RESOLUCIÓN PRE/677/2024, de 5 de marzo, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de vicetesorería de la Diputación de Girona, con adscripción funcional al organismo autónomo Red Local de Municipios de la Diputación de Girona - XALOC, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención-tesorería.
En fecha 20 de febrero de 2024, el presidente de la Diputación de Girona aprueba las bases y la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de vicetesorería de la Diputación de Girona, con adscripción funcional al organismo autónomo Red Local de Municipios de la Diputación de Girona - XALOC, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención-tesorería, que se encuentra vacante en la plantilla de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, cuya forma de provisión es el sistema de libre designación.
De conformidad con el artículo 46 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional corresponde al presidente o presidenta de la corporación, que tiene que remitirla al órgano competente de la comunidad autónoma para que la publique en el diario oficial correspondiente.
De conformidad con el artículo 8.3 del Decreto 289/2022, de 2 de noviembre, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, en coordinación con el artículo 52.1.h del Decreto 19/2022, de 8 de febrero, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Administración Local ejercer las competencias en materia de personal de la Administración local atribuidas a la Generalitat.
De acuerdo con lo expuesto,
Resuelvo:
Hacer pública la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de vicetesorería de la Diputación de Girona, con adscripción funcional al organismo autónomo Red Local de Municipios de la Diputación de Girona - XALOC, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención-tesorería, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo.
Barcelona, 5 de marzo de 2024
Bernat Valls i Fuster
Director general de Administración Local
Anexo
BASES
1. Objeto de la convocatoria
Estas bases tienen por objeto regular la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, y de acuerdo con el artículo 45 y los siguientes del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, el puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional que se detalla a continuación.
- Corporación: adscripción orgánica a la Diputación de Girona, y adscripción funcional al organismo autónomo Red Local de Municipios de la Diputación de Girona - XALOC.
- Denominación y clase: vicetesorero/a, reservado a personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional de la subescala de intervención-tesorería.
- Nivel de complemento de destino: 30.
- Complemento específico: 39.806,13 euros brutos anuales (catorce pagas).
- Funciones: tesorería de XALOC.
Xaloc es un organismo autónomo creado por la Diputación de Girona para llevar a cabo las funciones de gestión, inspección y recaudación de los entes locales de la provincia de Girona que le han delegado sus competencias en este ámbito. Se valorará expresamente la experiencia en el ejercicio de las funciones de la tesorería, concretamente la relativa a la recaudación de ingresos tributarios o de otros ingresos de derecho público llevada a cabo en entidades supramunicipales que presten este servicio, así como la formación específica en materia tributaria y de recaudación.
2. Características del puesto
2.1. El puesto a cubrir se encuentra incluido en la relación de puestos de trabajo aprobada por la sesión plenaria de 23 de noviembre de 2021.
2.2. El complemento de destino asignado al mencionado puesto es el correspondiente al nivel 30, y el sistema de provisión previsto es la libre designación.
2.3. El complemento específico anual fijado actualmente para el puesto de trabajo es de 39.806,13 euros brutos anuales (catorce pagas).
3. Requisitos
3.1. Es un requisito para participar en la convocatoria ser funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional, de la subescala de intervención-tesorería, de acuerdo con el artículo 15.3 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, y con la vigente plantilla de personal funcionario de la Diputación de Girona, publicada en el DOGC de 23 de enero de 2024.
3.2. También es un requisito para participar en la convocatoria que el aspirante acredite el conocimiento de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1) de la Secretaría de Política Lingüística o equivalente, o bien que supere la prueba de nivel de catalán que se tiene que llevar a cabo a tal efecto, que se le debe haber notificado previamente.
3.3. No pueden participar en la convocatoria las personas que estén separadas mediante un expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni que se encuentren en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para acceder a un cuerpo o escala de funcionario. Tampoco puede participar en ella quien se encuentre en alguno de los supuestos que establecen las letras a, b y c del artículo 36.2 del Real decreto 128/2018, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.
4. Convocatoria
La convocatoria, una vez aprobada por el presidente de la Diputación de Girona, debe enviarse a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat de Catalunya para que la publique en el diario oficial correspondiente y la remita al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en los términos que establece el artículo 46 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.
5. Solicitudes
5.1. Las solicitudes deben dirigirse por medios electrónicos al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación, en el plazo de quince días hábiles a contar de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
5.2. Además del contenido mínimo que dispone el art. 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en la solicitud hay que indicar el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuentra el solicitante, así como su destino.
5.3. La instancia debe acompañarse del currículum del aspirante, así como de toda la documentación que, a juicio del aspirante, se considere pertinente para demostrar la idoneidad para el puesto de trabajo y el cumplimiento de los requisitos que exige la base 3.ª.
6. Nombramiento
6.1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, y previa constatación de los requisitos que exige la convocatoria, y en vista de la trayectoria profesional y de los méritos acreditados por los aspirantes, el presidente de la Corporación tiene que dictar una resolución dentro del plazo de un mes, y dar cuenta de ello al Pleno de la Corporación.
6.2. La resolución de la convocatoria tiene que estar motivada, haciendo referencia al cumplimiento por parte del candidato escogido de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria y especificando las cualidades o condiciones profesionales del candidato propuesto que justifican su mayor idoneidad y conveniencia para ocupar el cargo, en términos de mérito y capacidad y criterios de interés general. En todo caso, hay que acreditar en el procedimiento la observancia del procedimiento legalmente establecido.
6.3. Esta resolución tiene que trasladarse a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat de Catalunya para que la publique en el diario oficial correspondiente y la remita al ministerio competente en la materia, para la publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo que dispone el artículo 46.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo.
7. Toma de posesión
Los plazos posesorios son los que establece el artículo 41 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.
8. Impugnación
Contra estas bases, que son definitivas en vía administrativa, y de conformidad con la Ley reguladora del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, las personas interesadas pueden interponer uno de los siguientes recursos que se indican a continuación. Con carácter potestativo, se puede interponer un recurso de reposición ante la presidencia de la Corporación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la publicación de las bases en extracto en el Boletín Oficial del Estado. Alternativamente, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado contencioso-administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la publicación de las bases en extracto en el Boletín Oficial del Estado.