RESOLUCIÓN INT/755/2024, de 8 de marzo, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo singulares de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra (convocatoria DGP/002/24).

Visto lo que disponen la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra; el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el artículo 14 del Decreto 45/1999, de 23 de febrero, de regulación de los puestos de trabajo de facultativos y técnicos del cuerpo de Mossos d'Esquadra; el Decreto 401/2006, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del cuerpo de Mossos d'Esquadra, y el resto de normativa de aplicación;

Dado que están vacantes dos puestos de trabajo singulares de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra;

Vista la propuesta del director general de la Policía para su provisión;

Vista la relación de puestos de trabajo vigente del personal funcionario del cuerpo de Mossos d'Esquadra;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha llevado a cabo el correspondiente trámite de intervención;

Visto lo que establece el artículo 5.1 del mencionado Decreto 401/2006, de 24 de octubre, y de conformidad con la Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, de delegación de competencias del consejero de Interior en el secretario general del Departamento de Interior,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo singulares de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra (convocatoria DGP/002/24), que se detallan en el anexo 2.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOGC, ante los juzgados contencioso-administrativos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.2, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 8 de marzo de 2024

 

P. d. (Resolución INT/81/2011, de 18 de enero, DOGC de 24.1.2011)

Tamara Garcia de la Calle

Secretaria general

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puestos de trabajo

Se convoca concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de dos puestos de trabajo singulares de la categoría de facultativo/a, de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra de la Dirección General de la Policía, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso es el que consta en el apartado 4 del anexo 2.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Pueden participar en esta convocatoria las personas funcionarias de carrera de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra que reúnan los requisitos establecidos en esta base y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2.

3.2 Las personas funcionarias de carrera de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra tienen que encontrarse, respecto a la Administración de la Generalitat, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa para poder participar, y deben cumplir los requisitos establecidos para tomar parte en esta convocatoria de acuerdo con el artículo 6.1 del Decreto 401/2006, de 24 de octubre.

3.3 Las personas funcionarias de carrera de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra sancionadas en firme con suspensión de funciones no pueden participar en el concurso mientras dure la suspensión. Las sancionadas con traslado del puesto de trabajo, con cambio de destino o, dentro de la misma localidad, sin cambio de residencia tampoco pueden participar durante el periodo que se haya determinado en la resolución sancionadora.

3.4 Las personas funcionarias de carrera de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra en situación de excedencia voluntaria por interés particular y para el mantenimiento de la convivencia solo pueden participar si llevan más de dos años en esta situación el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación.

Tampoco pueden tomar parte las personas funcionarias en situación diferente de servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.5 Las personas participantes tienen que poseer los conocimientos de nivel de suficiencia de catalán (C1), equivalente o superior de conformidad con lo que establece el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña, de acuerdo con el apartado 3 del anexo 2.

En caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, la Comisión de Valoración evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo, antes de elaborar la propuesta de personas admitidas y excluidas prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos diez días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1) el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, quedan exentas de hacer la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat, en las que se haya establecido una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, hay que adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.6 Los requisitos de participación deben reunirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 y deben mantenerse durante todo el proceso.

3.7 Las personas funcionarias de carrera de la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra con discapacidad pueden participar, en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que puedan ejercer las funciones del puesto de trabajo.

 

-4 Presentación de solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben presentarse obligatoriamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 29/2010, 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña y el artículo 83 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.

Las personas participantes deben presentar la solicitud de participación y la documentación exigida en la convocatoria a través de ATRI, accediendo a la parte privada, al apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación > Participación.

Las personas funcionarias que no dispongan de acceso al portal del empleado público ATRI deben solicitar a la Dirección General de la Policía del Departamento de Interior que se les facilite este acceso.

En caso de que no sea posible presentar la solicitud de participación o la documentación exigida en la convocatoria mediante ATRI, se podrá presentar a través del registro electrónico de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante una petición genérica accediendo a la dirección https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica, la cual se dirigirá al Departamento de Interior y se hará constar en el asunto "Concurso específico DGP/002/24".

Para presentar la solicitud por este trámite habrá que adjuntar el modelo de formulario normalizado de solicitud que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997), que se puede obtener en la dirección de internet https://administraciopublica.gencat.cat/ca/empleats-publics/mobilitat-i-provisio-de-llocs-de-treball/.

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para las personas concursantes y solo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a menos que se decida aceptarlas, una vez transcurrido el plazo mencionado, por causas debidamente justificadas.

Las renuncias a la participación deben presentarse en el apartado Movilidad > Concursos específicos y libre designación de la parte privada del portal del empleado público ATRI o, si no es posible, a través del registro electrónico de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya mediante una petición genérica accediendo a la dirección https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Peticio-generica, la cual se dirigirá al Departamento de Interior y se hará constar en el asunto "Concurso específico DGP/002/24".

4.3 Las personas aspirantes deben consignar en la solicitud de participación la denominación y el código de la plaza a la que optan. Si se quiere concursar al mismo tiempo por más de un puesto de trabajo de esta convocatoria, hay que indicar las denominaciones y los códigos correspondientes a los que se opta por orden de preferencia.

4.4 Hay que adjuntar a la solicitud la declaración de los méritos y capacidades que se aleguen (puede ser el documento de expediente de datos administrativos y académicos del portal ATRI).

Dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes se tiene que aportar un certificado, emitido por el órgano competente en materia de personal, acreditativo de los requisitos de participación y de los méritos y capacidades alegados.

