RESOLUCIÓN JUS/4160/2023, de 4 de diciembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de tres puestos de subdirector/a de Tratamiento de la Dirección General de Asuntos Penitenciarios (convocatoria de provisión núm. JUS/004/23).

 

De acuerdo con lo que disponen el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalitat de Catalunya; el Decreto 76/2020, de 4 de agosto, de Administración digital, y otras disposiciones complementarias;

Visto que están vacantes tres puestos de mando de la Dirección General de Asuntos Penitenciarios y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

Considerando la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalitat de Catalunya y la descripción de los puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

De acuerdo con el artículo 94.1 del Decreto 123/1997, de 13 de mayo, que dispone que el titular del departamento donde esté adscrito el puesto es el competente para realizar la resolución que apruebe la convocatoria de libre designación;

De conformidad con la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

-1 Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de tres puestos de subdirector/a de Tratamiento de la Dirección General de Asuntos Penitenciarios del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria (convocatoria de provisión núm. JUS/004/23), que se detallan en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

 

-2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta resolución.

 

Información sobre los recursos a interponer

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC); o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

 

 

Barcelona, 4 de diciembre de 2023

 

 

Por delegación (Resolución JUS/1041/2021, de 30.3.2021, DOGC de 16.4.2021)

Jordi Martinoy i Camós

Secretario general

 

 

Anexo 1

Bases

 

-1 Puestos de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de tres puestos de subdirector/a de Tratamiento de la Dirección General de Asuntos Penitenciarios del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

 

-3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de cualquier administración pública que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de origen, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También puede participar en la convocatoria el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalitat de Catalunya y que pertenezca a los cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que están clasificados los puestos objeto de la convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, puede participar el personal funcionario de la Generalitat de Catalunya que pertenezca a los cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que están clasificados los puestos objeto de la convocatoria, al que no se exigió la titulación citada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso pueden tomar parte en esta convocatoria los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de cargos de mando, como consecuencia de un expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco pueden participar los funcionarios en situación diferente de servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades puede participar en esta convocatoria en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre y cuando pueda desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, se debe estar en posesión de conocimientos orales y escritos de lengua catalana del nivel que señala el apartado 3 del anexo 2, certificados por la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, el órgano convocante o aquel en que este delegue debe evaluar, mediante una prueba, estos conocimientos en relación con los puestos de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurridos 10 días hábiles a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación, debe especificarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1) el día, la hora y el lugar de realización de la prueba de conocimientos de lengua catalana. Simultáneamente, esta comunicación también debe hacerse pública en la intranet del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, con carácter complementario.

No obstante, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalitat de Catalunya en las que hubiera establecida una prueba de catalán del mismo nivel o de un nivel superior al exigido en la convocatoria.

En estos supuestos, se debe adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 Los requisitos de participación deben reunirse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

 

-4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para poder participar en esta convocatoria se tienen que presentar, exclusivamente, por vía telemática en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, mediante la parte privada de portal del empleado público ATRI, en el apartado de Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació, y clicar sobre la opción "Participació en lliure designació". De acuerdo con las instrucciones indicadas en el portal, se tiene que adjuntar, en el apartado "Annex a la sol·licitud de participació", la documentación que especifica la base 4.3 y, si procede, la 4.4.

4.2 Las solicitudes tienen carácter vinculante para los participantes y solo se admiten renuncias a la participación al concurso cuando se presenten en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las renuncias también se tienen que presentar mediante la parte privada del portal del empleado público ATRI, en el apartado de Mobilitat > Concursos específics i lliure designació > Participació, y clicar sobre la opción "Renúncia convocatòria lliure designació".

4.3 Los aspirantes tienen que adjuntar en la solicitud de participación un currículum con los datos profesionales que consideren relevantes en relación con los puestos de trabajo a proveer.

4.4 Los aspirantes a los que hace referencia la base 3.2 deben adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración del Departamento de Derechos Sociales para que se pueda evaluar que el funcionario puede llevar a cabo de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Asimismo, pueden pedir en la solicitud de participación la adaptación del puesto solicitado, siempre y cuando esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

Estos candidatos pueden pedir en la solicitud de participación la adaptación o adecuación de tiempo y medios materiales para realizar las técnicas de acreditación de los méritos y capacidades.

4.5 La presentación de la solicitud de participación implica que los datos que facilitan los interesados para tramitar este proceso tengan el tratamiento que se especifica en la dirección siguiente: https://justicia.gencat.cat/ca/detalls/Article/tractament-ds-seleccio-provisio.

