RESOLUCIÓN ECO/886/2024, de 18 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de varios puestos de trabajo del Departamento de Economía y Hacienda (convocatoria de provisión núm. ECO/15/24).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes varios puestos de trabajo del Departamento de Economía y Hacienda, y vistas les propuestas de las personas titulares de los órganos directivos correspondientes para la provisión de estos puestos;

Dada la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat vigente y la descripción de los puestos de trabajo para proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

Vista la competencia que atribuye a la persona titular del Departamento el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, y haciendo uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Resolución VEH/1235/2019, de 7 de mayo, de delegación de competencias en diversos órganos del Departamento de Economía y Hacienda,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, varios puestos de trabajo del Departamento de Economía y Hacienda (convocatoria de provisión núm. ECO/15/24), que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus pretensiones.

 

Barcelona, 18 de marzo de 2024

 

P. d. (Resolución VEH/1235/2019, de 7 de mayo, DOGC núm. 7873, de 13.5.2019)

Josep Maria Aguirre i Font

Secretario general

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puestos de trabajo

Se convocan, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo para proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con los siguientes aspectos:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, con respecto a la Administración de la Generalitat, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar el personal funcionario transferido no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que esté clasificado el puesto objeto de la convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, al que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso, puede participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de empleo, las personas trasladadas de puestos de trabajo ni las destituidas de puestos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco pueden participar el personal funcionario en situación diferente a la de servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades puede participar en igualdad de condiciones que el resto de personas participantes, siempre y cuando pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo para proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario poseer el certificado de conocimientos orales y escritos de lengua catalana que expide la Dirección General de Política Lingüística, o el equivalente, del nivel que se indica en el apartado 3 del anexo 2.

En caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, el órgano competente evaluará, mediante una prueba, estos conocimientos en relación al puesto de trabajo para proveer, antes de elaborar la propuesta de personas admitidas y excluidas que prevé esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se debe especificar en el tablón

electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat) y en la intranet del Departamento, el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en que hubiese una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se debe adjuntar la correspondiente acreditación documental a la solicitud de participación.

3.4 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria se deben presentar en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC. Se deben presentar por vía telemática, mediante la parte privada del portal del empleado público Atri, en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación. De acuerdo con las instrucciones indicadas en el portal, se debe adjuntar, en el apartado Anexo a la solicitud de participación, la documentación que hay que aportar. Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público Atri deben solicitar que se les facilite dicho acceso al último departamento donde fueron destinadas.

Los aspirantes deben adjuntar a la solicitud de participación la declaración correspondiente de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo para proveer debidamente especificada.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas concursantes y solo se admiten renuncias a participar en el concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4.3 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración del Departamento de Derechos Sociales, para que se pueda evaluar si la persona puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, estos candidatos y candidatas pueden pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público que se debe prestar.

Estas personas candidatas pueden pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades.

 

-5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo para proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de las personas participantes se deben referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

 

-6 Sistemas de acreditación

Las personas participantes tienen que acreditar documentalmente los datos profesionales que alegan dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio que se les puedan pedir las aclaraciones o las justificaciones necesarias para verificarlas.

 

-7 Procedimiento

7.1 Esta convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que, por causas motivadas, se acuerde prorrogar este plazo.

7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se publicarán en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat) y en la intranet del Departamento.

 

-8 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, si procede, en la persona candidata que se considere más idónea, según el informe preceptivo y previo del titular del centro directivo o del organismo correspondiente al que esté adscrito el puesto de trabajo convocado, el cual deberá tener en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas que se deben realizar.

 

-9 Resolución de la convocatoria

9.1 La resolución definitiva de nombramiento se publicará en el DOGC.

9.2 Las personas aspirantes que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación distinta a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de tomar posesión, la persona interesada debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluido en ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la normativa.

