ANUNCIO sobre las bases legales del Programa de Becas Talento de la Fundación Instituto de Educación Continua (UPF Barcelona School of Management).

La Fundación Instituto de Educación Continua, titular del centro privado de enseñanza superior de posgrado Barcelona School of Management, centro adscrito a la Universidad Pompeu Fabra, que imparte programas de máster y posgrado bajo la marca UPF Barcelona School of Management, dispone de un programa propio de becas identificado con la denominación "Becas Talento".

Las bases que regulan el programa de Becas Talento han sido aprobadas por la Fundación Instituto de Educación Continua con el texto que se reproduce a continuación en castellano. Estas bases son aplicables a la convocatoria de las Becas Talento para los programas que se iniciarán el año académico 2024-2025.

 

Barcelona, 27 de febrero de 2024

 

José Manuel Martínez Sierra

Director general

 

 

BASES LEGALES DEL PROGRAMA DE BECAS TALENTO DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE EDUCACIÓN CONTINUA

 

1. Ámbito de aplicación

El programa de Becas Talento está disponible para todos los programas de máster de 60 ECTS o más que ofrece la Fundación Instituto de Educación Continua mediante la marca UPF Barcelona School of Management y que se iniciarán en el año académico 2024-2025 (en adelante, UPF-BSM), excepto: (i) para el Máster Universitario en Abogacía y Procura o programas conjuntos con este, (ii) para aquellos másteres en los cuales el proceso de inscripción sea externo a la UPF-BSM, (iii) para programas de posgrado, aunque estos conduzcan a la obtención de un título de máster si se realizan como módulos independientes, (iv) para aquellos programas donde la persona que solicite el reconocimiento o recuperación de créditos correspondientes a una titulación anterior, (v) para los Master of Science excepto el «Master of Science in Sustainability Management», (vi) para el Máster en Técnicas de Reproducción Asistida Humana y (vii) para los programas de movilidad y/o intercambio en los que la persona participante no se matricula de la totalidad de los ECTS del programa de máster

 

2. Dotación

Las becas cubren un 25% del importe de la matrícula del máster.

La beca es ampliable, a criterio del Comité de Becas hasta un 25% adicional si las personas candidatas acreditan una situación de graves dificultades económicas.

El hecho de solicitar la beca, así como el hecho de cumplir todos los requisitos y/o de acreditar una situación económica determinada mediante la aportación de la documentación correspondiente, no implica que la beca sea o vaya a ser concedida.

 

3. Requisitos de acceso

Para optar a las Becas Talento, las personas candidatas tendrán que cumplir los criterios siguientes:

- haber finalizado y obtenido una titulación universitaria oficial1,

- haber obtenido en sus estudios de grado una media ponderada equivalente2 de un mínimo de 8 sobre 10 en el sistema educativo español o de un GPA («Grade Point Average») de 3.0 sobre 4.0 (a efectos aclaratorios, los estudiantes y las estudiantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar un certificado de notas que incluya la nota promedio final y la nota media de aprobado o bien la equivalencia generada a través del enlace siguiente del Ministerio: «Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros»),

- haberla solicitado siguiendo los plazos establecidos a estos efectos tanto en estas bases como en la web de cada uno de los programas y

- haber sido admitido/a en los estudios de máster para los cuales se solicita la beca.

 

4. Documentación y trámites

Para iniciar la solicitud de beca, las personas candidatas tendrán que haber manifestado su interés a través de la plataforma eSecretaria donde también deberán aportar la documentación adicional requerida. La no presentación de cualquier de los documentos requeridos invalidará la candidatura.

4.1. Documentación requerida

Para optar a la Beca Talento, además de la documentación que se debe presentar para la evaluación de la candidatura de admisión, la documentación siguiente es indispensable:

- Carta de motivación (manifestando/expresando las razones por las cuales se opta a la Beca Talento).

- Listado o carta de méritos o aspectos destacables y contrastables que den a conocer aquello que se considere que los diferencian o que aportan un valor añadido a su candidatura, facilitando, si corresponde, información de contactos a los que se pueda consultar con el fin de comprobar su certeza.

- En el caso de presentar un expediente extranjero, se debe presentar obligatoriamente un certificado de notas donde se incluya la nota final promedio y la nota media de aprobado, así como la equivalencia generada a través del enlace siguiente del Ministerio: « Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros». No se admitirán expedientes que no aporten la nota media final ponderada ni la nota mínima de aprobado.