4.5 Las personas aspirantes a las que hace referencia la base 3.7 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo de valoración de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad o el órgano que ejerza esta función del Departamento de Derechos Sociales para que la Comisión de Valoración pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo, pueden pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

Estas personas pueden pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de los sistemas de acreditación de los méritos y capacidades.

4.6 La presentación de la solicitud implica el tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para participar en la convocatoria y para gestionar la tramitación del proceso de provisión, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y el resto de normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal.

 

-5 Fases del concurso y propuesta de resolución

5.1 Los méritos y capacidades de las personas candidatas para ocupar los puestos convocados se valoran hasta 100 puntos. Este concurso consta de dos fases, la primera no eliminatoria y la segunda, eliminatoria, que incluyen la totalidad de los méritos y capacidades especificados en la base 6.

La propuesta de resolución recaerá en las personas candidatas que obtengan la mejor valoración global, para cada puesto de trabajo.

5.2 En caso de empate en el conjunto del concurso, se dirimirá atendiendo a la calificación total obtenida en la primera fase de esta convocatoria. Si persiste el empate, se dirimirá en función de la mayor puntuación obtenida por los méritos enunciados en la base 6.1 según el orden expresado; si persiste el empate se tendrá en cuenta la fecha de ingreso como funcionario/a de carrera en la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra, y si persiste el empate, por el número de orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicha categoría.

 

-6 Méritos y capacidades

6.1 Primera fase.

Se valoran, hasta 70 puntos en total, en relación con el puesto de trabajo, los siguientes méritos y capacidades:

6.1.1 Grado personal.

El grado personal consolidado, dentro del intervalo del grupo del puesto convocado, se valorará hasta un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

Grado consolidado superior al nivel del puesto convocado: 5 puntos.

Grado consolidado igual que el nivel del puesto convocado: 4 puntos.

Grado consolidado inferior al nivel del puesto convocado: 2 puntos.

6.1.2 Experiencia profesional.

Se valora, hasta 20 puntos como máximo, la experiencia profesional en la categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra en función de la experiencia adquirida con el ejercicio de funciones en dicha categoría parecidas a las propias del puesto convocado, teniendo en cuenta el contenido técnico y la especialización de los puestos ocupados en relación con el que se convoca y las aptitudes y habilidades requeridas previstas en los puntos 5.4 y 5.5 del anexo 2, con especial consideración a la experiencia que consta en el apartado 5.2 del anexo 2.

La distribución del máximo de 20 puntos por la experiencia profesional se efectúa atendiendo al ejercicio de las funciones desarrolladas en los puestos ocupados en relación con el puesto que se convoca, de acuerdo con una gradación en tres intervalos en función de si las tareas se pueden valorar como idénticas, muy relacionadas o indirectamente relacionadas.

La valoración se efectúa en relación con los puestos ocupados con carácter definitivo y con carácter provisional.

No se puede valorar la experiencia profesional como funciones idénticas la ocupación provisional mediante encargo de funciones y comisión de servicios más allá de los plazos máximos de ocupación legalmente previstos. Los periodos de ocupación provisional se computan desde la fecha de efectos de la resolución del encargo de funciones o comisión de servicios, con independencia de que el puesto ocupado provisionalmente esté reservado a otra persona funcionaria de carrera.

El tiempo de trabajo desarrollado que supere los plazos máximos de ocupación legalmente previstos se valora como desarrollado en el intervalo inmediatamente inferior de la gradación mencionada.

En el supuesto de que, de acuerdo con la acreditación correspondiente aportada por las personas aspirantes, se tengan elementos suficientes para poder clasificar de una manera global la totalidad de los diferentes periodos de prestación de servicios dentro de alguno de los intervalos de gradación de funciones como idénticas, muy relacionadas e indirectamente relacionadas, para cada mes de servicios prestados, se aplicará el siguiente baremo: funciones idénticas, a razón de 0,6 puntos/mes; funciones muy relacionadas, a razón de 0,3 puntos/mes, y funciones indirectamente relacionadas, a razón de 0,1 puntos/mes.

En el supuesto de que por el tipo de funciones acreditadas no se tengan elementos suficientes que posibiliten la clasificación de una manera global en los intervalos de gradación de funciones referidas anteriormente, pero sí que sea posible clasificar alguna o algunas de las funciones desarrolladas como idénticas, muy relacionadas o indirectamente relacionadas, se aplicará una puntuación individualizada por función y por mes, que se obtiene dividiendo las puntuaciones mencionadas en el párrafo anterior entre el número de funciones del puesto convocado.

6.1.3 Formación y perfeccionamiento.

Se valoran, hasta 13 puntos como máximo, las publicaciones y la docencia impartida por las personas aspirantes y la asistencia y/o aprovechamiento de los cursos de formación y de perfeccionamiento que versen sobre materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, o con habilidades que este puesto requiere, en función de su utilidad, teniendo en cuenta especialmente los conocimientos que se establecen en el apartado 5.1 del anexo 2.

Si el curso es de asistencia, se valora a razón de 0,02 puntos por cada hora para materias directamente relacionadas, y de 0,01 puntos por cada hora para materias indirectamente relacionadas. En caso de que el curso sea de aprovechamiento, se valora a razón de 0,03 puntos por cada hora para materias directamente relacionadas, y a razón de 0,015 puntos por cada hora para materias indirectamente relacionadas.

