período de prueba.

      10.4. Publicaciones e información del desarrollo de los procesos de selección.

Las publicaciones oficiales relativas a la convocatoria se realizan a través del Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) y del Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña, e-Tauler) (http://tauler.gencat .cat).

Igualmente, estas publicaciones, así como el resto de actos que se deriven, los contenidos informativos, los temarios incluidos en el annexo 5 de la bases específicas y los modelos de documentos a que se refieren las bases de esta convocatoria se pueden consultar a través de la web de la Agencia de Residuos de Cataluña (https://residus.gencat.cat).

Asimismo, a través de los apartados "Consulta el estado de tus gestiones" o del Área Privada de la web Tràmits Gencat (http://web.gencat.cat/ca/tramits/), las personas aspirantes pueden obtener información actualizada e individualizada sobre su participación en el proceso o procesos de selección en los que participen.

 

   11. Régimen de alegaciones e impugnaciones.

      11.1. Resoluciones del órgano convocante.

Contra las resoluciones del órgano convocante que aprueba la convocatoria, la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas y la relación de personas que han superado el proceso de selección correspondiente, u otras resoluciones definitivas, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la su publicación.

      11.2. Acuerdos del Órgano de Selección.

Contra los acuerdos del Órgano de Selección de valoración definitiva del concurso-oposición, de propuesta de contratación como personal laboral fijo, u otros actos de trámite cualificados previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada, ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

Contra el resto de actos de trámite del Órgano de Selección, las personas aspirantes pueden presentar las alegaciones que consideren convenientes ante el Órgano de Selección, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de este acto, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

      11.3. Canales de presentación de recursos administrativos, alegaciones, escritos y documentación.

Las personas aspirantes deben presentar sus recursos administrativos, sus alegaciones, escritos y documentación a través del Área Privada de la web Tràmits Gencat (http://web.gencat.cat/ca/tramits/), apartado " Aportar documentación" de la solicitud de participación en el presente proceso.

 

 

ANEXO 2 - Modelo de certificado de servicios prestados en la Administración de la Generalitat de Cataluña.

 

https://residus.gencat.cat/.content/home/lagencia/oferta_de_treball/proces_estabilitzacio/

annex_2_model_certif_serveis_prestats_entitats_GC.docx

 

 

ANEXO 3 - Modelo de certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas.

 

A efectos del cómputo del mérito de servicios prestados en otras administraciones públicas que no consten en el Registro General de Personal, las personas aspirantes deben acreditarlos mediante la aportación de certificado emitido en el formulario normalizado que puede descargarse en el siguiente enlace:

https://residus.gencat.cat/.content/home/lagencia/oferta_de_treball/proces_estabilitzacio/

annex_3_model_certif_serveis_prestats_altres_adm_publiques.docx

 

 

ANEXO 4

Formulario de currículum

 

http://residus.gencat.cat/.content/home/lagencia/oferta_de_treball/proces_estabilitzacio/

annex_4_formulari_curriculum_vitae.docx

 

 

ANEXO 5 - Bases específicas de las plazas incluidas en la convocatoria

 

5.1 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 29-206

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Gestión de la Contaminación del Suelo

Categoría profesional V

Ref: 39-102

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Gestión de la Contaminación del Suelo

Categoría profesional V

 

· Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas (Ingeniería, Química, Física, Biología, Geología, Ciencias Ambientales) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

· Funciones básicas:

Gestión técnica de los expedientes asociados a contaminación puntual del suelo e informes base, de las evaluaciones de suelos contaminados contratadas en empresas externas (asistencias técnicas). Analizar y redactar protocolos técnicos en tecnologías disponibles en SC. Representar a la ARC en jornadas y congresos.

· Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

· Temario específico:

   - Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

   - Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

   - Guía metodológica para la realización de ensayos de vacío (pruebas de eficiencia) en captadores de vapores en estaciones de servicio.

