RESOLUCIÓN EDU/993/2024, de 21 de marzo, por la que se autoriza la modificación de apertura del centro educativo privado Centre Politècnic Comas, de Blanes.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por el representante de la titularidad del centro educativo privado Centre Politècnic Comas, de Blanes, en petición de ampliación de las enseñanzas, se instruye el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional; el Decreto 284/2011, de 1 de marzo, de ordenación general de la formación profesional inicial; los reales decretos por los que se establecen los respectivos títulos de formación profesional, y el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, sobre el procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Centre Politècnic Comas, código 17010751, de Blanes, en los términos siguientes:
Enseñanzas que se amplían:
Formación profesional de grado medio:
Instalaciones Frigoríficas y de Climatización: 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares, en turno de mañana.
Curso de especialización de formación profesional de grado superior:
Robótica Colaborativa: 1 unidad con capacidad para 20 puestos escolares, en turno de mañana.
-2 La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución tendrá efecto desde el inicio del curso escolar 2024-2025.
-4 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Girona, 21 de marzo de 2024
Adam Manyé Sardà
Director de los Servicios Territoriales en Girona
Anexo
Composición del centro desde el inicio del curso escolar 2024-2025:
Formación profesional de grado medio:
Soldadura y Calderería: 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares en turno de mañana y 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares en turno de tarde.
Instalaciones Frigoríficas y de Climatización: 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares, en turno de mañana.
Formación profesional de grado superior:
Mecatrónica Industrial: 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares, en turno de tarde.
Programación de la Producción en Fabricación Mecánica: 2 unidades con capacidad para 40 puestos escolares, en turno de tarde.
Curso de especialización de la formación profesional de grado superior:
Robótica Colaborativa: 1 unidad con capacidad para 20 puestos escolares, en turno de mañana.