RESOLUCIÓN PCM-DIPLOCAT relativa a la convocatoria, mediante el sistema selectivo de concurso de méritos, para proveer doce puestos de trabajo con las categorías profesionales de personal laboral fijo del Consorcio Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT) (exp. RH/2023).

En aplicación del Real Decreto 945/2017, de 27 de octubre, se procedió a la supresión del Patronat Cataluny Món - Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (PCM-DIPLOCAT), en adelante DIPLOCAT. Con el levantamiento de los efectos del Real Decreto 945/2017, de 27 de octubre, el Gobierno de la Generalitat acordó volver a poner en funcionamiento DIPLOCAT mediante el Acuerdo GOV/4/2018, de 12 de junio.

El 25 de julio de 2018, el Pleno de DIPLOCAT, reunido en sesión extraordinaria, acordó reactivar este consorcio.

Dado que el artículo 22 del Decreto 149/2012, de 20 de noviembre, de modificación de los Estatutos y de la denominación del Patronat Cataluny Món, que se convierte en Patronato Catalunya Món - Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (PCM-DIPLOCAT) en relación con el régimen de personal dispone que DIPLOCAT se puede nutrir tanto de personal existente en las instituciones y entidades que lo integran como de contrataciones externas, de acuerdo con las disposiciones que sobre esta materia sean de aplicación en cada caso;

Dado que el Acuerdo del Pleno de DIPLOCAT de 21 de diciembre de 2020 aprobó la oferta de empleo público de 10 plazas para personal laboral fijo del consorcio DIPLOCAT, correspondientes al ejercicio 2020, y de estas 10 plazas 7 corresponden a la categoría A1 (licenciado) y 3 a la categoría C1 (técnico administrativo) (DOGC núm. 8350, de 25/02/2021);

Dado que el Acuerdo del Pleno de DIPLOCAT de 13 de diciembre de 2022 aprobó la oferta de empleo público de 3 plazas para personal laboral fijo del consorcio DIPLOCAT, correspondientes al ejercicio 2022, y de estas 3 plazas 2 corresponden a la categoría A1 (licenciado) y 1 a la categoría C1 (técnico administrativo) (DOGC núm. 8819, de 23/12/2022), esta oferta será objeto de ejecución parcial y incluirá 2 puestos de trabajo, 1 de la categoría A1 (licenciado) y 1 de la categoría C1 (técnico administrativo);

Considerando lo que establece el VI Convenio colectivo único de ámbito de Cataluña del personal laboral de la Administración de la Generalitat de Cataluña;

Considerando lo que disponen el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público;

Visto el acuerdo del Comité Ejecutivo del consorcio, del día 2 de marzo de 2020, que aprobó el organigrama y la relación de puestos de trabajo de personal laboral de DIPLOCAT, y los cuales validó el Pleno del Consorcio en la reunión que mantuvo el 28 de julio de 2020;

Dado que el Pleno de DIPLOCAT, en reunión ordinaria celebrada el día 20 de junio de 2022, aprobó la necesidad de realizar un encargo de gestión al Departamento de Acción Exterior y Gobierno Abierto —actualmente Departamento de Acción Exterior y Unión Europea— para la gestión material de las convocatorias públicas de las plazas objeto de la oferta de empleo público de DIPLOCAT 2020;

Dado que el Pleno de DIPLOCAT, en reunión ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2022, aprobó ampliar el encargo de gestión al Departamento de Acción Exterior y Gobierno Abierto —actualmente Departamento de Acción Exterior y Unión Europea— a la oferta de empleo público 2022;

Dado que el Pleno de DIPLOCAT, reunido el 13 de diciembre de 2022, acordó delegar en la persona que ocupa la Secretaría de Acción Exterior del Gobierno, en tanto en cuanto preside del Comité Ejecutivo de DIPLOCAT, la facultad para firmar las convocatorias de las plazas objeto de las ofertas de empleo público de 2020 y de 2022 de DIPLOCAT y cualquier otro acto necesario relacionado con las mismas (DOGC núm. 8819, de 23/12/2022);

Visto el acuerdo del Pleno de DIPLOCAT de fecha 14 de diciembre de 2023, por el que se acuerda convocar 12 puestos de trabajo de personal laboral fijo y por el que se aprueban las bases que rigen esta convocatoria, mediante el sistema selectivo de concurso de méritos, en relación con las categorías profesionales de personal laboral de DIPLOCAT, y en uso de las competencias que me atribuye la delegación del Pleno de DIPLOCAT de 13 de diciembre de 2022 (DOGC núm. 8819, de 23/12/2022),

 

Resuelvo:

 

—1 Convocar el proceso selectivo para proveer 12 puestos de trabajo de personal laboral fijo del consorcio DIPLOCAT (contenidos en el anexo 2) ―mediante el sistema selectivo de concurso de méritos― correspondientes a la oferta de empleo público de 2020 y a la ejecución parcial de la oferta de empleo público de 2022.

 

—2 Publicar las bases reguladoras de esta convocatoria, que constan en los anexos 1 y 2 de la presente Resolución, en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña y en la web de DIPLOCAT.

 

El proceso selectivo se rige por la normativa referenciada en la parte expositiva y por el resto de normativa mencionada en las bases de la convocatoria.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente un recurso de reposición ante el órgano convocante en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que disponen el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o bien directamente un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 17 de enero de 2024

 

Por delegación del Pleno de DIPLOCAT (DOGC nº. 8819, de 23/12/2022)

Miquel Royo Vidal

Secretario de Acción Exterior del Gobierno y de la Unión Europea y presidente del Comité Ejecutivo de DIPLOCAT (artículo 10.b) del Decreto 149/2012, DOGC nº. 6259, de 22.11.2012)

 

 

Anexo 1:

Bases de la convocatoria

 

Bases comunes

 

—1 Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regir el proceso selectivo que se convoca mediante el sistema de concurso de méritos con relación a las plazas de personal laboral fijo que constan en el anexo 2 de la presente Resolución.

En el anexo 2 se detallan los 12 puestos de trabajo objeto de esta convocatoria de los 13 que estaban previstos en las ofertas de empleo público del consorcio para los ejercicios 2020 y 2022; los requisitos específicos para cada uno de los puestos de trabajo, así como las funciones que les corresponden.

 

—2 Requisitos de participación.

2.1 Requisitos generales

Para ser admitidas en el proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos que se determinan a continuación. Estos requisitos deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y deben mantenerse hasta la fecha de la formalización por escrito de los contratos de trabajo.

a) Nacionalidad

Tener la nacionalidad española o la de otro Estado miembro de la Unión Europea o la de un Estado al que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras.

También pueden ser admitidos el o la cónyuge, las personas descendientes y las personas descendientes del cónyuge, tanto de ciudadanos y ciudadanas españoles como de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o de estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre y cuando los o las cónyuges no estén separados de derecho y las personas descendientes sean menores de 21 años o que sean dependientes, según art. 57.3 y 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España, pueden acceder a las administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

b) Edad

Haber cumplido 16 años y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa para el acceso al empleo público.

c) Titulación

Estar en posesión de algunos de los títulos académicos oficiales que, en cada caso, se indican para cada uno de los puestos de trabajo de las plazas de naturaleza estructural convocadas, o bien estar en condiciones de obtenerlos antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A tal efecto, el acceso a las categorías profesionales laborales requiere, en función de su grupo de clasificación, el siguiente nivel de titulación:

- Categorías profesionales del grupo A: título universitario de grado superior o equivalente.

- Categorías profesionales del grupo C: título de bachillerato, título de técnico/a superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, título de técnico/a especialista correspondiente a Formación Profesional de segundo grado o equivalente.

Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

d) Capacidad funcional

Poseer la capacidad funcional para desempeñar las funciones de la categoría profesional laboral respecto de la que se solicita la participación.

e) No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o judicialmente inhabilitado

Para acceder al cuerpo o escala de funcionario —o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral—, las personas aspirantes no pueden haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni tampoco pueden estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

La persona aspirante nacional de otro Estado no debe estar inhabilitado, o en situación equivalente, ni debe haber sido sometido a sanción disciplinaria, o equivalente, que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.

f) Conocimientos de lengua catalana:

Las personas participantes deben acreditar estar en posesión del nivel de conocimiento de lengua catalana de suficiencia (C1), necesario para el desarrollo de las funciones de la categoría profesional del puesto de trabajo previsto, de acuerdo con los niveles de catalán que establece el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán y el Decreto 161/2002, de 11 de junio, sobre la acreditación del conocimiento del catalán y el aranés en los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo de las administraciones públicas de Cataluña.

La acreditación de los conocimientos de lengua catalana se hace mediante el certificado del nivel correspondiente y, en caso de que la persona aspirante no pueda acreditar documentalmente que posee el nivel requerido, mediante la realización de la prueba de carácter obligatorio y eliminatorio prevista en el proceso selectivo.

g) Conocimientos de lengua castellana

Las personas participantes que no tengan la nacionalidad española deben acreditar estar en posesión del nivel de conocimiento de lengua castellana (C1) necesario para el desarrollo de las funciones de la categoría profesional del puesto de trabajo previsto.

En caso de que la persona aspirante no pueda acreditar documentalmente que posee el nivel requerido, la acreditación de los conocimientos de lengua castellana se hace mediante la prueba de carácter obligatorio y eliminatorio prevista en el proceso selectivo.

h) Tasa de inscripción

Las personas aspirantes han de satisfacer la tasa de inscripción, salvo que se tenga y acredite causa de exención.

2.2 Requisitos específicos

Tener los títulos oficiales o conocimientos de los idiomas en los niveles que, en cada caso, se indican para cada una de las plazas de naturaleza estructural convocadas, según se establece en el anexo 2 de acuerdo con el Marco europeo común de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa y las equivalencias que establece la Resolución EMC/3414/2020, de 18 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo de 4 de noviembre de 2020 de la Comisión de Política Lingüística de la Junta del Consejo Interuniversitario, de actualización de las tablas de certificados y diplomas anexas al Acuerdo de la Junta del Consejo Interuniversitario de Cataluña de modificación del Acuerdo de 24 de abril de 2015, sobre el reconocimiento de certificados y títulos acreditativos de la competencia en lenguas extranjeras.

La acreditación de los conocimientos de lenguas extranjeras se realiza mediante el certificado del nivel correspondiente y, en caso de que la persona aspirante no pueda acreditar documentalmente que posee el nivel requerido, mediante la realización de la prueba de carácter obligatorio y eliminatorio prevista en el proceso selectivo.

