RESOLUCIÓN EDU/385/2024, de 13 de febrero, por la que se convocan las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de las titulaciones oficiales de técnico/a deportivo/a y técnico/a superior deportivo/a y a las formaciones deportivas de niveles 1 y 3, correspondientes al año 2024, de Era Val d'Aran.

Para acceder a las enseñanzas deportivas el curso 2024-2025, hay que estar en posesión de uno de los títulos que establece la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. También se prevé el acceso mediante la superación de una prueba de acceso, que es regulada y convocada anualmente por el Departamento de Educación, además de superar una prueba de acceso específica o acreditar méritos deportivos en determinadas especialidades de estas enseñanzas.

Por otra parte, en relación con el acceso a las formaciones deportivas de nivel 1 y de nivel 3, la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, regula los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y prevé que es posible el acceso a estas enseñanzas sin titulación si se supera la prueba de acceso de carácter general prevista en el citado Real decreto.

El 18 de septiembre de 2020 se firmó el convenio entre la Generalitat de Catalunya, mediante el Departamento de Educación, y el Conselh Generau d'Aran en relación con las enseñanzas de técnico deportivo o técnico deportivo superior o técnica deportiva superior al Val d'Aran, según el cual, corresponde al Departamento de Educación convocar las pruebas del territorio de Aran, con la comunicación previa del Conselh Generau d'Aran.

Por último, mediante la Resolución EDU/78/2024, de 17 de enero, se han convocado las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional inicial y los ciclos formativos de artes plásticas y diseño, las pruebas de carácter general de enseñanzas deportivas y las pruebas de acceso a las formaciones deportivas de nivel 1 y de nivel 3, correspondientes al año 2024 (DOGC núm. 9086, del 24.1.2024).

A los efectos de esta convocatoria, se llaman pruebas de acceso a ciclos de grado medio las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención oficial del título de técnico/a deportivo/a y a las formaciones deportivas de nivel 1, y se denominan pruebas de acceso a ciclos de grado superior las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención oficial del título de técnico/a superior deportivo/a y a las formaciones deportivas de nivel 3.

Asimismo, a los efectos de esta convocatoria, se entienden incluidas dentro del concepto de enseñanzas deportivas tanto las enseñanzas deportivas como las formaciones deportivas de nivel 1 y de nivel 3.

Por todo ello,

 

Resuelvo:

 

Convocar las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de las titulaciones oficiales de técnico/a deportivo/a y técnico/a superior deportivo/a, correspondientes al año 2024, de acuerdo con las bases que se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.

 

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, según lo disponen el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Barcelona, 13 de febrero de 2024

 

Raquel Garcia i Sevilla

Directora general de Atención a la Familia y Comunidad Educativa

 

 

Anexo 1

Bases

 

1. Requisitos de las personas aspirantes

1.1 Para inscribirse en la prueba de acceso de carácter general a los ciclos de grado medio hay que tener cumplidos 17 años bien cumplirlos durante el año 2024.

1.2 Para inscribirse en la prueba de acceso de carácter general a los ciclos grado superior hay que tener cumplidos 19 años o cumplirlos durante el año 2024 y disponer del título de técnico/a deportivo/a en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.

1.3 Las personas que posean la titulación académica o enseñanzas equivalentes que permita el acceso directo a las enseñanzas deportivas objeto de la convocatoria no se pueden presentar a la prueba de acceso de carácter general correspondiente.

1.4 El incumplimiento de los requisitos establecidos determina la exclusión de la inscripción de la convocatoria o la nulidad de las calificaciones obtenidas.

 

2. Centro organizador de las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas

El centro organizador de las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas es el centro EFTE Centre Públic de Tècnics Esportius dera Val d'Aran.

El centro debe ofrecer, a los interesados, información y orientación sobre las enseñanzas deportivas y sobre el procedimiento de inscripción y funcionamiento de las pruebas, mediante el personal adecuado que designe la dirección del centro.

 

3. Procedimiento de inscripción y pago

3.1 El periodo de inscripción a las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas es del 11 al 28 de abril de 2024.

La solicitud de inscripción debe contener los datos especificados en los anexos 3 o 4 y está a disposición de los interesados en la web del Conselh Generau d'Aran y en la web del centro organizador.

La solicitud, junto con la documentación a que se refiere la base 5 de este anexo, se presentará al Conselh Generau d'Aran, cuyos datos se encuentran en el anexo 2.

