RESOLUCIÓN PRE/1267/2024, de 5 de abril, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de Canet de Mar y de Arenys de Munt.

Los días 30 y 16 de noviembre de 2023 los plenos de los ayuntamientos de Canet de Mar y de Arenys de Munt aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 24 de octubre de 2023 por las comisiones municipales de delimitación respectivas. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, que dispone el artículo 28.1 del texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.

De acuerdo con el artículo 34.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de Canet de Mar y de Arenys de Munt que se describe a continuación e incorporarlo a los mapas municipales correspondientes.

 

Mojón 1: se sitúa al sureste de la Serra dels Termes, en el margen sur de un camino. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base rectangular de veinte centímetros por veinticinco centímetros de lados en la base y cuarenta centímetros de altura. Este mojón es también común al término municipal de Sant Iscle de Vallalta. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463174,5 e Y: 4606944,2.

 

Mojón 2: se sitúa a unos doscientos ochenta metros al noreste de Can Corbera de Dalt, en una divisoria de aguas. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta centímetros de altura, que tiene grabadas las siguientes inscripciones: "CM" y "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463307,9 e Y: 4606692,2.

 

Mojón 3: se sitúa a unos doscientos treinta metros al noreste de Can Corbera de Dalt, en una divisoria de aguas. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta y dos centímetros de altura, que tiene grabadas las siguientes inscripciones: "CM" y "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463342,2 e Y: 4606627,5.

 

Mojón 4: se sitúa a unos ciento ochenta metros al noreste de Can Corbera de Dalt, en una divisoria de aguas. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta centímetros de altura, que tiene grabadas las siguientes inscripciones: "CM" y "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463372,3 e Y: 4606554,8.

 

Mojón 5: se sitúa a unos ciento diez metros al noreste de Can Pauet. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta centímetros de altura, que tiene grabadas las siguientes inscripciones: "CM" y "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463485,3 e Y: 4606265,4.

 

Mojón 6: se sitúa a unos ciento ochenta metros al sureste de Can Pauet. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base cuadrada de treinta centímetros de lados en la base y sesenta centímetros de altura, que tiene grabadas las siguientes inscripciones: "CM" y "AM". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463556,4 e Y: 4606090,3.

 

Mojón 7: se sitúa a unos ochenta metros al oeste del eje del Torrent de les Teixoneres. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463715,3 e Y: 4605711,1.

 

Mojón 8: se sitúa a unos sesenta metros al suroeste del eje del Torrent de les Teixoneres, a unos doscientos metros al noroeste de Can Jover. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463774,9 e Y: 4605679,0.

 

Mojón 9: se sitúa al noroeste del polígono industrial Can Misser. La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463883,4 e Y: 4605285,7.

 

Mojón 10: se sitúa al norte del Pla d'en Sala, en el extremo suroeste del polígono industrial Can Misser, al norte de la autopista C-32. Hay un mojón de piedra en forma de prisma de base rectangular de treinta y seis por treinta y un centímetros de lados en la base y setenta y tres centímetros de altura, ubicado sobre un bloque de hormigón. Tiene la inscripción siguiente: "A. de Mar Nº5". La línea de término reconocida entre este mojón y el anterior es la recta comprendida entre ambos mojones. Este mojón es también común al término municipal de Arenys de Mar. Las coordenadas UTM ETRS89 31N son: X: 463980,5 e Y: 4604963,3.

 

Contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas pueden interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo que regula el artículo 44 de esta misma Ley.

 

Barcelona, 5 de abril de 2024

 

Bernat Valls i Fuster

Director general de Administración Local

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