ACUERDO GOV/89/2024, de 24 de abril, por el que se crea el Programa temporal Florence para la mejora de la competencia matemática del alumnado de educación básica.

La educación es el factor clave para el futuro de una sociedad. La construcción de la Cataluña del futuro pasa forzosamente por garantizar una educación de calidad para todo el alumnado, con el esfuerzo conjunto de todos y con la máxima inclusión y sin ningún tipo de segregación.

La Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación, establece la innovación, la investigación y la experimentación educativa como garantías de la calidad del sistema educativo, y establece entre los principios rectores del sistema educativo catalán, la calidad de la educación, que posibilita el éxito educativo de todo el alumnado con la consecución de las competencias básicas en un contexto de equidad.

El Decreto 175/2022, de 27 de septiembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación básica, define la estructura del currículum, que incluye las competencias clave, el perfil competencial de salida, las áreas de conocimiento y materias, las competencias específicas, los criterios de evaluación, los saberes y las situaciones de aprendizaje. Asimismo, enfatiza la atención al alumnado y la orientación educativa para promover el autoconocimiento y el máximo desarrollo de sus potencialidades, que fundamenta el abordaje de acciones educativas para mejorar el rendimiento escolar en la educación básica y obligatoria, estimular la continuidad de los estudiantes en la etapa de educación postobligatoria y adecuarse a los requerimientos de la sociedad del conocimiento.

Los resultados de las últimas pruebas PISA (2023) confirman la caída generalizada de los resultados de la mayoría de los países tras los cierres de centros educativos que provocó la pandemia de la COVID-19. En Cataluña, este descenso también se ha producido ya sea por razones coyunturales (pandemia) como estructurales, especialmente en el rendimiento en competencia matemática del alumnado.

Por otra parte, los resultados de las últimas pruebas de competencias básicas realizadas por el Consejo Superior de Evaluación de Cataluña parecen mostrar cierto cambio de la tendencia a la baja de años anteriores. Sin embargo, los datos evidencian la necesidad de una intervención decidida en el conjunto del sistema educativo.

El Departamento de Educación promueve el Programa temporal Florence, diseñado para mejorar la competencia matemática del alumnado que más lo necesita mediante cambios en la organización de centros educativos. Los ejes de actuación del Programa se articulan a partir de las evidencias científicas y de las experiencias internacionales de éxito a la hora de afrontar tal reto.

El nombre Florence es un homenaje a Florence Nightingale (1820-1910), que fue una enfermera y estadística británica pionera en la sanidad moderna. A través de su trabajo, contribuyó significativamente al desarrollo de modelos matemáticos en la sanidad pública, consolidando su legado como una figura fundamental en la salud y la estadística.

Este Programa actúa simultáneamente a nivel de centro, de profesorado y de alumnado, combinando actuaciones en tres ámbitos estratégicos que han probado su eficacia en otros países: medidas de sistema, medidas aplicadas a centros educativos específicos, y medidas de tutorización y retroacción para el alumnado.

A propuesta de la consejera de Educación, el Gobierno

 

Acuerda:

 

1. Crear el Programa temporal Florence para la mejora de la competencia matemática del alumnado de educación básica, con el fin de mejorar la consecución de esta competencia por parte de todo el alumnado, especialmente de aquel que más lo necesita.

 

2. El Programa Florence se adscribe a la dirección general competente en materia de ordenación curricular del Departamento de Educación.

 

3. El Programa tiene una duración de tres cursos académicos (2024-2027) y debe implementarse desde el inicio del curso 2024-2025 hasta la finalización del curso 2026-2027.

 

4. El Programa prevé la participación con carácter voluntario de 200 centros educativos de titularidad pública (120 de Educación Primaria y 80 de Educación Secundaria Obligatoria), de especial complejidad que estén interesados en mejorar sus resultados en matemáticas. Se seleccionarán por convocatoria pública. Los centros seleccionados, con el apoyo del personal del Programa, adecuarán su organización y funcionamiento para iniciar las actuaciones previstas en enero del 2025.

El objetivo del programa es que el 90 % de los centros participantes logren unos resultados competenciales superiores a la media de los centros de su tipología.

 

5. El Programa actúa simultáneamente al nivel de centro, profesorado y alumnado. La implementación del Programa combina los siguientes elementos:

- Diagnóstico profundo explicativo de los resultados y los procesos asociados.