El aspirante no puede modificar la elección de las materias escogidas pasado el plazo de presentación de documentación.

3.2 En ausencia de oposición del interesado, el Conselh Generau d'Aran y en el centro organizador consulta los datos necesarios a través de sus redes corporativas o mediante las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.

En caso de que el interesado no autorice la consulta, o que haya incidencias con la obtención de los datos, el solicitante deberá presentar la documentación acreditativa correspondiente, mencionada en el apartado 5 de este anexo, en los plazos y lugares establecidos en el apartado 6.2 de este anexo.

3.3 Los datos personales que se recojan se incorporan al tratamiento "Pruebas académicas ETEVA", cuya finalidad es gestionar la inscripción a las pruebas de acceso. El órgano responsable del fichero es el Conselh Generau d'Aran.

Para acceder a los datos propios, solicitar su rectificación, supresión, oposición a su tratamiento o limitación, deberá enviar una solicitud por escrito al Conselh Generau d'Aran (Plaza Aran 1-2, 25530 de Vielha), adjuntando una fotocopia del DNI e identificando claramente cuál o cuáles derechos se ejercen.

Los datos obtenidos sólo serán comunicados a organismos públicos competentes en la materia y en cualquier otro organismo que sea necesario para lograr la finalidad del tratamiento.

3.4 La inscripción a la prueba está sujeta al abono del precio público regulado en el anexo 2 de la Ordenanza fiscal del Conselh Generau d'Aran que establece los precios públicos para la Escola de Tècnics Esportius dera Val d'Aran (ETEVA) (BOP de Lleida núm. 174, de 12.12.2009). El pago se efectuará presencialmente o mediante transferencia bancaria en cualquier oficina del Banc Sabadell, en la cuenta corriente 0081-5127-46-0001137220.

La falta de pago o el pago fuera de plazo determina la exclusión del aspirante.

 

4. Personas aspirantes con necesidades específicas

4.1 Las personas aspirantes con necesidades específicas derivadas de discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales u otros trastornos graves, que tengan el reconocimiento oficial de la situación de discapacidad, pueden solicitar los recursos adicionales necesarios para desarrollar la prueba.

4.2 Las personas interesadas deben presentar la solicitud por escrito a la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa, de acuerdo con el modelo disponible en la web del Departamento de Educación, no más tarde del 6 de mayo de 2024.

En la solicitud, firmada por la persona aspirante, o por los progenitores o la persona tutora legal, si es menor de edad, se debe adjuntar:

a) Certificado de reconocimiento de discapacidad del Departamento de Derechos Sociales, que informe del grado de discapacidad reconocida;

b) certificado emitido por el organismo acreditado correspondiente, que informe a las características de la discapacidad o trastorno que sufre la persona aspirante, en su caso;

c) dictamen de escolarización del Departamento de Educación con el detalle de las adaptaciones autorizadas durante los últimos estudios cursados en el sistema educativo, en su caso.

4.3 La Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa determina, en su caso, las medidas o recursos adicionales, e informa a la persona interesada y la comisión evaluadora correspondiente.

 

5. Documentación

5.1 Desde el 25 de abril hasta el 2 de mayo de 2024, los aspirantes deben presentar al Conselh Generau d'Aran, junto con la solicitud, la siguiente documentación que les sea de aplicación:

a) Fotocopia del documento de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte);

b) justificante de haber efectuado el ingreso del precio público, o documento justificativo de la bonificación o exención del pago;

c) fotocopia de los títulos alegados;

d) currículo formativo, profesional y de experiencia y documentación justificativa;

e) documentación que justifique la exención parcial de la prueba:

e.1) Documento de exención de la materia de competencia en lengua catalana para los ciclos de grado medio o de lengua catalana para los ciclos de grado superior, reconocida por la Dirección General de Innovación, Digitalización y Currículum del Departamento de Educación;

e.2) documento de exención de la parte científica y tecnológica;

e.3) solicitud de exención de la parte científica y tecnológica, en el caso de que no lo haya solicitado previamente;

f) certificación de superación del curso de preparación para la incorporación a los ciclos formativos de grado superior o de la formación para las pruebas de acceso a ciclos de grado superior, impartidos por centros autorizados por el Departamento de Educación.

5.2 En el momento de la recepción de la documentación, el Conselh Generau d'Aran comprueba todos los datos de inscripción de los aspirantes, y confirma el idioma extranjero y las otras opciones de la prueba elegidas. En caso de que se detecte algún error, se procede a la subsanación correspondiente.