- En caso de solicitar ayuda adicional por motivos económicos, se requerirá documentación oficial que acredite la situación económica (consultar el epígrafe «4.2» de estas bases).

4.2. Documentación para acreditar la situación económica

Las personas candidatas que deseen optar a la ampliación de la beca por motivos económicos lo tendrán que solicitar expresamente y deberán aportar, además, la documentación que se especifica a continuación, así como cualquier documentación adicional que se considere adecuada para acreditar la situación de graves dificultades económicas:

4.2.1. Solicitantes que estudian y no trabajan

- Hoja resumen de la última declaración de la renta de la unidad familiar (en España, modelo 100).

- En caso de países donde no se lleve a cabo la declaración de la renta, documento oficial que acredite los ingresos de la unidad familiar.

4.2.2. Solicitantes que trabajan por cuenta ajena

- Hoja resumen de la última declaración de la renta (en España, modelo 100).

- Última nómina.

- Certificado de ingresos de empresa (en España, modelo 190).

- En caso de candidatos de fuera de España, información oficial sobre el salario mínimo interprofesional del país.

4.2.3. Solicitantes que trabajan por cuenta propia

- Declaración de alta de autónomos.

- Hoja resumen de la última declaración impositiva.

- En caso de personas candidatas de fuera de España, información oficial sobre el salario mínimo interprofesional del país o información oficial que facilite una referencia comparativa.

4.2.4. Solicitantes en situación de desocupación

- Certificado oficial que acredite la situación de desocupación (en España, disponible a las oficinas del Servicio Público de Ocupación Estatal).

El Comité de Becas se reserva el derecho de pedir documentación adicional a la persona solicitante de la beca en el supuesto de que lo considere oportuno para su evaluación.

Será responsabilidad de la persona candidata buscar los entes públicos donde obtener los documentos necesarios a presentar para demostrar su situación económica. Si no se aportan los documentos necesarios, la solicitud de ampliación de beca no se considerará realizada.

4.3. Idioma de la documentación

Únicamente si la titulación universitaria y el expediente académico están escritos en un idioma que no sea español, catalán o inglés, será necesario acompañarlos de una traducción al español, catalán o inglés.

 

5. Proceso de solicitud

Para solicitar las Becas Talento, las personas candidatas tendrán que seguir las siguientes instrucciones:

- solicitar la beca dentro de los plazos establecidos y;

- adjuntar la documentación requerida para acreditar sus méritos académicos, personales, profesionales y, si procede, su situación económica, a través de la plataforma eSecretaria (la no presentación de cualquiera de los documentos requeridos invalidará la candidatura).

En determinados supuestos, las personas candidatas pueden ser requeridas para realizar una entrevista complementaria personal de forma presencial o online con la Dirección Académica del programa y/o del Comité de adjudicación de Becas.

 

6. Plazos de solicitud

La Beca Talento está abierta para toda la programación de máster (propio o universitario) impartida por la UPF-BSM excepto para los casos establecidos en el epígrafe «1. Ámbito de Aplicación». La convocatoria se publicará en la página web de la UPF-BSM, dentro del apartado «Becas y Financiación» de cada programa donde se hace referencia a las Becas Talento, así como la fecha prevista para la comunicación de la resolución de adjudicación o no de la beca.

La UPF-BSM destina anualmente a la dotación del fondo de la Beca Talento la cantidad que considera adecuada. Los fondos disponibles para cada convocatoria adicional que se pudiera establecer los determinará el Comité de Becas basándose en sus criterios.

Es necesario que las personas interesadas consulten la página web para estar al corriente de posibles informaciones de su interés.

La solicitud de la beca se debe realizar antes del inicio de curso y, excepto en los casos que así se determine, no podrá ser tramitada para un máster que ya se esté cursando. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de la fecha límite de la solicitud de la beca, aunque el máster no haya iniciado.

Las personas solicitantes únicamente se podrán presentar a una convocatoria de beca por máster.

 

7. Órgano decisor

El Comité de Becas de la UPF-BSM es el máximo órgano de decisión y de adjudicación.

Éste se reúne tantas veces por curso como convocatorias de beca se establezcan y está formado por los miembros designados por el «Associate Dean for Education and Academic Affairs». Actúa como secretario/a la persona responsable de la Secretaría Académica de la Escuela.

