RESOLUCIÓN SLT/4432/2023, de 27 de diciembre, por la que se da publicidad a la clasificación de las nuevas áreas básicas de salud Santpedor y Terrassa H, y se modifica la clasificación de las áreas básicas de salud Vic 1 y Vic 2, de acuerdo con la Ley 31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña.

La Resolución SLT/151/2013, de 22 de enero (DOGC núm. 6310, de 7.2.2013), da publicidad a la clasificación de las áreas básicas de salud, en los términos en los que esta figura se define en la Ley 31/ 1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña.

Razones técnicas y de planificación sanitaria han aconsejado la alteración de la delimitación territorial de algunas de estas áreas que, en algunos casos, ha supuesto la creación de nuevas áreas básicas de salud. En este caso, las áreas básicas de salud de nueva creación, no figuran clasificadas en el anexo de la citada Resolución SLT/151/2013, de 22 de enero.

Asimismo, la modificación de datos poblacionales y de movimientos demográficos de diversas áreas básicas de salud, hacen procedente cambiar su clasificación a efectos del artículo 6 de la Ley 31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña.

Por todo ello, procede adaptar la clasificación contenida en el anexo de la Resolución SLT/151/2013, de 22 de enero, ya referida, a las nuevas circunstancias en cuanto a las áreas básicas de salud Vic 1 y Vic 2, así como también dar publicidad a la clasificación de las áreas básicas de salud Santpedor y Terrassa H de nueva creación, en los términos establecidos en el artículo 6 de la Ley 31/1991, de 13 de diciembre, de ordenación farmacéutica de Cataluña.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

 

Resuelvo:

 

-1 Dar publicidad a la clasificación del Área Básica de Salud Terrassa H, en el sentido de calificarla como área básica de salud urbana.

 

-2 Dar publicidad a la clasificación del Área Básica de Salud Santpedor, en el sentido de calificarla como área básica de salud rural y semiurbana.

 

-3 Dar publicidad a la nueva clasificación del Área Básica de Salud Vic 1, en el sentido de incluirla entre las áreas básicas de salud urbanas y, en consecuencia, modificar el anexo de la Resolución SLT/151/2013, de 22 de enero.

 

-4 Dar publicidad a la nueva clasificación del Área Básica de Salud Vic 2, en el sentido de incluirla entre las áreas básicas de salud urbanas y, en consecuencia, modificar el anexo de la Resolución SLT/151/2013, de 22 de enero.

 

Barcelona, 27 de diciembre de 2023

 

Manel Balcells i Díaz

Consejero de Salud

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