Sin embargo, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días, a contar desde el inicio del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

-10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1 La resolución de nombramiento comporta, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino es de dos días hábiles, si no implica cambio de localidad de residencia del/de la funcionario/a, o de 15 días, si comporta cambio de localidad de residencia, el cual se deberá acreditar documentalmente.

10.3 Este plazo computa a partir del día siguiente al del cese, que se deberá efectuar en los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el DOGC. Cuando esta resolución comporte el reingreso en el servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución del concurso en el DOGC.

10.4 Al efecto del cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que accede a un puesto de trabajo se deben comunicar al Registro general de personal durante los tres días hábiles siguientes a su formalización, mediante los sistemas informáticos establecidos.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

Puesto con referencia núm. 1 (código puesto 0013031)

 

--1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: vocal de la Junta de Tributos.

Departamento: de Economía y Hacienda.

Unidad directiva: Junta de Tributos de Catalunya.

Localidad: Barcelona.Nivel: 29.
Complemento específico: 42.892,68 euros.Jornada: superior a la normal.

Horario: especial con incompatibilidades.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

 

--2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupo A1.

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: cuerpos de administración general y algunos cuerpos de administración especial del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general y cuerpo de inspectores tributarios de la Generalitat de Catalunya.

 

--3 Requisito de conocimiento de lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

 

--4 Contenido funcional

Misión:

Redactar las propuestas de resolución y las resoluciones definitivas de los expedientes que, si procede, le han sido asignados, de acuerdo con lo que ha sido aprobado en la sesión del Pleno o de la correspondiente Sala de la Junta, y someterlas a la firma de quienes las aprobaron; así como colaborar en la redacción de las propuestas de resolución de los ponentes funcionarios especialistas en el ámbito tributario y de recaudación de ingresos de derecho público.

Finalidades/funciones:

1. Redactar las propuestas de resolución y las resoluciones definitivas de los expedientes que, si procede, le han sido asignados, de acuerdo con lo que ha sido aprobado en la sesión del Pleno o de la correspondiente Sala de la Junta, y someterlas a la firma de quienes las aprobaron.

2. Actuar como órgano unipersonal, en la resolución de inadmisibilidades o cuestiones incidentales o en el archivo de actuaciones en caso de caducidad, renuncia, desestimiento o satisfacción extra procesal.

3. Colaborar en la redacción de las propuestas de resolución de los ponentes funcionarios especialistas en el ámbito tributario y de recaudación de ingresos de derecho público.

4. Acordar, de oficio o a instancia de parte, la práctica de la prueba que sea relevante para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas, las ponencias de las cuales le han sido asignadas.

5. Acordar la práctica de los complementos de expedientes administrativos que considere pertinentes para la resolución correcta de las reclamaciones económico-administrativas, las ponencias de las cuales le han sido asignadas.

6. Ejercer las funciones de secretario o secretaria de la Junta, siempre y cuando concurra la condición de vocal más joven, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal del secretario o secretaria.

7. Llevar a cabo otras tareas que le asigne expresamente el presidente o presidenta de la Junta o, si procede, el presidente o presidenta de la Sala de la que forme parte.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Redacta las ponencias de resolución de las reclamaciones economicoadministrativas y otros recursos que le han sido asignados y que son competencia del Pleno o de la correspondiente Sala de la Junta, de conformidad con los criterios vinculantes establecidos por el Pleno.

2. Redacta las ponencias de resolución de las reclamaciones economicoadministrativas y otros recursos que le han sido asignados, como órgano unipersonal, en la resolución de inadmisibilidades o cuestiones incidentales o en el archivo de actuaciones en caso de caducidad, renuncia, desestimiento o satisfacción extraprocesal, de conformidad con los criterios vinculantes establecidos por el Pleno.

3. Asiste a las sesiones a las que ha sido convocado y participa en las deliberaciones necesarias para adoptar los acuerdos o las resoluciones que sean pertinentes.

4. Vota las ponencias que se presentan en las sesiones del Pleno o de la correspondiente Sala de la Junta y acuerda su desestimación, estimación, estimación parcial o inadmisión, o su retirada para un mejor estudio.

