RESOLUCIÓN 103_SAiP_PDI-2023-4591/75, por la que se convoca un concurso de acceso a una plaza del cuerpo docente universitario de profesor/a titular de universidad.

De acuerdo con la Oferta pública de empleo de Personal Docente e investigador de la UPC para el 2021, aprobada por el Acuerdo de Consejo de Gobierno CG/2021/04/26 de 8 de octubre.

En aplicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la convocatoria del concurso de selección de profesorado funcionario en el cuerpo docente de Profesor Titular de Universidad.

Y en uso de las atribuciones que le tengo conferidas de acuerdo con los Estatutos de esta Universidad,

 

RESUELVO:

 

Primero y único. Hacer pública la convocatoria de 1 plaza del cuerpo docente de Profesor Titular de Universidad, y las bases específicas que figuran en el anexo I de la presente resolución.

 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, en conformidad con el que dispone el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el rector de la UPC, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o, si se tercia, desde el día siguiente de su publicación, en conformidad con el que disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Barcelona, 4 de diciembre de 2023

 

 

Daniel Crespo

Rector

 

 

ANEXO I

Bases específicas

 

Preámbulo

De conformidad con la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU), con especial mención de la disposición transitoria undécima, y los Estatutos de la Universitat Politècnica de Catalunya; la oferta pública de empleo del personal docente e investigador para el año 2021 y del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre, por el que se aprueba la convocatoria del concurso de acceso al cuerpo docente de profesorado titular de universidad.

 

1. Normas generales

      1.1 El presente concurso se regirá en todos los aspectos por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y especialmente por su disposición transitoria undécima; los Estatutos de la Universidad; el Acuerdo 66/2009, de 30 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente, aprobado por el Consejo de Gobierno, y por las bases específicas de la presente convocatoria. Y con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Acuerdo CG/2023/03/09, de 13 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa de acreditación del conocimiento del catalán del PDI de la UPC.

      1.2 En la realización de los concursos se deberán garantizar los principios de igualdad de oportunidades de los aspirantes, de mérito y capacidad y publicidad.

      1.3 Las comisiones dispondrán hasta el 14 de abril de 2024. Para la resolución del concurso, salvo situaciones excepcionales que puedan surgir durante su desarrollo.

      1.4 El perfil de la plaza, la composición de la comisión y los criterios de valoración serán los que constan en los anexos II, III y IV de las presentes bases.

      1.5 Los días considerados como inhábiles, a efectos de las presentes bases, son los que se encuentran publicados en https://seuelectronica.upc.edu.

      1.6 La Universidad podrá subsanar en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte, los errores materiales, de hecho y aritméticos que se produzcan en el procedimiento.

      1.7 Según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la publicación de las resoluciones detalladas en la página web de la convocatoria de la UPC , en el apartado "Convocatoria de concursos" > "Concursos PDI funcionario" > Resolución correspondiente al presente proceso, y en el tablón de anuncios de la comisión habilitado en dicha página, se considerará realizada la oportuna notificación a las personas interesadas y se iniciará el cómputo de los plazos para posibles reclamaciones o recursos.

 

2. Requisitos de las personas candidatas

   a) Poseer la nacionalidad española o la de los demás Estados miembros de la Unión Europea. También podrán ser admitidos el cónyuge o la cónyuge y sus descendientes, tanto de ciudadanos españoles como de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, con respecto a los descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes. Asimismo, también podrán ser admitidas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.

   b) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones correspondientes al profesorado universitario.

   c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o, en el caso del personal laboral, para el ejercicio de funciones similares a las que desempeñaba en el puesto de trabajo del que hubiese sido separado o para el que hubiese sido inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

   d) Poseer el título de doctor o doctora. En caso de que el título no haya sido expedido por una universidad española, deberá haber sido homologado con uno de los títulos de carácter oficial en España o bien disponer del certificado de equivalencia del grado académico de doctor o doctora expedido por la Universidad.

   e) Disponer de la acreditación correspondiente al cuerpo docente de profesorado titular de universidad emitido por la ANECA o acreditación equivalente.

   f) En caso de que la persona candidata ya sea funcionario o funcionaria de los cuerpos docentes universitarios, deberán haber transcurrido al menos dos años desde que obtuvo una plaza por medio de un concurso de acceso en otra universidad.

