RESOLUCIÓN JUS/138/2024, de 23 de enero, por la que se otorgan becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2024.
Mediante la Resolución JUS/3230/2023, de 14 de septiembre (DOGC núm. 9008, de 27.9.2023) se convocó el procedimiento de concesión de 16 becas de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2024, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por la Orden JUS/204/2023, de 2 de agosto (DOGC núm. 8974, de 7.8.2023).
Efectuados los trámites oportunos, la unidad instructora ha emitido la propuesta de resolución definitiva de concesión de las becas en fecha de 17 de enero de 2024;
Por todo ello,
Resuelvo:
−1 Otorgar a las personas que se detallan a continuación una beca de colaboración para desarrollar estudios y trabajos relacionados con los diferentes ámbitos de actuación del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, y para llevar a cabo tareas de asistencia y apoyo a las actividades del Centro durante el año 2024.
La aprobación de este acto implica la autorización a las unidades administrativas para la contabilidad de la disposición de crédito a favor de los beneficiarios en el sistema corporativo de la contabilidad GECAT y la autorización para la contabilización del reconocimiento de las obligaciones económicas derivadas que deberá efectuarse una vez la unidad administrativa competente haya verificado el complimiento de la finalidad del objeto de la subvención.
Becas de colaboración en materia de investigación:
Alba Hostench Fontàs
Gil Hortal Janer
Miquel Maimó Vidal
Becas de colaboración en tareas de formación:
Marta Marín Muñoz
Laila Ayyadi El Abdalaoui
Mar Ruaix López
Míriam Garrido Rivas
Berta Martín Ferrer
Clàudia Cabezos Ruiz
Albert Montellà Pellicer
Ricard García Gelabert
Susana Martin Escriche
Nota a los cambios:
Maria Valero Comellas y Alexandra Membrive Zavala no han aceptado la beca. Ricard García Gelabert y Susana Martin Escriche han pasado a ser adjudicatarios de una beca de formación. La suplente Clara González Gómez no ha aceptado la beca.
Beca de colaboración en tareas de archivo y gestión administrativa:
Ibone López Heras
Beca de colaboración en tareas de gestión económica y administrativa:
Carla Ibáñez Castillo
Beca de colaboración en tareas de biblioteconomía y documentación:
Lluís Segura Grifell
Beca de comunicación y difusión:
Adriana Campo Domenech
−2 Designar como candidatos suplentes a las personas siguientes:
Becas de colaboración en materia de investigación:
Noelia Sánchez Alonso
Irene Milena Villena
Susana Andreu Palanca
Mireia Márquez de Haro
Irene López Blanquer
Júlia Alpiste Gruas
Melissa Vallès Boldú
Alejandra Allonca Sánchez
Ada Rodríguez Serrano
Becas de colaboración en tareas de formación:
Eva Fresno Pérez
Gisela Rovira Aliaga
Laia Montero Loriente
Priscila Diana Aguilar Ríos
Noa Cabrera Sumariva
Laia Quintana Martín
Carlota Roca Arrieta
Maria Castiglione Boquera
Violeta Broggi Orfila
Marie Augustine Paz
Ana Paz Cañadas
Arnau Sobrevia Gago
Ahlame Akaouch Akaouch
Nassiba Ziati Ziati
Nina Acedo Ruiz
Berta Torres Güemes
Paula Martínez Bóo
Melania Gutiérrez Cabeza
Toni Bernardino Mateos
Nadine Jiménez Piqueras
Nota al cambio: Roger Vilamajó Solaní presentó su renuncia.
Beca de colaboración en tareas de archivo y gestión administrativa:
Eva Torrent Castellano
Beca de colaboración en tareas de gestión económica y administrativa:
Cristina Sebastián González
Beca de colaboración en tareas de biblioteconomía y documentación:
No hay.
Beca de colaboración en comunicación y difusión:
Jordi Canyellas Duarte
Alba Jiménez Ibáñez
−3 El periodo de colaboración se inicia el 29 de enero de 2024 y finaliza el 20 de diciembre de 2024, con la condición que se dispondrá del mes de agosto de descanso no computable a efectos económicos.
−4 Cada beca tiene una dotación económica de 700,00 euros mensuales y se hará efectiva a meses vencidos, a excepción de los meses incumplidos, que se pagarán prorrateando el tiempo invertido en la colaboración, y el mes de descanso, que no computa económicamente. A estos importes, se les aplicará la retención correspondiente del IRPF y de la Seguridad Social.
−5 El pago de las becas otorgadas se hará a cargo de la partida núm. D/480003000/2150/0000, Becas, del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada correspondiente al ejercicio 2024.
En todo caso, el otorgamiento de las becas queda condicionado a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente en el presupuesto referido.
−6 De acuerdo con el artículo 25.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se desestiman el resto de solicitudes presentadas.
−7 Que se notifique esta resolución a las personas interesadas, mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://seu.gencat.cat/ca/informacio-publica.html) y en la web del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada (https://cejfe.gencat.cat/ca/centre/beques-cejfe/). Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
Asimismo, se tiene que publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el otorgamiento de las becas, para conocimiento general de la ciudadanía.
Contra esta resolución, las personas interesadas pueden interponer un recurso potestativo de reposición antela consejerade Justicia, Derechos y Memoria y presidenta del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat y en la web del Centro, mencionados anteriormente, de acuerdo con el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien, directamente, un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses contadores igualmente desde el día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat y en la web del Centro mencionado de conformidad con los artículos 8.3, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien cualquier otro recurso que se considere conveniente para la defensa de sus derechos o intereses legítimos.
Barcelona, 23 de enero de 2024
Encarna Bodelón González
Directora