5. Formula, por escrito, voto particular cuando disienta de la mayoría.

6. Redacta las resoluciones definitivas de las reclamaciones económico-administrativas y otros recursos, de acuerdo con lo que ha sido aprobado en la sesión del Pleno o de la correspondiente Sala, y las somete a firma de quienes las aprobaron.

7. Propone modelos de resolución en relación con las reclamaciones económico-administrativas que planteen idénticas alegaciones y formulen idénicas pretensiones.

8. Dirige la dirección letrada de los ponentes funcionarios especialistas en el ámbito tributario y de recaudación de ingresos de derecho público.

9. Acuerda la práctica de la prueba que sea relevante para la resolución de las reclamaciones económico-administrativas, cuyas ponencias le hayan sido asignadas.

10. Acuerda la práctica de los complementos de expedientes administrativos que considere pertinentes para la mejor resolución de las reclamaciones económico-administrativas, cuyas ponencias le hayan sido asignadas.

11. Ejerce las funciones de secretario o secretaria de la Junta, siempre y cuando concurra la condición de vocal más joven, en los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal de secretario o secretaria.

12. Ejerce otras tareas que le asigne expresamente el presidente o presidenta de la Junta o, si procede, el presidente o presidenta de la Sala de la que forme parte.

 

--5 Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:- Conocimientos de derecho administrativo (especialidad tributaria), constitucional, comunitario y público de Catalunya.

- Experiencia en dictar resoluciones, referentes a la aplicación de los tributos y la imposición de sanciones tributarias, así como a actos de recaudación de ingresos de derecho público.

Otros conocimientos:

- Conocimientos de derecho civil y mercantil.

- Conocimientos de procedimiento administrativo y económico-administrativo.

- Conocimientos de procedimiento contencioso administrativo.

Competencias profesionales:

- Planificación y organización.

- Análisis de problemas y toma de decisiones.

 

 

Puesto con referencia núm. 2 (código puesto 0090092)

 

--1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: responsable de servicios técnicos y jurídicos.

Departamento: de Economía y Hacienda.

Unidad directiva: Secretaría de Hacienda.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 29

Complemento específico: 35.703,48 euros.

Jornada: normal.

Horario: normal.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

Titulación específica: grado o licenciatura en derecho.

 

--2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupo A1.

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: cuerpo de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo superior de administración general de la Generalitat de Catalunya.

 

--3 Requisito de conocimiento de lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

 

--4 Contenido funcional

Misión:

Asesorar, desde un punto de vista técnico y jurídico, sobre los diversos actos y otros instrumentos jurídicos vinculados a la actividad encargada a la Secretaría de Hacienda y de sus entidades y órganos que se adscriben a ella, e impulsar y elaborar la documentación jurídica necesaria, en coordinación, cuando sea necesario, con las asesorías jurídicas del Departamento de adscripción y de la Agencia Tributaria de Cataluña, así como dar asistencia técnico-jurídica a la persona titular de la Secretaría de Hacienda en los asuntos que le competen en su condición de miembro de órganos de gobierno de entidades o de órganos colegiados de la Administración de la Generalitat, de la Administración del Estado o de administraciones locales, por razón de su cargo o en virtud de nombramiento por acto o disposición.

Finalidades/funciones:

1. Efectuar o supervisar la respuesta a peticiones de asesoramiento de la persona titular de la Secretaría de Hacienda (SH) y de las personas responsables de las entidades y órganos que se adscriben a ella, en relación con las funciones competencia de la SH, sin perjuicio de las funciones encargadas a la Asesoría Jurídica.

2. Impulsar y realizar, en coordinación con la Asesoría Jurídica de la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) y la Asesoría Jurídica del Departamento, el análisis, la propuesta o la revisión de los aspectos jurídicos relativos a los actos, disposiciones u otros instrumentos jurídicos que la SH haya de impulsar de forma autónoma o de manera conjunta con la ATC.