No más tarde del día 6 de mayo de 2024, el Conselh Generau d'Aran hace llegar la documentación en el centro organizador.

5.3 Toda la documentación que forma parte del expediente del aspirante, se encuentra a disposición de la comisión evaluadora y se conserva en el centro organizador, de acuerdo con lo establecido en la base 12 de este anexo.

 

6. Lista de personas admitidas y excluidas

6.1 La comisión evaluadora hace pública, no más tarde del 8 de mayo de 2024, la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión.

6.2 A partir de esta fecha, las personas aspirantes pueden presentar la documentación o aportar los datos que falten hasta el 15 de mayo de 2024. En caso de que no lo hagan, se entiende que renuncian a presentarse a la prueba.

6.3 La comisión evaluadora se reúne para examinar la nueva documentación presentada, y publica la relación definitiva de personas admitidas y excluidas no más tarde del 17 de mayo de 2024.

Contra la lista de admitidos y excluidos se puede presentar recurso de alzada ante el director de los Servicios Territoriales de Educación en El Alto Pirineo y Arán, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6.4 La información sobre las listas de admitidos y excluidos se puede consultar en el tablón de anuncios y en la página web del centro organizador y en la página web del Conselh Generau d'Aran.

 

7. Comisión evaluadora

7.1 El director de los Servicios Territoriales de Educación en Lleida nombra las personas miembros de la comisión evaluadora y hace llegar una copia del nombramiento en el centro organizador ya la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa no más tarde del 3 de mayo de 2024. La comisión se constituirá no más tarde del 8 de mayo de 2024.

7.2 La comisión evaluadora, para la prueba de acceso a ciclos de grado medio y para la prueba de acceso a ciclos de grado superior, está constituida por los siguientes miembros: un/a presidente/a que será un/a funcionario/aria propuesto por el Departamento de Educación, y tendrá la función de garantizar el correcto desarrollo de la prueba, un/a secretario/a, y hasta 9 vocales propuestos por el Conselh Generau d'Aran.

Los vocales de la comisión evaluadora deben tener atribución docente en educación secundaria a las diferentes materias indicadas en el anexo 7 de la Resolución EDU/78/2024, de 17 de enero. Las personas que hayan participado en los cursos o formaciones de preparación de pruebas de acceso de esta convocatoria no pueden formar parte de ninguna comisión evaluadora de pruebas de acceso del mismo grado para el que han preparado el alumnado. Excepcionalmente, previa autorización de la Dirección General de Atención a la Familia y Comunidad Educativa, pueden formar parte de la misma si no hay ningún otro profesorado de su especialidad.

7.3 La relación de miembros de la comisión evaluadora se publica en el tablón de anuncios del centro donde se realiza la prueba, no más tarde del día 10 de mayo de 2024.

7.4 Los/las miembros de la comisión están sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

7.5 La indemnización correspondiente al personal que depende del Departamento de Educación es la que se establece en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio.

 

8. Calendario de la prueba y documentación a aportar

8.1 Prueba de acceso de carácter general a los ciclos de grado medio

La prueba comenzará a las 9 horas del 21 de mayo de 2024.

Los aspirantes deben presentar en el centro 30 minutos antes del inicio.

El tiempo de realización es de 4 horas, que se distribuye en 2 bloques temporales de 2 horas cada uno, con un descanso de 30 minutos:

Primer bloque: parte comunicativa y social.

Segundo bloque: parte científica-y parte matemática.

Al inicio de cada bloque, el aspirante dispone de todas las pruebas que tiene que hacer y que debe entregar al final del bloque correspondiente.

8.2 Prueba de acceso de carácter general a los ciclos de grado superior

La prueba comienza a las 15.30 horas del 21 de mayo de 2024.

Los aspirantes deben presentar en el centro 30 minutos antes del inicio.

El tiempo de realización es de 4 horas, que se desarrolla en 2 bloques temporales, de 2 horas de duración cada uno, con un descanso de 30 minutos:

Primer bloque: materias de lengua catalana y lengua castellana.

Segundo bloque: materias de lengua extranjera (inglés o francés) y una materia a elegir entre matemáticas o historia.

Al inicio de cada bloque, el aspirante dispone de todas las pruebas que tiene que hacer y que debe entregar al final del bloque correspondiente.

