ORDEN SLT/275/2023, de 14 de diciembre, por la que se determina la cápita media correspondiente al sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria para el 2023.

El capítulo 1 del título 4 del Decreto 118/2014, de 5 de agosto, sobre la contratación y prestación de los servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud (DOGC núm. 6681, de 7.8.2014), regula el sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria.

El sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria establecerá como parámetro la población del área básica de salud, es decir, el número de personas asignadas al área básica de salud. De acuerdo con este punto, la contraprestación será el resultado de multiplicar el número de personas asignadas por una cápita media que debe establecerse anualmente mediante la orden de la persona titular del departamento competente en materia de salud, a propuesta del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud. De acuerdo con ello, se aprobó la Orden SLT/144/2023, de 1 de junio, por la que se determinará la cápita media correspondiente al sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria para el año 2023.

Sin embargo, el Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud ha propuesto actualizar la cápita media para incorporar la incidencia del incremento de retribuciones vinculado a la evolución del índice de precios al consumo armonizado que establece el artículo 19.dos de la ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023.

Por ello, a propuesta del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, de acuerdo con el artículo 10.j) de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, y el artículo 29 del Decreto 118/2014, de 5 de agosto, sobre la contratación y prestación de los servicios sanitarios con cargo al Servicio Catalán de la Salud,

 

Ordeno:

 

Establecer la cápita media correspondiente al sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria para el año 2023 de 169,13 euros por persona y año.

 

 

Disposición derogatoria única

Se deroga la Orden SLT/144/2023, de 1 de junio, por la que se determinará la cápita media correspondiente al sistema de contraprestación de la atención especializada familiar y comunitaria y de salud pública en el ámbito de la atención primaria para el año 2023.

 

 

Disposiciones finales

 

Primera

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Segunda

La aplicación de la cápita media establecida en esta Orden se retrotraerá a 1 de enero de 2023.

 

Barcelona, 14 de diciembre de 2023

 

Manel Balcells i Díaz

Consejero de Salud

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