RESOLUCIÓN ACC/753/2024, de 11 de marzo, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto singular de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (convocatoria de provisión núm. ACC/002/24).

De acuerdo con el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Catalunya en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya; el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital, y otras disposiciones complementarias;

Dado que está vacante un puesto singular en la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural;

Vista la propuesta de la persona titular de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat y la descripción del puesto de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización del Departamento;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de un puesto singular de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (convocatoria de provisión núm. ACC/002/24), que detalla el anexo 2 de esta Resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC), de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 11 de marzo de 2024

 

David Mascort Subiranas

Consejero de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de un puesto singular de la Dirección General de Bosques y Gestión del Medio del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer y la descripción incluida en el manual de organización del Departamento son los que constan en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalitat de Catalunya que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el correspondiente apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar respecto a la Administración de la Generalitat de Catalunya en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar en ella el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalitat de Catalunya y pertenezca a cuerpos o escalas del grupo o de los grupos de titulación en que está clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrá participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo o de los grupos de titulación en que está clasificado el puesto convocado al que no se exigió la titulación citada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que dicha titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrá participar en ella el personal funcionario en suspensión de empleo, el personal trasladado de puestos de trabajo ni el personal destituido de cargos de mando como consecuencia de un expediente disciplinario mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco podrá participar en ella el personal funcionario en situación distinta a la de servicio activo cuando no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar.

3.2 El personal funcionario con discapacidad podrá participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, se deben poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística del Departamento de Cultura, o equivalente, del nivel que establece el apartado 3 del anexo 2.

En el caso que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán, mediante una prueba oral y escrita, dichos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de personas admitidas y excluidas prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en el Tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat) el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante, quedan exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades, de libre designación o de selección de personal en la Administración de la Generalitat en que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior que el exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la acreditación documental correspondiente.

3.4 Los requisitos de participación se deberán reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para participar en esta convocatoria deben presentarse por vía telemática mediante el portal del empleado público (ATRI) en las direcciones https://atriportal.intranet.gencat.cat (desde dispositivos conectados a la red corporativa de la Generalitat) y https://atriportal.gencat.cat (desde cualquier dispositivo conectado a Internet). Para poder participar, hay que acceder a la parte privada de ATRI en el apartado de Movilidad - Concursos específicos y libre designación - Participación y presentar la solicitud de participación de acuerdo con las instrucciones de la aplicación, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de esta Resolución de convocatoria en el DOGC.

Las personas funcionarias de carrera en situación de excedencia o que no dispongan de las credenciales necesarias para acceder al portal ATRI tienen que solicitarlas al Servicio de Recursos Humanos mediante un correo electrónico a la dirección convocatories.accioclimatica@gencat.cat, indicando en el apartado Tema la referencia "Petición acceso ATRI", el nombre y los apellidos de la persona concursante y el código de esta convocatoria.

4.2 Es necesario adjuntar a la solicitud, obligatoriamente, el anexo a la solicitud de participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo. El modelo de anexo, en que será necesario indicar la plaza o plazas solicitadas, se puede descargar del apartado "enlace" del propio formulario de participación. Además, será necesario adjuntar la acreditación documental de los datos profesionales que se aleguen.

4.3 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 tendrán que adjuntar a la solicitud mediante el procedimiento del portal del empleado público ATRI mencionado anteriormente un informe emitido por el equipo oficial de valoración oficial del Departamento de Derechos Sociales para que se pueda evaluar que la persona funcionaria puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado. Asimismo, las personas candidatas podrán solicitar la adaptación del puesto solicitado, siempre que dicha adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

4.4 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para las personas participantes y sólo se admitirán renuncias a la participación en el proceso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Esta renuncia se tendrá que tramitar mediante el portal del empleado público ATRI apartado de Movilidad - Concursos específicos y libre designación - Participación - Convocatorias de provisión de puestos de trabajo - Libre designación - Renuncia convocatoria libre designación.

4.5 Asimismo, con la presentación de la solicitud, las personas concursantes dan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para participar en la convocatoria y para el resto de tramitación del proceso de provisión de acuerdo con la normativa vigente. Las personas concursantes pueden encontrar la información relativa a la protección de datos personales en los apartados Expediente o Formación del portal ATRI.

4.6 En cuanto a los plazos, cuando una incidencia técnica general, únicamente atribuible al funcionamiento ordinario de la aplicación de participación telemática en esta convocatoria, imposibilite la participación y/o enmienda, se podrán ampliar los plazos correspondientes, de lo que se hará difusión en el apartado de noticias destacadas del portal ATRI.

 

-5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrán en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de las personas candidatas para ocupar el puesto convocado, de acuerdo con la descripción del puesto de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de las personas participantes se tienen que referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

 

-6 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, en su caso, en la persona candidata que se considere más adecuada, según el informe preceptivo y previo de la persona titular del centro directivo o del organismo correspondiente donde esté adscrito el puesto convocado, que deberá tener en cuenta la idoneidad de la persona candidata para las funciones y tareas a realizar.

 

-7 Sistemas de acreditación

Las personas participantes tienen que acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio que se les puedan solicitar las aclaraciones o las justificaciones necesarias para su verificación.

 

-8 Procedimiento

8.1 La presente convocatoria se resolverá dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que, por causas motivadas, se acuerde prorrogar dicho plazo.

