RESOLUCIÓN EDU/948/2024, de 22 de marzo, por la que se abre convocatoria pública unificada correspondiente al curso 2024-2025, para la participación de centros educativos en programas de innovación educativa.
Mediante la Orden EDU/56/2024, de 22 de marzo, se establece el reconocimiento a la innovación educativa y se aprueban las bases generales reguladoras de la convocatoria unificada de programas de innovación educativa correspondiente al curso 2024-2025.
Por ello,
Resuelvo:
Abrir convocatoria pública unificada para la participación de centros educativos, sostenidos con fondos públicos, en programas de innovación educativa a partir del curso 2024-2025.
Esta convocatoria se rige por la Orden EDU/56/2024, de 22 de marzo, por la que se establece el reconocimiento a la innovación educativa y se aprueban las bases generales reguladoras de la convocatoria unificada de programas de innovación educativa correspondiente al curso 2024-2025.
La información referente a los programas de innovación educativa, las plazas disponibles, así como los modelos y documentación necesaria para participar de acuerdo con las resoluciones de cada programa de innovación, está disponible en el respectivo espacio del programa, en el Portal de centro del Departamento de Educación https://espai.educacio.gencat.cat/Centres/Innovacio-pedagogica/Programes/Pagines/default.aspx
Las solicitudes pueden presentarse durante un plazo de 35 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista de programas que abren proceso de participación en el Portal de centro https://espai.educacio.gencat.cat/Centres/Innovacio-pedagogica/Programes/Pagines/default.aspx
Los centros educativos del Consorcio de Educación de Barcelona deben tramitar la inscripción mediante el portal de la Convocatoria Unificada de Programas del Consorcio de Educación de Barcelona en los plazos que se establezcan en https://www.edubcn.cat/ca /soporte_educativo_recursos/convocatoria_programas#!/búsqueda
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Barcelona, 22 de marzo de 2024
Ignacio García Plata
Secretario de Políticas Educativas