EDICTO de 5 de febrero de 2024, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida referente al municipio de Térmens.

En fecha 12 de diciembre de 2023 el promotor del Plan especial urbanístico autónomo ha presentado en el registro del Departamento de Territorio en Lleida la documentación a la cual se supeditaba la publicación del acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida de 29 de marzo de 2023 y, por lo tanto, es procedente publicar el mencionado acuerdo:

 

Exp.: 2021 / 075610 / L

Plan especial urbanístico autónomo para implantar una planta de valorización y tratamiento de residuos orgánicos en el polígono 8, parcela 211, del municipio de Térmens.

 

Vista la propuesta de los Servicios Técnicos, y de acuerdo con los fundamentos que se exponenen la misma, esta Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida acuerda:

-1 Aprobar inicialmente el Plan especial urbanístico autónomo para implantar una planta de valorización y tratamiento de residuos orgánicos en el polígono 8, parcela 211, del municipio de Térmens, promovido por el señor Antonio Barios Seró y remitido por el Ayuntamiento, supeditando la publicación de este acuerdo por su información pública a la compleción de la documentación técnica y a la aportación de la documentación siguiente:

- Hay que aportar el documento comprensivo y plano de suspensión de licencias.

- Hace falta que la propuesta califique el ámbito de sistema de servicios técnicos en planos y se recoja adecuadamente en el articulado normativo propuesto.

- Hace falta que la propuesta incorpore, en el artículo 2 de la normativa sobre ámbito territorial, que la superficie mínima de la parcela será el conjunto del ámbito, que será única e indivisible.

- Hay que eliminar de la propuesta los IEN y IEB.

- Hay que aportar el proyecto básico de las instalaciones proyectadas con suficiente grado de detalle.

- Falta concretar el origen de los residuos y subproductos a gestionar y los destinos de los productos finales.

- La altura de la valla tiene que cumplir con el artículo 136 del Plan de ordenación urbanística municipal.

- Hay que enmendar los errores materiales indicados.

- Hay que aportar la documentación técnica correctamente firmada por los técnicos con la titulación y facultades adecuadas.

-2 Suspender el otorgamiento de licencias, de acuerdo con el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, en todo el ámbito del planeamiento.

La duración de esta suspensión es hasta la aprobación definitiva del Plan especial urbanístico autónomo para implantar una planta de valorización y tratamiento de residuos orgánicos al polígono 8, parcela 211, del municipio de Térmens y, como máximo, por el plazo de un año a contar desde la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

-3 Exponer el expediente aprobado inicialmente junto con el estudio ambiental estratégico a información pública por el plazo de 45 días, conjuntamente con el documento comprensivo establecido en el artículo 8.5 a) y de acuerdo con el que dispone el artículo 85.4 y 86 bis 1 c) del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, mediante la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y a la inserción de un anuncio en uno de los diarios de más divulgación en el ámbito municipal y supramunicipal, a fin de que se puedan presentar las alegaciones oportunas.

-4 Dar conocimiento por medios telemáticos de la convocatoria de información pública como también garantizar la consulta del Plan especial urbanístico autónomo para implantar una planta de valorización y tratamiento de residuos orgánicos en el polígono 8, parcela 211, del municipio de Térmens, atendido el contenido del artículo 8.5 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.

-5 Simultáneamente al trámite de información pública, de conformidad con el artículo 85.5 del texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, solicitar informe a los organismos siguientes, afectados por razón de sus competencias sectoriales, los cuales lo tienen que emitir en el plazo de un mes, salvo que una disposición autorice uno de más largo y que son los siguientes:

-Oficina Territorial de Acción y de Evaluación Ambiental

-Agencia Catalana del Agua

-Agencia Catalana de Residuos

-Confederación Hidrográfica del Ebro

-Departamento de Cultura

-Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña

-Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural

-Dirección General de Transportes y Movilidad

-Autoridad del Transporte Metropolitano

-Dirección General de Protección Civil.

-6 Comunicar este acuerdo, simultáneamente al trámite de información pública del Plan especial urbanístico autónomo, a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que constan en el documento de abasto para la evaluación ambiental estratégica, y que seguidamente se detallan, en cumplimiento del artículo 86 bis 1 c) del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo, del artículo 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y del artículo 23 de la Ley 6/2009, de evaluación ambiental de planes y programas, para que puedan emitir los informes y formular las alegaciones que consideren pertinentes, en un plazo de 45 días:

- Departamento de Cultura

- Departamento de Interior

- Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural:

   - Agencia Catalana del Agua

   - Oficina de Gestión Ambiental Unificada de Lleida

   - Dirección General de Calidad Ambiental

   - Oficina Territorial de Acción y Evaluación Ambiental

   - Sección de Medio Natural y Biodiversidad

- Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña

- Confederación Hidrográfica del Ebro

- IPCENA

- EGRELL

- Asociación Rompe

- GEPEC.

-7 Otorgar simultáneamente al trámite de información pública audiencia a los ayuntamientos del ámbito al cual confine con el del municipio de Térmens, en conformidad con el artículo 85.7 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto. En este sentido, se da audiencia en los ayuntamientos Vallfogona de Balaguer, Bellvís, Vilanova de la Barca, Menàrguens y Balaguer.

-8 Otorgar simultáneamente al trámite de información pública audiencia al Ayuntamiento de Térmens, en conformidad con el artículo 85.8 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto.

-9 El documento que se presente para la aprobación provisional tendrá que incorporar las prescripciones de las alegaciones que se deriven del periodo de información pública, así como, si procede, las prescripciones contenidas a los informes de los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales, anteriormente relacionados.

-10 Comunicar este acuerdo en el Ayuntamiento y al promotor.

 

Contra el acuerdo anterior, en cuanto que se trata de un simple acto de trámite que no decide directamente ni indirectamente el fondo del asunto, ni impide la continuación del procedimiento, ni produce indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, no se puede interponer ningún recurso, sin perjuicio que podáis alegar oposición al mencionado acuerdo para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, en conformidad con el que dispone el artículo 112. 1 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Consulta e información del expediente

El expediente restará, para la consulta e información que prevé el artículo 107 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, tal como establece el artículo 103, apartados 1 y 2, del Texto refundido mencionado.

La consulta del expediente administrativo se podrá hacer, presencialmente, en cualquier de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables.

 

Lleida, 5 de febrero de 2024

 

Mariona Surroca Cenarro

Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida

 

 

Anexo

Plano de suspensión de licencias

 

(Véase la imagen al final del documento)

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