RESOLUCIÓN TER/1319/2024, de 19 de abril, por la que se convoca el proceso de selección para proveer una plaza indefinida de técnico/a superior 2, nivel A2, en el Área de Gestión de Personas del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC).

Con fecha 13 de octubre de 2021 se publicó en el DOGC el anuncio para dar publicidad a la resolución aprobada por el Consejo Rector del ICGC y firmada por el Director de la entidad de fecha 4 de octubre de 2021 sobre la aprobación de la oferta pública de empleo de personal con carácter permanente, para el año 2021 de 5 puestos de trabajo según la Disposición adicional 20a de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, el artículo 32.1 de la Ley 4/2020 de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2020 (prorrogada para el ejercicio 2021) y el artículo 70 del texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 4 plazas adicionales de acuerdo con el Real Decreto Ley 14,2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Por todo lo expuesto,

 

Resuelvo:

 

Convocar el proceso de selección para proveer una plaza de Técnico/a Superior 2 nivel A2 en la Área de Gestión de Personas del Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña de conformidad con el contenido de las bases específicas que constan en el anexo 1.

 

Barcelona, 19 de abril de 2024

 

Miriam Moysset i Gil

Directora

 

 

Anexo 1

Bases específicas

 

1.- Descripción del puesto de trabajo

1.1 Descripción de la plaza.

   - Plazas: 1.

   - Centro de trabajo: Parque de Montjuïc, s/n, Barcelona.

   - Categoría: Técnico/a Superior 2 Nivel A2.

   - Retribución bruta anual: 34.420.08 euros.

   - Jornada: Jornada ordinaria de 37,5h semanales de lunes a viernes.

   - Horario: El horario ordinario de trabajo se realiza mediante la permanencia obligada del personal de cinco horas, de las 9:00 a las 14:00 horas, de lunes a viernes. El tiempo restante de la jornada diaria, se realiza de lunes a viernes entre las 7:30 y las 19:30 horas, supeditado a las necesidades del servicio y organizativas.

   - Teletrabajo: Posibilidad de realizar un máximo del 40% de la jornada semanal en esta modalidad.

   - Incorporación prevista: Inmediata.

   - Vinculación: Indefinida.

1.2 Misión

Asesorar a la Área de Gestión de Personas en materia de normativa laboral para que se puedan tomar decisiones estratégicas ajustadas a derecho. Así como dar soporte tanto en la negociación colectiva, como en las otras tareas que se desarrollen en la Área, como la prevención de riesgos o la gestión de las nóminas, entre otras.

1.3 Funciones.

La función principal consistirá en:

   - Asesoramiento jurídico en todos los ámbitos de actuación del departamento de Gestión de Personas: Seguridad Social, contratos de trabajo, horarios y permisos, normativa laboral específica del sector público, plan de Igualdad, protocolos contra el acoso, prevención de riesgos, etc.

   - Interlocución con los representantes de los trabajadores: negociación de convenios, pactos, acuerdos, etc.

   - Seguimiento de procedimientos judiciales en materia laboral.

 

2.- Requisitos imprescindibles de participación

   - Licenciatura o Grado en Derecho.

   - Experiencia mínima de 2 años en asesoramiento en derecho laboral.

   - Conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1), de conformidad con lo que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, modificado por el Decreto 3/2014, de 7 de enero, y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

   - Haber satisfecho la tasa de participación para la categoría correspondiente, de acuerdo con los importes y las exenciones que se detallan en la base 4 de la convocatoria.

 

3.- Méritos y otros aspectos que se valorarán

3.1 Competencias genéricas:

   a) Capacidad de respuesta ágil delante incidencias y conflictos.

   b) Capacidad de negociación.

   c) Rigor y método: capacidad para proceder con cuidado, detenimiento y especial atención a los detalles, aplicando un método sistemático y constante de control, seguimiento y verificación de los resultados que se van logrando.

   d) Compromiso con la organización y el servicio público: conocer y comprender las características específicas de la Administración pública, sentirse comprometido/a con sus principios y valores, y actuar de acuerdo con los principios éticos que inspiran la actuación.

   e) Buena capacidad de comunicación: explicar técnicamente un problema o una situación determinada en el ámbito de la su especialidad, identificando las causas y predeciendo las consecuencias. Tener un buen dominio del lenguaje y de la capacidad para transmitir conceptos eficaz y claramente. Dominio de la redacción de textos per a informes técnicos y resoluciones oficiales con claridad, brevedad, precisión y corrección identificando los diferentes elementos del texto.