- Programa de alta intensidad, en grupos reducidos, con actividades diversificadas y que proporciona al alumnado un retorno de forma rápida y cualitativa.

- Formación docente de calidad, acompañamiento y modelado.

- Optimización de la organización y funcionamiento de los centros.

- Incremento del aprendizaje de las matemáticas del alumnado de los centros.

- Tutorización individual del alumnado más susceptible de mejorar su competencia matemática.

- Materiales de eficacia contrastada al alcance de centros y docentes.

- Guías y orientaciones para desarrollar estrategias de enseñanza y aprendizaje innovadoras para la mejora de resultados en competencia matemática.

- Asesoramiento y codocencia con expertos de universidades y entidades de reconocido prestigio.

- Estrategias para la evaluación formativa y formadora con retroacción inmediata al alumnado.

- Acompañamiento para generar escenarios y dinámicas de trabajo saludables para movilizar las competencias de orden superior de los procesos cognitivos.

Los centros participantes dispondrán de:

- Acompañamiento en la toma de decisiones sobre su proyecto curricular y modelo organizativo y metodologías empleadas.

- Intervención de personal docente experto.

- Apoyo en didáctica específica por parte de las universidades e institutos de ciencias de la educación.

- Materiales y estrategias.

- Formación y capacitación del personal docente.

- Reconocimiento de la formación e innovación pedagógica del personal docente de los centros participantes.

El catálogo de materiales y actividades formativas del programa estará a disposición de todos los centros del Servicio de Educación de Cataluña.

 

6. Autorizar la incorporación al Programa de las siguientes dotaciones de personal:

a. 2 docentes funcionarios del cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria (grupo A1-24), adscritos a la dirección general competente en materia de ordenación curricular del Departamento de Educación.

Crear un complemento retributivo específico del Programa, por un importe de 625,00 € mensuales, aplicable al personal docente del cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria integrante del Programa, y durante su vigencia.

b. 12 docentes funcionarios del cuerpo de maestros (grupo A2-21), adscritos a los diferentes servicios territoriales del Departamento de Educación y al Consorcio de Educación de Barcelona.

Crear un complemento retributivo específico del Programa, por importe de 100,00 € mensuales, aplicable al personal docente del cuerpo de maestros integrante del Programa, y durante su vigencia.

c. 1 dotación de personal de administración y servicios (PAS grupo A1-21), adscrito a la dirección general competente en materia de ordenación curricular del Departamento de Educación.

d. 1 dotación de personal de administración y servicios (PAS grupo A1-23), adscrito a la dirección general competente en materia de ordenación curricular del Departamento de Educación.

Las necesidades de personal de este Programa serán objeto de cobertura mediante los sistemas de provisión previstos en la normativa vigente y de conformidad con las previsiones contenidas en el Acuerdo del Gobierno de 13 de junio de 2017, sobre criterios para la formalización de nombramientos y contrataciones de personal temporal en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público.

A tal efecto, la selección del personal que debe incorporarse al Programa debe realizarse mediante la oferta correspondiente publicada en el portal ATRI y en la web del Departamento de Educación. En el proceso de selección, y a efectos de acreditar los méritos o capacidades, podrían considerarse la experiencia profesional y los conocimientos relacionados con las funciones a desarrollar, y, si fuera necesario, la superación de pruebas y/o entrevistas.

 

7. Autorizar al Departamento de Educación a dictar las instrucciones que sean necesarias para el cumplimiento de este Acuerdo.

 

8. Anualmente se evaluará la ejecución del Programa, teniendo en cuenta los siguientes indicadores:

   - Número de centros que han implementado modelos de reorganización.

   - Número de docentes participantes en el programa.

   - Número de horas de formación y capacitación del personal docente.

   - Número de alumnos que realizan las pruebas internas de centro, de acuerdo a los modelos del programa.

   - Número de alumnos que logren resultados competenciales superiores a la media en las pruebas las pruebas de final de etapa.

 

9. La financiación de este Programa se efectuará con cargo a los fondos del capítulo 2 del presupuesto del Departamento de Educación, que se tendrán que transferir a las partidas correspondientes del capítulo 1 del presupuesto departamental.

 

10. Se autoriza a la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda para aprobar las modificaciones de crédito necesarias para la aplicación de este Acuerdo, cuando corresponda.

 

11. Publicar este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 24 de abril de 2024

 

Xavier Bernadí Gil

Secretario del Gobierno

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