3. Asesorar, desde un punto de vista jurídico y, si procede, elaborar los actos, disposiciones u otros instrumentos jurídicos necesarios para la planificación, el desarrollo y el seguimiento de los diversos proyectos impulsados y dirigidos por la SH.

4. Dar asistencia técnico-juridica a los órganos y unidades que se adscriben a la SH respecto a los diversos ámbitos del derecho y, si procede, elaborar las actuaciones que se requieran, en especial, en materia de elaboración de disposiciones de carácter general, patrimonio, recursos humanos, contratación y convenios de colaboración, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos, en particular la Asesoría Jurídica del Departamento.

5. Asesorar a la persona titular de la SH y las personas responsables de los órganos y entidades que se adscriben a ella, en materia de tributaria, revisión de actos en vía administrativa y tratamiento de datos con trascendencia tributaria, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos o entidades, en particular, a la Asesoría Jurídica del Departamento o la Autoridad Catalana de Protección de Datos.

6. Analizar, impulsar y, si procede, elaborar la documentación correspondiente a la elaboración de disposiciones de carácter general en materia tributaria, de organización de la Administración tributaria y en materia de personal, en colaboración con las unidades directivas y entidades adscritas competentes en esta materia.

7. Asesorar jurídicamente a la persona titular de la SH en los asuntos que le compitan por razón de su condición de presidente o presidenta de la ATC y de su Junta de Gobierno, presidente o presidenta del órgano de gobierno de Loterías de Catalunya, SAU, presidente o presidenta del Comité para el Seguimiento de las Buenas Prácticas Tributarias, así como miembro de otros órganos colegiados de la Administración de la Generalitat, por razón de su cargo o en virtud de su nombramiento.

8. Asesorar jurídicamente a la persona titular de la SH en su calidad de vocal delegado de la Junta de Dirección del Consorcio Intermunicipal de Vila-Seca y Salou para la Gestión del Centro Recreativo y Turístico (CRT), en especial, en relación con los procedimientos de autorización de instalaciones recreativas, jurídicas y de juego y los aspectos que se vinculen.

9. Asesorar a la persona titular de la SH en su condición de vocal representante de la Administración de la Generalitat en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat y en el Consorcio Barcelona Mobile World Capital o en la comisión interadministrativa que se pueda constituir con idéntico objeto.

10. Elaborar y tramitar las propuestas de convenios de colaboración, protocolos o cualquier otro instrumento de colaboración que se requiera a raíz de las relaciones de la SH con otras administraciones públicas o entidades para el adecuado cumplimiento de los objetivos de interés común y hacer el seguimiento.

11. Dar asistencia técnico-jurídica a la persona titular de la SH en relación con las iniciativas parlamentarias.

12. Preparar y mantener la base de datos, compilaciones legales, doctrinales y jurisprudenciales.

13. Asesorar en derecho y preparar las resoluciones de los recursos administrativos que se formulen en relación con los actos y disposiciones de la SH, dictados en su ámbito competencial y por razón de su cargo en órganos de gobierno de entidades y órganos que le correspondan.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Resuelve, con carácter general, las consultas y da asesoramiento a la SH en todas las cuestiones que se puedan plantear en los ámbitos funcionales de la SH, sin perjuicio de las funciones que preceptivamente corresponden con la Asesoría Jurídica del Departamento.
2. Recibe la información relativa a las actividades de asesoramiento en los ámbitos funcionales de la SH, y la analiza con el fin de adoptar las decisiones que crea convenientes para una mejor asistencia técnico-jurídica, sin perjuicio de las funciones que preceptivamente corresponden a la Asesoría Jurídica del Departamento.
3. Asiste, cuando corresponda, a reuniones con el director o directora de la Asesoría Jurídica del Departamento, con los abogados de la Generalitat o funcionarios adscritos a los servicios jurídicos del Departamento a efectos de conseguir la unificación y la coordinación de los criterios jurídicos a utilizar en las funciones de asesoramiento.

