ORDEN EMT/61/2024, de 26 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura que la empresa PreZero España, SA, presta en el municipio de Torredembarra.

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato CGT en la empresa PreZero España, SA, (con registro de entrada de 13 de marzo de 2024), que está prevista que se inicie a las 15.00 horas del día 28 de marzo, hasta las 15.00 horas del día 2 de abril de 2024, y que afecta a toda la plantilla de la empresa en el centro de trabajo del municipio de Torredembarra;

Visto que la empresa realiza el servicio de recogida de basura (fracción orgánica, desecho y selectiva - papel o cartón) y de limpieza viaria, así como la recogida de residuos voluminosos, los cuales son servicios esenciales para la comunidad, ya que interrumpirlos afectaría bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente, que indican los artículos 43 y 45 de la Constitución, y que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, de materia orgánica susceptible de descomposición favorece, aparte de los malos olores, la proliferación de insectos y roedores, los cuales son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para la salud de la ciudadanía;

Visto que la autoridad gubernativa tiene que dictar las medidas necesarias con el fin de mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción tiene que ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho a huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Visto que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios, asistenciales y su entorno, así como en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, habrá que realizar el servicio habitual de recogida de basura (desecho orgánica y selectiva);

Visto que el servicio de recogida de basura está considerado un servicio esencial para la comunidad, y que en función de la fracción de desecho no tiene una frecuencia diaria de recogida en el municipio afectado y que se efectúa mediante el sistema de contenedores y recogida puerta a puerta, razón por la cual hay que adaptar los servicios mínimos que se dictan habitualmente para este sector a esta situación;

Visto que por el tipo de recogida de basura, tanto la domiciliaria como la comercial o en los contenedores de las fracciones orgánica, desecho y selectiva (envases, vidrio y papel/cartón), hay que evitar un nivel alto de putrefacción, descomposición, fermentación, malos olores y una acumulación excesiva de la basura que provocaría accidentes de varios tipos, y teniendo en cuenta que la duración de la huelga es de 5 días naturales, se considera conveniente fijar como servicios mínimos 50% del servicio habitual en su recogida y transporte;

Visto que la huelga coincide con la época del año donde se hacen celebraciones y teniendo en cuenta que durante estos actos se puede incrementar sensiblemente el volumen de residuos generados se hace necesario un tratamiento particularizado de la situación. Por lo tanto, en los casos de los actos indicados se procederá a la recogida total de la basura generada, ya sea el mismo día o el día siguiente;

Visto que se ha solicitado a las partes sus propuestas de servicios mínimos, tal como consta en el expediente;

Visto que se ha pedido un informe a la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Salud y al Ayuntamiento de Torredembarra;

Considerando lo que disponen el artículo 28.2 de la Constitución española; el artículo 170.1.i) del Estatuto de autonomía de Cataluña; el artículo 10.2 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo; el Decreto 120/1995, de 24 de marzo, de la Generalitat de Catalunya; y las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril; 26/1981, de 17 de julio; 33/1981, de 5 de noviembre; 51/1986, de 24 de abril; 27/1989, de 3 de febrero; 43/1990, de 15 de marzo; y 122/1990 y 123/1990, de 2 de julio,

 

Ordeno:

 

Artículo 1

La situación de huelga anunciada por el sindicato CGT en la empresa PreZero España, SA, que está prevista que se inicie a las 15.00 horas del día 28 de marzo, hasta las 15.00 horas del día 2 de abril de 2024, y que afecta a toda la plantilla de la empresa en el centro de trabajo del municipio de Torredembarra, se entiende condicionada al mantenimiento de los servicios mínimos siguientes:

a) Servicio habitual de recogida de basura (fracción orgánica, fracción de desecho, recogida selectiva) del entorno de los centros sanitarios, de asistencia y de los mercados municipales de abastecimientos de productos perecederos.

b) Con respecto al resto de fracción orgánica, de la fracción de desecho, comercial y domiciliario: el 50% del servicio habitual.

c) La recogida selectiva (papel, cartón y vidrio) se prestará al 50% del servicio habitual para todo tipo de recogida.

d) En caso de celebración de actos lúdicos programados, hay que hacer la recogida de los residuos que se generen, ya sea el mismo día o el día siguiente.

 

Artículo 2

La empresa, una vez escuchado el Comité de Huelga, tiene que determinar el personal estrictamente necesario para el funcionamiento de los servicios mínimos que establece el artículo anterior, excluido el Comité de Huelga. Estos servicios mínimos los tiene que prestar, preferentemente, si está, el personal que no ejerza el derecho a huelga. La empresa se tiene que asegurar que las personas designadas para hacer los servicios mínimos reciban una comunicación formal y efectiva de la designación.

 

Artículo 3

El personal destinado a cubrir los servicios mínimos que determina el artículo 1 está sujeto a los derechos y los deberes que establece la normativa vigente.

 

Artículo 4

Las partes tienen que dar suficiente publicidad a la huelga para que la ciudadanía tenga conocimiento.

 

Artículo 5

Notifíquese la presente Orden a los interesados para su cumplimiento y remítase al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para su publicación.

 

Barcelona, 26 de marzo de 2024

 

Roger Torrent i Ramió

Consejero de Empresa y Trabajo

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
19519 {"title":"ORDEN EMT\/61\/2024, de 26 de marzo, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura que la empresa PreZero España, SA, presta en el municipio de Torredembarra.","published_date":"2024-03-28","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"19519"} catalunya Departamento de Empresa y Trabajo,DOGC,DOGC 2024 nº 9132,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-03-28/19519-orden-emt-61-2024-26-marzo-se-garantiza-servicio-esencial-recogida-basura-empresa-prezero-espana-sa-presta-municipio-torredembarra https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.