 

—3 Solicitudes

3.1 Presentación de la solicitud

La solicitud de participación en estos procesos de selección es única en relación con cada una de las categorías profesionales laborales objeto de convocatoria que constan en el anexo 2 de la presente Resolución.

A tal efecto, las personas que deseen participar en estos procesos de selección en relación con más de una categoría profesional laboral tendrán que efectuar una solicitud por cada una de ellas.

Las solicitudes de participación deben dirigirse a DIPLOCAT en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).

La solicitudes se deben presentar telemáticamente a través de la web Tràmits gencat, mediante un formulario normalizado que debe cumplimentarse siguiendo las instrucciones que proporcione la aplicación habilitada al efecto, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, y el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital.

Este formulario y canal de presentación son de uso obligatorio. No se considerarán válidas las solicitudes que se hayan presentado con otro formulario o formato, o que se envíen por otro canal, de acuerdo con lo que establecen los artículos 16.8 y 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 85.1 del Decreto 76/2020, de 4 de agosto.

Se admiten los siguientes sistemas de identificación y firma, enumerados en el anexo de la Orden VPD/93/2022, de 28 de abril, por la que se aprueba el Catálogo de sistemas de identificación y firma electrónica:

- Los certificados electrónicos calificados que hayan sido emitidos por prestadoras de servicios de certificación (PSC) incluidas en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación, llamada Trusted Services List (TSL), publicada por el órgano competente de cualquier país de la Unión Europea de acuerdo con lo que establece el Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (ReIDAS).

- Otros sistemas de firma electrónica no criptográficos basados en los mecanismos de identificación electrónica, que se emiten de acuerdo con lo que establece el artículo 10.2, apartado c), de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Con la solicitud de participación, las personas aspirantes:

a) Declaran responsablemente:

- Que cumplen los requisitos de participación del proceso de selección respecto del que solicitan la participación, sin perjuicio de su posterior comprobación o acreditación.

- La veracidad y exactitud de los datos que indican en el formulario de la solicitud de participación, sin perjuicio de la facultad de DIPLOCAT de revisión y comprobación para su constatación.

b) Dan el consentimiento para el tratamiento de sus datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente, así como para que el órgano convocante y el Órgano Técnico de Selección hagan las comprobaciones y acreditaciones de oficio, sin perjuicio de la posibilidad o, en su caso, de la necesidad de presentación de documentación.

Los datos personales de las personas aspirantes se incorporarán al tratamiento "Convocatorias de selección de personal", según las siguientes especificaciones:

Identificación del tratamiento: convocatorias de selección de personal.

Responsable del tratamiento: DIPLOCAT.

Finalidad: gestión de los procesos de selección de personal de DIPLOCAT y elaboración de estudios e informes de género.

Derechos de las personas interesadas: puede solicitar el acceso y la rectificación de sus datos, así como la supresión, oposición o la limitación del tratamiento cuando sea procedente enviando un correo electrónico a lopd@diplocat.cat. Si considera que sus derechos no se han atendido adecuadamente puede ponerse en contacto con la delegada de protección de datos de DIPLOCAT (protecciodedades.exteriors@gencat.cat).

Asimismo, con la solicitud, las personas aspirantes declaran responsablemente que no están incluidas en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que determina la legislación vigente, o que solicitarán la autorización de compatibilidad o que ejercerán la opción que prevé el artículo 10 de la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalitat.

3.2 Presentación de documentación acreditativa

Junto con la solicitud, las personas aspirantes deben presentar:

a) Copia del comprobante de la transferencia hecha en concepto de tasa, en la que debe indicarse el nombre del aspirante y el grupo profesional al que opta. En caso de estar exento del pago de las tasas, debe adjuntarse el documento que acredite la exención del pago de la tasa en los supuestos que se indican en la base común 4.2.

b) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte español, o de la documentación acreditativa de la nacionalidad correspondiente.

c) Copia de la titulación académica necesaria para participar en el proceso, según la plaza a la que se opte, tal y como se recoge en el anexo 2 de la presente convocatoria.

d) Certificado de servicios prestados adquiridos en puestos de cualquier Administración pública y empresas públicas, emitido por el órgano competente en materia de personal, y el certificado de la vida laboral en el caso de entidades privadas.

e) Certificación acreditativa de la experiencia funcional y capacidad profesional adquirida, emitida por los órganos correspondiente de la entidad contratante, donde consten detalladas las funciones realizadas en el puesto de trabajo (tal y como se especifica en el anexo 2 del puesto de trabajo correspondiente) y donde se indique también la categoría o el nivel y el período de tiempo (días efectivos).

f) Copia de los certificados y de la documentación acreditativa de la formación complementaria realizada que puede alegar.

g) Copia de los certificados de conocimiento de lenguas extranjeras necesarios para participar en el proceso, según la plaza a la que se opte, tal y como se recoge en el anexo 2 de la presente convocatoria.

h) Copia del certificado de suficiencia de lengua catalana equivalente o superior al nivel requerido para participar en el proceso, o certificación o documentación que acredite que la persona aspirante ha participado y obtenido plaza en procesos anteriores de selección o provisión (concurso o libre designación) de personal para acceder a la Administración o a DIPLOCAT, en el que hubiera establecido una prueba de catalán del mismo nivel o superior.

i) Las personas aspirantes admitidas en el proceso selectivo que no tengan nacionalidad española deben acreditar el conocimiento de la lengua castellana, tanto en la expresión oral como en la escrita, en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de la categoría mediante la prueba de conocimientos.

Quedarán exentas de esta prueba las personas aspirantes que, a pesar de no tener la nacionalidad española, aporten, junto con la solicitud de participación, uno de los documentos que se indican a continuación:

- Certificado conforme han cursado la educación primaria y secundaria en el Estado Español.

- Copia del Diploma de español nivel B2 (marco europeo común de referencia) establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el cual se regulan los diplomas de español como lengua estrangera (DELE), o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas dirigidas a su obtención.

- Certificado de nivel intermedio B2 en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

j) Comprobantes de las exenciones o bonificaciones de la tasa. Tal y como se establece en la base 4.1 y 4.2 de la presente Resolución, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%. Se establece una bonificación del 30% sobre la tasa regulada por este capítulo para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general, y una bonificación del 50% para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, así como para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista y para los hijos que dependan de ella.

Las personas candidatas son responsables de comprobar y verificar la exactitud de su solicitud y los datos que constan.

La acreditación de la documentación aportada se realiza una vez finalizado el proceso y con carácter previo a la asignación de las plazas en el momento que determine el órgano de selección. Sin embargo, se puede pedir a la persona seleccionada la documentación original en cualquier momento del procedimiento de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si la documentación presentada no coincide con el original, la persona aspirante quedará excluida del proceso selectivo.

En caso de declarar que esta documentación, o parte de la misma, ya consta en el archivo de personal de DIPLOCAT, estarán exentos de presentar la documentación acreditativa mencionada en el apartado anterior.

 

—4 Tasa

4.1 Importe de la tasa

De acuerdo con el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Cataluña, el resto de normativa presupuestaria vigente y la Orden PRE/ 112/2023, de 9 de mayo, por la que se hace pública la relación de tasas vigentes que gestionan el Departamento de la Presidencia y los organismos y las entidades que dependen los importes de la tasa que deben satisfacer las personas que participen en estos procesos de selección, por cada una de las solicitudes que presenten, son los que, en cada caso, se indican a continuación, en función de los grupos de clasificación de las categorías profesionales laborales que se establecen en el artículo 19 del VI Convenio colectivo único.

Bonificaciones:

Se establece una bonificación del 30% sobre la tasa regulada por este capítulo para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría general, y una bonificación del 50% para miembros de familias monoparentales y numerosas de categoría especial, así como para las mujeres que acrediten la condición de víctima de violencia machista y para los hijos que dependan de ella.

a) Categorías profesionales del grupo A:

- Tasa general: 72,05 euros.

- Con la bonificación del 30%: 50,45 euros.

- Con la bonificación del 50%: 36,10 euros.

b) Categorías profesionales del grupo C:

- Tasa general: 41,35 euros.

- Con la bonificación del 30%: 28,95 euros.

- Con la bonificación del 50%: 20,70 euros.

4.2 Exenciones

En todo caso, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciban prestación económica alguna, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

4.3 Métodos de pago

El pago de la tasa, que debe efectuarse en relación con cada una de las solicitudes de participación, se ha de realizar mediante transferencia bancaria al número de cuenta corriente ES93 2100 3000 1422 0142 9669, titularidad del Patronat Catalunya Món - Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña (PCM-DIPLOCAT), haciendo constar el nombre y apellidos del aspirante y el código de referencia de la plaza a la que se presenta. Las personas aspirantes deben incluir el resguardo de pago en la presentación de la solicitud. El pago a la entidad bancaria no sustituye en ningún caso el trámite de presentación, en tiempo y forma apropiada, de la solicitud ante DIPLOCAT.

La falta de pago, el pago incompleto de la tasa o la no acreditación a efectos de exención, en caso de que no se subsane en los términos de la base 12, comporta la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación, y quedan sin efectos los derechos asociados a su participación.

No es procedente al retorno de la tasa en caso de ser excluido del proceso de selección.

 

—5 Admisión y exclusión de las personas aspirantes

5.1 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a propuesta del Órgano Técnico de Selección, el órgano convocado, dictará resolución en el plazo máximo de un mes y declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas en la convocatoria, con indicación de los motivos de exclusión, y la lista provisional de personas exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana, de la prueba de conocimientos de lengua castellana, y en su caso, de la prueba de conocimiento de las lenguas extranjeras específicas, en relación con cada una de las plazas objeto de la convocatoria, las cuales se expondrán en la web de DIPLOCAT y en el Tablón electrónico.

5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días a partir del día siguiente de la publicación de la resolución indicada para subsanar los defectos de su solicitud inicial, o para complementar la documentación requerida en la convocatoria. Se considera que desisten de su participación en el proceso selectivo as personas aspirantes que figuren como personas excluidas en esta lista provisional que no subsanen dentro de este plazo el defecto imputable que haya motivado su exclusión y que les sea imputable a ellas.

5.3 Una vez transcurridos 15 días desde la expiración del plazo previsto en la base anterior, a propuesta del órgano técnico de selección, el órgano convocante aprueba mediante una resolución —que se expone en el Tablón electrónico y en la web de DIPLOCAT— la lista definitiva de las personas admitidas y excluidas en la convocatoria, y la lista definitiva de las personas exentas de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana, la prueba de conocimientos de lengua castellana y la prueba de conocimientos de lenguas extranjeras, en su caso. En la citada resolución se indicarán, asimismo, en llamamiento único, la fecha, la hora y el lugar de realización de estas pruebas.

