RESOLUCIÓN ACC/1239/2024, de 2 de abril, por la que se hace pública la resolución por la que se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental LA20090123 otorgada a la empresa Echevarría Hermanos, CB (ahora Subproductos Cárnicos Echevarría y Asociados, SL), para la actividad de transformación de subproductos animales no destinados al consumo humano de categoría 1 y categoría 2, en el término municipal de Lleida (exp. L1CNS200145).
Visto que la secretaria de Acción Climática, por delegación de la consejera de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, aprobó la Resolución de 10 de junio de 2022, por la cual se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental LA20090123 otorgada a la empresa Echevarría Hermanos, CB (ahora Subproductos Cárnicos Echevarría y Asociados, SL) para la actividad de transformación de subproductos animales no destinados al consumo humano de categoría 1 y categoría 2, en el término municipal de Lleida (exp. L1CNS200145),
Resuelvo:
Dar publicidad a la parte dispositiva de la Resolución por la cual se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental mencionada e informar de que su anexo se puede consultar en la web del Departamento.
Barcelona, 2 de abril de 2024
Mireia Boya e Busquet
Directora general de Cambio Climático y Calidad Ambiental
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, por la cual se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental LA20090123 otorgada a la empresa Echevarría Hermanos, CB (ahora Subproductos Cárnicos Echevarría y Asociados, SL) para la actividad de transformación de subproductos animales no destinados al consumo humano de categoría 1 y categoría 2, en el término municipal de Lleida (exp. L1CNS200145).
Datos del expediente
Nº de expediente: L1CNS200145.
Unidad que tramita: OGAU Lleida.
Tipo de expediente: modificación no sustancial.
Fecha de inicio del expediente: 13 de julio de 2020.
Anexo Ley 20/2009: I.1 Apartado: 11. Subapartado: 3.
Epígrafe RDL 1/2016: 9.2.
IDQA: 02377.
Descripción de la actividad: instalaciones para la eliminación o el aprovechamiento de canales o restos de animales con una capacidad de tratamiento superior a 10 toneladas por día.
Coordenadas UTM (ETRS89): UTMx: 305760; UTMy: 4609973.
Ubicación: término municipal de Lleida.
Vista la Propuesta de resolución del director general de Calidad Ambiental y Cambio Climático que se adjunta en anexo, y de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades,
Resuelvo:
-1 Considerar como no sustancial la modificación comunicada por la empresa Subproductos Cárnicos Echevarría y Asociados, SL, consistentes en la instalación de un sistema de oxidación regenerativa y de una caldera de vapor, al dejar el termodestructor 17.000 existente como reserva, al desmantelar el termodestructor INC/DEO 16.500 y la caldera de vapor LOOS y al actualizar el listado de los focos emisores a la atmósfera la potencia instalada e incorporarlas a la autorización ambiental de 22 de enero de 2010, otorgada a la empresa Subproductos Cárnicos Echevarría y Asociados, SL, con número de expediente LA20090123.
-2 Notificar esta Resolución a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 30.1 de la mencionada Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
-3 Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El texto íntegro se puede consultar en la web de este Departamento, apartado autorizaciones ambientales y en las dependencias de las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada y la Oficina de Medio Ambiente, de los Servicios Territoriales del Departamento, y en la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
Barcelona, 10 de junio de 2022
P. d. (Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero, DOGC núm. 8616, de 1.3.2022)
Anna Barnadas i López
Secretaria de Acción Climática