RESOLUCIÓN SLT/314/2024, de 1 de febrero, por la que se da publicidad a la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud al Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el año 2023 (inscrito con el código núm. 2023/9/0240).

Dado que, en fecha 27 de diciembre de 2023, se firmó la adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud al Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el año 2023,

Dado lo que dispone el artículo 15.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad a la referida adenda de modificación de la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas para el año 2023.

 

Barcelona, 1 de febrero de 2024

 

Manel Balcells i Díaz

Consejero de Salud

 

 

Anexo

ADENDA DE MODIFICACIÓN DE LA ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL ENCARGO DE GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE SALUD AL INSTITUTO CATALÁN DE LA SALUD PARA EL ALMACENAJE Y DISTRIBUCIÓN DE VACUNAS PARA EL AÑO 2023.

 

REUNIDOS

Por una parte, el señor Manel Balcells i Díaz, consejero del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya, que actúa en nombre y representación de este Departamento, en virtud del Decreto 189/2022, de 10 de octubre, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Y, por otra parte, el señor Xavier Pérez i Berruezo, director gerente del Instituto Catalán de la Salud, en virtud del nombramiento realizado mediante el Acuerdo GOV/41/2023, de 28 de febrero (DOGC núm. 8866, de 02.03.2023), que actúa en representación de esta institución conforme a las facultades que le atribuyen los artículos 9 y 10 de la Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud (DOGC núm. 4940, de 3.8.2007).

Las partes se reconocen la representación con que actúan y la capacidad jurídica y legal suficiente para la formalización del presente convenio y

 

MANIFIESTAN

 

I. En el 19 de diciembre de 2022 se formalizó la adenda de prórroga y modificación del encargo de gestión del Departamento de Salud en el Instituto Catalán de la Salud para el almacenaje y distribución de vacunas sistemáticas para el año 2023.

 

II. La cláusula tercera "Régimen económico" establece los servicios y precios de referencia siguientes con respecto a la facturación:

 

Descripción del servicio

Precio unidad/mes

Precio de stock por dosis

Precio de entradas por dosis

Precio de salidas por dosis

Precio de salidas por fungible

0,0340 €

0,0180 €

0,1670 €

1,9700 €

 

 

III. El Instituto Catalán de la Salud, realiza el objeto del encargo de gestión mediante su operador logístico Logaritmo Servicios Logísticos, AIE.

En el 27 de enero de 2023, Logaritmo Servicios Logísticos, AIE aprobó las nuevas tarifas correspondientes a las salidas de fungibles.

El Instituto Catalán de la Salud firmó el encargo de gestión para el 2023 a Logaritmo Servicios Logísticos, AIE, en fecha 3 de marzo de 2023.

En el encargo de los servicios logísticos del ICS a Logaritmo, en el punto 3.9, se fijan las condiciones de la función logística de las vacunas y se estableció en el mismo el siguiente sistema de facturación:

 

Descripción del servicio

Precio unidad/mes

Precio de stock por vial

Precio de entradas por vial

Precio de salidas por vial

Precio de salidas por fungible

0,0340 €

0,0180 €

0,1670 €

2,0450 €

 

 

IV. Las diferencias entre el encargo ICS-Logaritmo y el encargo Departamento de Salud-ICS son que en el primero la facturación de las salidas se realiza "por vial" y en el segundo consta "por dosis", y la aplicación de la nueva tarifa del 2023 correspondiente a la salida por fungible.

 

V. Por lo que se refiere a la modificación de la facturación por vial en lugar de por dosis, se debe tener en cuenta que en la mayoría de vacunas sistemáticas un vial equivale a una dosis y, por lo tanto, esta modificación de conceptos no tiene que tener un impacto económico. Y en caso de que no se produjera esta equivalencia vial-dosis, supondría un menor importe facturado.

 

VI. Con respecto a la modificación del precio de las salidas por fungible, la aplicación de la nueva tarifa supone un importe total estimado de 16.419,31 euros.

 

VII. Es necesario incorporar como sistema de facturación el sistema por el que Logaritmo factura al ICS según el encargo ICS-Logaritmo.

 

CLÁUSULAS

 

Primera. Se modifica el sistema de facturación por servicios y precios establecidos en la cláusula tercera (régimen económico):

 

Descripción del servicio

Precio unidad/mes

Precio de stock por vial

Precio de entradas por vial

Precio de salidas por vial

Precio de salidas por fungible

0,0340 €

0,0180 €

0,1670 €

2,0450 €

 

 

En consecuencia, el importe máximo estimado para el año 2023 será de 623.690,68 euros, de acuerdo con las condiciones de facturación por servicios.

La firma de este convenio implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilización de la disposición de crédito a favor de la entidad a la que se realiza el convenio en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas que tendrá que efectuarse una vez la unidad administrativa competente haya verificado el cumplimiento de la finalidad del objeto.

 

Y para que conste, a los efectos oportunos y en prueba de conformidad, las dos partes firman electrónicamente esta adenda del convenio, en el lugar y en la fecha mencionados más abajo.

 

Barcelona, 27 de diciembre de 2023

 

El consejero del Departamento de Salud

 

El director gerente del Instituto Catalán de la Salud

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