En caso de que la duración del curso no esté certificada en horas, se establecen las siguientes equivalencias: 1 día = 5 horas; 2 a 8 días = 10 horas; 9 a 15 días = 15 horas; 16 a 22 días = 20 horas; 23 a 29 días = 25 horas; 1 mes = 30 horas; 2 meses = 45 horas; 3 meses = 60 horas; 4 a 6 meses = 75 horas, y más de 6 meses = 100 horas.

Cuando no se pueda acreditar la duración de los cursos ni en días ni en horas, se entenderá que tienen una duración de 5 horas.

La docencia, las publicaciones y ponencias se valoran con un máximo de 3 puntos sobre el total de la puntuación destinada al apartado de formación y perfeccionamiento. Cada hora de docencia impartida se valora a razón de 0,2 puntos y de 0,1 puntos cuando se imparta de manera repetida la misma formación. La participación en ponencias, conferencias, mesas redondas, debates, foros y similares se valora a razón de 0,3 puntos, y de 0,12 puntos por cada repetición. En cuanto a las publicaciones, si son individuales, se otorgan 2 puntos por cada libro y 1 punto por cada artículo; si son conjuntas con otros autores, se otorga 1 punto por cada libro y 0,5 puntos por cada artículo. El material didáctico se valora a razón de 0,25 puntos por cada publicación.

6.1.4 Antigüedad.

La antigüedad en servicios prestados en puestos de trabajo de cuerpos policiales se valora a razón de 2 puntos por año completo de servicios, hasta 11 puntos en total.

A estos efectos, se valoran los servicios efectivos prestados y reconocidos por el órgano competente del Departamento. No se tendrán en cuenta periodos inferiores a un año. Tampoco se computarán servicios prestados simultáneamente con otros alegados.

6.1.5 Conocimientos de la lengua catalana.

Por los cursos o certificados de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística de acuerdo con el Decreto 137/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de lengua general de catalán, o uno de los títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, acreditativos de conocimientos del nivel superior al requerido y/o por los conocimientos de lenguaje especializado, se otorgan hasta 5 puntos, con la siguiente distribución: nivel superior C2 o equivalente, 3 puntos, y por cada certificado en lenguaje especializado, 1 punto.

6.1.6 Titulaciones académicas.

Las titulaciones académicas oficiales, cuando sean relevantes para el puesto convocado, se valorarán, hasta 6 puntos, en función de los conocimientos requeridos, la competencia y la especialización de este puesto, de acuerdo con el siguiente baremo: doctorado, 2,5 puntos; grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura: 3,5 puntos; diplomatura universitaria de primer ciclo, ingeniería técnica, arquitectura técnica: 2,5 puntos, y máster universitario: 2,5 puntos.

No se valorará la titulación académica que se exige como requisito indispensable para participar en la convocatoria para acceder a la categoría correspondiente.

En ningún caso se evalúan las titulaciones académicas de nivel inferior que sean necesarias para alcanzar otras de nivel superior que se puedan acreditar como

mérito.

6.1.7 Conocimientos de lenguas extranjeras

Con carácter general, los conocimientos de lenguas extranjeras se valoran hasta 5 puntos como máximo, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Certificados acreditativos de nivel avanzado (B2) del Marco europeo común de referencia (MECR) o equivalente: 1,5 puntos cada uno.

b) Certificados acreditativos de nivel de dominio funcional efectivo (C1) del MECR o equivalente: 2 puntos cada uno.

c) Certificados acreditativos de dominio (C2) del MECR o equivalente: 3 puntos cada uno.

Solo se valora el nivel más alto acreditado de una misma lengua extranjera.

En caso de que el conocimiento en la lengua inglesa conste en el anexo 2 de la descripción del puesto convocado, los conocimientos de esta lengua se valoran de la siguiente manera:

Certificados acreditativos de nivel A1: 0,5 puntos.

Certificados acreditativos de nivel A2: 1 punto.

Certificados acreditativos de nivel B1: 1,5 puntos.

Certificados acreditativos de nivel B2: 2 puntos.

Certificados acreditativos de nivel C1: 2,5 puntos.

Certificados acreditativos de nivel C2: 3 puntos.

6.1.8 Competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC).

Se valoran los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) y los certificados declarados equivalentes, con un máximo de 5 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

a) Certificado de nivel avanzado: 5 puntos.

b) Certificado de nivel medio: 3 puntos.

c) Certificado de nivel básico: 1,5 puntos.

En caso de que se disponga de varios certificados, se valorará únicamente el de nivel más alto.

6.2 Sistema de acreditación de la primera fase.

Con el fin de acreditar los méritos y las capacidades a que se refiere la base 5.1 hay que aportar, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la siguiente documentación:

6.2.1 Los datos correspondientes a los méritos y capacidades referentes al grado personal consolidado, la experiencia profesional y la antigüedad deben acreditarse mediante certificado emitido al efecto por el órgano competente en materia de personal del departamento o de la Administración pública correspondiente, con referencia a la fecha del último día de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

6.2.2 El resto de datos sobre los méritos y capacidades referentes a formación y perfeccionamiento, conocimientos de lengua catalana, titulaciones académicas, conocimientos de lenguas extranjeras y competencias ACTIC deben acreditarse mediante la certificación correspondiente del órgano competente, a menos que conste copia del justificante en el expediente personal en este Departamento, cosa que deberán hacer constar las personas concursantes en el apartado de observaciones de la solicitud de participación.