5.4 Con la exposición de las resoluciones indicadas se considerará hecha la oportuna notificación a las personas interesadas y se iniciarán los plazos a efectos de posibles reclamaciones o recursos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

5.5 A efectos de admisión de las personas aspirantes, se tendrá en cuenta los datos que estas hagan constar en la solicitud, y será responsabilidad suya la veracidad de estas.

5.6 Los errores materiales, de hecho y aritméticos, se pueden subsanar en cualquier momento.

 

—6 Participación de personas aspirantes con discapacidad y adaptaciones

En el caso de las personas aspirantes con certificado de discapacidad, puden señalar en la solicitud la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para la realización de las pruebas y de los ejercicios previstos en la convocatoria. En la aceptación de dichas adaptaciones o adecuaciones, es necesario tener presente lo que dispone el artículo 6 del Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional.

6.1 Las personas aspirantes con la condición legal de discapacitadas, con un grado igual o superior al 33%, tienen derecho a la adaptación, si es necesaria y deben realizarlo, de la prueba acreditativa del requisito de conocimientos de lengua catalana, de lengua castellana y lenguas extranjeras, así como del puesto de trabajo adjudicado, con las condiciones que establece el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, y las que se especifican a continuación.

Para obtener la adaptación de la citada prueba o del puesto de trabajo, es necesario disponer de un dictamen favorable de los equipos de valoración multiprofesional de la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales o del órgano que ejerza esta función (u órgano competente equivalente del resto de comunidades autónomas), emitido con ocasión de esta convocatoria, que declare que la persona aspirante cumple las condiciones para ejercer las funciones de la categoría profesional laboral respecto de la cual debe solicitado la participación, y que informe, si procede, sobre las adaptaciones necesarias para realizar la prueba o sobre la necesidad de adaptar el puesto de trabajo.

6.2 Las personas aspirantes pueden autorizar a DIPLOCAT a solicitar, en su nombre, la emisión de este dictamen pidiéndolo en la solicitud de participación. La Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales, o el órgano competente correspondiente, debe entregar una copia del dictamen a DIPLOCAT y otra a la persona aspirante, lo que le exime de presentarlo documentalmente.

Cuando los datos de la persona aspirante no consten en la Dirección General de la Autonomía Personal y la Discapacidad del Departamento de Derechos Sociales, o el órgano correspondiente, o bien cuando la persona aspirante no autorice expresamente a DIPLOCAT para solicitarlos, la persona aspirante debe solicitar el dictamen y entregarlo a DIPLOCAT antes de la realización, si procede, de la prueba acreditativa del requisito de participación de conocimientos de lengua catalana, lengua castellana o lenguas extranjeras (en caso de necesidad de adaptación de prueba), o antes del inicio de la relación laboral fija (en caso de necesidad de adaptación del puesto de trabajo).

 

—7 Órgano técnico de selección

7.1 Miembros del órgano técnico de selección.

La composición del Órgano Técnico de Selección del proceso selectivo para los puestos de trabajo relativos objeto de la presente convocatoria, tal y como se recogen en el anexo 2, está formado por las siguientes personas:

- Presidente titular: Guillermo Velasco Figueras, Secretaría de Acción Exterior del Gobierno y de la Unión Europea.

- Secretario titular: Jordi Turon Serra, Diputación de Gerona.

- Vocal titular: Marius Martínez Muñoz, Universidad Autónoma de Barcelona.

- Presidenta suplente: Eva Mestre del Pozo, Secretaría de Acción Exterior del Gobierno y de la Unión Europea.

- Secretario suplente: Jordi Llach Expósito, Diputación de Gerona.

- Vocal suplente: Esther Zapater, Universidad Autónoma de Barcelona.

Se hace constar que la persona que presida el órgano de selección y todas las vocales, así como las personas que las suplan, poseen un nivel de titulación equivalente o superior al exigido para participar en la convocatoria.

7.2 De acuerdo con lo que determinan el artículo 13 y siguientes de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, y el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, en relación con el funcionamiento de este Órgano Técnico de Selección, se establece que:

a) En los casos de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otra causa justificada de la persona que ocupe la presidencia del Órgano Técnico de Selección, esta debe ser sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal de mayor antigüedad y, si dos o más tienen la misma antigüedad, por el de mayor edad. Cuanto a la persona que ocupe la secretaría del Órgano Técnico de Selección, esta será sustituida, en función de su disponibilidad, por la correspondiente persona suplente o por el vocal o la vocal más joven.

b) En los casos de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otra causa justificada de alguno de los miembros vocales titulares del Órgano Técnico de Selección, este puede ser sustituido por cualquiera de los vocales suplentes, en función de su disponibilidad.

7.3 Los miembros del Órgano Técnico de Selección están sujetos al régimen de abstención y recusación establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, del 1 de octubre.

7.4 Los miembros del Órgano Técnico de Selección tienen que observar la oportuna confidencialidad y el secreto profesional en todo lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las sesiones que se celebren.

El Órgano Técnico de Selección ha de actuar con autonomía y debe ajustarse a los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, ajustándose su actuación al contenido de las bases.

No obstante, el Órgano Técnico de Selección ha de resolver las dudas que surjan sobre la aplicación de sus normas, así como lo que resulte en los supuestos no expresamente regulados en las bases. Corresponde, por tanto, al Órgano Técnico de Selección la aplicación e interpretación de las bases, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran originarse en la valoración de las personas candidatas, y adoptar al respecto las decisiones que estime pertinentes.

7.5 El Órgano Técnico de Selección debe decidir sobre las peticiones de adaptaciones de la prueba acreditativa del requisito de participación de conocimientos de lengua catalana, de lengua castellana y lenguas extranjeras. Con esta finalidad, puede efectuar los trámites oportunos para obtener la información que considere necesaria en relación con las adaptaciones solicitadas.

7.6 El Órgano Técnico de Selección puede acordar, si lo cree conveniente, la incorporación de asesores especialistas, con voz, pero sin voto, para que colaboren, con su especialización técnica, en la realización y desarrollo de los procesos de selección.

El órgano convocante, por sí mismo o a propuesta de la presidencia del Órgano Técnico de Selección, puede requerir, a efectos oportunos, la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que las personas aspirantes han podido incurrir en inexactitudes o falsedades. Si el Órgano Técnico de Selección tuviera en el algún momento conocimiento de que algún candidato no cumple con alguno de los requisitos fijados, o que el examen de la documentación acompañada resultara que contiene errores o falsedades que imposibilitaran el acceso al puesto de trabajo objeto de la convocatoria, el Órgano Técnico de Selección previa audiencia del interesado, propondrá al órgano convocante su exclusión, comunicándole las inexactitudes detectadas.

Asimismo, en cualquier momento el Órgano Técnico de Selección puede requerir a las personas participantes la acreditación de su identidad personal mediante la presentación de cualquier documento oficial identificativo.

7.7 El Órgano Técnico de Selección puede elevar al órgano convocante las dudas que puedan surgir en la aplicación de las bases, así como lo que sea necesario hacer en los casos no previstos.

El Órgano Técnico de Selección podrá subsanar, en cualquier momento, de oficio o instancia de las personas interesadas, los fallos de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

7.8 El secretario o secretaria del Órgano Técnico de Selección ha de levantar acta de las sesiones; estas actas se han de leer y aprobar al inicio de cada sesión, y las han de firmar el presidente o presidenta y el secretario o secretaria.

El acta final en la que figure la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes del Órgano Técnico de Selección.

7.9 Los miembros del Órgano Técnico de Selección tienen derecho a percibir las asistencias previstas en el Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón de los servicios.

 

—8 Procedimiento de selección

8.1 El sistema selectivo que rige el proceso de selección convocado por esta Resolución es el de concurso de méritos, con sujeción a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Este sistema selectivo es sin perjuicio de la realización, si procede, de la prueba de acreditación de los requisitos de participación de conocimientos de lengua catalana, de lengua castellana o de lenguas extranjeras por parte de las personas aspirantes que no estén exentas. Esta prueba tiene como única finalidad la acreditación del cumplimiento de estos requisitos de participación, de acuerdo con lo que establece el Decreto 161/2002, de 11 de junio.

La puntuación máxima del concurso es de 100 puntos distribuidos de la siguiente manera:

- Titulaciones académicas relevantes para los puestos de trabajo a abastecer: 25% (25 puntos).

- Formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las funciones: 25% (25 puntos).

- Experiencia profesional en un puesto en igual o similar categoría: 40% (40 puntos).

- Conocimiento de la lengua catalana: 10% (10 puntos).

El concurso valorará los méritos aportados y justificados documentalmente conforme al baremo y medios de acreditación que se detallan a continuación:

8.1.1. Titulaciones académicas relevantes para los puestos de trabajo a proveer (máximo 25 puntos)

Se tienen en consideración aquellas titulaciones académicas o estudios que sean relevantes para el puesto de trabajo, tal y como se especifica en el anexo 2. No se valoran los títulos académicos de nivel inferior que sean necesarios para alcanzar las titulaciones exigidas en la convocatoria, ni para alcanzar otros de nivel superior que puedan alegarse como mérito.

 

Certificado

Puntuación

Titulación académica oficial del mismo o nivel superior al exigido para el acceso a la categoría profesional

Primer ciclo de licenciatura o grado (180 créditos): 6 puntos

Segundo ciclo licenciatura o grado (240 créditos): 8 puntos

Postgrado (mínimo 18 créditos, 180 horas), máster o doctorado

De 18 a 50 créditos: 3 puntos

De 51 a 100 créditos: 6 puntos

De 101 a 180 créditos: 8 puntos

Titulación de técnico/a superior especialista

4 puntos

 

 

Se han de acreditar mediante la aportación de copias de certificación académica de aprovechamiento o asistencia, del título, del diploma, en el que conste el número de horas, o en todo caso, de la certificación de abono de los derechos de expedición. En el caso de los posgrados y másteres, deber constar necesariamente el número de horas o créditos.