 

8. Adjudicación

El Comité de Becas de la UPF-BSM concederá las Becas Talento únicamente a aquellos y aquellas estudiantes que, habiendo completado el envío de la documentación requerida y habiendo estado finalmente admitidos y/o admitidas en el máster para el cual soliciten la beca, hayan superado las diferentes pruebas que se puedan solicitar y cumplan los criterios siguientes:

Talento académico: la nota media ponderada equivalente3 requerida en el expediente académico de los estudios previos de la persona candidata para acreditar el talento académico, es de un mínimo de 8 sobre 10 equivalente al sistema educativo español; o de un GPA (Grade Point Average) de 3.0 sobre 4.0 (el Comité de Becas se reserva el derecho de determinar otros valores equivalentes con el fin de adaptarse a los sistemas de ponderación de cada país).

Dentro de este rango, el criterio de adjudicación de las becas será por orden descendente (de mayor a menor puntuación).

Talento profesional: se valorará, si existe, la experiencia que la persona candidata pueda llegar a acreditar ya sea mediante su CV, mediante sus cartas de recomendación, en el caso de ser requeridas para la admisión, e incluso mediante resultados de pruebas de acceso específicas que se pudieran solicitar para acceder al máster.

Talento personal: se valorarán la motivación y perspectivas de futuro de la persona candidata a través de su carta y sus méritos personales acreditables y contrastables.

Situación económica ((*) únicamente para aquellas personas candidatas que soliciten la ampliación de la beca por razones económicas): la valoración de la situación económica de las personas candidatas que lo soliciten se realizará individualmente a partir de la documentación obligatoria requerida descrita en el apartado «4.2». Tendrán preferencia aquellas personas candidatas, la situación económica de los cuales sea más desfavorecida.

 

9. Resolución de la beca

Desde el Comité de Becas se comunicará a cada persona solicitante la resolución de manera individual por medio de un correo electrónico, siguiendo las fechas publicadas en la página web.

Posteriormente, la persona becada recibirá la correspondiente comunicación con el detalle de los trámites a seguir para la formalización de la beca junto con la carta de compromiso que la persona becada tendrá que devolver firmada para completar el proceso.

 

10. Compatibilidad con otras becas o bonificaciones

Las Becas Talento no son acumulables con las ayudas siguientes:

- Descuentos o bonificaciones específicas de los másteres.

- Otras becas de la UPF-BSM, propias o financiadas por organizaciones externas.

Las Becas Talento sí que son compatibles con otras becas que las personas candidatas puedan solicitar a organismos externos a la UPF-BSM, siempre que las bases que regulan estas otras becas no establezcan que las mismas sean incompatibles con becas de terceros. En caso de resultar concedidas ambas, la persona becada tendrá que escoger una de ellas. Es responsabilidad de la persona candidata averiguar el carácter de compatibilidad de las becas que haya solicitado.

Las Becas Talento también son compatibles con las bonificaciones por familia numerosa establecidas en el territorio español.

 

11. Motivos de revocación de la beca

El Comité de Becas de la UPF-BSM podrá revocar la beca en los casos siguientes:

- Falsedad documental en la acreditación de los méritos que han dado lugar a la concesión.

- En el supuesto de que la persona candidata se encuentre cursando la titulación en el momento de la solicitud y se le haya concedido una beca de forma condicionada a la obtención de la titulación de grado y al mantenimiento de la media requerida, sí:

- con la obtención de la titulación la nota media ponderada equivalente de su expediente no se confirma como la requerida en estas bases, o

- no obtiene, o no ha pagado las tasas correspondientes o no facilita la documentación acreditativa de la obtención de la titulación4 como máximo el mismo día en que se inicie el programa.

- Baja del máster por cualquier causa: académica, voluntaria o disciplinaria.

- Calificación de «no apto/a» en el máster.

La revocación de la beca comporta la obligación por parte de la persona becada de abonar a la UPF-BSM el importe correspondiente a la beca percibida.

 

12. Compromiso de la persona becada

Las personas que obtengan una beca se comprometen, mediante la firma de una carta de compromiso, a demostrar un rendimiento académico destacable y un nivel de participación en el desarrollo del máster. Así mismo, las personas becadas tendrán que colaborar de forma activa en actividades de apoyo al máster y a la institución (participación puntual en reuniones internas de evaluación y mejora del máster y/o los servicios asociados; participación puntual en actas institucionales y encuentros con empresas; testigos en materiales de comunicación impresos o audiovisuales, etc.) y contribuir a la integración de estudiantes internacionales durante la primera etapa de su periodo de estudios.

 

13. Tratamiento tributario

En el momento de definir el tratamiento fiscal de estas becas, distinguiremos entre Becas Talento para másteres Universitarios (másteres oficiales) y Becas Talento para másteres títulos propios UPF.

