RESOLUCIÓN SLT/320/2024, de 1 de febrero, por la que se da publicidad a la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud al Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas de la COVID-19 para el año 2023 (inscrito con el código núm. 2023/9/0241).
Dado que, en fecha 27 de diciembre de 2023, se firmó la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud al Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas de la COVID-19 para el año 2023,
Dado lo que dispone el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,
Resuelvo:
Dar publicidad a la referida adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas de la COVID-19 para el año 2023.
Barcelona, 1 de febrero de 2024
Manel Balcells i Díaz
Consejero de Salud
Anexo
ADENDA DE MODIFICACIÓN DE LA ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL ENCARGO DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SALUD EN EL INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD PARA EL ALMACENAJE Y DISTRIBUCIÓN DE VACUNAS DE LA COVID-19 PARA EL AÑO 2023.
REUNIDOS
Por una parte, el señor Manel Balcells i Díaz, consejero del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya, que actúa en nombre y representación de este Departamento, en virtud del Decreto 189/2022, de 10 de octubre, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Y, por otra parte, el señor Xavier Pérez Berruezo, director gerente del Instituto Catalán de la Salud, en virtud del nombramiento realizado mediante el Acuerdo GOV/41/2023, de 28 de febrero (DOGC núm. 8866, de 02.03.2023), que actúa en representación de esta institución conforme a las facultades que le atribuyen los artículos 9 y 10 de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud (DOGC núm. 4940, de 3.8.2007).
Las partes se reconocen la representación con que actúan y la capacidad jurídica y legal suficiente para la formalización del presente convenio y
MANIFIESTAN
I. En el 19 de diciembre de 2022 se formalizó la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas de la COVID-19 para el año 2023.
II. La cláusula tercera "Régimen económico" establece los servicios y precios objeto del encargo:
Descripción del servicio | Precio unidad/mes |
Precio de salida por dosis | 0,1670 € |
III. El Instituto Catalán de la Salud, realiza el objeto del encargo de gestión mediante su operador logístico Logaritmo Servicios Logísticos, AIE.
En el 27 de enero de 2023, Logaritmo Servicios Logísticos, AIE aprobó las nuevas tarifas correspondientes a las salidas de fungibles.
El Instituto Catalán de la Salud firmó el encargo de gestión para el 2023 a Logaritmo Servicios Logísticos, AIE, en fecha 3 de marzo de 2023.
En el encargo de los servicios logísticos del ICS a Logaritmo, en el punto 3.9. se fijan las condiciones de la función logística de las vacunas y se estableció en el mismo el siguiente sistema de facturación:
Descripción del servicio | Precio unidad/mes |
Precio de stock por vial Precio de entradas por vial Precio de salidas por vial Precio de salidas por fungible | 0,0340 € 0,0180 € 0,1670 € 2,0450 € |
IV. Las diferencias entre el encargo ICS-Logaritmo y el encargo Departamento de Salud-ICS son que en el primero la facturación de las salidas se realiza "por vial" y en el segundo consta "por dosis", y en el primero figuran tres servicios que no figuran en el segundo: precio de stock por vial, precio de entradas por vial y precio de salidas por fungible.
V. Esta modificación no supone un mayor gasto del importe global del encargo de gestión, sino un menor importe estimado para el año 2023 de 216.210,23 euros.
Descripción del servicio | Total |
Precio de stock por vial Precio de entradas por vial Precio de salidas por vial Precio de salidas por fungible | 28.662,20 € 7.758,00 € 82.849,03 € 60.941,00 € |
| |
Recogida vacunas instalaciones Ministerio | 36.000,00 € |
| |
Total | 216.210,23 € |
CLÁUSULAS
Primero. Se modifican los servicios y precios de referencia establecidos en la cláusula tercera de la adenda de modificación del encargo de gestión para el almacenaje y distribución de vacunas de la COVID-19 para el año 2023, de acuerdo con las siguientes condiciones de facturación:
Descripción del servicio | Precio unidad/mes |
Precio de stock por vial Precio de entradas por vial Precio de salidas por vial Precio de salidas por fungible | 0,0340 € 0,0180 € 0,1670 € 2,0450 € |
En consecuencia, el importe máximo estimado para el año 2023 será de 216.210,23 euros, de acuerdo con las condiciones de facturación por servicios.