8.1.2. Formación y perfeccionamiento sobre materias relacionadas con las funciones (máximo 25 puntos)

a) Cursos o estudios de formación o perfeccionamiento (máximo 13 puntos)

Las certificaciones de la realización de cursos sólo se valoran si consta la acreditación del número de horas de duración de los mismos. El baremo de aplicación es de 0,5 puntos por cada curso realizado inferior a 40 horas; 0,75 puntos por cada curso de duración entre 40 y 59 horas; 1 punto por cada curso de duración entre 60 y 79 horas, y 1,5 puntos por cada curso de duración de 80 horas o más. No son objeto de valoración la asistencia a jornadas o congresos, ni los cursos de duración inferior a 10 horas.

b) Conocimiento de lenguas extranjeras (máximo 6 puntos).

Se valoran los conocimientos de lenguas extranjeras superiores al nivel requerido que garanticen la máxima adecuación para el desempeño del puesto de trabajo superior. También se valorarán los conocimientos de otras lenguas extranjeras distintas a las requeridas.

Para acreditar el conocimiento de idiomas, es necesario aportar copia de la certificación académica o de los títulos alegados como méritos o, en todo caso, de la certificación de abono de los derechos de expedición de estos.

En el supuesto de disponer de varios certificados del mismo idioma, solo se valorará el de mayor nivel.

 

Conocimientos de idiomas

Puntuación

Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel C2 del Marco europeo común de referencia

2 puntos

Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel C1 del Marco europeo común de referencia

1,5 puntos

Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel B2 del Marco europeo común de referencia

0,75 puntos

Certificado que acredite el nivel de capacitación lingüística del nivel B1 del Marco europeo común de referencia

0,5 puntos

 

 

c) Competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) (máximo 6 puntos)

Se valoran los certificados de acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) y los certificados declarados equivalentes, con un máximo de 6 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

- ACTIC nivel avanzado - 6 puntos

- ACTIC nivel medio - 4 puntos

- ACTIC nivel básico - 2 puntos

En caso de disponer de varios certificados, se valora únicamente el de mayor nivel.

8.1.3. Experiencia profesional (puntuación máxima 40 puntos)

a) Servicios prestados (máximo 30 puntos)

- Servicios prestados con carácter temporal en el Consorcio DIPLOCAT en la misma categoría profesional laboral de la plaza convocada:

 

 

Periodo temporal

Puntuación

Hasta 2006

0,166 por mes completo

Del 1/1/2007 al 31/12/2015

0,333 por mes completo

Del 1/1/2016 a la fecha convocatoria

0,666 por mes completo

 

 

En cuanto a los servicios prestados en DIPLOCAT, no es necesario acreditarlos; se valoran de oficio para aquellas personas aspirantes que los hayan alegado en la solicitud de participación.

- Servicios prestados con carácter temporal en otras administraciones públicas o en el sector privado en categorías profesionales laborales asimiladas a las de DIPLOCAT:

 

Periodo temporal

Puntuación

Hasta 2006

0,055 por mes completo

Del 1/1/2007 al 31/12/2015

0,111 por mes completo

Del 1/1/2016 a la fecha convocatoria

0,222 por mes completo

 

 

Los servicios prestados tienen que acreditarse con certificados del órgano competente en materia de personal emitido por la entidad o Administración pública contratante (certificado de servicios prestados).

En cualquier caso, debe quedar perfectamente acreditada tanto la categoría laboral como el tiempo trabajado, y en caso de que no sea así, no se valorará.

En el supuesto de simultanearse dos actividades en el mismo período, solo se puntúa una de ellas —la experiencia más valorada según los apartados anteriores— a efectos de la valoración de méritos.

Se establece expresamente que no se valoran los méritos no invocados, ni tampoco aquellos que aun siendo invocados, no sean debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias por los solicitantes, mediante cualquiera de los medios autorizados en derecho, sin que proceda requerimiento de enmienda posterior por parte de la Administración.

b) Méritos específicos adecuados a las características de cada puesto de trabajo (máximo 10 puntos)

Se valoran los conocimientos profesionales específicos previos requeridos y experiencia profesional específica previa adquirida que garantice su adecuación para el puesto de trabajo.

Se valoran los conocimientos y experiencia profesional específicos para cada puesto de la convocatoria que están definidos en el anexo 2.

En este apartado se tienen en cuenta los conocimientos profesionales, experiencia necesaria y otras condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo.

A estos efectos, se proceden a valorar como méritos específicos los conocimientos o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias, de acuerdo con lo establecido en el anexo 2 de la convocatoria, en función de las características de los distintos puestos de trabajo convocados.

Deben ser acreditados con un certificado de la entidad en el que se describan las tareas concretas desarrolladas (certificación acreditativa de la experiencia y capacitación profesional adquirida).

A fin de garantizar la adecuación para cada puesto de trabajo convocado, la valoración de los conocimientos profesionales previos requeridos y de la experiencia previa adquirida se desglosa en el anexo 2 de la presente resolución.

8.1.4. Conocimiento de la lengua catalana (máximo 10 puntos)

Se valoran los conocimientos de la lengua catalana de nivel superior al exigido.

Para acreditar el conocimiento, debe aportarse copia de la certificación académica o fotocopia compulsada de los títulos alegados como méritos o, en todo caso, de la certificación de abono de los derechos de expedición de los mismos.

Se valoran los conocimientos de lengua catalana, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con la siguiente distribución:

 

Conocimientos de la lengua catalana

Puntuación

Certificado de nivel de conocimientos de lengua catalana superior al exigido, como requisito de participación, en la convocatoria

2,5 puntos

Certificado de conocimientos de lenguaje administrativo

2,5 puntos

Certificado J, de conocimientos de lenguaje jurídico

2,5 puntos

Certificado K, de capacitación para la corrección de textos orales y escritos

2,5 puntos

 

 

8.2. La calificación de esta fase se determina sumando las puntuaciones obtenidas por la persona aspirante por cada uno de los méritos y capacidades acreditados, siendo 100 la puntuación máxima alcanzable.

8.3 En la fase de concurso se valoran los méritos y capacidades de la persona aspirante hasta la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC.

No se valoran los alegados con posterioridad a la finalización de ese plazo.

En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos alegados, dando lugar a dudas en el Órgano Técnico de Selección, los mismos no se tendrán en cuenta y no serán valorados, ni puntuados.

8.4 En el caso de los méritos declarados que no consten en el archivo de personal de DIPLOCAT, la acreditación se hace de acuerdo con lo siguiente:

a) Los servicios prestados en cualquier administración pública o entidad se tienen que acreditar mediante un certificado emitido por el órgano competente en materia de personal de la entidad o Administración pública contratante, con indicación del tiempo trabajado en días efectivos de trabajo y el grupo o categoría laboral, y el informe de vida laboral de la Seguridad Social.

b) La experiencia funcional y capacidad profesional adquirida, (méritos específicos adecuados a las características de cada puesto de trabajo) debe acreditarse de manera que queden suficientemente justificados los siguientes elementos: la fecha de inicio y fin de la relación laboral, el régimen jurídico y la vinculación, categoría profesional, las funciones desarrolladas y jornada laboral.

La experiencia en administraciones públicas debe acreditarse mediante certificación del órgano competente en materia de personal. En cuanto a la experiencia adquirida en el sector privado, debe acreditarse mediante certificado donde consten detalladas las funciones realizadas en el puesto de trabajo, indicando también la categoría/nivel y el período de tiempo (días efectivos).

c) Las titulaciones académicas, la formación y el perfeccionamiento y los conocimientos de lenguas y la acreditación de competencias en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC) susceptibles de valoración deben acreditarse mediante justificante o certificación del órgano competente.

8.5 Prueba de conocimientos de lengua catalana.

8.5.1. Convocatoria para la realización de la prueba

Esta prueba se realiza en llamamiento único, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano Técnico de Selección, según dispone la base 5.3.

La no comparecencia a la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba de esta con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba, se realiza un único segundo llamamiento o, en su caso, se modificará la fecha del llamamiento único establecido.

En caso de una segunda convocatoria, el Órgano Técnico de Selección fija la fecha de realización de la prueba aplazada, de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba aplazada debe celebrarse antes de los resultados de la prueba al que no se ha podido asistir, y el Órgano Técnico de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

Las personas aspirantes tienen que presentar la documentación acreditativa de los conocimientos de lengua catalana o indicar que se encuentran en uno de los supuestos de exención recogidos en la base 2.1.f), dentro del plazo de 20 días hábiles de presentación de solicitudes.

La acreditación de los conocimientos se lleva a cabo mediante la realización ante miembros del Órgano Técnico de Selección y en su caso, con los asesores especialistas que este designe, de una prueba que consta de dos partes:

- Primera: se evalúan el dominio de la expresión escrita, mediante la redacción de un texto de 200 palabras como mínimo, y los conocimientos prácticos de lengua, por medio de cinco bloques de preguntas sobre aspectos lingüísticos relacionados con las funciones propias de las plazas convocadas.

- Segunda: consiste en la lectura en voz alta de un texto y conversación sobre temas generales de actualidad para evaluar la expresión oral.

El órgano técnico de selección fija el tiempo para realizar esta prueba, que no puede ser superior a 1 hora para la primera parte y 30 minutos para la segunda.

La calificación de la prueba es de apto o no apto.

8.6 Prueba de conocimientos de lengua castellana.

8.6.1. Convocatoria para la realización de la prueba

Esta prueba se realiza en llamamiento único, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano Técnico de Selección, según dispone la base 5.3.

La no comparecencia a la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba, se realiza un único segundo llamamiento o, en su caso, se modificará la fecha del llamamiento único establecido.

En caso de una segunda convocatoria, el Órgano Técnico de Selección fijará la fecha de realización de la prueba aplazada, de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba aplazada debe celebrarse antes de los resultados de la prueba al que no se ha podido asistir, y el Órgano Técnico de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

Tiene carácter obligatorio y eliminatorio para las personas aspirantes que carecen de la nacionalidad española o la nacionalidad de un Estado donde la lengua castellanes oficial, y no han acreditado los conocimientos de lengua castellana requeridos de conformidad con lo que se establece con la base 2.1.g).

Las personas aspirantes tienen que presentar la documentación acreditativa de los conocimientos de lengua castellana o indicar que se encuentran en uno de los supuestos de exención recogidos en los apartados anteriores, dentro del plazo de 20 días hábiles de presentación de solicitudes.

La acreditación de los conocimientos se lleva a cabo mediante la realización ante miembros del Órgano Técnico de Selección y en su caso, con los asesores especialistas que este designe, de una prueba que consiste en la realización de una redacción de 200 palabras, como mínimo, y al mantener una conversación con miembros del Órgano Técnico de Selección y, en su caso, con los asesores especialistas que este designe.