   - Paquete de circulares técnicas de análisis cuantitativo de riesgo (CT 1 a CT 7) aplicadas a la contaminación del suelo y publicadas por la ARC en su página web.

 

5.2 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a inspector/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 30-205

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Inspección y Control

Categoría profesional V

Ref: 65-98

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Inspección y Control

Categoría profesional V- puesto de Trabajo en los servicios territoriales de Girona

 

· Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias Ambientales, Geología, Agrónomos, Biología, Química, Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

· Funciones básicas:

Realizar las visitas de inspección, incluyendo la toma de muestras y levantar las correspondientes actas de inspección derivadas de la actividad inspectora. Elaborar los informes de las visitas de inspección y los informes técnicos que se les solicita en relación a inspecciones.

· Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

· Temario específico:

   - Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y la normativa desarrollada a partir de este texto legal.

   - Guía técnica para la clasificación de los residuos. Miterdo. Noviembre 2021.

   - Decreto 152/2017, de 17 de octubre sobre clasificación de los residuos, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña.

 

5.3 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 66-108

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Inspección y Control

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias Ambientales, Geología, Biología, Química, Física, Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Control y gestión de la tramitación de la documentación de gestión y traslado de residuos tanto dentro del territorio catalán, como entre comunidades del Estado, como transfronterizos, de acuerdo con la normativa vigente.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - DECRETO 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos.

   - Decreto 152/2017, de 17 de octubre sobre clasificación de los residuos, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña.

   - Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado//Reglamento (CE) n o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos

 

 

5.4 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 31-15

Área Economía Circular

Departamento de Fomento de la Recogida Selectiva

Categoría profesional V

Ref: 34-167

Área Economía Circular

Departamento de Fomento de la Recogida Selectiva

Categoría profesional V

Ref: 56-230

Área Economía Circular

Departamento de Fomento de la Recogida Selectiva

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias Ambientales, Agrónomos, Biología, Química, Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Evaluación y fomento de proyectos de recogida selectiva de residuos municipales, tanto en entidades locales como en empresas privadas, incluyendo la fiscalidad y regulación ambiental, así como la elaboración de los informes técnicos correspondientes en procedimientos de subvenciones para el fomento de la recogida selectiva.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

   - RESOLUCIÓN ACC/24/2023, de 10 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de fomento de la recogida selectiva de residuos municipales.

   - Guía de orientación a los entes locales sobre la aplicación del retorno del impuesto cedido de residuos asignado al fondo de gestión de residuos municipales.

   - Guía para la protección de datos personales en sistemas de recogida de residuos con identificación y en tasas justas.

 

 

5.5 - Bases específicas en relación al siguiente puesto de trabajo de secretario/a de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 35-193

Área Economía Circular

Departamento de Prevención y Eficiencia de los Recursos

Categoría profesional III

 

   - Requisitos específicos:

Título correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado en la especialidad administrativa o de secretariado o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

De acuerdo con los procedimientos establecidos, realiza un trabajo de gestión y coordinación administrativa y de apoyo al Departamento de Prevención y Eficiencia de los Recursos.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

   - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

   - Orden CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña.

 

 

5.6 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 36-161

Área Economía Circular

Departamento de Protección del Suelo

Categoría profesional V

Ref: 47-190

Área Economía Circular

Departamento de Protección del Suelo

Categoría profesional V - puesto de Trabajo en los servicios territoriales de Lleida

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias Ambientales, Agrónomos, Biología, Química, Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Evaluación de la aptitud de residuos para su valorización en suelos. Tramitación de autorizaciones de empresas gestoras. Control, inspección y trazabilidad. Elaboración de informes técnicos. Prevención y mejora de la calidad de residuos orgánicos y de fomento de la fertilización orgánica.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Decreto 153/2019 de gestión de la fertilización del suelo.

   - Real Decreto 1051/2022, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible de suelos agrarios.