Descripción del servicio | Total |
Precio de stock por vial Precio de entradas por vial Precio de salidas por vial Precio de salidas por fungible | 28.662,20 € 7.758,00 € 82.849,03 € 60.941,00 € |
| |
Recogida vacunas instalaciones Ministerio | 36.000,00 € |
| |
Total | 216.210,23 € |
El coste mensual correspondiente por servicios será el siguiente:
Mes | Salidas de viales | Importe mensual |
Enero | 50.000 | 8.350,00 |
Febrero | 12.500 | 2.087,50 |
Marzo | 12.500 | 2.087,50 |
Abril | 12.500 | 2.087,50 |
Mayo | 12.500 | 2.087,50 |
Junio | 8.333 | 1.391,61 |
Julio | 8.333 | 1.391,61 |
Agosto | 8.333 | 1.391,61 |
Septiembre | 108.333 | 18.091,61 |
Octubre | 100.000 | 16.700,00 |
Noviembre | 100.000 | 16.700,00 |
Diciembre | 62.770 | 10.482,59 |
Total | 496.102 | 82.849,03 |
Mes | Stock | Precio | Total | Entrada | Precio | Total | Salida | Precio | Total |
Enero | 150.000 | 0,034 | 5.100,00 | 2.000 | 0,018 | 36,00 | 3.000 | 2,045 | 6.135,00 |
Febrero | 102.000 | 0,034 | 3.468,00 |
| 0,018 | 0,00 | 750 | 2,045 | 1.533,75 |
Marzo | 89.500 | 0,034 | 3.043,00 |
| 0,018 | 0,00 | 750 | 2,045 | 1.533,75 |
Abril | 77.000 | 0,034 | 2.618,00 | 2.000 | 0,018 | 36,00 | 750 | 2,045 | 1.533,75 |
Mayo | 66.500 | 0,034 | 2.261,00 |
| 0,018 | 0,00 | 750 | 2,045 | 1.533,75 |
Junio | 54.000 | 0,034 | 1.836,00 |
| 0,018 | 0,00 | 500 | 2,045 | 1.022,50 |
Julio | 45.667 | 0,034 | 1.552,68 | 2.000 | 0,018 | 36,00 | 500 | 2,045 | 1.022,50 |
Agosto | 39.334 | 0,034 | 1.337,36 |
| 0,018 | 0,00 | 500 | 2,045 | 1.022,50 |
Septiembre | 31.001 | 0,034 | 1.054,03 | 120.000 | 0,018 | 2.160,00 | 6.500 | 2,045 | 13.292,50 |
Octubre | 42.668 | 0,034 | 1.450,71 | 120.000 | 0,018 | 2.160,00 | 6.000 | 2,045 | 12.270,00 |
Noviembre | 62.668 | 0,034 | 2.130,71 | 120.000 | 0,018 | 2.160,00 | 6.000 | 2,045 | 12.270,00 |
Diciembre | 82.668 | 0,034 | 2.810,71 | 65.000 | 0,018 | 1.170,00 | 3.800 | 2,045 | 7.771,00 |
| 28.662,20 | | 7.758,00 | | 60.941,00 |
Y para que conste, a los efectos oportunos y en prueba de conformidad, las dos partes firman electrónicamente esta adenda del convenio, en el lugar y en la fecha mencionados más abajo.
Barcelona, 27 de diciembre de 2023
El consejero del Departamento de Salud
El director gerente del Instituto Catalán de la Salud