El tiempo para la realización de esta prueba no puede ser superior a 45 minutos para la primera parte y de 15 minutos para la segunda.

La calificación de la prueba es de apto o no apto.

8.7 Prueba de conocimientos de las lenguas extranjeras.

8.7.1. Convocatoria para la realización de la prueba

Esta prueba se realiza en llamamiento único, en el día, hora y localidad que se señale por Acuerdo del Órgano Técnico de Selección, según dispone la base 5.3.

La no comparecencia a la prueba comporta la exclusión del proceso de selección en el que se participa, quedando sin efectos los derechos asociados a su participación.

No obstante lo anterior, las aspirantes embarazadas a las que les coincida la fecha de realización de la prueba con la fecha del parto o los días inmediatamente anteriores o posteriores, de tal modo que les impida asistir a la prueba el día de celebración acordado, pueden solicitar al Órgano Técnico de Selección su aplazamiento en el plazo de los tres días hábiles siguientes al nacimiento, para lo que deben presentar el justificante médico correspondiente.

En los casos de aplazamiento de prueba, se realiza un único segundo llamamiento o, en su caso, se modifica la fecha del llamamiento único establecido.

En caso de una segunda convocatoria, el Órgano Técnico de Selección fija la fecha de realización de la prueba aplazada, de forma que este aplazamiento no menoscabe los derechos de las demás personas aspirantes. La prueba aplazada debe celebrarse antes de los resultados de la prueba o ejercicio al que no se ha podido asistir, y el Órgano Técnico de Selección debe garantizar la uniformidad en el nivel de dificultad y en los criterios de corrección.

Las personas aspirantes tienen que presentar la documentación acreditativa de los conocimientos de la lengua o lenguas extranjeras en los niveles que, en cada caso, se indican para cada una de las plazas de naturaleza estructural convocadas, según se establece en el anexo 2, y tal y como se establece en la base 2.2.

La acreditación de los conocimientos se lleva a cabo mediante la realización ante miembros del Órgano Técnico de Selección y en su caso, con los asesores especialistas que este designe, de una prueba que consiste en la realización de una redacción de 200 palabras, como mínimo, y mantener una conversación con miembros del Órgano Técnico de Selección y, en su caso, con los asesores especialistas que este designe.

El tiempo para la realización de esta prueba no puede ser superior a 45 minutos para la primera parte y de 15 minutos para la segunda.

La calificación de la prueba es de apto o no apto.

 

— 9 Publicación de los resultados

9.1 Resultados de las pruebas y ejercicios obligatorios y que se indican en la fase de concurso recogida en la base 8 de la presente Resolución

Con posterioridad a su realización, el Órgano Técnico de Selección publicará en el Tablón electrónico y en la web de DIPLOCAT el acuerdo relativo al resultado de las pruebas obligatorias que se indican en la base 8 de la presente Resolución, en relación con los procesos en que hayan sido realizados.

Con esta publicación se considera realizada la oportuna notificación a las personas interesadas, y se iniciarán los plazos a efectos de posibles recursos.

La valoración provisional de los méritos obtenida por las personas aspirantes se hace pública una vez finalizadas todas las pruebas y ejercicios obligatorios que se indican en las base 8 de la presente Resolución.

Las personas aspirantes disponen de un plazo de 10 días a contar a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada valoración para presentar las alegaciones que consideren necesarias.

El Órgano Técnico de Selección, una vez estimadas o desestimadas las alegaciones presentadas, hace pública la valoración definitiva de los méritos acreditados por las personas aspirantes en la fase de concurso de méritos.

 

—10 Resolución de empates

En caso de empate en la puntuación de los méritos a valorar, el orden de puntuación se establece a favor de la persona aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en el mérito de servicios prestados.

En caso de que la puntuación en el mérito de servicios prestados sea la misma, el empate se resuelve, finalmente, en favor de la persona aspirante que tenga el mayor tiempo de servicios prestados en puestos de trabajo de la misma categoría profesional laboral objeto de convocatoria en la cual se haya solicitado la participación, computando, al efecto, todos los días de prestación de servicios.

 

—11 Propuesta de contratación como personal laboral fijo

El Órgano Técnico de Selección publica, de forma conjunta con el acuerdo de la valoración definitiva del concurso, los resultados del concurso de méritos, con la puntuación final ordenada y la propuesta de contratación como personal laboral fijo de las personas aspirantes que, atendiendo al número de plazas convocadas en cada caso, hayan superado cada uno de los procesos de selección convocados.

 

—12 Acreditación de requisitos

Junto con la propuesta de contratación como personal laboral fijo, se requiere a las personas aspirantes a las que no se les haya podido comprobar de oficio la totalidad de los requisitos para participar en el proceso de selección correspondiente para que presenten la correspondiente documentación acreditativa dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de contratación como personal laboral fijo.

Las personas aspirantes propuestas para la contratación como personal laboral fijo que no presenten la documentación requerida, así como aquellas que, una vez efectuada la oportuna comprobación, no cumplan las condiciones y los requisitos de participación exigidos no podrán ser contratadas como personal laboral fijo, siendo excluidas del correspondiente proceso de selección y restando sin efectos los derechos asociados a su participación.

Esta exclusión determinará que el Órgano Técnico de Selección deba efectuar la correspondiente nueva propuesta de contratación como personal laboral fijo, de conformidad con lo previsto en la base 11.

 

—13 Contratación como personal laboral fijo y período de prueba

13.1 Una vez verificado que las personas propuestas han presentado la documentación acreditativa y reúnen los requisitos y condiciones requeridos, el órgano convocante dictará la resolución de la convocatoria, la cual se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).

Dentro del plazo máximo de un mes a contar desde la publicación de la referida resolución, el órgano convocante procede a la formalización por escrito del contrato de trabajo como personal laboral fijo.

13.2 Periodo de prueba

Las personas a las que se les formalice un contrato de trabajo como personal laboral fijo deberán superar, en su caso, un período de prueba, según el grupo de clasificación de la correspondiente categoría profesional laboral.

En todo caso, a los trabajadores o trabajadoras que accedan a la condición de fijos que anteriormente, y sin solución de continuidad, hayan ocupado puestos de trabajo de las mismas características mediante contrato temporal en DIPLOCAT, se les computará el tiempo trabajado en el efecto de cumplir el período de prueba.

 

—14 Publicaciones, información del desarrollo de los procesos de selección y presentación de escritos y documentación

Las publicaciones oficiales relativas a la convocatoria se realizan a través del Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) y del Tablón electrónico y en la web de DIPLOCAT.

Igualmente, estas publicaciones, así como el resto de actos que se deriven y los contenidos informativos a los que se refieren las bases de esta convocatoria, se pueden consultar en la web de DIPLOCAT.

Asimismo, a través de los apartados Estado de tus gestiones o del Área Privada de la web Tràmits gencat, las personas aspirantes pueden obtener información actualizada e individualizada sobre su participación en el proceso o procesos de selección en los que participen.

 

—15 Régimen de alegaciones e impugnaciones

15.1. Resoluciones del órgano convocante

Contra las resoluciones del órgano convocante que aprueba la convocatoria, la lista de personas aspirantes admitidas y excluidas y la relación de personas que han superado el proceso de selección correspondiente, u otras resoluciones definitivas, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la su publicación.

15.2 Acuerdos del Órgano Técnico de Selección

Contra los acuerdos del Órgano Técnico de Selección de valoración definitiva de las pruebas y méritos, de propuesta de contratación como personal laboral fijo, u otros actos de trámite cualificados previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada, ante el órgano convocante, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.

Contra el resto de actos de trámite del Órgano Técnico de Selección, las personas aspirantes pueden presentar las alegaciones que consideren convenientes ante el Órgano Técnico de Selección, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la notificación o publicación de este acto, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

15.3 Canales de presentación de documentación, escritos, recursos administrativos y alegaciones

Las personas aspirantes deben presentar sus escritos, documentación y sus recursos administrativos mediante el apartado Estado de tus gestiones o del Área Privada de la web Tràmits gencat.

Las personas aspirantes deben presentar sus alegaciones a través del apartado Estado de tus gestiones o del Área Privada de la web Tràmits gencat.

 

 

Anexo 2:

Puestos de trabajo objeto de la convocatoria

 

- A1 - 8 plazas en 2 grupos diferenciados:

    - 3 del área de Comunicación y Prensa

    - 5 del área de Proyectos

- C1 - 4 plazas en 2 grupos diferenciados

    - 2 del área de Proyectos

    - 2 del área de Gestión Económica y Contratación Pública

 

8 plazas de la categoría A1 distribuidas de la siguiente forma:

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: director/a ejecutivo/va

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: DirEx.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (32.892,71 € anuales el 2023)

 

1. Requisitos:

- Conocimientos acreditados del inglés de nivel C1, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa.

 

2. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado en el ámbito de derecho, ciencias económicas y empresariales, ciencias políticas o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos.

 

3. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Coordinar el equipo de DIPLOCAT para desplegar y ejecutar el plan de trabajo de acuerdo con los Estatutos de la entidad y su plan estratégico, con el fin de conectar y dar a conocer Cataluña al mundo, así como reforzar la capacidad de internacionalización de la sociedad civil catalana, contribuyendo a posicionar la imagen, la reputación y la proyección internacional de Cataluña. Esto debe llevarse a cabo, creando sinergias entre los miembros del consorcio y promoviendo la colaboración público-privada.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Dar apoyo directo al secretario o secretaria general en el diseño y en el despliegue de la estrategia de actuación del consorcio.

b) Velar por el cumplimiento del plan estratégico de la entidad y los sucesivos planes de trabajo anuales.

c) Coordinar y supervisar a los diferentes responsables de las áreas de trabajo de DIPLOCAT, velando por la coherencia de las diferentes áreas de trabajo, el trabajo colaborativo y por la ejecución de un amplio abanico de proyectos de proyección exterior realizados tanto en Cataluña como en países de todo el mundo.

d) Impulsar y ejecutar determinadas actuaciones relevantes para la entidad, encargadas específicamente por el secretario o secretaria general.

e) Coordinar los objetivos de DIPLOCAT con el Plan de Gobierno y velar por las relaciones con otras instituciones.

f) Apoyar a la Secretaría General en las relaciones gubernamentales y en el enlace con las entidades miembros del consorcio y el Consejo Consultivo, con empresas del sector privado y organizaciones de la sociedad civil.

g) Asesorar al secretario o secretaria general en las reuniones de los órganos de gobierno, de gestión y consultivos de DIPLOCAT.

h) Desarrollar la cultura corporativa de DIPLOCAT

i) Proponer, programar y dirigir actividades informativas, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

j) Asistir a actas por delegación del secretario o secretaria general y ejercer la representación de DIPLOCAT cuando proceda.

k) Dirigir el contenido de las estancias en prácticas dirigidas al alumnado del ámbito de las relaciones internacionales.

l) Cualquier otra tarea de naturaleza análoga que le sea encomendada por el secretario o secretaria general en atención a las necesidades del servicio y el despliegue óptimo de los objetivos de la entidad.