   - Real Decreto 1310/1990 y Orden AAA/1072/2013 por el que se regula la utilización de fangos de depuradora en sector agrario

   - Guia práctica para el diseño y explotación de plantes de compostaje.

 

 

5.7 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de personal administrativo del registro de la ARC:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 41-69

Área de Información y Comunicación

Departamento de Información y Tramitación

Categoría profesional III

Ref: 44-19

Área de Información y Comunicación

Departamento de Información y Tramitación

Categoría profesional III

Ref: 69-70

Área de Información y Comunicación

Departamento de Información y Tramitación

Categoría profesional III

 

   - Requisitos específicos:

Título correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado en la especialidad administrativa o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

De acuerdo con los procedimientos establecidos, realiza un trabajo de tipo administrativo, de registro y de atención al público (personal y telefónicamente), de un nivel de complejidad medio: tramitación de documentación en el Registro General de la ARC, digitalización de la documentación, gestión telefónica y atención al público.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

      - Manual de procedimiento de registro junio 2021

      - Orden CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña

 

 

5.8 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a para el laboratorio de la ARC (centro de trabajo de Montmeló):

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 42-134

Área de Control y Suelos Contaminados

Laboratorio

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Ciencias Químicas o similar, especialidad en química analítica, o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Realización de análisis de metales por Plasma de Acoplamiento Inductivo y Absorción Atómica. Mantenimiento, verificación de funcionamiento y calibración de la instrumentación asignada. Desarrollo y validación de nuevos métodos analíticos.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Técnicas analíticas para la determinación de metales en residuos, suelos y aguas

   - Requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración: Norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017

   - Validación de métodos analíticos. Control de calidad de los resultados analíticos.

 

 

5.9 - Bases específicas en relación al siguiente puesto de trabajo de administrativo/a de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 45-208

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Inspección y Control

Categoría profesional III

 

   - Requisitos específicos:

Título correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado en la especialidad administrativa o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Tareas administrativas: atención telefónica, archivo de documentación del departamento, registro documentación, gestión del archivo y de la agenda del mando.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/200

   - Temario específico:

   - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

   - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

   - ORDEN CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña

 

 

5.10 - Bases específicas en relación al siguiente puesto de trabajo de secretario/a de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 50-90

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Gestión de la Contaminación del Suelo

Categoría profesional III

 

   - Requisitos específicos:

Título correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado en la especialidad administrativa o de secretariado o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Tareas administrativas generales asociadas al departamento de gestión de la contaminación del suelo (agenda, llamadas, consultas, archivo, gestión de expedientes y documentación asociada, pedidos y facturas, relaciones con otros departamentos y unidades)

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/200

   - Temario específico:

   - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

   - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

   - ORDEN CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña

 

 

5.11 - Bases específicas en relación al siguiente puesto de trabajo de secretario/a de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 52-97

Área de Control y Suelos Contaminados

Departamento de Inspección y Control

Categoría profesional III

 

   - Requisitos específicos:

Título correspondiente a ciclos formativos de grado superior, técnico especialista correspondiente a formación profesional de segundo grado en la especialidad administrativa o equivalente o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Tareas administrativas: atención telefónica, archivo de documentación del departamento, registro documentación, gestión del archivo y de la agenda del mando.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/200

   - Temario específico:

   - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

   - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

   - ORDEN CLT/172/2014, de 14 de mayo, por la que se aprueba el protocolo de gestión de documentos electrónicos y archivo de la Generalidad de Cataluña

 

 

5.12 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 55-24

Área de Información y Comunicación

Departamento Observatorio de Residuos y de Perspectiva de Género

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias ambientales, Ciencias Geológicas, Física, Química o Biología) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Recopilación y análisis de los datos de la gestión de residuos de Cataluña para la elaboración de estadísticas e indicadores ambientales. Creación de visualizaciones Power BI, Instamaps y Gráficos sankey de flujos de residuos.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Estadísticas de residuos de la web de la ARC y de la UE

https://residus.gencat.cat/ca/consultes_i_tramits_-_nou/estadistiques/) (https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Waste_statistics) y (https:/ /ec.europa.eu/eurostat/web/waste/fecha)