 

-5 Criterios profesionales

5.1 Se tiene en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de los candidatos para ocupar los puestos objeto de la convocatoria, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo a proveer que consta en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de los participantes se deben referir a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

-6 Sistemas de acreditación

Los participantes deben acreditar documentalmente los datos profesionales que aleguen, dentro del plazo de presentación de solicitudes previsto en la base 4.1 de esta convocatoria, sin perjuicio de que se les pueda solicitar las aclaraciones o justificaciones necesarias para su verificación.

 

-7 Procedimiento

7.1 Esta convocatoria debe resolverse dentro del plazo máximo de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7.2 En general, las actuaciones de este proceso que requieran la notificación a los aspirantes deben hacerse públicas en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1), de acuerdo con lo que prevén los artículos 58.4.c de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estas publicaciones sustituyen a las notificaciones individuales y tienen los mismos efectos. Simultáneamente, estas actuaciones también deben hacerse públicas en la intranet del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, con carácter complementario.

 

-8 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recae, si procede, en los candidatos que se consideren más adecuados para los puestos convocados, según el informe preceptivo y previo del titular de la unidad directiva de la que dependan los puestos convocados, el cual debe tener en cuenta la idoneidad de los candidatos para las funciones y tareas a desarrollar.

 

-9 Resolución de la convocatoria

9.1 La resolución definitiva de nombramiento debe publicarse en el DOGC.

9.2 Los candidatos que no obtengan destino en esta convocatoria deben permanecer en el puesto que ocupan actualmente o en la situación administrativa que corresponda.

9.3 El destino adjudicado es irrenunciable, salvo que se haya obtenido otro destino definitivo mediante una convocatoria pública realizada en el mismo período de tiempo, que haya habido una incapacidad sobrevenida, que se haya pasado a una situación diferente a la de activo o que haya habido causas excepcionales debidamente justificadas y apreciadas por el órgano convocante.

9.4 Antes de tomar posesión, los interesados deben acreditar que tienen reconocida la compatibilidad respecto al nuevo puesto de trabajo o manifestar fehacientemente que no están incluidos en ninguno de los motivos de incompatibilidades que prevé la normativa.

No obstante, si el nuevo puesto puede ser declarado compatible dentro de los 10 días a contar desde el principio del plazo de toma de posesión, se debe solicitar la autorización de compatibilidad. Este plazo se entiende prorrogado hasta que se resuelva la solicitud de compatibilidad.

 

-10 Plazos de formalización de cese y toma de posesión

10.1 La resolución de nombramiento comporta, si procede, el cese en el puesto anterior.

10.2 El plazo para tomar posesión en el nuevo destino es de 2 días hábiles, si no implica cambio de localidad de residencia del funcionario, o de 15 días, si comporta cambio de localidad de residencia, el cual se debe acreditar documentalmente.

10.3 Este plazo se computa a partir del día siguiente al del cese, el cual se debe efectuar dentro de los 3 días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC. Cuando dicha resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión se debe contar desde la fecha de publicación de la resolución de la convocatoria en el DOGC.

10.4 Al efecto de cómputo de plazos de toma de posesión, se consideran la misma localidad los municipios cuyos núcleos urbanos estén unidos sin solución de continuidad por razones urbanísticas o similares y que dispongan de servicios de transportes urbanos colectivos comunes.

10.5 Las diligencias de cese y toma de posesión de los funcionarios que accedan a un puesto de trabajo deben comunicarse al Registro general de personal dentro de los 3 días hábiles siguientes a su formalización mediante los sistemas informáticos establecidos.

 

 

Anexo 2

Descripción de los puestos de trabajo

 

-1 Características de los puestos de trabajo

 

Identificación del puesto: JUS/004/23-1.

Nombre del puesto: subdirector/a de Tratamiento.

Departamento: Justicia, Derechos y Memoria.

Unidad directiva: Dirección General de Asuntos Penitenciarios.

Centro de trabajo: Centro Penitenciario Quatre Camins.

Localidad: La Roca del Vallès.

Norma funcional: Decreto 329/2006, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal en Cataluña.

Nivel: 26.

Complemento específico: 36.693,00 euros.

Jornada: especial.

Horario: especial.

Tipo de puesto: mando.

Ámbito funcional: ejecución penal.

Forma de provisión: libre designación.

 

Identificación del puesto: JUS/004/23-2.

Nombre del puesto: subdirector/a de Tratamiento.

Departamento: Justicia, Derechos y Memoria.

Unidad directiva: Dirección General de Asuntos Penitenciarios.

Centro de trabajo: Centro Penitenciario Ponent.

Localidad: Lleida.

Norma funcional: Decreto 329/2006, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal en Cataluña.

Nivel: 26.

Complemento específico: 36.693,00 euros.