6.3 Fecha de referencia de los méritos y capacidades de la primera fase.

La fecha de referencia de estos méritos y capacidades para su valoración es la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, y solo se tendrán en cuenta los méritos alegados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes.

6.4 Segunda fase.

Los méritos y capacidades complementarios consistentes en otros conocimientos, aptitudes, habilidades y competencias profesionales se valoran hasta 30 puntos en total, para garantizar la selección de la persona candidata más idónea, de acuerdo con el contenido funcional del puesto de trabajo.

En ningún caso se valoran en este apartado los cursos de formación y perfeccionamiento, ni las titulaciones académicas ni los conocimientos de la lengua catalana, que deben valorarse de acuerdo con la base 6.1.

6.5 Sistema de acreditación de los méritos y capacidades de la segunda fase.

Con el fin de acreditar estos méritos y capacidades, las personas candidatas deben resolver un caso práctico relacionado con el contenido funcional de los puestos a proveer, por el cual se valorarán los otros conocimientos, las habilidades, las aptitudes y las competencias profesionales del puesto a proveer.

El caso práctico se divide en dos partes:

En primer lugar, hay que resolver por escrito un caso práctico con planteamiento de situaciones laborales plausibles en el puesto de trabajo a proveer.

En segundo lugar, hay que hacer la exposición oral del caso práctico. La Comisión de Valoración podrá formular preguntas a la persona candidata, en relación con todos los aspectos a valorar en esta segunda fase.

La resolución del caso práctico se valora con un máximo de 30 puntos, de los cuales 15 como máximo puntúan la resolución escrita del caso práctico, y 15 como máximo puntúan la exposición oral.

Para superar la segunda fase debe obtenerse una puntuación mínima de 15 puntos, y obtener, como mínimo, la mitad de la puntuación máxima establecida para cada una de las partes del caso práctico.

 

-7 Comisión de Valoración

7.1 La Comisión de Valoración es el órgano al que corresponde el desarrollo de esta convocatoria y está integrada por las siguientes personas:

Titulares:

Montserrat Badia Mas

Montserrat Castejón Palacín

Silvia Cabrera Martínez

Marta Camps Soler

Alex Bas Vilafranca

Suplentes:

Tomàs Colom Noelle

Marta Torres Batalla

Raquel Canet Castellá

Mariona Pallares Gibal

Ángeles Roman Benito

Actuará como presidenta titular la señora Montserrat Badia Mas y como secretaria titular, la señora Montserrat Castejón Palacín. En su ausencia, como presidente suplente, el señor Tomàs Colom Noelle, y como secretaria suplente la señora Marta Torres Batalla.

Podrá asistir a las reuniones de la Comisión de Valoración, con voz, pero sin voto, una persona representante de cada una de las organizaciones sindicales con representación en el Consejo de la Policía - Mossos d'Esquadra.

7.2 Con carácter general, las actuaciones de la Comisión de Valoración que requieren notificación a las personas interesadas se harán públicas en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat).

Con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas, y se iniciarán los plazos a efectos de posibles recursos.

7.3 La Comisión de Valoración podrá disponer, si lo cree conveniente, la incorporación de personas asesoras especialistas para que colaboren en la ejecución de las pruebas, las cuales actuarán con voz, pero sin voto.

7.4 La Comisión de Valoración tiene la facultad de convocar personalmente a las personas candidatas a fin de aclarar puntos dudosos de los méritos y capacidades u otros aspectos, cuando lo considere conveniente.

 

-8 Procedimiento

8.1 Transcurridos los plazos previstos de presentación de solicitudes y de renuncias, la Comisión de Valoración elaborará la propuesta de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, la cual se expondrá de acuerdo con lo que establece la base 7.2.

8.2 Cuando se haga la exposición mencionada en el apartado anterior, la Comisión de Valoración anunciará, con una antelación mínima de cinco días hábiles, la fecha, la hora y el lugar de realización del sistema de acreditación de méritos y capacidades a que se refiere la base 5.5.

8.3 Una vez efectuada la valoración de los méritos y las capacidades previstos según los sistemas de acreditación que se han establecido, la Comisión de Valoración elaborará la propuesta provisional de resolución del concurso, la cual se expondrá a fin y efecto de que las personas interesadas puedan formular, en el plazo de diez días, las observaciones o reclamaciones que consideren pertinentes.

8.4 La Comisión de Valoración elaborará la propuesta definitiva de resolución del concurso, que elevará al órgano convocante a fin de que, si procede, la apruebe y efectúe la resolución definitiva del concurso.

 

-9 Resolución del concurso

9.1 La resolución definitiva del concurso se dictará dentro del plazo máximo de seis meses a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se publicará en el DOGC.

9.2 El destino adjudicado es irrenunciable, a menos que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.3 Antes de la toma de posesión, la persona interesada debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad con respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidad que prevé la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de un periodo de diez días contado desde el comienzo del plazo de toma de posesión, debe solicitarse la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

9.4 Las diligencias de cese y toma de posesión de las personas funcionarias que accedan a un puesto de trabajo deberán comunicarse al Registro general de personal dentro de los tres días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

9.5 El funcionario cesará en el puesto de trabajo que ocupa el segundo día hábil siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

9.6 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino es el día siguiente del cese si el destino adjudicado no implica cambio de localidad de destino de la persona funcionaria; como máximo el tercer día del cese si el destino adjudicado comporta cambio de localidad de destino dentro de la región policial o área regional de tráfico o dentro de un mismo ámbito territorial, y como máximo el quinto día del cese si el destino comporta cambio de localidad de destino en otra región policial o área regional de tráfico o a otro ámbito territorial, de acuerdo con el artículo 15.2 y la disposición transitoria segunda del Decreto 401/2006, de 24 de octubre.