 

4. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la redacción de planes estratégicos y de planes de trabajos anuales de una entidad pública: 2 puntos.

- Experiencia en interlocutar con entidades miembros de un consorcio público: 1,5 puntos.

- Experiencia en la coordinación, organización y asistencia a las reuniones de los órganos de dirección de un consorcio público: 1,5 puntos.

- Experiencia en la organización y coordinación de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la dirección de programas de estancias de estudiantes en prácticas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la organización de programas de visitas internacionales (PVI) o de intercambios de experiencias: 1,5 puntos.

- Experiencia en la revisión o elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la coordinación de equipos: 1 punto.

 

5. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Resolución de problemas y toma de decisiones

- Comunicación

- Empatía y escucha activa

- Trabajo en equipo

- Capacidad de iniciativa y liderazgo

- Negociación

- Tolerancia a la presión

- Resolución de conflictos

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: director del área de comunicación y prensa

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: DirCP.

Categoría profesional: área de Comunicación y Prensa

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (24.943,86 € anuales el 2023)

 

1. Requisitos:

- Conocimientos acreditados del inglés de nivel C1 o superior, según el Marco europeo común de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa.

 

2. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado en el ámbito de periodismo, comunicación o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos.

 

3. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Comunicar hacia el exterior la existencia de DIPLOCAT y las actuaciones que realiza, así como las tomas de posición de la persona que sea la máxima responsable, utilizando todas las herramientas disponibles y velando en todo momento por la buena imagen del consorcio y de los miembros que lo integran.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Redactar y supervisar el desarrollo del plan de comunicación.

b) Coordinar al equipo de personas que se dedican a tareas de prensa y comunicación.

c) Dar a conocer las actividades de DIPLOCAT.

d) Atender a los medios de comunicación y dar respuesta a sus demandas.

e) Supervisar y organizar las entrevistas del secretario o secretaria general.

f) Supervisar el buen uso de todas las herramientas que se utilicen en los procesos de comunicación, incluidas las redes sociales.

g) Proponer, programar y dirigir actividades relacionadas con los medios de comunicación, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

h) Garantizar la fluidez de la comunicación interna.

i) Idear acciones y poner en marcha instrumentos para dar a conocer Cataluña en el mundo.

j) Realizar los argumentarios de comunicación institucional.

k) Velar por la correcta aplicación de las medidas incluidas en la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

l) Supervisar las respuestas a las preguntas parlamentarias y las solicitudes de acceso a la información pública (SAIP).

m) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

4. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la elaboración de argumentarios de comunicación institucional: 1 punto.

- Experiencia en la realización de campañas de comunicación o estrategias de información: 1 punto.

- Experiencia en contactar con los medios de comunicación: 0,5 puntos.

- Experiencia en la organización de ruedas de prensa: 1 punto.

- Experiencia en la confección de dosieres o recopilaciones de prensa: 0,5 puntos.

- Experiencia en la redacción de notas y comunicados de prensa: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión y realización de contenidos para redes sociales: 0,5 puntos.

- Experiencia en el mantenimiento y actualización de bases de datos y webs: 0,5 puntos.

- Experiencia en la organización de cursos, programas de visitas, conferencias o seminarios dirigidos a los medios de comunicación sobre temas relacionados con la proyección internacional de Cataluña, las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1 punto.

- Experiencia en la supervisión de los contenidos de boletines electrónicos, publicaciones, respuesta a SAIP y preguntas parlamentarias, páginas WEB y otras herramientas de comunicación: 1 punto.

- Experiencia en la elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión de presupuestos y contratos menores relacionados con la organización de actividades públicas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la promoción y difusión de actividades públicas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la edición de fotografías, vídeos para páginas web y redes sociales: 0,5 puntos.

- Experiencia en velar por la correcta aplicación de la normativa sobre transparencia: 0,5 puntos.

 

5. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

-Planificación y organización

-Rigor y método

- Gestión de la información

- Comunicación

-Empatía y escucha activa

-Trabajo en equipo

-Capacidad para liderar

-Tolerancia a la presión

-Iniciativa, autonomía y proactividad

-Flexibilidad y adaptabilidad

Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: responsable de comunicación

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: RC.

Categoría profesional: área de Comunicación y Prensa

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (6.562,92 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Estudios en diseño gráfico y edición de imágenes, lenguaje HTML y gestión de páginas web.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Garantizar la identidad corporativa de la entidad de acuerdo a la normativa de aplicación de la propia marca, con el fin de dar una imagen coherente de la entidad en todo momento, tanto a nivel interno como externo.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Elaborar material corporativo de comunicación de la entidad.

b) Supervisar la imagen, diseño y estilo de las publicaciones, notas y documentos de la entidad en los diferentes formatos.

c) Elaborar el diseño, edición y maquetación de las publicaciones propias de DIPLOCAT.

d) Gestionar la estructura, el diseño y la imagen de la entidad, así como actualizar los contenidos del sitio web y velar por su accesibilidad.

e) Colaborar en la elaboración de contenidos, publicaciones y documentación de la entidad.

f) Apoyar en la elaboración del plan de comunicación del consorcio.

g) Participar en el plan de trabajo de la entidad.

h) Participar en campañas y actuaciones de comunicación.

i) Coordinar la elaboración de la memoria anual de actividades de la entidad.

j) Supervisar la buena aplicación las marcas registradas por parte de la entidad

k) Cualquier otra tarea de análoga naturaleza que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la gestión y realización de imágenes y material corporativo para redes sociales: 1 punto.

- Experiencia en el mantenimiento y actualización de webs: 1,5 puntos.

- Experiencia en la maquetación de documentos: 1,5 puntos.

- Experiencia en la edición de publicaciones o documentos: 1,5 puntos.

- Experiencia en la elaboración, diseño y aplicación de marcas: 1,5 puntos.

- Experiencia en la edición de fotografías, vídeos para páginas web y redes sociales: 0,5 puntos.

- Experiencia en velar por la correcta aplicación de la normativa sobre transparencia: 0,5 puntos.

- Experiencia en velar por la correcta aplicación de la normativa sobre accesibilidad de documentos y páginas web: 1,5 puntos.

- Experiencia en la promoción y difusión de actividades públicas: 0,5 puntos.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: responsable de prensa - gestor/a de proyectos

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: RP/GP.

Categoría profesional: área de Comunicación y Prensa

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (6.562,92 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado o equivalente en el ámbito de gestión de información y documentación, periodismo.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos, o gestión de la información y documentación.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Hacer el seguimiento de los medios de comunicación nacionales e internacionales para conocer la actualidad catalana y internacional, difundir la información de interés entre el personal de DIPLOCAT y hacer conocedores a los medios de comunicación internacionales de la realidad catalana, para proyectar una imagen fidedigna de la realidad de Cataluña en el exterior.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Hacer seguimiento de la información referente a Cataluña en los medios de comunicación y otros canales.

b) Proponer dosieres analíticos del grado de difusión de la realidad catalana en el exterior.

c) Apoyar en la preparación de ruedas de prensa y elaborar notas de prensa.

d) Mantener relaciones estables con medios nacionales, estatales e internacionales.

e) Ampliar y mantener actualizada la red de contactos a nivel internacional.

f) Gestionar contenidos web.

g) Crear y gestionar bases de datos para la explotación eficiente de la información.

h) Elaborar infografías o folletos de información para la proyección de la entidad o del país.

i) Apoyar y participar en la elaboración de los cursos destinados a la formación del personal al servicio de las administraciones públicas catalanas y de las entidades miembros del consorcio.

j) Proponer, programar y dirigir actividades informativas, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

k) Responsable de protección de datos y velar por la correcta aplicación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de desembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos, RGPD) en las actuaciones del consorcio.

l) Gestionar el archivo de la entidad, tanto informático como en papel.

m) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la realización de campañas de comunicación o estrategias de información: 0,5 puntos.

- Experiencia en contactar con los medios de comunicación: 0,5 puntos.

- Experiencia en la realización de recopilaciones de prensa: 1,5 puntos.

- Experiencia en la redacción de notas y comunicados de prensa: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión y realización de contenidos para redes sociales: 0,5 puntos.

- Experiencia en el mantenimiento y actualización de bases de datos y webs: 1 punto.

- Experiencia en la organización de cursos, conferencias o seminarios sobre temas relacionados con la proyección internacional de Cataluña, las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1 punto.

- Experiencia en la elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión de presupuestos y contratos menores relacionados con la organización de actividades públicas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la promoción y difusión de actividades públicas: 0,5 puntos.

- Experiencia en el archivo documental: 1,5 puntos.

- Experiencia en velar por la correcta aplicación de la normativa sobre protección de datos de carácter personal: 1,5 puntos.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: gestor/a de proyectos senior

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: GPS.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (29.424,05 € anuales el 2023)

 

1. Requisitos:

- Conocimientos acreditados del inglés de nivel C1 o superior, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa.

 

2. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado o equivalente en el ámbito de derecho, ciencias económicas y empresariales, ciencias políticas, pedagogía, o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos.

 

3. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Impulsar y ejecutar actuaciones relevantes de la entidad: proponer, programar, dirigir y realizar el programa de formación y las actividades públicas de la entidad de acuerdo con los Estatutos de la misma y el plan de trabajo anual con el objetivo de promover la formación de especialistas en temas internacionales en Cataluña, dar a conocer Cataluña internacionalmente, y promover los debates sobre la agenda internacional en Cataluña. También realizar las funciones propias para una buena gestión de los recursos humanos del consorcio.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Coordinar y supervisar los diferentes gestores y gestoras de proyectos, velando por la coherencia y la ejecución de un amplio abanico de proyectos de proyección exterior realizados tanto en Cataluña como en países de todo el mundo, dando así cumplimiento al plan estratégico y los planes de trabajo anuales aprobados por el Pleno de DIPLOCAT.

b) Proponer, programar y dirigir el programa de becas para realizar estudios en el extranjero.

c) Coordinar, planificar y supervisar los cursos destinados a la formación del personal al servicio de las administraciones públicas catalanas y de las entidades miembros del consorcio.

d) Proponer, programar y dirigir actividades informativas, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

e) Representar al secretario o secretaria general de DIPLOCAT en algunas de las actividades públicas.

f) Establecer el contacto con algunos de los miembros del consorcio para el despliegue conjunto de actividades públicas o programas de formación.

g) Realizar los presupuestos de las actuaciones mencionadas y realizar su seguimiento.

h) Gestionar y administrar al personal del consorcio.

i) Planificar la formación del personal.

j) Implementar y realizar el seguimiento de las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en la entidad, y realizar la auditoría correspondiente.

k) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

4. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la organización y coordinación de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la definición de contenidos para la realización de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la revisión y elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la docencia en temas relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la organización de programas de visitas internacionales (PVI) o de intercambios de experiencias: 1 punto.