4. Estudia, analiza y supervisa los informes de asesoramiento interno de los órganos que dependen de la SH, para efectuar aportaciones, indicaciones y, si procede, correcciones, sin perjuicio de las funciones de informar que preceptivamente corresponden a la Asesoría Jurídica del Departamento.

5. Asiste a las reuniones que convoque el director o directora de la Asesoría Jurídica del Departamento para hacer un seguimiento de los litigios que genera la actividad de la SH, con el fin de preveer situaciones de conflictividad judicial.

6. Dirige, controla y supervisa la actividad administrativa que se lleva a cabo en la SH en los ámbitos funcionales que le son propios, sin perjuicio de las competencias de otros órganos.

7. Controla las incidencias que puedan plantearse en el ámbito de la SH y da las instrucciones necesarias para su solución.

8. Emite informes y notas sobre las cuestiones que le sean planteadas por el secretario o secretaria de Hacienda en relación con los ámbitos funcionales que le son propios y sin perjuicio de las competencias de otros órganos.

9. Asiste al secretario o secretaria de Hacienda en todas aquellas tareas de asesoramiento para las que es requerido.

10. Supervisa la adecuada ordenación, sistematización y archivo de los informes emitidos por escrito.

11. Elabora los estados estadísticos de las actuaciones que le son requeridas por el secretario o secretaria de Hacienda dentro del ámbito de desarrollo de las funciones de la SH y sin perjuicio de las competencias de otros órganos.

12. Coordina y supervisa la preparación y redacción de expedientes de elaboración de normas en materias competencia de la SH, a petición de su titular, en colaboración con los demás órganos competentes, y sin perjuicio de las funciones preceptivamente atribuidas a la Asesoría Jurídica del Departamento.

13. Estudia y elabora informes en relación con proyectos de otras administraciones, en materia competencia de la SH.

14. Coordina y supervisa la preparación y redacción de las instrucciones, resoluciones y circulares de la SH, sin perjuicio del informe preceptivo que le corresponde a la Asesoría Jurídica.

15. Coordina la tarea de compilación y estudio de normas, competencia de la SH, aprobadas por otras administraciones.

16. Realiza estudios en materia de normativa comparada en los ámbitos propios de la SH y los estudios jurídicos necesarios para el cumplimento de sus funciones.

17. Coordina, con la colaboración de la Asesoría Jurídica del Departamento, las relaciones de la unidad con los servicios de información y asistencia jurídica de la Agencia Tributaria de Cataluña.

18. Da apoyo y asistencia técnico-jurídica a los órganos de la SH en materia de recursos humanos, contratación y gestión económica y en materia de procedimiento administrativo, contencioso administrativo y cualquier otra materia competencia de la SH, en relación con los ámbitos funcionales descritos anteriormente, dentro del ámbito de desarrollo de las competencias de la secretaría, y sin perjuicio de las funciones que preceptivamente corresponden a la Asesoría Jurídica del Departamento.

19. Supervisa la preparación y mantenimento de la base de datos, compilaciones legales, doctrinales y jurisprudenciales en materia de competencia de la SH.

20. Asesora, desde el punto de vista técnico y jurídico, a la persona titular de la SH en los asuntos que le compiten por razón de su condición de miembro de la Junta de Gobierno del Consorcio Intermunicipal de Vila-Seca y Salou para la Gestión del Centro Recreativo y Turístico (CRT) y especialmente en relación con los procesos de autorización de instalaciones recreativas, jurídicas y de juego y por razón de su cargo de presidente o presidenta en el órgano de gobierno de Loterías de Catalunya, SAU.

21. Asiste a la persona titular de la SH en los asuntos que le compiten por razón de su condición de miembro de otros órganos colegiados de la Administración de la Generalitat que se le puedan atribuir.

22. Asesora al titular de la SH en su condición de vocal del Consejo General de la Feria Internacional, del Consejo de Administración de Infraestructuras de la Generalitat de Catalunya, SAU, del Comité Estratégico de Operaciones de Concentración de Dependencias Administrativas de la Generalitat en Barcelona, de la Comisión Interdepartamental de la Economía Colaborativa y en su condición de representante de la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat.