Si la resolución de la convocatoria comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será como máximo de tres días a contar desde el siguiente al de la publicación de la resolución de este concurso en el DOGC.

9.7 El director general de la Policía puede prorrogar el plazo de cese hasta un máximo de tres meses, siempre que sea indispensable por necesidades del servicio.

Asimismo, el director general de la Policía puede conceder una prórroga de incorporación al nuevo destino de hasta 20 días hábiles si implica cambio de localidad de destino y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.

9.8 A efectos de cómputo de plazos, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transporte urbano colectivo comunes.

 

-10 Régimen de impugnaciones

Contra los actos definitivos o de trámite de la Comisión de Valoración, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento o producen indefensión o perjuicio irreparable a los derechos e intereses legítimos, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Interior en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su exposición pública, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Contra las resoluciones definitivas de la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Interior, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Secretaría General en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, ante el juzgado contencioso-administrativo que corresponda de acuerdo con lo que establecen los artículos 8.2 y 14 de la Ley mencionada.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

-1 Características de los puestos de trabajo

 

Identificación del puesto núm. 1: DGP/002/24-1.

 

Nombre del puesto: facultativo/a planificador/a Telecomunicaciones.

Departamento: Interior.

Unidad directiva: Dirección General de la Policía.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 24.

Complemento específico: 24.605,52 euros.

Jornada: especial.

Horario: especial.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: concurso específico.

 

Identificación del puesto núm. 2: DGP/002/24-2

 

Nombre del puesto: facultativo/a Planificación Estratégica.

Departamento: Interior.

Unidad directiva: Dirección General de la Policía.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 24.

Complemento específico: 24.605,52 euros.

Jornada: especial.

Horario: especial.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: concurso específico.

 

-2 Requisitos de participación

Grupo: A.

Movilidad: Administración de la Generalitat.

Colectivo de cuerpos: personal seguridad - facultativo/a y técnico/a.

Especificación de cuerpos: categoría de facultativo/a de la escala de apoyo del cuerpo de Mossos d'Esquadra.

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-1:

Titulación: ingeniería de telecomunicaciones.

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-2:

Titulación: licenciatura o grado en ciencias económicas o empresariales o titulación equivalente.

 

-3 Requisitos de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

-4 Contenido funcional

 

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-1

 

Misión:

Dar apoyo al responsable de la Oficina de Gestión de la Red Rescat para garantizar la idoneidad de las soluciones de los sistemas de telecomunicaciones actuales y realizar los estudios necesarios para asegurar la mejora tecnológica de la Dirección General de la Policía y su implantación, así como el seguimiento del correcto desarrollo de los proyectos, en colaboración y apoyo del Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Funciones:

Dar apoyo técnico en el análisis, recogida de requerimientos, implantación, gestión y supervisión de los proyectos de telecomunicaciones del ámbito policial, en la telefonía móvil de la Dirección General de la Policía, red de datos de alta capacidad (XOC y Telefónica), sistemas de tratamiento de información sensible (SILTEC), sistemas de transmisión en vinculación (bonding), sistemas de transmisión de imágenes en estríming y otros proyectos futuros de mejora tecnológica.

b) Gestionar el servicio relativo a las líneas de datos (altas, bajas y modificaciones) del ámbito policial, tanto las de alta capacidad como las de baja capacidad y FTTHs, proponer mejoras para dar respuesta a necesidades específicas de la Dirección General de la Policía y supervisar la implementación, interlocutando con la unidad de Planificación e Infraestructuras con respecto a los tendidos de fibras en los edificios.

c) Participar en la validación de las soluciones de transformación de telefonía fija, de grabación de voz y de videoconferencia propuestas por el CTTI, encargarse de la supervisión de su implementación, analizar y hacer el seguimiento del funcionamiento de los sistemas implementados en el ámbito policial y proponer mejoras para dar respuesta a necesidades específicas de la Dirección General de la Policía.

d) Participar en la validación y migración de la solución de telefonía móvil a implantar en el Departamento, supervisar su implantación, hacer el seguimiento de su funcionamiento y coordinar con las diferentes operadoras de telefonía móvil la mejora de cobertura en las diferentes sedes policiales.

e) Colaborar con la unidad de Planificación e Infraestructuras del Departamento la mejora de los sistemas de Circuito Cerrado de Televisión (CTTV) en el ámbito policial, coordinar la homologación del software, coordinar el equipo de técnicos que hace las instalaciones y configuraciones de los equipamientos y supervisar la resolución de las incidencias del sistema.

f) Analizar las necesidades tecnológicas asociadas a la apertura de nuevos edificios, dispositivos especiales, CECORs (Centro de Coordinación Operativa) y traslados físicos de unidades de la Dirección General de la Policía, recoger los requerimientos, coordinar la implantación de la solución y realizar el seguimiento posterior.

g) Analizar necesidades, recoger requerimientos, pedir y supervisar la realización de estudios de cobertura y coordinar las instalaciones de puntos de acceso al sistema WIFI del Departamento con los diferentes proveedores, así como con la unidad de Planificación e Infraestructuras.

h) Coordinar, planificar y supervisar las tareas diarias del personal técnico de telecomunicaciones que dependen de este puesto y hacer el seguimiento.

i) Asistir a reuniones y participar, conjuntamente con los responsables del Área TIC y la Oficina Rescat, en la definición de soluciones TIC, dar apoyo a la toma de decisiones y asesorar, a nivel técnico, sobre la base del conocimiento específico de las necesidades del ámbito policial.

j) Cualquier otra función de naturaleza análoga que se le encargue.