- Experiencia en la identificación de expertos o de actores activos en la proyección exterior: 0,5 puntos.

- Experiencia en la coordinación de programas de estancias de estudiantes en prácticas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión y la administración de becas: 1 punto.

- Experiencia en la gestión de presupuestos relacionados con la organización de actividades públicas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión de recursos humanos: 1,5 puntos.

 

5. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Resolución de problemas y toma de decisiones

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Capacidad para liderar

- Negociación

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: técnico/a del área de Proyectos - redes sociales

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: GPX.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (6.562,92 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado o equivalente en el ámbito de derecho, ciencias económicas y empresariales, ciencias políticas, pedagogía, o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos y en formación en métodos pedagógicos o de enseñanza.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Ejecutar las actuaciones en proyección digital de acuerdo con la misión de la institución y el contexto internacional para promover la presencia de Cataluña en la red y explicar la realidad catalana en el exterior.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Planificar las diferentes campañas de proyección y monitorización digital para promover la presencia de Cataluña en la red

b) Crear contenidos para redes sociales y otras plataformas digitales acordes con la planificación de proyección digital

c) Proponer campañas y actuaciones de proyección cultural buscando sinergias con instrumentos y estrategias de proyección digital.

d) Asesorar a la dirección sobre proyección digital así como también sobre asuntos europeos e internacionales.

e) Programar planes de trabajo vinculados a programas de visitantes internacionales.

f) Proponer, programar y dirigir actividades informativas, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

g) Coordinar el servicio de las TIC del consorcio y apoyar la realización de actos digitales.

h) Dirigir, coordinar y supervisar a los estudiantes en prácticas.

i) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la organización de programas de visitas internacionales (PVI) o de intercambios de experiencias: 1,5 puntos.

- Experiencia en la gestión y realización de contenidos para redes sociales: 1,5 puntos.

- Experiencia en la identificación de expertos o de actores activos en la proyección exterior: 0,5 puntos.

- Experiencia en la supervisión del contenido y tareas de los programas de estancias de estudiantes en prácticas: 1,5 puntos.

- Experiencia en la elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en presentaciones públicas en ámbitos académicos en temas relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1 punto.

- Experiencia en la gestión de presupuestos y contratos menores relacionados con la organización de actividades públicas: 1 punto.

- Experiencia en realizar el seguimiento de las tendencias de conversación digital: 1,5 puntos.

- Experiencia en la promoción y difusión de actividades públicas: 1 punto.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Resolución de problemas y toma de decisiones

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: técnico/a del área de Proyectos - ámbito social

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: GPSo.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (6.562,92 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado o equivalente en el ámbito de derecho, ciencias económicas y empresariales, ciencias políticas, pedagogía, o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Ejecutar las líneas de trabajo acordadas por el Pleno de la entidad y bajo la dirección del secretario o secretaria general que contribuyan a promocionar la imagen de Cataluña en el exterior y generar una opinión pública internacional positiva.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Asistir a los actos por delegación del secretario o la secretaria general.

b) Proponer y organizar actividades, jornadas, debates y visitas de buenas prácticas, que fomenten el intercambio y contribuyan a explicar la realidad catalana en el exterior.

c) Ejecutar el Programa de becas en estudios internacionales: gestionar las convocatorias y el secretariado de las becas.

d) Proponer, programar y dirigir actividades informativas sobre temas de la actualidad internacional, tanto en Cataluña como en el exterior.

e) Coordinar el programa de estancias de estudiantes en prácticas.

f) Realizar los presupuestos de las actuaciones mencionadas y realizar su seguimiento.

g) Dotar a las actividades de DIPLOCAT de una visión de género e intersectorial.

h) Velar por el cumplimiento de la legalidad en la tramitación de los convenios de colaboración que firme el consorcio.

i) Velar por el cumplimiento de la legalidad en la tramitación de las subvenciones que otorgue la entidad.

j) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la organización y coordinación de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la definición de contenidos para la realización de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la organización de programas de visitas internacionales (PVI) o de intercambios de experiencias: 1,5 puntos.

- Experiencia en la identificación de expertos o de actores activos en la proyección exterior: 0,5 puntos.

- Experiencia en la elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la coordinación de programas de estancias de estudiantes en prácticas: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión y la administración de subvenciones y becas: 2 puntos.

- Experiencia en la gestión de presupuestos y contratos menores relacionados con la organización de actividades públicas: 1 punto.

- Experiencia en la tramitación de convenios con entidades terceras: 1 punto.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Trabajo en equipo

- Creatividad e innovación

- Comunicación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: técnico/a del área de Proyectos - mundo local

Categoría: licenciado/a

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): A1

Código: GPL.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo A1, con complemento inherente al puesto de trabajo (6.562,92 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Titulación universitaria de licenciatura o grado o equivalente en el ámbito de derecho, ciencias económicas y empresariales, ciencias políticas o pedagogía, o afines.

- Estudios de posgrado, másteres o cursos en temas internacionales o europeos.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Ejecutar las actividades propias de la entidad de carácter representativo y técnico relacionadas principalmente con el mundo local y el sector del turismo mediante las líneas de trabajo existentes, como son explicar la realidad catalana en el exterior y promover la imagen y la presencia de Cataluña en el exterior.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Consensuar e identificar con los miembros del consorcio DIPLOCAT cuáles son sus necesidades de proyección exterior.

b) Identificar a los actores que pueden tener proyección exterior para influir positivamente en la imagen y el prestigio del país en el exterior, principalmente de los miembros del consorcio DIPLOCAT.

c) Identificar las potencialidades y necesidades del mundo local en lo que se refiere a proyección exterior.

d) Identificar las potencialidades y necesidades del sector turismo en lo que se refiere a proyección exterior.

e) Programar planes de trabajo vinculados a programas de visitantes internacionales.

f) Proponer, programar y dirigir actividades informativas, de intercambio y de debate sobre Cataluña y sobre temas de la actualidad internacional tanto en Cataluña como en el exterior.

g) Coordinar, planificar y supervisar los cursos destinados a la formación del mundo local en cuestiones relativas a su internacionalización.

h) Gestionar, planificar y velar por la formación del personal.

i) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en la organización de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública: 1,5 puntos.

- Experiencia en la definición de contenidos para la realización de cursos, conferencias o seminarios relacionados con las relaciones internacionales, Unión Europea o diplomacia pública, específicos para el mundo local: 1,5 puntos.

- Experiencia en la organización de programas de visitas internacionales (PVI) o de intercambios de experiencias: 1,5 puntos.

- Experiencia en la identificación de expertos o de actores activos en la proyección exterior: 0,5 puntos.

- Experiencia en la elaboración de discursos de presentación institucional: 0,5 puntos.

- Experiencia en la gestión de presupuestos y contratos menores relacionados con la organización de actividades públicas: 1 punto.

- Experiencia y conocimiento del funcionamiento del mundo local catalán: 1,5 puntos.

- Experiencia en la identificación de necesidades formativas del personal y en la elaboración de planes de formación interna: 2 puntos.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Trabajo en equipo

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

4 plazas de la categoría C1 distribuidas de la siguiente forma:

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: secretario/a de dirección

Categoría: técnico/a administrativo/va

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): C1

Código: SecDir.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo C1, con complemento inherente al puesto de trabajo (8.792,55 € anuales el 2023)

 

1. Requisitos:

- Conocimientos acreditados del inglés de nivel C1 o superior, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa.

 

2. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Los conocimientos en la organización y funcionamiento del sector público, protocolo y alto conocimiento de Office 365.

 

3. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Dar apoyo al equipo directivo de la entidad, de acuerdo con sus indicaciones, con el fin de facilitar el desarrollo de las funciones y alcanzar los objetivos estratégicos de la entidad.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Organizar y planificar la agenda del equipo directivo y gestionar los recursos necesarios para las actividades previstas.

b) Organizar los viajes y desplazamientos del equipo directivo.

c) Preparar la documentación para las reuniones a las que deba asistir el equipo directivo.

d) Mantener el contacto con los miembros del Pleno, del Comité Ejecutivo y del Consejo Consultivo de DIPLOCAT.

e) Organizar las reuniones del Pleno y del Comité Ejecutivo de DIPLOCAT, asistir y tomar acta de las mismas.

f) Organizar la elaboración de programas de visitantes internacionales, proponiendo actividades y contactos a fin de alcanzar los objetivos de las visitas, y también participar en la elaboración de estos programas.

g) Organizar actividades específicamente encargadas por el equipo directivo y elaborar su documentación de trabajo.

h) Mantener actualizada la agenda de contactos del equipo directivo.

i) Gestionar el Espacio de Registro de Gobierno Abierto (ERGO) del equipo directivo.

j) Organizar, coordinar y ejecutar las tareas de soporte al equipo directivo.

k) Administrar la intranet del grupo DIPLOCAT.

l) Gestionar y mantener actualizado el registro del ente.

m) Gestionar y coordinar las traducciones que se encargan desde las distintas unidades del consorcio.

n) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

4. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en el lugar de trabajo de secretaria de dirección: 1,5 puntos.

- Experiencia en la gestión de los contactos nacionales e internacionales, gestión de correspondencia y gestión de agenda de trabajo: 1 punto.

- Conocimientos y experiencia en aplicaciones de la Administración: 0,75 puntos.

- Experiencia en la organización de actos públicos con participantes internacionales: 1,5 puntos.

- Experiencia en seguimiento presupuestario y previsión de gastos de los eventos organizados: 0,5 puntos.

- Experiencia en mantenimiento y actualización de bases de datos de contactos: 0,75 puntos.

- Experiencia en tareas de gestión administrativa, de gestión de presupuestos, y de gestión de colaboradores externos: 0,5 puntos.

