ANUNCIO por el que se hace público el acuerdo del Consejo de Administración de Loteries de Catalunya, SAU, de 11 de enero de 2024, sobre los aspectos necesarios para la comercialización del juego de lotería Instantánea.
Vista la resolución ECO/4396/2023, de 22 de diciembre, que autoriza la comercialización, la gestión y la explotación del juego de la lotería instantánea en funcionamiento, de conformidad con nuevas condiciones específicas, publicada en el DOGC número 9069 de 29 de diciembre de 2023.
Dentro del marco de esta autorización, de conformidad con el artículo 5.7 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego, el Consejo de Administración de Loteries de Catalunya, SAU, debe acordar los otros aspectos necesarios para la comercialización del juego de lotería, como mínimo, el nombre comercial, la fecha de los sorteos, el porcentaje destinado a premios dentro de los márgenes establecidos, la determinación de precios de los billetes o combinaciones, las categorías de premios y su distribución, el intervalo de números y series, si procede, la fecha de inicio de la comercialización, y, si procede, la fecha final, y el lugar de pago de los premios. Este Acuerdo se debe publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la web corporativa de Loteries de Catalunya, SAU.
Vista la propuesta presentada por el director general,
SE ACUERDA:
Aprobar los aspectos necesarios para la comercialización del juego de lotería instantánea:
1. Este juego de lotería se comercializa con el nombre comercial "El Rasca Ràpid".
2. Las series de este juego de lotería ya aprobadas se seguirán comercializando hasta que el Consejo de Administración de Loteries de Catalunya, SAU, acuerde la finalización de la comercialización de cada una de ellas.
3. El Consejo de Administración de la Sociedad, cuando apruebe nuevas series de este juego de lotería, determinará para cada una de ellas los aspectos previstos en el artículo 5.7 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego.
4. Los lugares de pago de los premios de este sorteo de lotería son los que determina la Resolución ECO/1851/2021, de 11 de junio, por la que se determinan los lugares de pago de premios de las loterías organizadas y gestionadas por la Entidad Autónoma de Juegos y Apuestas de la Generalitat (DOGC núm. 8434, de 15.06.2021), o disposición que la sustituya.
Barcelona, 12 de enero de 2024
Jaume Torrabadella Monsant
Director general