8.3 Documentación y material que se llevará en el momento de la prueba:

a) Original del DNI, NIE o pasaporte con el que se ha inscrito el aspirante para permitir a la comisión evaluadora comprobar su identidad;

b) certificación de superación de la formación o del curso de preparación de la prueba de acceso, en su caso;

c) copia de la Resolución de la solicitud de recursos adicionales para aspirantes con necesidades específicas derivadas de discapacidades, en su caso;

d) material específico previsto para la realización de la prueba de acceso, que se habrá hecho público en el tablón de anuncios del centro organizador y en la web del Conselh Generau d'Aran.

e) certificado de la nota final del título de las enseñanzas de técnico deportivo alegado para presentarse a las pruebas.

 

9. Publicación de resultados de la prueba de acceso

9.1 La calificación de las pruebas se publica en la web del Conselh Generau d'Aran, en el tablón de anuncios y en la web del centro organizador:

Calificaciones provisionales: no más tarde del 29 de mayo de 2024.

Calificaciones definitivas: no más tarde del 7 de junio de 2024.

9.2 La comisión evaluadora fija y publica un horario para atender las consultas sobre las calificaciones.

 

10. Reclamaciones y recursos

10.1 El aspirante tiene derecho a solicitar aclaraciones respecto de las calificaciones obtenidas, así como a presentar reclamación contra las calificaciones provisionales. La reclamación se dirigirá a la comisión evaluadora antes de las 17.00 horas del 4 de junio de 2024.

La comisión evaluadora resuelve las reclamaciones con la publicación de las calificaciones definitivas.

10.2 Contra las calificaciones definitivas, los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el director de los Servicios Territoriales de Educación en el Alto Pirineo y Arán, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El recurso se presentará en el registro del centro organizador.

 

11. Certificaciones

La comisión evaluadora expedirá un certificado para cada persona aspirante declarada apta, donde conste la calificación final obtenida con dos decimales.

 

12. Documentación y organización de las pruebas

12.1 El centro organizador conserva toda la documentación generada durante los seis meses siguientes a la finalización del proceso, sin perjuicio de que se conservarán permanentemente las actas, una copia del certificado emitido a las personas aspirantes que superen la prueba y la documentación relativa a reclamaciones y recursos.

12.2 El director de los Servicios Territoriales de Educación en El Alto Pirineo y Arán debe velar y tomar las medidas adecuadas para la ejecución correcta de esta Resolución, y nombrar un inspector/a de Educació, preferentemente del área de educación física o del área de formación profesional, para supervisar y velar por el correcto desarrollo del proceso y la correcta aplicación de la normativa.

El/la coordinador/a de formación profesional de los Servicios Territoriales de Educación en El Alto Pirineo y Arán debe colaborar con el/la inspector/a de Educación, para impulsar la difusión de esta convocatoria y apoyar el centro en la organización del proceso.

 

13. Publicidad de los datos

En las publicaciones previstas en esta convocatoria que contengan datos de las personas participantes constará el DNI con la numeración parcial.

 

14. Normativa aplicable

14.1 Es de aplicación supletoria a estas pruebas, en los términos previstos en las bases de esta Resolución, la Resolución EDU/78/2024, de 17 de enero, por la cual se han convocado las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional inicial y los ciclos formativos de artes plásticas y diseño, las pruebas de carácter general de las enseñanzas deportivas y las pruebas de acceso a las formaciones deportivas de nivel 1 y de nivel 3, correspondientes al año 2024 (DOGC núm. 9086, del 24.1.2024).

14.2 Por su idéntico contenido, los apartados que a continuación se relacionan referentes a las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas, se deben consultar en el anexo 3 de la Resolución EDU/78/2024, de 17 de enero.

Objetivo.

Contenido, estructura y calificación de la prueba de carácter general de acceso a los ciclos formativos de grado medio (a excepción de la elaboración y distribución de las pruebas, que corre a cargo del Conselh Generau d'Aran).

Contenido, estructura y calificación de la prueba de carácter general de acceso a los ciclos formativos de grado superior (a excepción de la elaboración y distribución de las pruebas, que corre a cargo del Conselh Generau d'Aran).

Exenciones.

14.3 Por su idéntico contenido, el apartado referente a los efectos de superación de las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas, se debe consultar en el anexo 8 de la Resolución EDU/78/2024, de 17 de enero.