   - Guidance para la compilación y reportación de fecha en la que municipal se acorda la Comision Implementing Decisiones 2019/1004/EC and 2019/1885/EC, y la Guidance para la compilación y reporting (https://ec.europa.eu/eurostat/ documentos/342366/351811/Guidance+on+municipal+waste+fecha+colección/)

   - DECISIÓN DE EJECUCIÓN (UE) 2019/1004 relativa al cálculo, verificación y comunicación de datos de residuos

 

 

5.13 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 57-229

Área Economía Circular

Departamento de Prevención y Eficiencia de los Recursos

Categoría profesional V

 

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior, preferentemente, en especialidades científicas o técnicas (Química, Física, Biología, Ciencias Ambientales) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Gestión técnica de proyectos en el ámbito de la prevención de los residuos y la eficiencia de los recursos. Elaboración de informes técnicos en las tramitaciones propias del Departamento de Prevención y Eficiencia de Recursos.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

   - RESOLUCIÓN ACC/3552/2022, de 14 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de fomento de la economía circular.

   - Plan de acción para la competitividad de los centros de reutilización en Cataluña (R-Pla)

 

 

5.14 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 37-58

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 38-202

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 49-59

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 59-61

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 62-60

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 67-226

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

Ref: 68-227

Área Económica

Departamento de Gestión Tributaria y de Ingresos

Categoría profesional V

 

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Economía, ADE o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Gestión presupuestaria y financiera de los ingresos propios de la ARC. Gestión tributaria de los tributos gestionados por la ARC. Control económico-financiero de los proyectos financiados con fondos externos y elaboración de informes económicos en relación a temas impulsados ​​por la ARC.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Gestión del presupuesto: teoría presupuestaria y ejecución del presupuesto

https://formaciooberta.eapc.gencat.cat/contingutsdelscursos/gp/inici.html

   - Impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y la coincineración

Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular

DECRETO LEY 17/2022, de 20 de diciembre, por el que se establecen medidas de adaptación al impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados

ORDEN ACC/3/2023, de 13 de enero, por la que se aprueba el modelo 593 "Impuesto sobre el depósito de residuos en depósitos controlados, la incineración y la coincineración. Autoliquidación"

   - Gestión financiera de proyectos europeos. aga_en.pdf (europa.eu)

 

 

5.15 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 58-228

Área Económica

Departamento de Gestión Económica Administrativa

Categoría profesional V

Ref: 60-225

Área Económica

Departamento de Gestión Económica Administrativa

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Economía, ADE o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Tareas correspondientes a la gestión económica y financiera de subvenciones, convenios, presupuesto, contabilidad, fiscalidad y otros.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Gestión del presupuesto: teoría presupuestaria y ejecución del presupuesto

https://formaciooberta.eapc.gencat.cat/contingutsdelscursos/gp/inici.html

   - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

   - Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

 

 

5.16 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de jefe de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 40-141

Área Económica

Departamento de Soporte Legal a la Contractación, Subvenciones y Convenios

Categoría profesional VII

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Derecho o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Por encargo y priorización de actuaciones de la dirección económica, supervisa la instrucción de los expedientes de subvenciones, contratación y convenios de acuerdo con el criterio jurídico de la dirección del Área Jurídica. Revisa las bases de las convocatorias de subvenciones ordinarias y subvenciones directas y efectúa el seguimiento y soporte legal de la tramitación. Es el responsable de la tramitación administrativa y soporte legal de los expedientes de convenios. Elabora los pliegos económicos administrativos de la contratación administrativa, así como el asesoramiento jurídico en materia de contratación.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Aspectos generales y regulación de la actividad administrativa. Efectos, ejecución y revisión del acto administrativo. La regulación y régimen de los convenios de la Administración Pública.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña

      - Procedimientos de concesión de subvenciones. Gestión y actuaciones de revisión de las subvenciones

Ley 38-2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña

      - Principios generales y régimen de la contratación pública. Tipología de contratos del sector público. Procedimiento de adjudicación. Revisión de los actos administrativos en materia de contratación pública.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público

 

 

5.17 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de jefe de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 51-54

Área Económica

Departamento de Gestión Económica Administrativa

Categoría profesional VII

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Economía, ADE o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Es responsable de la gestión económica presupuestaria y financiera de la ARC. Es responsable de la gestión fiscal y de tesorería, y de la tramitación y seguimiento económico-administrativo de los expedientes de contratación, convenios y subvenciones.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Gestión del presupuesto: teoría presupuestaria y ejecución del presupuesto

https://formaciooberta.eapc.gencat.cat/contingutsdelscursos/gp/inici.html.

   - ORDEN VEH/137/2017, de 29 de junio, Plan general de contabilidad pública.

   - Fiscalidad: IRPF, Impuesto de Sociedades, IVA. Los artículos que afectan al ámbito de aplicación de la Agencia de Residuos de Cataluña, como empresa pública, de la siguiente normativa:

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio

Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

   - Gestión económica de subvenciones, contratos y convenios

Ley 38-2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público

 

 

5.18 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 46-119

Área de Infraestructuras

Departamento de Evaluación de Actividades

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias ambientales, Ciencias Geológicas, Física, Química, Biología o Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Evaluación de proyectos de gestores y productores de residuos, así como la elaboración de informes por la correspondiente autorización o permiso ambiental.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

   - LEY 20-2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades

   - Decreto 93/1999, de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos

 

 

5.19 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 54-128

Área de Infraestructuras

Departamento de Evaluación de Actividades

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades científicas o técnicas (Ciencias ambientales, Ciencias Geológicas, Física, Química, Biología, Arquitectura o Ingeniería) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Evaluación de proyectos de depósitos controlados y gestores y la elaboración de informes para su autorización ambiental.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - DECRETO 1/1997, de 7 de enero, sobre la disposición del desperdicio de los residuos en depósitos controlados.

   - Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero.

   - Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental

 

 

5.20 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 32-175

Área de Infraestructuras

Departamento de Planificación y Oficina Técnica

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en especialidades técnicas (Ingeniería industrial, agrónomos, mecánica, caminos, canales y puertos) o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Desarrolla trabajos de tipo técnico en la gestión de los proyectos de construcción de infraestructuras de gestión de residuos desde la fase de planificación y diseño inicial, tramitación, proyecto, construcción y puesta en funcionamiento y recepción definitiva.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - LEY 20-2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.

   - Mejores técnicas disponibles en las industrias de tratamiento de residuos y la incineración de residuos:

Decisión de Ejecución (UE) 2018/1147 de la Comisión, de 10 de agosto de 2018 y Decisión de Ejecución (UE) 2019/2010 de la Comisión de 12 de noviembre de 2019

 

 

5.21 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a letrado/da:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 63-143

Área Económica

Departamento de Soporte Legal a la Contratación, Subvenciones y Convenios

Categoría profesional V - Letrado/da

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Derecho o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Elaboración de informes jurídicos en las materias de subvenciones, contratación pública y convenios, y gestionar los expedientes que se impulsen dentro de estos ámbitos, así como la preparación y revisión de la documentación (Elaboración de los pliegos administrativos de contratación, revisión de las bases de convocatorias de subvenciones, redacción de convenios y de resoluciones administrativas en los distintos ámbitos competenciales). Seguimiento de los expedientes de subvenciones y asesorar jurídicamente en todas las consultas, incidencias y trámites.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Aspectos generales y regulación de la actividad administrativa. Efectos, ejecución y revisión del acto administrativo. La regulación y régimen de los convenios de la Administración Pública.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña

      - Procedimientos de concesión de subvenciones. Gestión y actuaciones de revisión de las subvenciones

Ley 38-2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña

      - Principios generales y régimen de la contratación pública. Tipología de contratos del sector público. Procedimiento de adjudicación. Revisión de los actos administrativos en materia de contratación pública.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público

 

 

5.22 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 33-195

Área de Dirección Adjunta

Departamento de Comunicación

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Periodismo o equivalente o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

Certificado de nivel superior de Català C2

   - Funciones básicas:

Desde el Departamento de Comunicación de la ARC se encarga de las tareas vinculadas con la gestión de prensa y en la organización de eventos. Redacción de artículos, notas de prensa, argumentarios, entrevistas, reportajes, artículos de opinión, discursos, etc. tanto por la comunicación interna como para medios de comunicación.

Tareas de community manager de las Redes Sociales del ARC. Elaboración y validación de contenidos, copys, entre otras táreas.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Guía de Comunicación de la Generalitat

   - Guía de Redes social de la Generalidad de Cataluña

 

 

5.23 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 43-37

Área de Dirección Adjunta

Departamento de Comunicación

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Periodismo, Comunicación o equivalente o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Desde el Departamento de Comunicación se encarga de las tareas vinculadas a la gestión de prensa, la recopilación y análisis de la prensa y de los medios. Elaboración de contenidos tanto para medios como para redes sociales. Prepara y coordina los actos protocolarios de la Dirección de la ARC, apoyando a la Dirección en visitas, jornadas, ruedas de prensa, presentaciones, y en cualquier otro acto que lo requiera.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Guía de Comunicación de la Generalitat

   - DECRETO 189/1981, de 2 de julio, estableciendo las normas de Protocolo y Ceremonial en el ámbito de la Generalidad de Cataluña.

   - Organización de eventos y atención protocolaria.

 

 

5.24 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 61-36

Área de Dirección Adjunta

Departamento de Comunicación

Categoría profesional V

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Periodismo, Comunicación o equivalente o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

Carné de conducir B1.

   - Funciones básicas:

Desde el Departamento de Comunicación de la ARC se encarga de las tareas vinculadas con la gestión de prensa y en la organización de eventos. Gestiona y coordina las campañas institucionales de la ARC, de los SIG y de los entes locales. Redacta los briefings creativos y briefings de medios. Gestiona los perfiles de redes sociales: prepara los contenidos, la publicación, define la estrategia comunicativa, analiza los resultados, etc. Redacta los pliegos y gestiona la contratación de proveedores.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

      - Guía de Comunicación de la Generalitat

   - Guía de Redes social de la Generalidad de Cataluña

   - Contratar con la administración y el sector público

 

 

5.25 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de técnico/a responsable:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 64-212

Medwaves

Medwaves

Categoría profesional VI

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Derecho, Ciencias Políticas y de la Administración Pública, Economía, ADE o equivalente o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Coordinación con los/las Team Leaders de MedWaves en la gestión de los/las Project Managers en relación al PAM. Interacción y negociación de los aspectos jurídico-administrativos y financieros con los responsables de los departamentos legales y financieros de las organizaciones internacionales con las que el centro se relaciona, así como con las empresas, expertos y otras entidades locales de los países beneficiarios que actúan como proveedores servicios en el centro.

Supervisión continua de las operaciones y ejecución de procesos jurídicos y administrativos con las áreas corporativas de la ARC y los que correspondan con las organizaciones donantes y socias.

Apoyo a la dirección en el mantenimiento y refuerzo de las relaciones institucionales, especialmente en el marco del Convenio de Barcelona y UNEP/MAP.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Set of Regional Measures to Support the Development of Green and Circular Business and to Strengthen the Demand for more Sustainable Products.

