RESOLUCIÓN ECO/1437/2024, de 22 de abril, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de dos puestos singulares de vocal del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, adscrito al Departamento de Economía y Hacienda (convocatoria de provisión núm. ECO/21/24).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto 221/2013, de 3 de septiembre, por el que se regula el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público y se aprueba su organización y su funcionamiento, el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes dos puestos singulares de vocal del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público;

Vista la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat vigente y la descripción de los puestos de trabajo para proveer incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha llevado a cabo el trámite de intervención correspondiente;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, dos puestos singulares de vocal del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, adscrito al Departamento de Economía y Hacienda (convocatoria de provisión núm. ECO/21/24), que se detalla en el anexo 2 de esta Resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus pretensiones.

 

Barcelona, 22 de abril de 2024

 

P. d. (Resolución VEH/1235/2019, DOGC núm. 7873, de 13.5.2019)

Josep Maria Aguirre i Font

Secretario general

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puestos de trabajo

Se convocan, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo cuyas características figuran en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo para proveer consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario de carrera del grupo A, subgrupo A1, de la Administración de la Generalitat de Catalunya o de cualquier cuerpo especial del subgrupo A1 de la Generalitat de Catalunya, o del cuerpo de abogacía de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria.

3.1.1 El personal funcionario puede encontrarse, respecto a la Administración de la Generalitat de Catalunya, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario transferido no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat de Catalunya y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso no puede participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de ocupación, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de cargos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco puede participar el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya estado el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades puede participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto.

3.3 Así mismo, para poder tomar parte en esta convocatoria, se debe tener el certificado de conocimientos orales y escritos de lengua catalana que expide la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el supuesto de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo para proveer, antes de la elaboración de la propuesta de aspirantes admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, una vez transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se debe especificar en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat) y en la intranet del Departamento de Economía y Hacienda, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

Sin embargo, quedan exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las persones aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en que hubiera una prueba de catalán del mismo nivel o superior al que se exige en la convocatoria.

En estos supuestos, se debe adjuntar la acreditación documental correspondiente a la solicitud de participación.

3.4 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria se deben presentar en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC. Se pueden presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público Atri, en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación. Los aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo para proveer debidamente especificada. El personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que no dispongan de acceso al portal del empleado público Atri deben solicitar al último departamento donde estuvieron destinadas que se les facilite este acceso.

Los aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo para proveer debidamente especificada.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas participantes y solo se admitirán renuncias a la participación a la convocatoria cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que el órgano competente decida aceptarlas una vez transcurrido este plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración del Departamento de Derechos Sociales, para que se pueda evaluar que la persona puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, estas personas candidatas pueden pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que se debe prestar.

Estas persones candidatas pueden pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades.

 

-5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo para proveer que consta al anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de las personas participantes se deben referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

 

-6 Sistemas de acreditación

Las persones aspirantes deben presentar la solicitud para tomar parte en la convocatoria junto con la declaración correspondiente de datos profesionales, en que tendrá que constar la titulación académica y la pertenencia a los cuerpos o las escalas exigidos, los años de servicios prestados, los puestos de trabajo desarrollados en las administraciones públicas con indicación de las características de cada puesto y de los niveles, y los demás méritos que consideren adecuados, especialmente para acreditar de una manera fehaciente la experiencia y la dedicación en el ámbito del derecho público relacionado con la contratación pública.

Asimismo, deberán acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de presentación de solicitudes que prevé la base 4.1 de esta convocatoria, salvo aquellos datos que consten en el expediente personal mecanizado en el Registro informático de personal, hecho que deberán hacer constar en la solicitud aportando una copia de los datos administrativos y académicos del expediente personal contenidos en Atri, firmada por la persona que participa.

En todo caso, se podrán pedir las justificaciones o las aclaraciones necesarias para verificar estos datos.

Además, las personas candidatas deben elaborar una memoria de mejora organizativa y/o funcional del puesto de trabajo, de acuerdo con las funciones que le corresponden, teniendo en cuenta el contenido del anexo 2.

Este documento debe tener una extensión máxima de 25 páginas y se tiene que presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público Atri, al apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación > Aportación de documentación CE, o bien por el mismo medio de presentación de solicitud de participación, en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria que se prevé en la base 4.1. El hecho de no presentar la memoria dentro del plazo establecido comporta la exclusión de participación en esta convocatoria.

Las personas candidatas admitidas al procedimiento serán convocadas para la realización de una entrevista personal con la finalidad de comprobar la adecuación del perfil de cada una a las funciones del puesto de trabajo y a los conocimientos y competencias necesarias, y si procede, preguntas sobre los contenidos de la memoria presentada.

El órgano convocante puede designar personal asesor especialista para colaborar en la valoración de la memoria y para el desarrollo de la entrevista, en base a la adecuación de las propuestas y planteamientos a las funciones del puesto de trabajo, a los conocimientos adquiridos y a las competencias necesarias.