23. Elabora la documentación necesaria preparatoria de las reuniones a las que el secretario o secretaria de Hacienda ha de asistir por razón de su cargo en órganos de gobierno de entidades y órganos que le corresponden.

 

--5 Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

- Conocimientos sobre normativa autonómica, local, estatal y europea, en los ámbitos competentes de la Secretaría de Hacienda.

- Conocimientos sobre procedimiento administrativo, organización administrativa, derecho laboral, contratación pública, gestión econòmica y procedimiento de elaboración de disposicions normatives, instruccions, circulares, convenios y protocolos.

- Conocimientos de idiomas estranjeros: inglés.

- Experiencia mínima de cinco años en funciones de asesoramiento jurídico.

Otros conocimientos:

- Conocimientos sobre la legislación y doctrina jurisprudencial.

- Conocimientos de las diferentes ramas del derecho (tributario, administrativo, constitucional/estatutario, laboral/derecho de la función pública, civil y mercantil).

- Conocimientos de hacienda pública.

- Conocimientos de ofimática (Office) y de internet aplicado al ámbito jurídico.

Competencias profesionales:

- Dirección y desarrollo de las personas.

 

 

Puesto con referencia núm. 3 (código puesto 0099006)

 

--1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: secretario/ria de alto cargo.

Departamento: de Economía y Hacienda.

Unidad directiva: Dirección de Servicios.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 18.

Complemento específico: 13.932.72 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial con incompatibilidades.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

 

--2 Requisitos de participación

Grupo: C, subgrupo C1 y/o C2.

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: cuerpos de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo administrativo y cuerpo auxiliar de administración de la Generalitat de Catalunya.

 

--3 Requisito de conocimiento de lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

 

--4 Contenido funcional

Misión:

Realizar las actividades administrativas y de apoyo a la Dirección de Servicios, de acuerdo con los procedimientos establecidos y las indicaciones recibidas, con la finalidad de dar un apoyo eficaz al alto cargo, para conseguir un funcionamiento ágil y eficaz en el desarrollo de sus funciones y el cumplimiento de sus compromisos.

Finalidades/funciones:

1. Organizar y ejecutar las tareas administrativas de apoyo al alto cargo titular de la unidad.

2. Impulsar los trámites administrativos que ha de resolver la persona titular de la Dirección de Servicios.

3. Gestionar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de la agenda de la persona titular de la Dirección de Servicios.

4. Coordinar las tareas administrativas derivadas de los expedientes de la unidad.Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Organiza y controla la agenda de la persona titular de la Dirección de Servicios.

2. Convoca las reuniones y se encarga de los aspectos logísticos, actos y otras actividades de la Dirección de Servicios.

3. Atiende las llamadas telefónicas y las visitas.

4. Mantiene relaciones con otros órganos y organismos de la Generalitat y con otras administraciones públicas y entidades por asuntos relacionados con la Dirección de Servicios.

5. Prepara la documentación necesaria para las reuniones, desplazamientos y otras actividades de la persona titular de la Dirección de Servicios.

6. Hace el seguimiento de la eValisa y el portafirmas digital para una gestión eficiente por parte del alto cargo.

7. Hace el seguimiento y el registro de la correspondencia electrónica dirigida a la Dirección de Servicios.

8. Traslada los expedientes y la información a las unidades que integran la Dirección de Servicios.

9. Redacta documentos administrativos.

10. Controla la documentación generada en la Dirección de Servicios.

 

--5 Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

- Conocimientos de técnicas de secretariado de dirección.

- Conocimientos de organización y gestión del tiempo.

- Conocimientos de idiomas extranjeros: inglés.

- Experiencia en tareas y circuitos administrativos.

- Experiencia en gestión de documentos administrativos.

Otros conocimientos:

- Conocimientos de gestión de documentos de la administración.

- Conocimientos de técnicas de atención al público.