Cuando las Becas Talento se otorguen para cursar másteres Universitarios (másteres oficiales), la beca disfrutará de exención por cumplir con los requisitos estipulados en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas, así como las del artículo 2 de Real Decreto 439/2007 de 30 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas.

En cambio, las Becas Talento que se destinen para cursar másteres propios (títulos propios UPF), como que no cumplen con los requisitos anteriormente mencionados, no disfrutarán de la exención y, en consecuencia, la UPF-BSM deberá practicar las retenciones oportunas en cada caso.

 

14. Protección de datos

14. 1.- Información básica sobre Protección de datos.

14.1.1 Responsable:

La responsabilidad del tratamiento de los datos personales de las personas candidatas y / o beneficiarias es de la FUNDACIÓN INSTITUTO EDUCACIÓN CONTINUA (en adelante, "Fundación IDEC"), fundación privada titular de un centro docente privado de Educación Superior, centro adscrito en la Universidad Pompeu Fabra denominado "Barcelona School of Management", con domicilio social en Barcelona, C / Balmes, 132-134, 08008 y correo electrónico de contacto con fines de protección de datos de carácter personal: rgpd@bsm.upf.edu

14.1.2 Finalidades y legitimación

La Fundación IDEC tratará los datos personales de las personas candidatas y/o beneficiarias en virtud de la ejecución de estas bases legales para las Becas Talento, con las finalidades siguientes:

- para analizar la idoneidad de la candidatura y llevar a cabo el proceso de asignación para la posible concesión de las becas.

- para asegurar que la candidatura cumpla con los requisitos durante toda la duración de cualquiera de los programas.

- para proceder a los pagos correspondientes en caso de concesión de la beca.

- para cumplir con los derechos y obligaciones que las becas implican para la Fundación IDEC y para la persona beneficiaria.

14.1.3.-Personas destinatarias:

Los datos personales de las personas candidatas y/o /as no serán cedidos a terceros, excepto obligación legal o, si se tercia y siempre que este acceso y tratamiento de datos sea imprescindible para la prestación de un servicio específico a la Fundación IDEC. En cualquier caso, la Fundación IDEC subscribirá el correspondiente contrato de responsable del tratamiento con cada uno de los terceros, que tratarán los datos exclusivamente para los hasta que se determinen en cada caso.

14.1.4.-Conservación de los datos:

Los datos personales de las personas candidatas y/o beneficiarios/as se tienen que conservar durante toda la duración del Programa para el cual se solicite la Beca Talento y durante el cumplimiento de los derechos y obligaciones asumidos por la Fundación IDEC y por la persona beneficiaria descritas en estas bases legales. Y una vez finalizada, el plazo necesario para cumplir con las obligaciones legales aplicables.

14.1.5.- Derechos:

Las personas interesadas podrán ejercer, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento, portabilidad de los datos y oposición.

Para ejercer estos derechos, la persona interesada puede enviar su solicitud, adjuntando una copia de su DNI, pasaporte u otro documento válido que lo identifique, a Balmes 132-134, 08008, Barcelona; o mediante la siguiente dirección de correo electrónico: rgpd@bsm.upf.edu

En todo caso, la persona interesada tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos si lo estima oportuno.

14.2.- Información adicional

Se puede obtener información adicional a la política de privacidad de la Fundación IDEC publicada en el web: https://www.bsm.upf.edu/es/politica-de-privacidad

 

Barcelona, 27 de febrero de 2024

 

José Manuel Martínez Sierra

Director general

 

1 En caso de que la candidatura presentada cumpla con los requisitos para la concesión de la beca, esta concesión queda supeditada a la obtención de la titulación como máximo a la fecha de inicio del programa y al cumplimiento del resto de requisitos contemplados en las bases.

2 Deberá aportarse obligatoriamente el certificado con la equivalencia de notas de los estudios universitarios realizados en centros extranjeros emitido a través del siguiente enlace.

3 Deberá aportarse obligatoriamente el certificado con la equivalencia de notas de los estudios universitarios realizados en centros extranjeros emitido a través del siguiente enlace: https://sede.educacion.gob.es/sede/login/inicio.jjsp?idConvocatoria=818

4 Tiene que ser considerado/a titulado/a como máximo el día que se inicia el programa y para considerarse titulado/a tiene que haber pagado las tasas correspondientes y facilitar la documentación que así lo acredite.

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