Los requisitos establecidos deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la contratación.

 

3. Solicitudes

      3.1 Las solicitudes para participar en la presente convocatoria se dirigirán al rector de la Universitat Politècnica de Catalunya.

En aplicación del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta el colectivo específico, la solicitud deberá realizarse electrónicamente mediante el formulario normalizado disponible en la Sede Electrónica, con las excepciones previstas en el Reglamento del Registro General de la UPC, de conformidad con el Acuerdo CG/2019/07/33, de 11 de diciembre de 2019.

3.2 Las personas aspirantes deberán indicar en la solicitud una dirección de correo electrónico a efectos de comunicación. Corresponde a las personas candidatas garantizar la vigencia de la dirección electrónica facilitada en la solicitud, su consulta y la definición de los parámetros para evitar que los correos enviados sean rechazados o tratados de forma inadecuada y se impida la correcta comunicación.

El período de presentación de solicitudes y la documentación adjunta se iniciará el 8 de enero y finalizará el 27 de enero de 2024.

3.3. Las personas candidatas deberán abonar a la Universitat Politècnica de Catalunya, en concepto de derechos de inscripción, la tasa de 69,95 €, de acuerdo con las previsiones del presupuesto de la UPC para 2023, que establece las siguientes bonificaciones y exenciones:

   - Exención del pago de la tasa para aquellas personas que acrediten estar en situación de desempleo y que no perciban ninguna prestación económica, y aquellas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33 %.

   - Bonificación del 30 % a los miembros de familias monoparentales y de familias numerosas de categoría general. El importe a abonar será de 48,97 €.

   - Bonificación del 50 % a los miembros de familias numerosas de categoría especial. El importe a abonar será de 34,98 €.

El ingreso o la transferencia bancaria se efectuará en la cuenta corriente IBAN ES96 2100 3648 9925 0000 1536 de CaixaBank (código SWIFT: CAIXESBB) - concursos y oposiciones - indicando el nombre y los apellidos, el DNI y el código de la plaza a la que se desea concursar. La falta de abono de dicha tasa durante el plazo de presentación de instancias no será subsanable, lo cual determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.

3.4. A la solicitud deberán adjuntarse los siguientes documentos:

   a) Copia del documento nacional de identidad, el pasaporte o la tarjeta de identidad.

   b) Copia de la acreditación o equivalente al cuerpo docente correspondiente.

   c) Copia del título de doctor/a o de la homologación correspondiente o certificado de equivalencia.

   d) Copia del certificado de conocimiento suficiente de catalán C1 MCER. En caso de no disponer del certificado se podrá solicitar en el formulario normalizado de la solicitud una exención temporal, de acuerdo con la Normativa de acreditación del conocimiento de catalán del PDI de la UPC, aprobada por el Acuerdo CG/2023/03 /09, de 13 de abril de 2023.

   e) Copia del documento que acredite el ingreso de la tasa de inscripción. En el caso de aplicarse las reducciones y/o exenciones establecidas legalmente, deberá presentarse el documento que certifique el motivo.

3.5. Los documentos de la base 3.4 deberán presentarse dentro del plazo de presentación de solicitudes.

No realizar el pago en el plazo de presentación de solicitudes comportará la exclusión definitiva del proceso selectivo.

 

4. Admisión de las personas candidatas

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión.

4.2. En un plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución, las personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el rector con el fin de reparar el defecto o el error que haya causado su exclusión. Dicha reclamación se presentará por los mismos medios previstos para las solicitudes en la base 3.

Las personas candidatas provisionalmente excluidas que no subsanen, en el plazo señalado, las causas que hayan motivado su exclusión, serán consideradas desistidas de su petición y, por tanto, su exclusión será definitiva.