   - Regional Action Plan on Sustainable Consumption and Production in the Mediterranean

   - BRS, Stockholm Convention;

   - UNEP/MAP Medium-Term Strategy 2022-2027

 

 

      5.26 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de director de Medwaves the UNEP/MAP Regional Activity Centre for SCP

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 70-189

Medwaves

Medwaves

Categoría profesional VII

 

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en ingeniería, ciencias ambientales, o ciencias sociales o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Planifica y coordina las actividades del Medwaves, representándolo ante las instituciones medioambientales nacionales y internacionales. Asume la redacción y ejecución del programa de actividades, negocia los acuerdos de colaboración con los organismos nacionales e internacionales y dirige la estrategia de actuación del Medwaves, así como la gestión de su presupuesto y prepara su Plan de Negocio. Dirige, coordina y realiza el seguimiento de los estudios, informes y publicaciones del Medwaves.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Convenio para la protección del mar Mediterráneo contra la contaminación (Convenio de Barcelona).

   - Convenio Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.

   - LEY 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.

   - LEY 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo.

   - Méritos específicos (5 puntos)

Experiencia profesional mínima de 5 años en gestión de proyectos de cooperación, y dirección o coordinación de organizaciones intergubernamentales.

 

 

5.27 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de jefe de departamento:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 53-41

Área de Dirección Adjunta

Departamento de Comunicación

Categoría profesional VII

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en Ciencias de la Comunicación, Periodismo, Ciencias Ambientales, Sociología, Ciencias Políticas o similar o capacitación probada en relación con el puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Liderar y coordinar la estrategia de comunicación de la ARC y todas las actuaciones de comunicación como las campañas institucionales, actos de promoción y publicidad, redes sociales, organización de jornadas, los contenidos de la web de la entidad, notas de prensa, actos protocolarios y demás publicaciones. Ejecutar las directivas establecidas por la Dirección de la ARC en relación con sus competencias y organizar y coordinar las tareas del personal del departamento.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - Guía de Comunicación de la Generalitat

   - Guía de Redes social de la Generalidad de Cataluña

   - Guia comunicación clara

   - Ley 18/2000 de 29 de diciembre, por la que se regula la publicidad institucional

 

 

5.28 - Bases específicas en relación a los siguientes puestos de trabajo de director adjunto de la ARC:

 

Código Plaza

Área

Departamento

Categoría profesional

Ref: 48-6

Área de Dirección Adjunta

Área de Dirección Adjunta

Categoría profesional VII

 

   - Requisitos específicos:

Titulación universitaria grado superior en economía o similar o capacitación probada en relación al puesto de trabajo.

   - Funciones básicas:

Planifica con la Dirección todos los proyectos de ARC. Coordinación de estos proyectos con las áreas funcionales implicadas. Control de la gestión interna y seguimiento de los proyectos, evaluación del cumplimiento de las diferentes áreas y del objetivo alcanzado, estableciendo posibles áreas de mejora. Establecer la coordinación entre departamentos, y responsabilizarse de potenciar las políticas y objetivos estratégicos de la ARC en función de las directivas marcadas con la conselleria de Acción Climática.

   - Temario común: Ley reguladora de los residuos, aprobada por Decreto legislativo 1/2009

   - Temario específico:

   - ACUERDO GOV/8/2019, de 15 de enero, por el que se aprueba el modelo de relación entre la Generalidad de Cataluña y el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña.

   - Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

   - DECRETO LEGISLATIVO 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
21773 catalunya Agencia de Residuos de Cataluña,Cargos y personal,DOGC,DOGC 2024 nº 9153 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-04-30/21773-resolucion-acc-1385-2024-11-abril-convocatoria-procesos-estabilizacion-sistema-selectivo-concurso-oposicion-relacion-categorias-profesionales-personal-laboral-agencia-residuos-cataluna https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.