RESOLUCIÓN EMT/885/2024, de 19 de marzo, por la que se modifica la Resolución EMT/148/2024, de 24 de enero, por la que se aprueba el modelo que establece los criterios para el otorgamiento del sello de excelencia para empresas intermediarias en servicios turísticos de alojamiento en viviendas de uso turístico.
El 29 de enero de 2024 se publicó en el DOGC número 9089 la Resolución EMT/148/2024, de 24 de enero, por la que se aprueba el modelo que establece los criterios para el otorgamiento del sello de excelencia para empresas intermediarias en servicios turísticos de alojamiento en viviendas de uso turístico.
El punto 4 establece los requisitos para la obtención del sello, sin determinar el porcentaje de cumplimiento de los indicadores obligatorios y opcionales.
Visto que es necesario regular el número de indicadores obligatorios y opcionales que debe cumplir la empresa solicitante;
Dado lo expuesto, en uso de las facultades que me otorga el artículo 521-1.3 del Decreto 75/2020, de 4 de agosto, de turismo de Cataluña,
Resuelvo:
Se modifica el apartado 4 de la Resolución EMT/148/2024, de 24 de enero, por la que se aprueba el modelo que establece los criterios para el otorgamiento del sello de excelencia para empresas intermediarias en servicios turísticos de alojamiento en viviendas de uso turístico, que queda redactado de la siguiente forma:
"-4 Pueden solicitar el sello, con carácter voluntario, las empresas intermediarias en servicios turísticos de alojamiento en viviendas de uso turístico que cumplan, como mínimo, el 80% de los indicadores obligatorios y el 20% de los indicadores opcionales, y que realicen la intermediación de las viviendas de uso turístico que estén inscritas en el Registro de turismo de Catalunya."
Barcelona, 19 de marzo de 2024
Roger Torrent i Ramió
Consejero de Empresa y Trabajo