4.3. Una vez finalizado el plazo establecido para presentar las reclamaciones, se hará pública la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de dicho acto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso-administrativo ante el rector de la UPC, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación o, en su caso, desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.4. La relación provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas se publicará en el web de la Universidad, de acuerdo con la base 1.7 de las presentes bases.

 

5. Comisiones de selección

      5.1 El nombramiento de los miembros de la comisión será efectivo mediante la presente resolución, de acuerdo con el anexo III.

      5.2 . Las normas de funcionamiento interno de la comisión de acceso se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

      5.3 Los miembros de la comisión de selección tienen el deber de guardar el debido sigilo y confidencialidad respecto a los asuntos de los que tengan conocimiento, así como los datos de carácter personal o cualquier información que haga referencia a personas físicas identificadas o identificables.

      5.4 Los miembros de la comisión de acceso que no sean profesorado de la UPC tienen derecho a percibir asistencias y/o indemnizaciones por su servicio. Corresponden al secretario o secretaria de la comisión de acceso las actuaciones administrativas y su gestión económica, si las hubiere, con la ayuda del personal administrativo de la misma universidad.

      5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, las comisiones de acceso tienen su sede en el Servicio de Acceso y Provisión, Concursos PDI, planta 3 del edificio Vèrtex, plaza Eusebi Güell, n.o 6, 08034 Barcelona. Se pueden enviar por correo electrónico a la dirección concursospdi.saip@upc.edu especificando en el asunto "Concursos PDI funcionario".

5.6. La Junta de PDI funcionario podrá designar a un representante por concurso, que pertenecerá al cuerpo docente de profesorado titular de universidad o equivalente y que tendrá derecho a voz, pero sin voto, en las actuaciones de la comisión.

5.7. A los miembros de las comisiones les serán aplicables los supuestos de abstención y recusación establecidos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En el caso de que concurran los motivos de abstención, las personas interesadas deberán abstenerse de actuar en el procedimiento y comunicarlo al superior inmediato, quien resolverá el precedente.

En aplicación del Plan de medidas antifraude de la UPC, los miembros titulares de las comisiones, antes de su constitución firmarán la declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

5.8. En el desarrollo de esta convocatoria, los miembros de las comisiones, a excepción de su secretario o secretaria, podrán optar por participar en formato presencial o en formato telemático en aquellas fases del proceso selectivo que no tengan previsto en las bases su desarrollo telemático. Considerando todo lo anterior, tanto el secretario o secretaria como la persona candidata deberán asistir de forma presencial a las pruebas del concurso. De forma general, corresponderá al secretario o secretaria la participación presencial, si bien la comisión podrá acordar que sea otro miembro de la comisión quien participe presencialmente.

5.9. En caso de que los miembros de las comisiones que participen telemáticamente no dispongan de firma electrónica, podrán firmar en una copia de los documentos que requieran su firma por la totalidad de los miembros, teniendo la misma validez que si todos los miembros hubieran firmado en el mismo documento. Si disponen de firma electrónica, no será necesario enviar copia de los documentos firmados de forma manuscrita.

5.10. El presidente o presidenta convocará a los actos de la comisión al miembro del PDI de la UPC designado por el órgano de representación sindical de esta universidad.

5.11. Las comisiones podrán contar con asesoramiento técnico. El asesor o asesora, en su caso, será designado por el vicerrector de Personal Docente e Investigador y podrá intervenir sin voto en la forma o el momento que establezca la comisión.

5.12 La constitución de la comisión exige la presencia de la totalidad de sus miembros titulares. Los miembros titulares que no acudan a dicho acto serán destituidos y sustituidos por los miembros suplentes correspondientes. Una vez constituida la comisión, deberá actuar durante todo el proceso como mínimo con 3 miembros.

 

   6 Desarrollo del concurso

El concurso se desarrollará en cuatro fases, de acuerdo con el Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente: constitución de la comisión de acceso, acto de presentación de la documentación de los candidatos y candidatas, desarrollo de las pruebas y propuesta de nombramiento.

