RESOLUCIÓN ACC/4354/2023, de 19 de diciembre, de la directora del Instituto Catalán de Energía, de convocatoria del concurso de oposición para la provisión de 11 puestos de trabajo de personal laboral del Instituto Catalán de Energía correspondiente a la tasa específica de reposición de la oferta pública de empleo del Instituto Catalán de Energía para 2022 derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

 

El Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en la ocupación y la transformación del mercado de trabajo, establece en su Disposición adicional cuarta - Régimen aplicable al personal laboral del sector público -, que sin perjuicio de la tasa de reposición establecida en la Ley de presupuestos generales del Estado vigente en cada ejercicio, si por la cobertura de las plazas hace falta una tasa de reposición específica, es necesaria la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Mediante el Acuerdo GOV/106/2022, de 24 de mayo, se autorizó el incremento de plantilla presupuestaria de las entidades que tenían que estructurar puestos afectados por el proceso de estabilización de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, que tienen que permitir la convocatoria de todas las plazas afectadas por la tasa adicional que prevé esta ley.

En fecha 22 de julio de 2022, el Ministerio de Hacienda y Función Pública autorizó la tasa específica de reposición que la Administración de la Generalidad solicitó en base a la disposición adicional 4.ª del Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre.

Esta tasa específica junto con la tasa de reposición ordinaria establecida en la Ley de presupuestos generales del Estado para el 2022 tienen que permitir la convocatoria para la provisión fija de todas las plazas de naturaleza estructural ocupadas temporalmente, incluyendo también aquellas coyunturales que han pasado a ser estructurales, desde el 1 de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2022, siempre que sean esenciales para la adecuada prestación de servicios, dispongan de dotación presupuestaria y no comporten ningún incremento de los créditos consignados en el presupuesto.

En fecha 15 de junio de 2022 el Consejo de Administración, órgano superior de dirección y control del Instituto Catalán de Energía, ratificó su Oferta Pública Ordinaria de personal laboral que incluía la tasa ordinaria y la tasa específica de reposición del Instituto Catalán de Energía para el año 2022. (publicada en fecha 29 de diciembre de 2022 en el DOGC número 8822), en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

En fecha 19 de diciembre de 2022 el Consejo de Administración del Instituto Catalán de Energía aprobó la oferta de ocupación pública de personal laboral correspondiente a la tasa ordinaria de reposición y a la tasa específica de reposición del año 2022, y autorizó la directora de la entidad para su ejecución.

Dado que el Instituto Catalán de Energía y las personas representantes del Comité de Empresa han negociado, de conformidad con el artículo 37.1.c) del texto refundido del Estatuto básico del empleado público y la disposición adicional sexta, segundo párrafo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, las bases en que se desarrollarán los procesos de estabilización regidos por el sistema selectivo de concurso oposición de la tasa específica de reposición de la oferta pública de ocupación del Instituto Catalán de Energía por 2022 y que afecta a 11 puestos de trabajo.

Por todo lo expuesto,

 

RESUELVO:

 

1. Convocar el proceso de selección, mediante el sistema selectivo de concurso oposición de la tasa específica de reposición del Instituto Catalán de Energía de 2022 y que afecta 11 puestos de trabajo:

 

Grupo profesional/Categoría

Número de puestos

Técnico/a de planificación energética

1

Técnico/a de regulación energética

1

Técnico/a de estadísticas energéticas

1

Técnico/a en comunicación

1

Técnico/a jurista

1

Técnico/a de gestión energética

3

Oficial 2.ª Administrativo/va

3

 

 

2. Este proceso de estabilización se rige por la normativa referenciada en la parte expositiva y por las bases, que se pueden consultar, junto con toda la documentación relativa a la convocatoria, en la página web del ICAEN a través del link: https://icaen.gencat.cat/ca/l_icaen/transparencia/organitzacio/#proces-d-estabilitzacio-de-l-ocupacio-temporal a partir del día de publicación en el DOGC de esta resolución.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente un recurso administrativo de reposición ante la Dirección del Instituto Catalán de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC), de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que pueda interponer cualquier otro recurso que considere conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 19 de diciembre de 2023

 

Marta Morera Marcé

Directora del Instituto Catalán de Energía

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