3.2 Competencias específicas y méritos:

   a) Méritos por los servicios prestados en la Administración pública catalana o en los entes públicos que dependen con funciones similares a las descritas en el apartado 1.3 de esta convocatoria.

   b) Experiencia superior a 2 años en asesoramiento laboral.

   c) Especialización en derecho laboral.

   d) Conocimientos en materia de PRL.

   e) Conocimientos de normativa de Seguridad Social.

 

4.- Solicitudes

Las solicitudes se han de tramitar en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGC.

   - Presentación de candidatura: Las personas que estén interesadas y que cumplan con los requisitos establecidos, habrán de presentar un currículum, resguardo del pago de la tasa de participación, copias de les titulaciones, cartas de certificación, certificados de cursos u otra documentación que acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos imprescindibles y breve descripción de las tareas desarrolladas, mediante registro telemático siguiendo las indicaciones que encontrareis en https://www.icgc.cat/L-ICGC/Informacio-publica/Ofertes-de-treball o en el registro de la sede del ICGC en el Parque de Montjuïc, 08038-Barcelona, en horario de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00.

   - Resguardo del pago de la tasa de participación efectuada en la cuenta corriente del ICGC ES45 0081 5172 8600 0130 4133, de acuerdo con el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña, el resto de normativa presupuestaria vigente y la Orden PRE/112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia, los organismos y las entidades dependientes, los importes de la tasa que han de satisfacer las personas que participen en este proceso de selección:

   - El importe de la tasa general es de 72,05 euros.

      - El importe con la bonificación por ser miembro de familia monoparental y de familia numerosa de categoría general, la tasa es de 50,45 euros.

      - El importe con bonificación por ser miembro de familia monoparental y de familia numerosa de categoría especial, la tasa es de 36,10 euros.

      - Están exentos de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

      - La tasa de participación se ha de abonar para cada proceso de selección al que se presente. Al justificante de la transferencia bancaria habrá de constar TaxSel 14-24 y también el nombre y apellidos de la persona aspirante.

      - La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de aplicación de la bonificación o la exención comporta la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección de la plaza concreta y restarán sin efecto los derechos asociados a su participación.

   - En caso de no presentar la documentación necesaria juntamente con el currículum se dará por entendido que no se cumplen los requisitos imprescindibles y la candidatura será descartada de forma automática.

   - Especificar en el Registro: Vacant 14-2024, el NIF, el teléfono de contacto y el correo electrónico.

Con la solicitud, las personas aspirantes dan el consentimiento al tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente.

Os informamos que vuestros datos personales serán tratados por el ICGC, que será el responsable del tratamiento, con la finalidad de participar en procesos de selección del ICGC. Estos datos se tratarán en base a vuestro consentimiento, necesario para poder ostentar la condición de candidato/a. El mencionado consentimiento se entenderá prestado hasta que no comunique por escrito la revocación del mismo. Los datos se conservarán durante el plazo máximo de un año, excepto que haya sido preseleccionado/da y forme parte del expediente de selección, lo que provocará que sus datos se conserven indefinidamente. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de datos, limitación, oposición y revocación del consentimiento en su caso, dirigiéndose al/a la responsable del tratamiento de datos, a la siguiente dirección protecciodades@icgc.cat. Para más información puede consultar nuestra política de protección de datos en www.icgc.cat/politica-privacitat

Así mismo, con la solicitud, las persones aspirantes declaran responsablemente que no están incluidas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que determina la legislación vigente, o bien que solicitaran la autorización de compatibilidad o que ejercerán la opción que prevé el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat, en el caso que sean nombradas.

Os informamos que el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña tiene un firme compromiso con la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo. Podéis consultar el Plan de Igualdad del Instituto en la página web: http://www.icgc.cat/L-ICGC/Sobre-l-ICGC/Politiques

Os informamos que, en cumplimiento del art. 9.1 e) de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y del artículo 21 del Decreto 8/2021, de 9 de febrero, se publicaran en el Portal Web de transparencia de la Generalitat de Cataluña y en la web del ICGC, los nombres, apellidos y cuatro números del DNI de las personas que participen en la fase de entrevista y pruebas de este proceso de selección.