La realización del concurso deberá garantizar los principios de publicidad e igualdad de oportunidades de los aspirantes, los de mérito y capacidad y el de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

La Universidad garantizará la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y adoptará las medidas necesarias para adaptarse a las necesidades específicas para garantizar la igualdad en su acceso, de acuerdo con la legislación aplicable.

      a. Constitución de la comisión

El presidente o presidenta, previa consulta al resto de los miembros de la comisión, comunicará con suficiente antelación la fecha, la hora y el lugar previstos para el acto de constitución de la comisión. Este acto podrá realizarse telemáticamente.

La fecha de constitución de la comisión se publicará en la web de la UPC de acuerdo con la base 1.7 y no podrá ser anterior a la de la publicación de la relación definitiva de personas admitidas y excluidas.

En el acto de constitución la comisión se establecerán los aspectos específicos que serán valorados de acuerdo con los criterios de valoración establecidos, y las puntuaciones mínimas para superar la primera y segunda fases, la puntuación de los méritos y el calendario para el desarrollo del concurso. Esta información será publicada en la página web de la convocatoria, de acuerdo con la base 1.7.

      b. Acto de presentación de las personas candidatas

El presidente o presidenta de la comisión de acceso convocará a todas las personas admitidas a participar en el concurso, de la forma prevista en la base 1.7 y con una antelación mínima de siete días, para efectuar en primera convocatoria el acto de presentación, e indicará la fecha, la hora y el lugar previstos para el mismo.

Si procede, al cabo de 15 minutos a partir de la hora señalada inicialmente se procederá a realizar una segunda convocatoria.

Los candidatos y candidatas que no se presenten ni a la primera ni a la segunda convocatoria serán excluidos y no podrán seguir en el concurso.

En el acto de presentación las personas concursantes deberán entregar al presidente o presidenta de la comisión de acceso la documentación necesaria y requerida para el desarrollo de las pruebas y que se especifica en el siguiente apartado de las presentes bases, en el punto 6.3. La documentación deberá permitir valorar el historial académico y profesional y la adecuación del proyecto docente e investigador aportados para adecuarse al perfil y dar respuesta a las necesidades expuestas en la convocatoria de la plaza. La experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la transferencia e intercambio de conocimiento, que tendrán una consideración análoga en el conjunto de los criterios de valoración de los méritos, según lo recogido en el artículo 71.a de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

A continuación, la comisión de acceso determinará, mediante un sorteo público, el orden de actuación de los concursantes.

En el acto de presentación también se fijarán y se harán públicas las condiciones en las que cada uno de los concursantes podrá consultar con anterioridad al inicio de las pruebas y durante un periodo mínimo de una hora la documentación presentada por los otros candidatos y candidatas. También se establecerán y se harán públicos el lugar, la fecha y la hora de inicio de las pruebas.

      c. Desarrollo de las pruebas

En el desarrollo del concurso se valorará el historial académico (docente, investigador, de transferencia de conocimiento y de gestión) y su adecuación al perfil de la plaza. Con este fin, los candidatos y candidatas deberán aportar un curriculum vitae completo en formato libre y otro resumido. También se valorará el proyecto académico (docente, investigador y/o de gestión), que cada candidato o candidata deberá elaborar y presentar en el acto de presentación de la documentación. Asimismo, se valorará la capacidad para la exposición y el debate ante la comisión de acceso en la materia o especialidad correspondiente en sesión pública.

El proyecto académico es el documento que explicita la forma en que el candidato o candidata se propone desarrollar las labores previstas en la convocatoria. Con amplitud temática, planteamiento global y visión a largo plazo, el proyecto docente e investigador recoge los objetivos, la metodología y las actuaciones que la persona candidata propone, para el buen fin de las labores de varios tipos previstas en la convocatoria, de acuerdo con el grado de responsabilidad asignado a la plaza. El proyecto académico debe incluir una perspectiva personal sobre la investigación y la docencia para los próximos años, tanto en el ámbito de objetivos profesionales personales o de equipo como de objetivos concretos de trabajo, así como su adecuación a las necesidades institucionales puestas de manifiesto en la convocatoria. También incluirá la transferencia de los resultados de la investigación, la innovación, la investigación pedagógica e innovación docente y cualquier otro aspecto relacionado con la actividad de investigación.