Jornada: especial.

Horario: especial.

Ámbito funcional: ejecución penal.

Tipo de puesto: mando.

Forma de provisión: libre designación.

 

Identificación del puesto: JUS/004/23-3.

Nombre del puesto: subdirector/a de Tratamiento.

Departamento: Justicia, Derechos y Memoria.

Unidad directiva: Dirección General de Asuntos Penitenciarios.

Centro de trabajo: Centro Penitenciario Abierto 2 de Barcelona.

Localidad: Barcelona.

Norma funcional: Decreto 329/2006, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal en Cataluña.

Nivel: 24.

Complemento específico: 27.910,32 euros.

Jornada: especial.

Horario: especial.

Ámbito funcional: ejecución penal.

Tipo de puesto: mando.

Forma de provisión: libre designación.

 

-2 Requisitos de participación

Grupo: A, subgrupo A1 y A2.

Movilidad: cualquier administración, indistintamente.

Colectivo de cuerpos: todos los cuerpos de administración general o de administración especial de los subgrupos correspondientes.

Especificación de los cuerpos: cuerpo superior de administración general o cuerpo de gestión de administración general o todos los cuerpos de administración especial de los subgrupos correspondientes o docencia A o docencia B.

 

-3 Requisito de conocimiento de la lengua catalana

Nivel de suficiencia de catalán (nivel C1) de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente.

 

-4 Contenido funcional

Misión:

Dirigir, coordinar y supervisar la actividad de los equipos multidisciplinarios de los centros penitenciarios encargados de la reeducación y la reinserción social de los internos, y el cumplimiento de los modelos de intervención y los programas rehabilitadores definidos a los efectos, de acuerdo con la normativa vigente, los procedimientos establecidos y las directrices de los superiores jerárquicos, para orientar la actuación al logro de los objetivos en materia de ejecución penal y rehabilitación del Departamento.

Finalidades/funciones:

a) Dirigir y coordinar la actuación de los mandos que dependan del cargo para garantizar el correcto desarrollo de las previsiones que contienen los modelos de intervención y los programas de tratamiento, y también para el correcto funcionamiento de los programas de clasificación interior.

b) Llevar a cabo las actuaciones oportunas para controlar que las propuestas de clasificación inicial y las de progresión, revisión y regresión de grado se realicen en los plazos que establece la legislación vigente.

c) Proponer al director los asuntos que deban debatirse en las sesiones de la Junta de Tratamiento y de los equipos multidisciplinarios.

d) Supervisar e inspeccionar la organización y el desarrollo de los programas y las actividades de su competencia.

e) Supervisar las propuestas de adquisición de material y gastos necesarios para el adecuado funcionamiento de los servicios de su área competencial.

f) Detectar las necesidades que orienten la investigación de recursos comunitarios para la realización de programas de inserción social de los internos.

g) Ejercer el resto de competencias que le atribuya la legislación vigente y la normativa que la desarrolle y, en general, todas las que sean necesarias para la correcta prestación de los servicios que tenga encomendados.

Además, las propias del cuerpo o la escala al que tiene que pertenecer el funcionario que lo ocupe (artículo 66 del Decreto legislativo 1/1997).

 

-5 Otras características

5.1 Conocimientos convenientes:

Conocimientos de la legislación penitenciaria.

Conocimientos de la organización del sistema penitenciario.

Conocimientos en materia de rehabilitación, reeducación y reinserción social de internos en centros penitenciarios.

Nivel 2 de certificación ACTIC - certificado medio o algún otro de los certificados declarados equivalentes por la Secretaría de Políticas Digitales.

5.2 Experiencia conveniente:

Experiencia en tareas similares en el ámbito penitenciario.

Experiencia en la dirección de equipos de rehabilitación.

Experiencia en la planificación, el desarrollo y la evaluación de proyectos dentro del ámbito de la rehabilitación.

Experiencia en relaciones institucionales con operadores vinculados a la gestión penitenciaria en materia de rehabilitación y sanidad.

Experiencia en el trabajo con perfiles minoritarios y de alta complejidad (mujeres o jóvenes) y en la gestión de los profesionales que trabajan con ellos.

5.3 Otros conocimientos:

Otros conocimientos prácticos o capacidades para dirigir, coordinar y supervisar la actividad de los equipos multidisciplinarios de los centros penitenciarios encargados de la reeducación y la reinserción social de los internos, y el cumplimiento de los modelos de intervención y los programas rehabilitadores definidos a los efectos.

5.4 Competencias profesionales:

Dirección y desarrollo de las personas.

Trabajo en equipo y trabajo en red.

Planificación y organización.

Análisis de problemas y toma de decisiones.

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