RESOLUCIÓN EDU/527/2024, de 21 de febrero, por la que se modifica la autorización de apertura del centro educativo privado Inmaculada Concepción, de Gavà.
Con el fin de resolver la solicitud presentada en estos Servicios Territoriales del Departamento de Educación por el representante de la titularidad del centro educativo privado Inmaculada Concepción, de Gavà, en petición de ampliación de la capacidad, se instruye el expediente correspondiente.
Dado que se ha comprobado en el expediente mencionado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa de aplicación, en concreto, por la Ley 12/2009, de 10 de julio, de educación; Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación; la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación; el Decreto 282/2006, de 4 de julio, de los requisitos de los centros del primer ciclo de la educación infantil; y, el Decreto 122/2012, de 9 de octubre, sobre el procedimiento de autorización y de comunicación previa para la apertura de centros educativos privados,
Resuelvo:
-1 Modificar la autorización de apertura del centro educativo privado Inmaculada Concepción, de Gavà, código 08017402, por ampliación de la capacidad, en los siguientes términos:
Capacidad que se amplía:
Educación infantil de primer ciclo: de 3 a 4 unidades y de 37 a 57 puestos escolares.
La distribución es la siguiente:
I0: 1 unidad con capacidad para 8 puestos escolares.
I1: 1 unidades con capacidad para 13 puestos escolares.
I2: 2 unidades con capacidad para 36 puestos escolares.
-2 La composición del centro es la que figura en el anexo de esta Resolución.
-3 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de Centros.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el director general de Centros Concertados y Centros Privados, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Sant Feliu de Llobregat, 21 de febrero de 2024
Albert Grau Montero
Director de los Servicios Territoriales en El Baix Llobregat
Anexo
Composición del centro des del inicio del curso escolar 2023-2024:
Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 57 puestos escolares.
La distribución es la siguiente:
- I0: 1 unidad con capacidad para 8 puestos escolares.
- I1: 1 unidades con capacidad para 13 puestos escolares.
- I2: 2 unidades con capacidad para 36 puestos escolares.
Educación infantil de segundo ciclo: 9 unidades con capacidad para 225 puestos escolares.
Educación primaria: 18 unidades con capacidad para 450 puestos escolares.
Educación secundaria obligatoria: 12 unidades con capacidad para 360 puestos escolares.
Bachillerato: 2 unidades con capacidad para 70 puestos escolares de la modalidad de Ciencias y Tecnología y 2 unidades con capacidad para 70 puestos escolares de la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
Educación especial: 1 unidad con capacidad para 8 puestos escolares.