El proyecto docente desarrollará un proyecto de mejora de una de las asignaturas que figuran en el perfil de la plaza objeto de la convocatoria, dentro del contexto académico donde se imparta.

El proyecto docente se elaborará sobre una materia de un mínimo de 5 y un máximo de 12 créditos ECTS, de acuerdo con el perfil de la plaza.

El proyecto de investigación, de forma análoga, consistirá en la propuesta de desarrollo de la línea de investigación del perfil de investigación asociado con la plaza, con amplitud temática, planteamiento global que incluya la transferencia al entorno socioeconómico y visión a largo plazo, pero integrada dentro del contexto en el que se realizará.

El proyecto de gestión propondrá un plan de actuación que mejore el funcionamiento de la institución desde un cargo unipersonal reconocido en el acuerdo n.o 55/2016, de 29 de marzo, del Consejo de Gobierno.

El concurso consta de tres pruebas eliminatorias:

Primera prueba. Exposición y debate público con los miembros de la comisión de acceso del historial académico del candidato o candidata, con especial énfasis en aquellos aspectos que garanticen su idoneidad para ocupar la plaza objeto de concurso. La duración máxima de este ejercicio será de 30 minutos, seguido de un debate con los miembros de la comisión de acceso de una duración máxima de 90 minutos.

Segunda prueba. Exposición y debate público con los miembros de la comisión de acceso del proyecto docente e investigador del candidato o candidata para la plaza objeto de concurso. La duración máxima de este ejercicio será de 60 minutos, seguido de un debate con los miembros de la comisión de acceso de una duración máxima de 90 minutos.

Tercera prueba. Exposición y debate público con los miembros de la comisión de acceso de un tema de la asignatura o asignaturas indicadas en las bases específicas de la convocatoria. La comisión de acceso elegirá por sorteo tres temas de entre los que figuren en el proyecto docente aportado por el candidato o candidata, que deberá decidir cuál de ellos expone ante la comisión de acceso. El candidato o candidata dispondrá, como mínimo, de dos horas para prepararse dicho tema. La duración de este ejercicio será de 60 minutos y se centrará no solo en explicar los contenidos del tema, sino también en mostrar la metodología docente que la persona candidata considere adecuada para transmitirlos al estudiantado. A esta presentación seguirá un debate con los miembros de la comisión de una duración máxima de 90 minutos.

d. Propuesta de nombramiento y recursos

Una vez resuelto el concurso, la comisión de acceso elaborará la relación de las personas que lo hayan superado, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida, y propondrá al rector, en el plazo de cinco días hábiles, de forma motivada y con carácter vinculante, una relación de las personas candidatas por orden de preferencia para su nombramiento, relación que no podrá superar el número de plazas convocadas. Igualmente, el proceso podrá concluir con la propuesta de no proveer la plaza convocada. En el plazo máximo de cinco días una vez finalizada la actuación de la comisión de acceso, el secretario o secretaria entregará a Servicio de Acceso i Provisión-Concursos PDI.

Contra la propuesta de nombramiento las personas candidatas podrán presentar una reclamación ante el rector en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la misma.

Una vez admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución.

Tal y como establece el artículo 78.1 de los Estatutos de la Universidad, la Comisión de Apelación valorará las reclamaciones contra las propuestas de las comisiones de acceso y ratificará o no la propuesta reclamada. Posteriormente, el rector dictará una resolución congruente con lo que haya decidido la Comisión de Apelación.

 

   7. Acreditación de requisitos y nombramiento

El candidato o la candidata propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar en el plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la propuesta de nombramiento, si procede, la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa que certifique que reúne los requisitos de la base 2.

El nombramiento y la toma de posesión de la persona candidata propuesta para proveer la plaza se efectuará según lo dispuesto en el apartado 18 del Procedimiento de acceso a los cuerpos y categorías de personal docente e investigador permanente.

