RESOLUCIÓN JUS/975/2024, de 25 de marzo, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por la Resolución JUS/450/2024, de 19 de febrero.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/450/2024, de 19 de febrero, de la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación (DOGC núm. 9109, de 26.2.2024), y después de haber excluido una solicitud por los motivos que dispone el artículo 7.3 del Reglamento de la organización y régimen del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial, y de haber notificado su exclusión a la persona interesada;

Visto lo que disponen los artículos 88 en el 96 y 313 del Reglamento de la organización y régimen del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 140/2015, de 6 de marzo, sobre demarcación notarial;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre;

De conformidad con lo que dispone el Decreto 47/2022, de 15 de marzo, de reestructuración del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria,

 

Resuelvo:

 

De acuerdo con las normas legales mencionadas, adscribir los notarios a las plazas de notarías vacantes radicadas al territorio de Cataluña, según se detalla a continuación:

Barcelona: por traslado del señor Manuel Tejuca González, la señora Teresa María Villazan Tovar, notaria de Vandellòs y de L'Hospitalet de l'Infant, 3.ª categoría.

Tarragona: por traslado de la señora Maria Teresa Almansa Garrido, el señor Rafael Juan Contreras Bernier, notario de Villablino, 3.ª categoría.

Manlleu: desierta en concurso precedente (señora Milena Moreno González), el señor José Manuel Sánchez Tapia, notario de Torelló, 3.ª categoría.

Vilafranca del Penedès: por jubilación voluntaria del señor Cesar Martín Núñez, el señor Antonio Victor García-Galán San Miguel, notario de Martorell, 2.ª categoría.

Sant Pere de Ribes: por traslado de la señora Montserrat Ruiz Mingo, el señor Luis Miguel Motos Aragón, notario de Vitoria-Gasteiz, 1.ª categoría.

Manlleu: por traslado del señor Fausto José Revert García, la señora Marta Faura Carreras, notaria de Arbúcies, 3.ª categoría.

Amer: desierta en concurso precedente de la señora María José Hurtado Hernández, la señora Carola Irene Sevilla Pitarch, notaria de Santa Margarida de Montbui, 3.ª categoría.

Begur: desierta en concurso precedente (señor Jaime Fernández Tussy), el señor Alejandro Jaime Sauca Núñez de Prado, notario de Palas del Rei, 3.ª categoría.

Guissona: desierta en concurso precedente (señor David Martínez Oliveras), la señora Nancy Mariblanca Consuegra, notaria de Gavà, 2.ª categoría.

Cardedeu: por jubilación voluntaria del señor Enrique José García Castrillo, el señor Salvador Jacobo García Castrillo, notario de Santa Coloma de Gramenet, 1.ª categoría.

Vila-seca: desierta en concurso precedente (señora Maria Madrid Bergillos), el señor Víctor Hernández Verde, notario de El Pont de Suert, 3.ª categoría.

 

Información sobre los recursos a interponer

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el secretario general de Justicia, Derechos y Memoria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que sea conveniente para la defensa de sus intereses.

El recurso de alzada puede entenderse desestimado si al cabo de tres meses de haberse interpuesto no se ha notificado la resolución. Sólo en este caso, la persona o las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

 

Barcelona, 25 de marzo de 2024

 

Immaculada Barral Viñals

Directora general de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación

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