RESOLUCIÓN ACC/989/2024, de 18 de enero, por la que se considera no sustancial la modificación de la autorización ambiental L2BRA190867 otorgada a la empresa Innoferti, SL, para la actividad de compostaje de residuos orgánicos en los términos municipales de Menà rguens y Castelló de Farfanya (exp. L2BCNS230291).
Datos del expediente
Núm. de expediente: L2BCNS230291.
Unidad que tramita: OGAU Lleida.
Tipo de expediente: modificación no sustancial.
Fecha de inicio del expediente: 26 de julio de 2023.
Anexo Ley 20/2009: I.1, apartado:10: 11.
EpÃgrafe RDL 1/2016: 5.4.
Código establecimiento IDQA: 03297.
Descripción de la actividad principal: Instalaciones de tratamiento de residuos.
Coordenadas UTM (ETRS89) X: 310470;Â UTM (ETRS89) Y: 4626773.
Ubicación: Camino de Balaguer s/n, polÃgono 501 parcela 5 del término municipal de Menà rguens, y polÃgono 503 parcela 313 del término municipal de Castelló de Farfanya.
Vista la Propuesta de resolución de la directora general de Calidad Ambiental y Cambio Climático que se adjunta en el anexo, y de acuerdo con el artÃculo 59 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades,
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Resuelvo:
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1- Considerar como no sustancial la modificación comunicada por la empresa Innoferti SL, consistente en la construcción de un túnel de compostaje y en la reestructuración de las instalaciones de la planta de compostaje, e incorporarla a la autorización ambiental de 13 de octubre de 2021, otorgada a la empresa, con número de expediente L2BRA190867.
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2- Notificar esta Resolución a las personas interesadas, de conformidad con el artÃculo 30.1 de la citada Ley 20/2009, de 4 de diciembre.
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3- Ordenar la publicación de la parte dispositiva de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. El texto Ãntegro se puede consultar en la web del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, apartado autorizaciones ambientales http://mediambient.gencat.cat/pcca, asà como en las dependencias de las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada y la Oficina de Medio Ambiente, de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, y en la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
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Barcelona, 18 de enero de 2024
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P. d. (Resolución ACC/469/2022, de 24 de febrero, DOGC núm. 8616, de 1.3.2022)
Anna Barnadas i López
Secretaria de Acción Climática