 

8. Derecho de acceso a la documentación

La documentación que aporten las personas participantes en el concurso estará sujeta al artículo 26 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña. Los documentos que se entreguen deberán evitar información que sea innecesaria para la finalidad pretendida o que requiera una especial protección. En todo caso, solo se dará acceso a la información si no entra en conflicto con el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.

 

 

ANEXO II

DATOS ESPECÍFICOS DE LAS PLAZAS

 

Categoría: 1 plaza de profesorado titular de universidad

Código del puesto de trabajo: 71025097

Oferta pública de empleo: 2021

Referencia del concurso: TU-90/749

Unidad de adscripción: 749 - Departamento de Matemáticas

Ámbito de conocimiento: Ciencias e Ingenierías Biotecnológicas

Área de conocimiento: Matemática Aplicada

Unidad de vinculación: Escuela Superior de Ingenierías Industrial, Aeroespacial y Audiovisual de Terrassa (ESEIAAT) y Facultad de Óptica y Estadística (FME).

Actividades a realizar:

Responsabilidad docente: redacción de programas y coordinación de equipos docentes. Impartición de docencia: actividades de docencia, evaluación y elaboración de material de apoyo.

Todas las actividades están asociadas a las asignaturas impartidas por el Departamento de Matemáticas en los grados y másteres: Métodos Numéricos y Cuantitativos de Gestión (grado en Ingenierías en Tecnologías Industriales) y Procesado de Datos de Sistemas de Navegación Global por Satélite (máster universitario en Ingeniería Aeronáutica).

Participación en actividades de investigación, con posible dirección de grupos y proyectos de I+D+I, relativas a astronomía y geomática.

Dirección de tesis doctorales.

Dirección y coordinación universitaria.

Relaciones externas.

 

 

ANEXO III

COMISIÓN DE SELECCIÓN

 

Cargo

Apellidos y nombre

Categoría

Universidad

Presidente titular

Masdemont Soler, Josep Joaquim

CU

U. Politècnica de Catalunya

Secretaria titular

Leseduarte Milan, Maria Carmen

TU

U. Politècnica de Catalunya

Vocal primero titular

Mañosa Fernandez, Víctor

TU

U. Politècnica de Catalunya

Vocal segundo titular

Jimenez Urroz, Jorge

CU

U. Politécnica de Madrid

Vocal tercera titular

Caballero Gil, Pino Teresa

CU

U. de La Laguna

Presidente suplente

Román Roy, Narciso

CU

U. Politècnica de Catalunya

Secretaria suplente

Sánchez Soler, Mónica

TU

U. Politècnica de Catalunya

Vocal primera suplente

Mora Giné, Mercè

TU

U. Politècnica de Catalunya

Vocal segundo suplente

Seco Granados, Gonzalo

CC

U. Autònoma de Barcelona

Vocal tercera suplente

Cid Tortuero, Consuelo

CU

U. de Alcalá

 

 

ANEXO IV - Criterios generales de valoración

 

Con carácter totalmente general, la comisión de acceso valorará los siguientes aspectos de los historiales de las personas candidatas y de acuerdo con el perfil de la plaza (anexo II).

La comisión de acceso tendrá en cuenta la experiencia docente y la experiencia investigadora, incluyendo la transferencia e intercambio de conocimiento, que tendrán una consideración análoga en el conjunto de los criterios de valoración de los méritos, según lo establecido en el artículo 71.a de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU).

 

Respecto a los méritos docentes se considerarán:

   A. Dedicación docente

      A.1. Docencia universitaria impartida (primeros y segundos ciclos, grado y/o postgrado)

      A.2. Dirección de tesis doctorales.

      A.3. Dirección de PFC, tesinas, trabajos de fin de máster y DEA

      A.4. Otros méritos relacionados con la actividad docente

   B. Calidad de la actividad docente

      B.1. Evaluaciones positivas de su actividad

      B.2. Material docente original y publicaciones docentes

B.3. Otros méritos relacionados con la calidad de la actividad docente.