Contra esta convocatoria, la persona interesada puede interponer demanda delante de los Juzgados Sociales en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación/comunicación, de acuerdo con las previsiones establecidas en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social -LRJS-, sin perjuicio que pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente para la defensa de sus intereses.

 

5.- Comisión de Selección

5.1 Composición.

Componen la Comisión de Selección de este proceso de selección las siguientes personas representantes:

   - 1 miembro en representación de la dirección

   - 1 mando directo o superior del lugar de trabajo de esta vacante

   - 1 miembro del comité de empresa en representación de la plantilla

5.2 La Comisión de Selección de este proceso de selección podrá acordar, si lo cree conveniente, la incorporación de asesores/as especialistas, con voz, pero sin voto, para que colaboren, con su especialización técnica, en la realización y el desarrollo de una o de varias pruebas.

 

6.- Desarrollo del proceso de selección

6.1 Lugar de celebración de las pruebas.

Las pruebas se realizarán en la Sede del ICGC en el Parque de Montjuïc, s/n, 08038-Barcelona.

6.2 Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección es el de concurso oposición.

6.3 Fase de oposición.

La puntuación máxima de la fase de oposición es de 100 puntos y está constituida por las pruebas con los ejercicios que se indican a continuación:

6.3.1 Evaluación de les competencias genéricas.

Las competencias genéricas determinadas en el perfil (punto 3.1), se evaluarán mediante la realización de una entrevista con los miembros de la Comisión de Selección y una prueba psicotécnica.

La valoración máxima de estas competencias genéricas es de 25 puntos, valorándose como máximo 5 puntos para cada una de ellas. De los 5 puntos mencionados, el 40% corresponderá a la prueba psicotécnica y el 60 % a la entrevista.

Esta valoración tiene carácter eliminatorio. Las candidaturas que no logren un mínimo de 15 puntos en la valoración de competencias genéricas quedaran excluidas del proceso de selección.

6.3.2 Evaluación de las competencias específicas y méritos.

Las competencias específicas y méritos se evaluarán mediante la realización de una entrevista con los miembros de la Comisión de Selección, varias pruebas técnicas y acreditaciones (se valorará mediante el análisis de la información o prueba documental que se aporte), en las que se valorará los puntos determinados en el apartado 3.2, siendo la valoración máxima de este apartado de 75 puntos. Esta valoración tiene carácter eliminatorio. Las candidaturas que no alcancen un mínimo de 37,5 puntos en la valoración de competencias específicas y méritos quedarán excluidas del proceso de selección.

   a) Méritos por los servicios prestados: Puntuación máxima por esta competencia de 30 puntos:

   - Dentro de la Administración pública catalana o en los entes públicos que dependen con funciones similares a las descritas en el apartado 1.3 de esta convocatoria. Se valorará mediante la aportación de las certificaciones de servicios previos prestados en la Administración catalana o su sector público, realizando funciones similares a las descritas en el punto 1.3. Se otorgarán 10 puntos por cada año completo de experiencia.

   - En el sector privado: Se valorará una experiencia superior a 2 años en asesoramiento laboral. Se valorará mediante aportación documental (sirviendo como tal un certificado de la empresa, currículum vitae) y una entrevista. Se otorgarán 5 puntos por cada año de experiencia adicional completo.

   b) Especialización en derecho laboral. Se valorará mediante la aportación documental de la asistencia a actividades formativas en materia de derecho laboral y una prueba técnica. Se otorgarán:

   - 5 puntos por disponer un máster de especialización en derecho laboral.

   - 3 puntos per haber cursado un postgrado de especialización en derecho laboral.

   - 0,5 puntos por cada curso de especialización en derecho laboral de duración superior a 30 horas.

Los puntos de formación podrán sumarse hasta alcanzar un máximo de 10 puntos.

Se realizará una prueba práctica de conocimientos que se valorará con un máximo de 20 puntos.

El total de puntos por esta competencia será de 30 puntos.

   c) Conocimientos en materia de PRL. La puntuación máxima en esta competencia es de 10 puntos. Se valorará de la siguiente forma:

   - Mediante prueba escrita de conocimientos.

   - En caso de disponer de la titulación homologada de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos, no será necesario realizar la prueba de conocimientos y se concederán de forma automática los 10 puntos.

   d) Conocimientos de normativa de Seguridad Social.

La puntuación máxima en esta competencia será de 5 puntos y se valorará mediante prueba escrita de conocimientos.

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