8.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran notificación a las personas aspirantes se harán públicas en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat), de acuerdo con los artículos 58.4 c) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y 45 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, y en la Intranet del Departamento, con carácter complementario.

 

-9 Resolución de la convocatoria

9.1 La resolución definitiva de nombramiento se publicará en el DOGC.

9.2 Las personas aspirantes que no obtengan destino en esta convocatoria permanecerán en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública realizada en el mismo periodo de tiempo, por incapacidad sobrevenida, por el hecho de pasar a una situación diferente a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de la toma de posesión, la persona interesada debe acreditar que tiene reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no está incluida en ninguno de los motivos de incompatibilidades previstos en la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los diez días a contar desde el inicio del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

-10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1 La resolución de nombramiento comportará, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2 El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de dos días hábiles si no implica cambio de localidad de residencia del/de la funcionario/a, o de 15 días si conlleva cambio de localidad de residencia, lo que deberá acreditarse documentalmente.

10.3 Este plazo computará a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando dicha resolución comporte el reingreso en el servicio activo, el plazo de toma de posesión se deberá contar desde la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC.

10.4 Al efecto del cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que acceda a un puesto de trabajo se deberán comunicar al Registro General de Personal dentro de los tres días hábiles siguientes al de su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

 

 

Anexo 2

Descripción del puesto de trabajo

 

‒1 Características del puesto de trabajo

Nombre del puesto: secretario/a de Alto Cargo.

Departamento: Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.

Unidad directiva: Dirección General de Bosques y Gestión del Medio.

Localidad: Barcelona.

Nivel: 18.

Complemento específico: 13.932,72 euros.

Jornada: superior a la normal.

Horario: dedicación especial, incompatibilidades.

Tipo de puesto: singular.

Forma de provisión: libre designación.

 

‒2 Requisitos de participación

Grupo: C.

Subgrupos: C1 y C2.

Movilidad: Administración de la Generalitat de Catalunya.

Colectivo de cuerpos: únicamente de Administración general de los subgrupos correspondientes.

Especificación de cuerpos: cuerpo administrativo y cuerpo auxiliar de Administración.

 

‒3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Conocimiento oral y escrito de la lengua catalana de nivel de suficiencia de catalán (C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

‒4 Contenido funcional

4.1 Misión

Coordinar y gestionar el apoyo administrativo necesario con el fin de conseguir un funcionamiento ágil y eficaz en las tareas de apoyo a la persona titular de la unidad orgánica, de acuerdo con las directrices establecidas.

4.2 Finalidades/funciones

a) Organizar y garantizar el apoyo administrativo necesario a la unidad orgánica.

b) Gestionar la agenda de la persona titular de la unidad orgánica y mantener las relaciones oportunas con todos los entes y las personas que se dirigen a ella.

c) Controlar y gestionar la documentación y la correspondencia generada o recibida en la unidad orgánica.

d) Gestionar los desplazamientos de la persona titular de la unidad orgánica y tramitar los gastos que se deriven.

e) Asesorar y dar respuesta a las consultas internas y externas que se dirigen a la unidad orgánica.

f) Gestionar el registro de entrada dirigido a la unidad orgánica.

g) Gestionar los datos del registro en materia de grupos de interés.

Además, las propias del cuerpo o la escala a la que debe pertenecer el/la funcionario/a que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre).

4.3 Tareas básicas o actividades

1. Gestiona la documentación generada o recibida por la persona titular de la unidad orgánica.

2. Gestiona la correspondencia mediante las aplicaciones informáticas y da traslado a las unidades correspondientes.

3. Gestiona el buzón electrónico de la unidad orgánica.

4. Gestiona la agenda de la persona titular de la unidad orgánica y concierta las reuniones apropiadas con los distintos interlocutores.

5. Atiende a las llamadas dirigidas a la persona titular de la unidad orgánica.

6. Recibe a las personas que asisten a las reuniones presenciales convocadas por la persona titular de la unidad orgánica.

7. Realiza la búsqueda de información en distintos medios que pueda ser de interés para la persona titular de la unidad orgánica.

8. Informa al Gabinete del Consejero sobre la agenda y los actos de relevancia de la persona titular de la unidad orgánica.

9. Apoya y realiza el seguimiento de la actividad administrativa general de la unidad orgánica.

10. Realiza el seguimiento del circuito de firmas de la persona titular de la unidad orgánica.

11. Gestiona los desplazamientos de la persona titular de la unidad orgánica.

12. Se coordina con las personas secretarias de las personas titulares de las distintas unidades orgánicas del Departamento.

13. Informa en el registro en materia de grupos de interés sobre las reuniones con la persona titular de la unidad orgánica.

14. Tramita los gastos generados por la persona titular de la unidad orgánica derivados de su actividad.

15. Revisa las entradas recibidas en la unidad orgánica y las deriva a las unidades correspondientes.

 

‒5 Otras características

5.1 Conocimientos y/o experiencia convenientes

Conocimientos sobre las normas de protocolo y de relaciones públicas.

Conocimientos sobre la estructura y la organización de la Administración de la Generalitat.

Conocimientos sobre técnicas de gestión administrativa.

Conocimientos sobre el código de conducta de los altos cargos y del personal directivo.

Experiencia en organización administrativa.

Experiencia en tareas de secretaría de Dirección.

5.2 Otros conocimientos

Conocimientos y experiencia en materia de protocolo, gestión de agendas y gestión administrativa.

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