 

 

Anexo 2

Datos del centro organizador y del Conselh Generau d'Aran

 

Centro organizador

 

Código: 25008467.

Denominación: EFTE Centre Públic de Tècnics Esportius dera Val d'Aran.

Dirección: Ctra. Vielha, s/n (Ed. Aubèrja Era Garona).

Municipio: Naut Aran.

Localidad: Salardú.

Código postal: 25598.

Teléfono: 973.64.45.95.

Fax: 973.64.45.88.

Web: http://www.eteva.org

Titularidad: centro público.

 

Conselh Generau d'Aran

Dirección: Passeg dera Libertat, 16.

Municipio: Naut Aran.

Localidad: Vielha.

Código postal: 25530.

Teléfono: 973.64.18.01.

Fax: 973.64.17.69.

Web: http://www.conselharan.org

 

 

Anexo 3

Solicitud de inscripción a la prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de las titulaciones oficiales de técnico/a de deporte y en las formaciones deportivas de nivel 1

 

Datos de identificación personal

 

(Nombre y apellidos), con domicilio en la calle (nombre de la calle, núm., Piso), municipio (nombre del municipio), CP (núm. Código postal), nacido/a el (día) de (mes) de (año), con DNI o documento de identificación equivalente (núm.) y teléfono (núm.), correo electrónico (e)

 

Expongo:

 

Que tengo 17 años cumplidos o los cumplo durante el año de la convocatoria.

 

Que la lengua extranjera que trío es (indicarla):

 

Que adjunto a la solicitud los documentos siguientes (marcar lo que corresponda):

 

a) fotocopia del documento de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte);

b) justificante de haber efectuado el ingreso del precio público, o documento justificativo de la bonificación o exención del pago;

c) currículum formativo, profesional y de experiencia y documentación justificativa;

d) documentación que justifique la exención parcial de la prueba, en su caso:

d.1) documento de exención de la materia de competencia en lengua catalana, reconocida por el Servei de Suports i Recursos Lingüístics del Departamento de Educación;

d.2) documento de exención de la parte científica y tecnológica;

d.3) solicitud de exención de la parte científica y tecnológica, en el caso de que no lo haya solicitado previamente;

 

Solicito:

 

Que se admita mi inscripción a la prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de las titulaciones oficiales de técnico/a de deporte ya las formaciones deportivas de nivel 1, a la convocatoria de (año).

 

(Población), (día) de (mes) de (año)

(Firma)

Presidente/a de la Comisión evaluadora

 

 

Anexo 4

Solicitud de inscripción a la prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de las titulaciones oficiales de técnico/a superior de deporte ya las formaciones deportivas de nivel 3

 

Datos de identificación personal

 

(Nombre y apellidos), con domicilio en la calle (nombre de la calle, núm., Piso), municipio (nombre del municipio), CP (núm. Código postal), nacido/a el (día) de (mes) de (año ), con DNI o documento de identificación equivalente (núm.) y teléfono (núm.), correo electrónico (e)

 

Expongo:

 

Que tengo 19 años cumplidos o los cumplo durante el año de la convocatoria.

 

Que la lengua extranjera que trío es (indicarla):

 

Asignatura elegida (matemáticas o historia):

 

Que adjunto a la solicitud los documentos que indico a continuación (marcar lo que corresponda):

 

a) Fotocopia del documento de identificación personal (DNI, NIE o pasaporte);

b) justificante de haber efectuado el ingreso del precio público, o documento justificativo de la bonificación o exención del pago;

c) fotocopia de los títulos alegados;

d) currículo formativo, profesional y de experiencia y documentación justificativa;

e) documento de exención de la materia de competencia en lengua catalana para los ciclos de grado medio o de lengua catalana para los ciclos de grado superior, reconocida por el Servei de Suports i Recursos Lingüístics del Departamento de Educación;

f) certificación de superación del curso de preparación para la incorporación a los ciclos formativos de grado superior o de la formación para las pruebas de acceso a ciclos de grado superior, impartidos por centros autorizados por el Departamento de Educación.

 

Solicito:

 

Que se admita mi inscripción a la prueba de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas que conducen a la obtención de la titulación oficial de técnico/a superior de deporte ya las formaciones deportivas de nivel 3, convocatoria de (año), que indico a continuación (indicar la enseñanza):

 

(Población), (día) de (mes) de (año)

 

(Firma)

 

Presidente/a de la Comisión evaluadora

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