RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2023, por la que se convocan las pruebas selectivas para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de distintos puestos de trabajo de la plantilla laboral del Consorcio Sanitario de Barcelona y se aprueban las bases que deben regir su convocatoria.

Mediante resoluciones de la Gerencia del Consorci Sanitari de Barcelona (CSB), de fecha 20 de diciembre de 2022 y 7 de febrero de 2023 (DOGC núm. 8819 de 23.12.22 y 8855, de 15.2.23) se dio publicidad a los Acuerdos de la Junta General de la entidad, relativos a la Oferta pública de empleo del ejercicio 2022. Por Resolución del Gerente del CSB, de fecha 21 de noviembre de 2023 (DOGC núm. 9054 de 4 de diciembre de 2023) se ha dado publicidad al Acuerdo de dicho órgano de gobierno, de fecha 20 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la Oferta pública de empleo del CSB del ejercicio 2023.

De acuerdo con las mencionadas resoluciones, el número de puestos de trabajo de la plantilla laboral del CSB incluidos en las ofertas públicas de empleo de los ejercicios 2022 y 2023 es de un total de 10, con la siguiente distribución: 2 puestos del Grupo profesional Técnico/a 1; 3 puestos del Grupo profesional Técnico/a 2; 3 puestos del Grupo profesional Técnico/a 3; y 2 puestos del Grupo profesional Administrativo/va y de oficios 4. A fecha de la presente resolución, todos estos puestos de trabajo incluidos en las citadas ofertas públicas de empleo se encuentran pendientes de convocar.

De acuerdo con los artículos 13 y 14 del Convenio colectivo del personal laboral del CatSalut, al que está adherido el CSB, la selección del personal de nuevo ingreso en la entidad se llevará a cabo de conformidad con los principios de igualdad, idoneidad, mérito y capacidad, y se proveerán mediante convocatoria pública a través de un sistema de selección con tres fases eliminatorias: concurso de méritos; pruebas técnicas y entrevista.

Visto lo que establece el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, y de conformidad con el 3r Convenio colectivo del personal laboral del CatSalut; la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística; el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña; el Decreto 66/1999, de 9 de marzo, sobre el acceso a la función pública de las personas con discapacidad y de los equipos de valoración multiprofesional, y el Decreto 389/1996, de 2 de diciembre, por el que se regula el acceso de los ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea en la función pública de la Administración de la Generalitat.

Dado que, a 31 de diciembre de 2024, la tasa de temporalidad estructural del empleo público, debe situarse como objetivo prioritario por debajo del ocho por ciento establecido en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

De acuerdo con lo que disponen la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico de las administraciones públicas de Cataluña; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público; los artículos 15 a 19 del 3er Convenio colectivo del personal laboral aplicable al CSB;

Y en aplicación de las competencias que me confiere el artículo 23 de los Estatutos del CSB, aprobado mediante Decreto 215/2002, de 1 de agosto,

 

Resuelvo

 

Primero.- Convocar pruebas selectivas para la provisión, en régimen de personal laboral fijo, de los 10 puestos de trabajo de la plantilla laboral del CSB, incluidos en las Ofertas públicas de empleo de los ejercicios 2022 y 2023.

Los puestos de trabajo objeto de convocatoria mencionados son los siguientes:

 

Numero puestos

Código puesto convocatoria

Código puesto CSB

Descripción del puesto

Grupo y nivel profesional

1

A1

CSB073

Técnico/a analista de datos y sistemas de información

Grup 1 Técnico/a 1.3

1

A2

CSB074

Técnico/a de atención integrada de ciudadanía y experiencia de paciente.

Grup 1 Técnico/a 1.3

1

B1

CSB046

Técnico/a direcciones de sectores sanitarios

Grup 2 Técnico/a 2.4

1

B2

CSB072

Técnico/a de gestión y talento de las personas

Grup 2 Técnico/a 2.4

1

B3

CSB010

Técnico/a direcciones de sectores sanitarios

Grup 2 Técnico/a 2.4

1

C1

CSB075

Técnico/a de soporte en información, trámites y acreditaciones.

Grup 3 Técnico/a 3.1

1

C2

CSB076

Técnico/a de soporte salud

Grup 3 Técnico/a 3.1

1

C3

CSBL094

Técnico/a de soporte de atención al ciudadano

Grup 3 Técnico/a 3.3

2

D1

CSBL054

CSBL061

Administrativo/va de Secretaria de Gerencia

Grup 4 Administrativo/va y de oficios 4.2

 

 

Segundo.- Esta convocatoria se rige por la normativa referenciada en la parte expositiva, por las condiciones generales del Anexo 1, y por las bases específicas aplicables a cada uno de los puestos convocados de los Anexos 6 a 14 de la presente Resolución.

 

Tercero.- La descripción de los puestos convocados, los grupos profesionales y demás información y requisitos específicos de los puestos convocados son los establecidos en las condiciones específicas de los mencionados Anexos 6 a 14 de esta Resolución.

A tal efecto, la presente convocatoria, tiene como número de referencia PS CSB 01/23, seguido del código del puesto que consta en los citados Anexos.

Las publicaciones oficiales relativas a la convocatoria (bases de la convocatoria -condiciones generales y específicas-, solicitud de participación, fases, pruebas y otros aspectos de la convocatoria) se pueden consultar en la web del CSB siguiendo el siguiente enlace: https://www.csb.cat/gestio-administrativa/recursos-humans-del-csb/convocatories-de-proces-selectiu/

 

Cuarto.- La solicitud para participar en los procesos de selección debe dirigirse al Gerente del CSB y debe presentarse en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC). Dicha solicitud de participación debe presentarse a través de documento normalizado, que está a disposición de las personas interesadas en la web del CSB, en el mismo enlace del apartado anterior.

 

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso ante la jurisdicción social en el plazo máximo de dos meses a contar a partir del día siguiente de la fecha de su publicación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

Barcelona, 11 de diciembre de 2023

 

Jaume Estany i Ricart

Gerente

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