Además, las propias del cuerpo o la escala a que tiene que pertenecer el funcionario que lo ocupe (art. 66 del Decreto Legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

Analiza las necesidades tecnológicas y recoge requerimientos de las unidades policiales en la planificación de las infraestructuras TIC de los edificios policiales, con respecto a la telefonía móvil de la Dirección General de la Policía, red de datos de alta capacidad (XOC y Telefónica), sistemas de tratamiento de información sensible (SILTEC), sistemas de transmisión en vinculación (bonding), sistemas de transmisión de imágenes en estríming, y otros proyectos futuros de mejora tecnológica.

Efectúa visitas de replanteo, conjuntamente con la unidad de Planificación e Infraestructuras y el CTTI y planifica las actuaciones a realizar en la implantación de los proyectos.

Tramita las autorizaciones de accesos del personal de las empresas que implementan los proyectos que se gestionan.

Gestiona y supervisa el funcionamiento de las soluciones implementadas.

Se encarga de la gestión de las líneas de datos, incluyendo altas y bajas de líneas y propone mejoras, tanto de líneas de alta capacidad como de baja capacidad y FTTHs, para dar respuesta a necesidades específicas del ámbito policial y supervisa la implementación, interlocutando con la unidad de Planificación e Infraestructuras con respecto a los tendidos de fibras en los edificios.

Efectúa el seguimiento para la resolución de las incidencias de las líneas de datos que se producen y propone mejoras para minimizar los impactos futuros.

Participa en las tareas de validación de las soluciones de transformación de telefonía fija, de grabación de voz y de videoconferencia propuestas por el CTTI.

Da apoyo técnico a la supervisión de la implantación de las soluciones de transformación de telefonía fija, cajas integradoras y de grabación de voz propuestas por el CTTI.

Analiza el funcionamiento de los sistemas de telefonía fija, de grabación de voz, de las cajas integradoras, y de las nuevas tecnologías de herramientas de colaboración implantadas en el ámbito policial y propone mejoras para dar respuesta a necesidades específicas de la Dirección General de la Policía.

Se encarga de la gestión y seguimiento del funcionamiento de las líneas de los sistemas de telefonía fija y de grabación de voz implantados en el ámbito policial.

Se encarga de la gestión y el seguimiento de la resolución de las incidencias de las centralitas, terminales fijos, cajas integradoras y grabadores de implantados en el ámbito policial.

Participa en la validación y migración de las soluciones de telefonía móvil a implantar en el departamento, haciendo pruebas de terminales, autonomía, configuraciones y pruebas de encriptación.

Da apoyo técnico a la gestión de la operativa y del seguimiento del funcionamiento de las líneas y de los equipos móviles (terminales de voz móvil, SMS, MIFIs, routers, PDA y tabletas).

Coordina la entrega de terminales móviles y se encarga de la gestión de las renovaciones periódicas, coordinando con el operador y con las unidades operativas de la Dirección General de la Policía la sustitución de los terminales.

Supervisa la correcta actualización de la base de datos de móviles de acuerdo con las altas, bajas y cambios de terminales por peticiones o averías.

Coordina con las empresas operadoras de telefonía móvil los estudios de cobertura, valida los proyectos propuestos conjuntamente con la unidad de Planificación e Infraestructuras de la mejora de cobertura en los diferentes edificios policiales, supervisa la implementación de estos proyectos y coordina la realización de medidas de emisiones radioeléctricas para verificar el cumplimiento de la normativa.

Colabora con la unidad de Planificación e Infraestructuras en la mejora de sistemas del Circuito Cerrado de Televisión (CTTV) del ámbito policial.

Se coordina con los diferentes equipos de trabajo en la homologación del software necesario para el Circuito Cerrado de Televisión (CTTV).

Coordina y supervisa el equipo de técnicos que realizan las instalaciones y configuraciones del equipamiento (ordenadores, grabadores de vídeo) destinadas al Circuito Cerrado de Televisión (CTTV).

Hace el seguimiento y supervisa la resolución de las incidencias del sistema del Circuito Cerrado de Televisión (CTTV).

Analiza y recoge requerimientos de las necesidades tecnológicas asociadas a la apertura de nuevos edificios o a traslados físicos de unidades de la Dirección General de la Policía, coordina la implantación de la solución y realiza el seguimiento posterior.

Analiza y recoge requerimientos de las necesidades tecnológicas asociadas a dispositivos especiales de la Dirección General de la Policía, coordina la implantación de la solución y realiza el seguimiento posterior.

Analiza y recoge requerimientos de las necesidades tecnológicas asociadas a la activación de CECORs (Centro de Coordinación Operativa) de la Dirección General de la Policía, coordina la implantación de la solución y realiza el seguimiento posterior.

Coordina las tareas necesarias para implantar la apertura de nuevos edificios de la Dirección General de la Policía con los diferentes proveedores y supervisa las instalaciones realizadas para la correcta inauguración de estos en la fecha fijada.