- Conocimientos en tramitación electrónica de los procedimientos de contratación a través del Gestor electrónico de expedientes de contratación de las entidades del sector público (GEEC): 0,5 puntos.

- Experiencia en la edición y la revisión de publicaciones: 0,5 puntos.

- Experiencia en atención al público: 0,75 puntos.

- Experiencia en atención protocolaria: 1 punto.

- Experiencia en la difusión masiva de documentación (Mailchimp): 0,75 puntos.

 

5. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Gestión de la información

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Tolerancia a la presión

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: administrativo/a atención protocolaria

Categoría: técnico/a administrativo/va

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): C1

Código: AdmPro.

Categoría profesional: área de Proyectos

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo C1, con complemento inherente al puesto de trabajo (4.986,61 € anuales el 2023)

 

1. Requisitos:

- Conocimientos acreditados del inglés de nivel B2 o superior, según el Marco común europeo de referencia para las lenguas (MERC) del Consejo de Europa.

 

2. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Los conocimientos en protocolo, organización y funcionamiento del sector público, programas de difusión masiva (Mailchimp) y en salud y seguridad en el puesto de trabajo.

 

3. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Diseñar, organizar y preparar los actos institucionales y oficiales preservando los criterios protocolarios, así como establecer y mantener desde la entidad unas adecuadas relaciones, tanto internas como externas.

Velar por el buen funcionamiento de las instalaciones, servicios y materiales que son usados por el equipo técnico y directivo, y cubrir las necesidades que puedan surgir, así como realizar labores administrativas y de apoyo al equipo técnico y directivo, con el fin de dar un soporte óptimo para el desarrollo de sus funciones y el cumplimiento de los proyectos.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Atender a las visitas protocolarias presencialmente y por vía telemática.

b) Atender las visitas y la centralita

c) Organizar el protocolo y la logística de los eventos de la entidad.

d) Velar por la actualización de las bases de datos de contactos del consorcio y responsable del envío de los envíos de información digitales (Mailchimp).

e) Apoyar en la organización de los viajes del personal y de los visitantes extranjeros.

f) Supervisar los servicios logísticos de la oficina con las empresas adjudicatarias (material de oficina y corporativo, mobiliario, servicio de limpieza y recogida de residuos, mantenimiento, seguridad).

g) Dar soporte administrativo directo al equipo técnico y directivo.

h) Implementar las actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales en la entidad, y hacer el seguimiento y la auditoría correspondiente.

i) Realizar el seguimiento de los seguros contratados por la entidad.

j) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

4. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en atención al público: 1,5 punto.

- Experiencia en atención protocolaria: 1 punto.

- Experiencia en tareas de gestión administrativa, de gestión de presupuestos, de contrataciones, y de gestión de colaboradores externos: 1 punto.

- Experiencia en tareas de clasificación y archivo de documentación y otro material análogo: 0,5 punto.

- Experiencia en la organización de actividades públicas, viajes y visitas de trabajo: 1,5 puntos.

- Experiencia en control del material y buen estado de la oficina: 0,5 puntos.

- Experiencia en mantenimiento y actualización de bases de datos de contactos nacionales e internacionales: 1 punto.

- Conocimientos en tramitación electrónica de los procedimientos de contratación a través del Gestor electrónico de expedientes de contratación de las entidades del sector público (GEEC): 1 punto.

- Experiencia en la difusión masiva de documentación (Mailchimp): 1 punto.

- Experiencia en materia de prevención de riesgos laborales: 1 punto.

 

5. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

Habilidades:

- Rigor y método

- Gestión de la información

- Comunicación

- Trabajo en equipo

- Flexibilidad y adaptabilidad

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel normal

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel normal

- Planificación y organización: nivel normal

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: jefe/a de administración

Categoría: técnico/a especialista

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): C1

Código: CAdm.

Categoría profesional: área de Gestión Económica y de Contratación Pública

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo C1, con complemento inherente al puesto de trabajo (8.792,55 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Los estudios y la formación en contratación pública, presupuestos y contabilidad pública y financiera, y conocimientos del sistema de contabilidad pública para sector público PANGEA.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Realizar las funciones de gestión económica y financiera, contratación pública y, en general, aquellas funciones destinadas a garantizar un buen funcionamiento de la oficina para conseguir una buena organización en la entidad y un buen control de los gastos y los ingresos.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Elaborar, analizar y realizar el seguimiento del presupuesto y de la tesorería.

b) Revisar la facturación de acuerdo con la normativa.

c) Realizar la auditoría financiera y el control de legalidad.

d) Revisar los contratos de servicios.

e) Controlar los asuntos de orden fiscal y seguros.

f) Coordinar y validar las actuaciones relativas al Servicio de Certificación Digital para el personal del consorcio.

g) Responsable de la implementación de la normativa sobre transparencia en la entidad en materia económica.

h) Realizar operaciones contables en el PANGEA.

i) Realizar informes contables en el Navision Financials y Kit-EP.

j) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en contabilidad presupuestaria y financiera: 1 puntos.

- Experiencia en tramitación, codificación y contabilización de documentos presupuestarios y financieros: 1 puntos.

- Experiencia en tramitación de impuestos: 0,5 puntos.

- Experiencia en justificación contable de auditorías financieras y de legalidad: 1 punto.

- Experiencia en la elaboración de estados de ejecución presupuestaria: 1 punto.

- Experiencia en gestión contable de subvenciones: 0,5 puntos.

- Experiencia en gestión contable de expediente de contratación: 1 punto.

- Experiencia en contabilidad analítica/costes: 0,5 punto.

- Experiencia en el aplicativo de facturación electrónica de la Generalitat (GeFACT y Sefact): 0,5 puntos.

- Conocimientos en tramitación electrónica de los procedimientos de contratación a través del Gestor electrónico de expedientes de contratación de las entidades del sector público (GEEC): 1 punto.

- Experiencia en el sistema de contabilidad pública para el sector público PANGEA: 1,25 puntos.

- Conocimientos básicos de Navision (Financials) y Kit EP: 0,75 puntos.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

- Razonamiento numérico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Trabajo en equipo

- Resolución de problemas y toma de decisiones

- Empatía y escucha activa

- Negociación

- Tolerancia a la presión

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel alto

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel alto

- Planificación y organización: nivel alto

 

 

Descripción del puesto de trabajo

Lugar de trabajo: administrativo/a contable

Categoría: técnico/a especialista

Grupo/subgrupo (según nivel de titulación): C1

Código: AdmCo.

Categoría profesional: área de Gestión Económica y de Contratación Pública

Área de funciones: acción exterior

Jornada: ordinaria de 37,5 h semanales

Horario: especial, de mañanas y tardes

Número de plazas (P): 1

Retribución: subgrupo C1, con complemento inherente al puesto de trabajo (4.986,61 € anuales el 2023)

 

1. Se consideran relevantes para este puesto de trabajo:

- Los estudios y la formación en presupuestos y contabilidad y conocimientos del sistema de contabilidad pública para sector público PANGEA.

 

2. Funciones específicas del puesto de trabajo:

Realizar las actividades contables adecuadas de acuerdo con los procedimientos establecidos y las instrucciones de la persona responsable del área de Gestión Económica y Contratación Pública, con el fin de tener actualizada la situación económica y financiera de la entidad.

Las funciones concretas del puesto de trabajo son:

a) Realizar los asientos contables en el PANGEA.

b) Coordinar la circulación de los documentos contables para que sean autorizados por los cargos superiores.

c) Realizar el seguimiento de la previsión de los pagos y controlar la tesorería.

d) Realizar archivos masivos de pagos a proveedores, archivos de nóminas de personal de la entidad y transferencias bancarias puntuales.

e) Controlar los movimientos bancarios y ejecutar la conciliación bancaria.

f) Recibir y comprobar las facturas emitidas por proveedores y gestionar las posibles incidencias.

g) Apoyar las auditorías financieras.

h) Realizar informes contables en el Navision Financials y Kit EP.

i) Registrar facturas no electrónicas en la plataforma SEFAC.

j) Archivar la documentación contable.

k) Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada.

 

3. Experiencia y capacidad profesional específicas:

En relación al conocimiento y experiencia requerida para garantizar la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, se valorarán los conocimientos y la experiencia acreditada de acuerdo con el siguiente baremo:

- Experiencia en contabilidad presupuestaria y financiera: 1,5 puntos.

- Experiencia en tramitación, codificación y contabilización de documentos presupuestarios y contables: 1,5 puntos.

- Experiencia en tramitación de impuestos: 0,5 puntos.

- Experiencia en justificación contable de auditorías financieras y de legalidad: 0,5 puntos.

- Experiencia en gestión contable de subvenciones: 0,5 puntos.

- Experiencia en gestión contable de expediente de contratación: 1 punto.

- Experiencia en contabilidad analítica/costes: 1 punto.

- Experiencia en el aplicativo de facturación electrónica de la Generalitat (GeFACT y Sefact): 1 punto.

- Experiencia en el sistema de contabilidad pública para sector público PANGEA: 1,5 puntos.

- Conocimientos básicos de Navision (Financials) y Kit EP: 1 punto.

 

4. Competencias personales:

Aptitudes:

- Razonamiento verbal

- Razonamiento analítico

Habilidades:

- Planificación y organización

- Rigor y método

- Trabajo en equipo

- Iniciativa, autonomía y proactividad

- Flexibilidad y adaptabilidad

- Creatividad e innovación

Competencias profesionales:

- Flexibilidad y gestión del cambio: nivel normal

- Trabajo en equipo y trabajo en red: nivel normal

- Planificación y organización: nivel normal

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15536 {"title":"RESOLUCIÓN PCM-DIPLOCAT relativa a la convocatoria, mediante el sistema selectivo de concurso de méritos, para proveer doce puestos de trabajo con las categorías profesionales de personal laboral fijo del Consorcio Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya (PCM-DIPLOCAT) (exp. RH\/2023).","published_date":"2024-01-26","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"15536"} catalunya DOGC,DOGC 2024 nº 9088,Otros sujetos emisores,Patronat Catalunya Món - Consell de Diplomàcia Pública de Catalunya https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2024-01-26/15536-resolucion-pcm-diplocat-relativa-convocatoria-sistema-selectivo-concurso-meritos-proveer-doce-puestos-trabajo-categorias-profesionales-personal-laboral-fijo-consorcio-patronat-catalunya-mon-consell-diplomacia-publica-catalunya-pcm-diplocat-exp-rh-2023 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.