   C. Calidad de la formación docente

      C.1. Participación como ponente en congresos orientados a la formación docente universitaria

      C.2. Participación como asistente en congresos orientados a la formación docente universitaria

      C.3. Otros méritos relacionados con la calidad de la formación docente

 

Respecto a los méritos investigadores (incluyendo la investigación en tecnologías educativas), se tendrán en consideración:

   D. Calidad y difusión de los resultados de la actividad investigadora

      D.1. Publicaciones científicas indexadas

      D.2. Otras publicaciones científicas

      D.3. Libros y capítulos de libros

      D.4. Creaciones artísticas profesionales

   E. Congresos

   F. Conferencias y seminarios

   G. Calidad y número de proyectos y contratos de investigación

      G.1. Participación en proyectos y/o en contratos de investigación

      G.2. Otros méritos relacionados con la calidad y el número de proyectos y contratos de investigación

   H. Calidad de la transferencia de los resultados

      H.1. Patentes y productos con registro de propiedad intelectual

      H.2. Transferencia de conocimiento al sector productivo

      H.3. Otros méritos relacionados con la calidad de la transferencia de los resultados

   I. Movilidad del profesorado

      I.1. Estancias en centros de investigación

      I.2. Otros méritos relacionados con la movilidad del profesorado

   J. Otros méritos relacionados con la actividad investigadora

 

Respecto a la gestión universitaria se considerará:

   K. Experiencia en gestión y administración educativa, científica y tecnológica

      K.1. Desarrollo de cargos unipersonales de responsabilidad en gestión universitaria recogidos en los Estatutos de la Universidad o que hayan sido asimilados, o en organismos públicos de investigación durante un año como mínimo.

      K.2. Desarrollo de cargos en el entorno educativo, científico o tecnológico en la Administración general del Estado o de las comunidades autónomas durante un año como mínimo.

      K.3. Otros méritos relacionados con la experiencia en gestión y administración, incluyendo las actividades de representación sindical y de personal.

 

Obviamente, los candidatos o candidatas podrán aportar todos aquellos méritos que consideren apropiados.

 

   L. Premios y otros méritos

En todos los casos será objeto de especial valoración la acreditación del conocimiento de lenguas extranjeras, especialmente el inglés.

Los pesos de los bloques de indicadores relacionados con la investigación y la docencia serán como mínimo del 40 % cada uno.

La comisión tendrá en cuenta la base 6.2 en el momento de asignar los porcentajes correspondientes en su valoración.

Sin embargo, en caso de que las valoraciones de los indicadores relacionados con la docencia sean insuficientes, se podrá declarar no apto al candidato o candidata, con independencia del resto de calificaciones.

Dentro de estos bloques de actividad, tendrán especial consideración en la valoración del bloque correspondiente las estancias que los candidatos o candidatas hayan realizado en el extranjero (apartado I), de acuerdo con el plan de política internacional de la UPC, aprobado por el Acuerdo n.o 131/2008, de Consejo de Gobierno, de 2 de octubre de 2008.

La comisión de acceso fijará los pesos relativos asignados a las tres pruebas de las que consta el concurso de acceso al cuerpo docente de profesorado titular de universidad; sin embargo, el peso mínimo del tercer ejercicio será del 40 %. La comisión de acceso publicará las valoraciones obtenidas por cada una de las personas candidatas en las diferentes pruebas de los concursos, expresadas en una escala de 0 a 10 para cada una.

Asimismo, en igualdad de méritos, se aplicará el criterio de discriminación positiva a fin de favorecer la igualdad de género.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
13833 {"title":"RESOLUCIÓN 103_SAiP_PDI-2023-4591\/75, por la que se convoca un concurso de acceso a una plaza del cuerpo docente universitario de profesor\/a titular de universidad.","published_date":"2023-12-28","region":"catalunya","region_text":"Cataluña","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-catalunya","id":"13833"} catalunya Cargos y personal,DOGC,DOGC 2023 nº 9068,Universidad Politécnica de Cataluña https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/catalunya/boa/2023-12-28/13833-resolucion-103-saip-pdi-2023-4591-75-se-convoca-concurso-acceso-plaza-cuerpo-docente-universitario-profesor-titular-universidad https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.