RESOLUCIÓN EDU/642/2024, de 4 de marzo, por la que se modifica la Resolución EDU/3992/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las directrices para la realización de la prueba de evaluación de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria y se convoca la prueba para el curso 2023-2024.
Mediante la Resolución EDU/3992/2023, de 24 de noviembre, se aprobaron las directrices para la realización de la prueba de evaluación de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria y se convoca la prueba para el curso 2023-2024 (DOGC núm. 9053, de 1.12.2023).
El punto 2 de la mencionada Resolución convoca para los días 10 y 11 de abril de 2024, la prueba de evaluación de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria correspondiente al curso 2023-2024, que debe llevar a cabo el alumnado de cuarto curso de todos los centros, públicos y privados, que imparten la educación secundaria obligatoria.
Dado que es necesario modificar las fechas de realización de la prueba, de acuerdo con el Consejo Superior de Evaluación del Sistema Educativo, y a propuesta de la Secretaría de Políticas Educativas,
Resuelvo:
Modificar el punto 2 de la Resolución EDU/3992/2023, de 24 de noviembre, por la que se aprueban las directrices para la realización de la prueba de evaluación de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria y se convoca la prueba para el curso 2023-2024, que queda redactado de la siguiente manera:
"-2 Convocar, para los días 16 y 17 de abril de 2024, la prueba de evaluación de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria correspondiente al curso 2023-2024, que debe llevar a cabo el alumnado de cuarto curso de todos los centros, públicos y privados, que imparten esta etapa educativa, de acuerdo con las directrices que constan en el anexo."
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Asimismo, pueden interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 4 de marzo de 2024
Anna Simó i Castelló
Consejera de Educación