RESOLUCIÓN EXT/4505/2023, de 27 de noviembre, por la que el Departamento de Acción Exterior y Unión Europea encomienda al Consorcio Administración Abierta de Cataluña (CAOC) la emisión de los certificados digitales que requiera el Departamento durante el ejercicio 2024.

 

El Departamento de Acción Exterior y Unión Europea tiene la necesidad de poner a disposición de su personal certificados personales del CAOC de identificación y firma (reconocida o avanzada).

El artículo 6.g) de los Estatutos del CAOC (Resolución PRE/606/2002, de 21 de febrero, y modificados por la Resolución GAP/1932/2004, de 6 de julio, y por el Acuerdo GOV/43/2015, de 24 de marzo, por el cual se aprueba la modificación de los estatutos de determinados consorcios con participación mayoritaria de la Generalitat de Cataluña) establece como función del CAOC impulsar y promover mecanismos de identificación digital y de firma electrónica, y prestar los servicios necesarios para su utilización en los procesos entre las entidades del sector público y entre estas y la ciudadanía y las empresas, y, a tal efecto, si procede, tiene que ejercer de entidad prestamista de servicios de certificación de acuerdo con la legislación aplicable.

El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público señala que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público puede ser encomendada a otros órganos o entidades de derecho público de la misma Administración o de otra —siempre que entre sus competencias haya estas actividades— por razones de eficacia o cuando no se disponga de los medios técnicos idóneos para llevarlas a cabo.

La interventora general de la Generalitat de Cataluña ha emitido, en fecha 11 de diciembre de 2018, el documento "Criterios 4/2018: relación de la Administración de la Generalitat de Cataluña y su sector público con las entidades del sector público que no son medio propio", en que se establece que la relación entre un departamento y el CAOC para implementar servicios de certificación digital se tiene que establecer mediante una encomienda de gestión (artículo 11 de la Ley 40/2015) y recomienda como instrumento jurídico la resolución.

En fecha 31 de octubre de 2023, la subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior ha emitido un informe justificativo de la necesidad de formalizar un pedido de gestión al CAOC por un gasto máximo de 10.000 euros, de los cuales 8.264,46 €, corresponden a la base imponible y 1.735,54 € al IVA imponible del 21%, para la emisión de los certificados digitales necesarios durante el año 2024 para el personal del Departamento.

En fecha 13 de noviembre de 2023, la Asesoría Jurídica del Departamento emite un informe favorable al respeto.

En fecha 19 de noviembre de 2023, la Intervención Delegada emite un informe favorable al respeto.

Por todo esto,

 

Resuelvo:

 

Primero. Encomendar al CAOC la gestión de la emisión de los certificados digitales necesarios durante el año 2024 para el personal del Departamento, por un gasto máximo de 10.000 euros, de los cuales, 8.264,46 € corresponden a la base imponible y 1.735,54 € al IVA imponible del 21%.

Este gasto máximo de 10.000 euros, IVA (21%) incluido se imputará a la partida presupuestaria D/227008900/1210/0000 del centro gestor EX0101 o a la partida equivalente del presupuesto de 2024, con la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, y se agotará o no en función de los certificados que sean necesarios durante el año 2024.

La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la disposición de crédito a favor de la entidad en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas.

 

Segundo. Ejecutar la encomienda de gestión de acuerdo con el que dispone el anexo de condiciones técnicas de esta Resolución.

 

Tercero. Comunicar esta Resolución al CAOC.

 

Cuarto. Disponer la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC), de acuerdo con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015.

 

 

Barcelona, 27 de noviembre de 2023

 

 

P. d. (Resolución EXI/404/2019, de 18 de febrero, DOGC n.º 7819, de 27.2.2019).

Alicia Uceira de Pablo

Directora de Servicios

 

 

Anexo

Condiciones técnicas

 

La subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior del Departamento de Acción Exterior y Unión Europea solicita los certificados digitales al Consorcio Administración Abierta de Cataluña (CAOC) mediante la plataforma EACAT.

La persona usuaria solicita directamente la T-CAT a través del espacio privado de la intranet del Departamento y especifica que el/la superior autoriza la gestión.

La persona responsable del servicio de certificación del ente hace la petición de las T-CAT al CAOC mediante la plataforma EACAT al apartado de trámites con el CAOC.

El CAOC libra los certificados solicitados a la subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior del Departamento en un plazo no superior a 16 días laborables, a contar desde la fecha de la solicitud, si se trata de tramitación ordinaria; o en un plazo no superior a 4 días laborables, a contar desde la fecha de la solicitud, si se trata de tramitación urgente.

La subdirectora general de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior del Departamento, una vez reciba las tarjetas, tiene que comprobar que sean correctas de acuerdo con la solicitud y, en caso contrario, tiene que devolverlas al CAOC porque sean enmendadas. Esta enmienda no tendrá ningún coste adicional para el Departamento.

Actualmente, la emisión de estos certificados está sujeta a los precios públicos del servicio de certificación digital aprobados por la Comisión Ejecutiva del CAOC:

ORDEN VPD/73/2022, de 28 de abril, por la que se aprueban los precios públicos del Servicio de Certificación Digital

El abono al CAOC tiene lugar como contraprestación económica por los certificados emitidos, y se emitirán varias facturas durante el año, en función de los certificados entregados al Departamento. Estas facturas se abonarán posteriormente a la conformación de la Subdirección General de Recursos Humanos, Prevención de Riesgos y Régimen Interior.

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