 

-7 Procedimiento

7.1 Esta convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que, por causas motivadas, se acuerde prorrogar este plazo.

7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat) y en la intranet del Departamento.

 

-8 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, si procede, en la persona candidata que se considere más idónea, según el informe preceptivo y previo de la persona titular de la unidad orgánica correspondiente a la que esté adscrito el puesto convocado, que ha de tener en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas que se han de ejercer.

 

-9 Resolución de la convocatoria

9.1 La resolución definitiva de nombramiento se publicará en el DOGC.

9.2 Las persones aspirantes que no obtengan destino en esta convocatoria se mantendrán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales justificadas debidamente y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Los miembros del Tribunal están sujetos al mismo régimen de incompatibilidades que el que corresponde a los altos cargos de la Generalitat. Antes de la toma de posesión, la persona interesada debe manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa o debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo. En todo caso se tiene que cumplir la normativa vigente en materia de incompatibilidades.

 

-10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1 La resolución de nombramiento comporta, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino es de dos días hábiles, si no implica cambio de localidad de residencia del funcionario o funcionaria, o de 15 días, si comporta cambio de localidad de residencia, que se debe acreditar documentalmente.

10.3 Este plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, que se debe efectuar dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando esta resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se debe contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.

10.4 A efectos de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos cascos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que accede a un puesto de trabajo se deben comunicar al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

10.6 El mandato de los miembros tendrá una duración de 5 años, a contar desde la toma de posesión, y una vez publicado el nombramiento en el DOGC.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

Puesto con referencia núm. 1 (código puesto 0113119) y núm. 2 (código puesto 0079494).

 

--1 Características de los puestos de trabajo

Nombre del puesto: vocal del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.

Departamento: de Economía y Hacienda.

Unidad directiva: Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 30.1.

Complemento específico: 43.567,08 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial con incompatibilidades.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

 

--2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupo A1.

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: cuerpos de administración general y especial del subgrupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración, todos los cuerpos especiales del grupo A, subgrupo A1, y el cuerpo de abogacía de la Generalitat de Catalunya.

Titulación específica: licenciatura o grado en derecho.

Otros requisitos: haber desarrollado la actividad profesional por un tiempo superior a quince años, preferentemente en el ámbito del derecho administrativo relacionado directamente con la contratación pública, con una competencia profesional acreditada en las materias propias del Tribunal.

 

--3 Requisito de conocimiento de lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

 

--4 Contenido funcional

Misión:

Actuar, con independencia, objetividad e imparcialidad, como miembro del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, con voz y voto, en la preparación y la toma de decisiones y acuerdos de este órgano administrativo colegiado.

Finalidades/funciones:

1. Preparar la propuesta de resolución de los asuntos que tengan asignados y efectuar la ponencia ante el resto de los miembros del Tribunal, debidamente convocados al efecto.

2. Proponer, cuando proceda, la no admisión a trámite de los asuntos presentados al Tribunal.

3. Resolver de forma unipersonal cualquier otro asunto que le haya sido atribuido y realizar las tareas que le hayan sido asignadas por el presidente o presidenta.

Además, las propias del cuerpo o la escala a que debe pertenecer el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto (art. 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Prepara y redacta las propuestas de resoluciones de los recursos especiales y reclamaciones en materia de contratación.

2. Analiza y estudia la doctrina emitida por otros tribunales de recursos, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

3. Efectúa un seguimiento de la doctrina y de la normativa de contratación pública y administrativa, así como de toda aquella otra conveniente para el ejercicio de sus funciones.

4. Redacta síntesis de las resoluciones emitidas para la estructuración y difusión de la actividad del Tribunal.

5. Asiste con voz y voto a las sesiones del Tribunal.

6. Prepara la documentación necesaria para la defensa de los asuntos que tenga asignados.

7. Realiza formación continuada en materia de contratación pública.

8. Hace uso intensivo de herramientas electrónicas en todas las tareas descritas anteriormente.

9. Coordina y dirige el personal que le sea asignado para el cumplimiento de las tareas descritas anteriormente.

 

--5 Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

   - Conocimientos de procedimiento administrativo y procesal.

   - Conocimientos de la estructura de la Administración.

   - Conocimientos de lenguaje jurídico.

   - Conocimientos del funcionamiento y organización de la Generalitat de Catalunya y del sector público.

   - Conocimientos de idiomas extranjeros: inglés o francés.

Otros conocimientos:

   - Conocimientos de ofimática y tramitación electrónica de expedientes.

   - Conocimientos de búsquedas en bases de datos jurídicas.

Competencias profesionales:

   - Compromiso con el servicio público y la organización.

   - Orientación a resultados y orientación a la calidad.

   - Planificación y organización.

   - Actualización profesional y mejora continua.

   - Visión digital del servicio público.

   - Trabajo en equipo y trabajo en red.

   - Dirección y desarrollo de las personas.

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