EDICTO sobre aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza general núm. 4 reguladora de los precios públicos del servicio de teleasistencia (TAD).
En sesión ordinaria de fecha 28 de noviembre de 2023, el Pleno del Consejo Comarcal del Alt Empordà acordó aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza General núm. 4 reguladora de los Precios Públicos. Servicio de TELEASISTENCIA (TAD),
El expediente con los textos íntegros de los acuerdos y toda la documentación que le acompaña, fue expuesto al público de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, durante el plazo de 30 días hábiles.
No habiéndose recibido reclamaciones dado el apartado 3 del artículo 17, lo mismo ha quedado aprobado definitivamente. Visto el apartado 4 del artículo 17 se realiza la oportuna publicación, en la que se reproduce el texto de la modificación de la ordenanza íntegramente:
"1. Aprobar la modificación del límite establecido para calcular la cuota de la persona beneficiaria del servicio de TAD de los precios públicos del Servicio de Teleasistencia (TAD), de acuerdo con el siguiente cuadro:
TIPO USUARIO | COSTE DEL SERVECIO POR UNITAD Y MES | VALORACIÓN |
C0 | 0,00€/mes Servecio Gratuito | Informe de gratuidad ss.ss o ≤ 1,7 IRSC ≤ 1.044,90 €/mes ≤ 14.628,75 €/anuales |
C100 | 13,00 €/mes 100 % coste | > 1,7 IRSC > 1.044,90 €/mes > 14.628,75 €/anuales |
C100 + Teleasistencia Avanzada | 15,08 €/mes 100 % coste | > 1,7 IRSC > 1.044,90 €/mes > 14.628,75 €/anuales |
Este cálculo se aplicará a todos los servicios de TAD que se realicen nuevos a partir de la fecha de la aprobación de la modificación de las Ordenanzas y también a los servicios que deban modificarse por cambios de circunstancias personales del beneficiario del servicio.»
Figueres, 22 de febrero de 2024
Agustí Badosa Figueras
Presidente