- Conocimientos de normas de protocolo y relaciones públicas.

- Conocimientos del programa GIP.

- Conocimientos de ofimática (Office)

Competencias profesionales:

- Compromiso con el servicio público y la organización.

- Planificación y organización.

 

 

Puesto con referencia núm. 4 (código puesto 0018805)

 

--1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: secretario/ria de alto cargo.

Departamento: de Economía y Hacienda.

Unidad directiva: Dirección General de Política Financiera, Seguros y Tesoro.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 18.

Complemento específico: 13.932,72 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial con incompatibilidades.

Tipus de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

 

--2 Requisito de participación

Grupo: C, subgrupo C1 y/o C2.

Mobilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: cuerpos de administración general del grupo correspondiente.

Especificación de cuerpos: cuerpo administrativo y cuerpo auxiliar de administración de la Generalitat de Catalunya

 

--3 Requisito de conocimiento de lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente.

 

--4 Contenido funcional

Misión:

Coordinar el apoyo administrativo para conseguir un funcionamento ágil y eficaz en las actividades del director o directora general, de acuerdo con las directrices prefijadas.

Finalidades/funciones:

1. Organizar y ejecutar las tareas administrativas de apoyo al director o directora general.

2. Impulsar los trámites administrativos que ha de resolver el director o directora general.

3. Gestionar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de la agenda director o directora general.

4. Gestionar la agenda del director o directora general, y mantener las relaciones oportunas con todas las entidades y personas que se dirigen.

5. Coordinar las tareas administrativas derivadas de los expedientes de la Dirección General.

6. Organizar y garantizar el apoyo administrativo necesario a la unidad orgánica.

7. Controlar y gestionar la documentación y la correspondencia generada o recibida en la unidad orgánica.

8. Gestionar los desplazamientos del director o directora general y tramitar los gastos que se deriven.

9. Asesorar y dar respuesta a las consultas internas y externas que se dirijan a la unidad orgánica.

10. Gestionar y controlar el archivo de la unidad orgánica.

11. Relacionarse con las diferentes subdirecciones.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer el funcionario o funcionaria que ocupe el puesto (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

1. Organiza y controla la agenda de la persona titular de la Dirección General.

2. Convoca las reuniones y se encarga de los aspectos logísticos.

3. Organitza y controla el archivo.

4. Atiende las llamadas telefónicas y las visitas.

5. Gestiona la interlocución con el Área TIC: altas, bajas, caja TIC.

6. Gestiona viajes/gastos.

7. Mantiene relaciones con otros órganos y organismos de la Generalitat y con otras administraciones públicas y entidades por asuntos relacionados con la Dirección General.

8. Prepara la documentación necesaria para las reuniones, desplazamientos y otras actividades de la persona titular de la Dirección General.

9. Busca información a través de diferentes canales: Internet, hemeroteca, etc.

10. Clasifica y lleva el registro interno de la correspondencia.

11. Traslada los expedientes y la información a las unidades que integran la Dirección General.

12. Confecciona documentos administrativos.

13. Gestiona los comunicados de la Generalitat de Catalunya (de CQS).

 

--5 Otras características

Conocimientos y/o experiencia convenientes:

- Conocimientos de técnicas de secretariado de dirección.

- Conocimientos de organización y gestión del tiempo.

- Experiencia en tareas y circuitos administrativos.

- Se valorará experiencia en un puesto similar.

Otros conocimientos:

- Conocimientos de normas de protocolo y relaciones públicas.

- Conocimientos sobre el código de conducta de los altos cargos y del personal directivo.

- Conocimientos de gestión de documentos de la Administración.

- Conocimientos de técnicas de atención al público.

- Conocimientos de herramientas de administración digital (eValisa, portafirmas, TCAT, CQS, Ergo, entre otros).

- Conocimientos de ofimática (certificado ACTIC o equivalente, medio o avanzado).

Competencias profesionales:

- Trabajo en equipo y trabajo en red.

- Planificación y organización.

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