Coordina las tareas necesarias para implantar en dispositivos especiales de la Dirección General de la Policía con los diferentes proveedores y realiza su seguimiento posterior.

Planifica y supervisa con los diferentes proveedores y técnicos de telecomunicaciones, la implantación y configuración de los recursos tecnológicos para los diferentes Centros de Coordinación Operativa (CECORs) de Mossos que se activen, haciendo seguimiento posterior de su correcto funcionamiento.

Coordina las tareas necesarias para los traslados físicos de personal y equipamiento de las unidades de la Dirección General de la Policía con los diferentes proveedores y realiza su seguimiento posterior.

Coordina y supervisa con los diferentes proveedores los cortes de corriente planificados por la unidad de Planificación e Infraestructuras en las salas técnicas y CPDs para minimizar el impacto.

Informa al cuerpo policial de los diferentes cortes de servicio de líneas, ya sean planificados por el CTTI o migraciones y portabilidades coordinadas con las operadoras, analiza la afectación y la notifica a la Dirección General de la Policía.

Analiza necesidades y recoge requerimientos de puntos de acceso al sistema WIFI.

Pide y supervisa la realización de estudios de cobertura del sistema WIFI del Departamento con los diferentes proveedores.

Coordina las instalaciones de puntos de acceso al sistema WIFI del Departamento con los diferentes proveedores, así como con la unidad de Planificación e Infraestructuras.

Mantiene actualizados los inventarios de edificios, de telefonía móvil, de líneas de datos de alta y baja capacidad, de líneas de voz y de cajas integradoras.

Planifica y coordina las adecuaciones de salas técnicas por parte del equipo de técnicos para eliminar elementos en desuso y arreglar los cableados de los bastidores (racks).

Elabora informes de gestión y control de los diferentes sistemas y documenta las soluciones tecnológicas implementadas.

Elabora manuales de uso relacionados con las herramientas tecnológicas implementadas en los diferentes proyectos del ámbito policial.

Asigna las tareas que tiene que hacer el personal técnico que tiene a cargo y planifica su actuación.

Supervisa la evolución de los proyectos con el personal técnico que tiene a cargo.

Asiste a reuniones y participa, conjuntamente con los responsables del Área TIC y de la Oficina de Gestión de la Red Rescat, en la definición de soluciones TIC y da apoyo a la toma de decisiones y asesora a nivel técnico sobre la base del conocimiento específico de las necesidades del ámbito policial.

 

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-2:

 

Misión:

Planificar, proyectar e implementar las actuaciones necesarias para aplicar la planificación estratégica en la elaboración, el seguimiento y la evaluación de los diferentes programas y planes en el ámbito de la seguridad, con la finalidad de que la dirección del Departamento disponga de un sistema común, transversal, coherente y eficaz de seguimiento de la acción de Gobierno en esta materia.

Funciones:

Participar y dar apoyo técnico a las unidades directivas en el ámbito de la seguridad en el proceso de planificación estratégica mediante la elaboración y coordinación del Plan de Gobierno y del Plan departamental, aplicando las directrices fijadas por el Departamento de la Presidencia y los objetivos marcados por el propio Departamento.

Definir y gestionar herramientas y sistemas de indicadores que permitan evaluar los resultados de las políticas de seguridad pública y hacer el seguimiento.

Evaluar el grado de consecución de los objetivos y de las actuaciones previstas en los diferentes planes y programas en materia de seguridad mediante la elaboración de informes periódicos de seguimiento.

Establecer circuitos de coordinación, mediante grupos de trabajo, para la elaboración y el seguimiento de los plantes interdepartamentales en que participa el Departamento en el ámbito de la seguridad.

Dar apoyo metodológico a las unidades y coordinar la recogida de información con respecto a la actividad de investigación, desarrollo e innovación en materia de seguridad.

Colaborar con el órgano del Departamento responsable de la aplicación de la transversalidad de la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad.

Coordinar la elaboración anual de las memorias de los programas presupuestarios en el ámbito de la seguridad y la evaluación de su grado de cumplimiento.

Además, las propias del cuerpo o la escala a que tiene que pertenecer el funcionario que lo ocupe (art. 66 del Decreto Legislativo 1/1997).

Tareas básicas o actividades:

Coordina la petición de información a las unidades directivas del ámbito de la seguridad para elaborar los diferentes planes, programas o informes de seguimiento.

Analiza, contrasta y valora la información recibida para la elaboración y el seguimiento de los planes, programas e informes de seguimiento en materia de seguridad.

Estructura la información recibida por parte de las unidades en el ámbito de la seguridad en función de los objetivos establecidos en cada herramienta de planificación.

Da apoyo a las unidades directivas en materia de seguridad en la definición de los objetivos estratégicos y objetivos operativos de los diferentes instrumentos de planificación.

Elabora y actualiza la información relativa a la seguridad del plan departamental y su alineación con el Plan de gobierno para dar una visión integrada de la acción de Gobierno.

Elabora la propuesta de nuevos indicadores de seguimiento de las diferentes herramientas de planificación de su ámbito de actuación

Recoge periódicamente la información de los valores de los indicadores relevantes de seguimiento de los diferentes instrumentos de planificación en materia de seguridad.

Revisa diariamente las notas de prensa y noticias para extraer información relevante para el seguimiento de la acción de Gobierno en materia de seguridad.

