RESOLUCIÓN ACC/1362/2024, de 16 de abril, de convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación (ref. BDNS 755468).

El capítulo 8 del Programa de medidas del Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2022-2027, aprobado por el Acuerdo GOV/108/2023, de 16 de mayo, incluye un conjunto de medidas para el desarrollo de la investigación dirigidas a la obtención de conocimiento tanto tecnológico sobre el ciclo del agua como de funcionalidad ecológica, química e hidrológica de los sistemas acuáticos (aguas superficiales, costeras, de transición y subterráneas) y la aplicación de esta investigación al campo de la innovación.

En concreto, se establece la participación de la Agencia Catalana del Agua en la financiación de proyectos para líneas concretas de investigación y necesidades de conocimiento identificadas en la gestión del agua, tanto en el ámbito de la gestión tecnológica del agua y la preservación y mejora del medio acuático como en el ámbito de la especialización inteligente, relativas a la gestión del riesgo de inundación.

El Programa de medidas del ámbito hidrológico del Plan de gestión del riesgo de inundación del distrito de cuenca fluvial de Cataluña para el período 2022-2027, aprobado por el Acuerdo GOV/51/2023, de 14 de marzo, prevé el fomento de proyectos de investigación dirigidos al desarrollo y la implantación de herramientas y/o instrumentos para la generación de avisos y sistemas de ayuda a la toma de decisiones en relación con el riesgo de inundación, y al desarrollo y la implantación de herramientas y/o aplicaciones que mejoren la transparencia, accesibilidad y logística de los datos en relación con el riesgo de inundación.

Dado que el artículo 4 h) del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, dispone que corresponde a la Generalitat el establecimiento de auxilios económicos a favor de las corporaciones locales, las entidades y los particulares para la realización de actuaciones de interés público en relación con el ciclo del agua, incluidas las dirigidas a la mejora de la calidad hidromorfológica, química y biológica, y, en general, del estado de las masas de agua, y que el artículo 8.1 atribuye a la Agencia Catalana del Agua, como Administración hidráulica de Cataluña, el ejercicio de las competencias de la Generalitat de Catalunya en materia de aguas;

Dado que el artículo 8.2 j) del mismo Texto refundido atribuye a la Administración hidráulica de la Generalitat, la Agencia Catalana del Agua, la promoción de entidades y asociaciones vinculadas al agua y el fomento de sus actividades;

Dado que el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, reunido en la sesión de 29 de febrero de 2024, ha acordado aprobar las bases de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación y delegar en la Dirección las facultades para hacer públicas las convocatorias correspondientes y para otorgar las subvenciones, y que este Acuerdo ha sido publicado mediante la Resolución ACC/624/2024, de 29 de febrero, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación, y se delegan en la Dirección las facultades para aprobar las convocatorias correspondientes y para resolver el otorgamiento de las subvenciones,

 

Resuelvo:

 

—1 Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación.

 

—2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por:

a) Las bases de las subvenciones de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación hechas públicas por la Resolución ACC/624/2024, de 29 de febrero, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación, y se delegan en la Dirección las facultades para aprobar las convocatorias correspondientes y para resolver el otorgamiento de las subvenciones (DOGC núm. 9115, de 5 de marzo de 2024).

b) La normativa general de subvenciones.

 

—3 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 1.200.000 euros para la financiación de las subvenciones para la realización de proyectos de I+D+i en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático, y una dotación máxima de 400.000 euros para la financiación de las subvenciones para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación, con cargo al capítulo IV de los presupuestos de la Agencia Catalana del Agua para los años 2024, 2025 y 2026.

 

—4 Las solicitudes de subvenciones y otros trámites asociados al procedimiento de concesión, justificación, modificación y revocación de estas subvenciones deben efectuarse y enviarse por medios telemáticos, de acuerdo con la base 5.1 hecha pública por la Resolución ACC/624/2024, de 29 de febrero, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación, y se delegan en la Dirección las facultades para aprobar las convocatorias correspondientes y para resolver el otorgamiento de las subvenciones.

En caso de que resulte beneficiaria de la subvención una agrupación de entidades con diferente personalidad jurídica, se admitirán para la justificación de la subvención las facturas y los pagos girados con el NIF de cualquiera de los participantes en la agrupación; sin embargo, el pago de la subvención se efectuará a una cuenta única titularidad de la entidad que encabece la agrupación. El reparto posterior entre los participantes en la agrupación de las cantidades cobradas en concepto de subvención lo efectuarán los participantes de acuerdo con lo que hayan pactado, sin que intervenga la Agencia Catalana del Agua.

Para la solicitud y demás trámites asociados a este procedimiento, se han habilitado formularios específicos de uso obligatorio. Estos formularios están a disposición de los entes interesados en la plataforma EACAT y en TRÀMITS GENCAT dentro del Catálogo de trámites de la Agencia Catalana del Agua, en el servicio ACA - RDI001 - Subvención para la realización de proyectos de I+D+I.

 

—5 El período para presentar solicitudes empieza al día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y finaliza transcurridos dos meses.

 

—6 Los órganos competentes para la tramitación y la resolución del procedimiento, el plazo para su conclusión, el medio de notificación de la resolución y si esta resolución agota o no la vía administrativa, con indicación de los recursos y órganos ante los que se pueden interponer, se especifican en las bases 6 y 7 hechas públicas por la Resolución ACC/624/2024, de 29 de febrero, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se aprueban las bases de una línea de subvenciones para la realización de proyectos de investigación y/o desarrollo y/o innovación en la gestión del agua y la preservación y mejora del medio acuático y para la realización de proyectos de I+D+I para la especialización inteligente relativa al riesgo de inundación, y se delegan en la Dirección las facultades para aprobar las convocatorias correspondientes y para resolver el otorgamiento de las subvenciones.

 

—7 Contra esta Resolución, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo correspondiente en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Barcelona, 16 de abril de 2024

 

P. d. (Resolución ACC/624/2024, de 29 de febrero, DOGC núm. 9115, de 5 de marzo de 2024)

Samuel Reyes López

Director

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