ORDEN EMT/294/2023, de 29 de diciembre, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria que la empresa Prezero, SA, presta en el municipio de Torredembarra.

Vista la convocatoria de huelga formulada por el sindicato CGT en Tarragona en la empresa Prezero, SA, (con registro de entrada de 19 de diciembre de 2023), para los días 1, 5 y 6 de enero de 2024 de 0:00 hasta a las 23:59 horas para cada día, y que afecta a toda la plantilla de la empresa del centro de trabajo de Torredembarra;

Visto que la empresa efectúa el servicio de recogida de basura (fracción orgánica, de desecho y selectiva), el servicio de limpieza viaria y de recogida de voluminosos, que son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría a bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y dado que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen , aparte de los malos olores, la proliferación de insectos y roedores, los cuales son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Visto que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Visto que es necesario garantizar la máxima asepsia y limpieza en el entorno de los centros sanitarios, los centros asistenciales, así como en las áreas de los mercados de abastecimiento de productos perecederos, es necesario efectuar el servicio de recogida de basura, tanto la orgánica, la de desecho, la selectiva como la limpieza viaria habitual en estas zonas;

Visto que la acumulación de residuos voluminosos en la calle genera un riesgo de accidentes para el tráfico y peatonal, habrá que retirar los muebles cuando su presencia comporte un peligro para la circulación vial;

Visto que el servicio de limpieza viaria no puede quedar desatendido, se cree adecuado fijar como servicios mínimos la recogida en todo momento de la materia orgánica susceptible de descomposición, cuando exista y, además, realizar aquellas actuaciones de carácter inmediato que, si no se hacen, pueden poner en riesgo la seguridad de la ciudadanía como pueden ser en caso de accidentes en la calzada, los cristales rotos, los derrames de aceite, etc.;

Visto que la huelga coincide con la época del año donde se realizan celebraciones de Fin de Año y Cabalgata de Reyes y teniendo en cuenta que durante estos actos se puede incrementar sensiblemente el volumen de residuos generados es necesario un tratamiento particularizado de la situación. Por tanto, en el caso de los actos indicados se procederá a la limpieza viaria y a la recogida total de la basura generada, ya sea el mismo día o al día siguiente.

Visto que en trámite de audiencia las partes en el conflicto han efectuado sus propuestas de servicios mínimos, tal y como consta en el acta de 27 de diciembre de 2023;

Visto que se ha pedido un informe a la Agencia de Protección de la Salud del Departamento de Salud y al Ayuntamiento de Torredembarra;

Considerando lo que disponen el artículo 28.2 de la Constitución; el artículo 170.1.i) del Estatuto de autonomía de Cataluña; el artículo 10.2 del Real decreto ley 17/1977, de 4 de marzo; el Decreto 120/1995, de 24 de marzo, de la Generalidad de Cataluña, y las sentencias del Tribunal Constitucional 11/1981, de 8 de abril; 26/1981, de 17 de julio; 33/1981, de 5 de noviembre; 51/1986, de 24 de abril; 27/1989, de 3 de febrero; 43/1990, de 15 de marzo; y 122/1990 y 123/1990, de 2 de julio,

 

Ordeno:

 

Artículo 1

La situación de huelga anunciada por el sindicato CGT Tarragona en la empresa prevista para los días 1, 5 y 6 de enero de 2024 de 0 horas hasta las 23:59 por cada día, y que afecta a toda la plantilla de la empresa del centro de trabajo de Torredembarra, se entiende condicionada al mantenimiento de los siguientes servicios mínimos:

a) Servicio habitual de recogida de basura y limpieza viaria en los centros sanitarios, asistenciales y en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos.

b) Recogida de voluminosos: sólo será necesario efectuar la retirada de muebles cuando su presencia comporte un peligro para la circulación vial.

c) Limpieza viaria: Recoger la materia orgánica susceptible de descomposición cuando, por alguna circunstancia, exista, y también debe realizarse aquellas actuaciones de carácter inmediato que, si no se hacen, pueden poner en riesgo la seguridad de la ciudadanía como pueden ser, en caso de accidentes en la calzada, los cristales rotos, los derrames de aceite, etc.

d) En caso de actos de celebraciones de Fin de Año así de la Cabalgata de Reyes, se efectuará la limpieza y la recogida de la basura que se genere, ya sea el mismo día o al día siguiente.

 

Artículo 2

La empresa, oído el Comité de Huelga, determinará el personal estrictamente necesario para el funcionamiento de los servicios mínimos establecidos en el artículo anterior, excluido el Comité de Huelga. Estos servicios mínimos los prestarán, preferentemente, si los hubiere, el personal que no ejerza el derecho de huelga. La empresa debe asegurarse de que las personas designadas para realizar los servicios mínimos reciban una comunicación formal y efectiva de la designación.

 

Artículo 3

El personal destinado a cubrir los servicios mínimos determinados en el artículo 1 está sujeto a los derechos y deberes establecidos en la normativa vigente.

 

Artículo 4

Las partes deben dar suficiente publicidad a la huelga para que la ciudadanía tenga conocimiento.

 

Artículo 5

Notifique esta Orden a las personas interesadas para su cumplimiento y envíela al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya para su publicación.

 

Barcelona, ​​29 de diciembre de 2023

 

P. d. (Decreto 227/2023, de 19 de diciembre, DOGC núm. 9367, de 27.12.2023)

Gemma Ubasart i González

Consejera de Justicia, Derechos y Memoria

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