EDICTO de 21 de marzo de 2024, sobre acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Les Terres de l'Ebre referentes al municipio de Gandesa.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Les Terres de l'Ebre, en las sesiones de 28 de febrero de 2024 y 2 de noviembre de 2022, adoptó los acuerdos cuya parte dispositiva se reproducen a continuación:

 

Exp.: 2022 / 078788 / E

Modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento 2/2022, en cuanto a los parámetros de edificación en relación con las cubiertas, en el término municipal de Gandesa.

 

Acuerdo de 28 de febrero de 2024

Visto el informe propuesta de los Servicios Técnicos la Comisión Territorial de Urbanismo de Les Terres de l'Ebre acuerda:

-1 Dar conformidad al Texto refundido de la Modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento 2/2022, en cuanto a los parámetros de edificación en relación con las cubiertas, promovida y enviada por el Ayuntamiento de Gandesa.

-2 Publicar este acuerdo y las normas urbanísticas correspondientes en el DOGC a efectos de su inmediata ejecutividad, de acuerdo con el artículo 106 del Texto refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero.

-3 Comunicarlo al Ayuntamiento.

 

Acuerdo de 2 de noviembre de 2022

-1 Aprobar definitivamente la Modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento 2/2022, en cuanto a los parámetros de edificación en relación con las cubiertas, de Gandesa, promovida y enviada por el Ayuntamiento, y supeditar su publicación en el DOGC y consiguiente ejecutividad a la presentación de un Texto refundido, verificado por el órgano que ha otorgado la aprobación provisional del expediente y debidamente diligenciado, que incorpore las prescripciones siguientes:

1.1 Debe aportar la normativa urbanística del documento con la modificación de los artículos 143, 144, 145 y 146.

1.2 Debe dar cumplimiento al informe emitido por el Departamento de Cultura de 25.10.2022.

-2 Indicar al Ayuntamiento que el Texto refundido incluirá el texto de las normas urbanísticas y los planos de ordenación en soporte informático y en formato editable de tratamiento de textos, en cumplimiento del artículo 17.6 del Reglamento de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto 305/2006, de 18 de julio, y de la orden PTO/343/2005, de 27 de julio, por la que se establecen los requerimientos técnicos de la presentación, en soporte informático, de las normas urbanísticas de las figuras de planeamiento urbanístico a los órganos de la Generalidad de Cataluña competentes para su aprobación definitiva.

-3 Comunicarlo al Ayuntamiento.

 

Contra este acuerdo, que se refiere a una disposición administrativa de carácter general, se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de que los particulares puedan interponer cualquier otro recurso que consideren procedente, y de la posibilidad que tienen los ayuntamientos y otras administraciones públicas de formular el requerimiento previo que prevé el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En el caso de formular requerimiento, este se entenderá rehusado si, dentro del mes siguiente en la recepción, no es contestado. En este supuesto, el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente al día en que se reciba la documentación del acuerdo expreso o de aquel en que se entienda rehusado presuntamente.

 

Consulta e información del expediente

El expediente estará, para la consulta e información que prevé el artículo 107 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, tal y como establece el artículo 103, apartados 1 y 2, del mencionado Texto refundido.

Se incluye, a continuación, el enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña que permite la consulta telemática e inmediata de los documentos que conforman el instrumento de planeamiento urbanístico aprobado, con plena garantía de autenticidad e integridad, en virtud de lo que prevén la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del DOGC, y el artículo 103.3 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero:

http://dtes.gencat.cat/rpucportal/AppJava/cercaExpedient.do?reqCode=veureFitxa&codiPublic=2022/78788/E&set-locale=es

La consulta del expediente administrativo se podrá hacer, presencialmente, en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables.

 

Tortosa, 21 de marzo de 2024

 

Susana Margalef Torné

Jefa del Servicio Territorial de Urbanismo de Les Terres de l'Ebre

 

 

Anexo

Normas urbanísticas de la Modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento 2/2022, en cuanto a los parámetros de edificación en relación con las cubiertas, de Gandesa.

 

(Véase la imagen al final del documento)

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