Responde las consultas y peticiones del Departamento de la Presidencia con respecto a la acción de Gobierno en materia de seguridad, de acuerdo con las indicaciones de su superior jerárquico.

Se coordina con grupos de trabajo interdepartamentales para la elaboración y el seguimiento de planes y programas en el ámbito de la seguridad.

Resuelve las peticiones de información del resto de departamentos sobre la participación del Departamento en los planes interdepartamentales en materia de seguridad.

Asiste a las reuniones convocadas para el seguimiento de los diferentes planes interdepartamentales en el ámbito de la seguridad.

Revisa y valida la información de las unidades en materia de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de la seguridad.

Solicita información de las actuaciones de investigación, desarrollo e innovación en materia de seguridad.

Colabora en la elaboración de los informes de transversalización de género en el ámbito de la seguridad, en coordinación con el órgano responsable del Departamento en este ámbito.

Analiza y valida la información recibida para la elaboración de las memorias presupuestarias del presupuesto por programas en el ámbito de la seguridad.

Hace la evaluación de los resultados de los objetivos operativos de las memorias presupuestarias del presupuesto por programas en el ámbito de la seguridad.

 

-5 Otros conocimientos

 

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-1

 

5.1 Conocimientos convenientes:

Conocimientos sobre redes de telecomunicaciones de alta y baja capacidad.

Conocimientos sobre sistemas de telefonía analógica y telefonía IP.

Conocimientos sobre sistemas de grabación de voz.

Conocimientos sobre sistemas de CTTV.

Conocimientos sobre sistemas de telefonía móvil.

Conocimientos sobre sistemas SILTEC.

Conocimientos de redes WIFI.

Conocimientos de idiomas extranjeros: inglés nivel medio hablado, escrito y leído. Lectura de documentación técnica del ámbito TIC.

5.2 Experiencia conveniente:

En gestión de redes.

Traslados de sistemas de telecomunicaciones.

Dotación de infraestructuras de telecomunicaciones de nuevos edificios.

Gestión de sistemas de CTTV.

Gestión de sistemas de grabación de voz.

Coordinación de proyectos de mejora de infraestructura de telecomunicaciones.

Gestión de equipamiento de telefonía móvil.

Gestión de incidencias de telecomunicaciones.

Coordinación y gestión de equipos de personal técnico.

Gestión con proveedores de las incidencias e implementación de proyectos.

Supervisión técnica de los servicios contratados de los diferentes proveedores.

Valoración técnica de pliegos de contratación de bienes y servicios.

Gestión administrativa de recursos.

5.3 Otros conocimientos:

Administración y gestión de proyectos y equipos de trabajo.

Valoración técnica de pliegos de contratación.

Estructura y organización de la Generalitat de Catalunya.

Estructura y organización del Departamento de Interior, especialmente la Dirección General de la Policía.

Estructura y organización de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra.

Infraestructuras policiales.

Bases de datos.

Protección de datos.

5.4 Aptitudes:

Razonamiento numérico.

Razonamiento analítico.

Razonamiento esquemático.

Razonamiento espacial.

5.5 Habilidades:

Trabajo en equipo.

Rigor y método.

Resolución de problemas y toma de decisiones.

Planificación y organización.

Gestión de la información.

Iniciativa, autonomía, proactividad.

Flexibilidad y adaptabilidad.

5.6 Competencias profesionales:

Flexibilidad y gestión del cambio.

Orientación a resultados y orientación a la calidad.

Compromiso con el servicio público y la organización.

Orientación a la innovación.

Actualización profesional y mejora continua.

 

Para el puesto de trabajo núm. DGP/002/24-2

 

5.1 Conocimientos convenientes:

Conocimientos del ámbito competencial del Departamento en materia de seguridad.

Conocimientos de la estructura organizativa y funcional de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de Administración de Seguridad.

Conocimientos de planificación estratégica a las organizaciones públicas.

Conocimientos de herramientas ofimáticas y de herramientas 2.0.

5.2 Experiencia conveniente:

Experiencia en planificación estratégica y asesoramiento en este ámbito.

Experiencia en planificación de políticas públicas de seguridad.

Experiencia en evaluación de políticas públicas de seguridad.

Experiencia en diseño de indicadores para la evaluación de resultados.

Experiencia en coordinación y gestión de la información.

Experiencia en seguimiento de planes y programas departamentales e interdepartamentales.

5.3 Otros conocimientos:

Conocimientos de la normativa policial.

Conocimientos del modelo corporativo de la Administración de la Generalitat de planificación estratégica (Plan de gobierno, planes departamentales, planes interdepartamentales, etc.).

Conocimientos de los planes y programas del Departamento en materia de seguridad pública.

Conocimientos en materia de diseño de indicadores, especialmente los aplicados en la materia de seguridad pública.

Conocimientos en gestión de proyectos, seguimiento y evaluación de programas.

Conocimientos de elaboración de memorias de programas con o sin impacto presupuestario.

5.4 Aptitudes:

Razonamiento verbal.

Razonamiento analítico.

Razonamiento esquemático.

Razonamiento numérico.

5.5 Habilidades:

Planificación y organización.

Rigor y método.

Gestión de la información.

Comunicación.

Iniciativa, autonomía, proactividad.

Trabajo en equipo.

5.6 Competencias profesionales:

Visión estratégica.

Planificación y organización.

Orientación a resultados y orientación a la calidad.

Compromiso con el servicio público y la organización.

Actualización profesional y mejora continua.

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