ACUERDO GOV/259/2023, de 5 de diciembre, por el que se crea el Programa temporal para la coordinación, gestión y tramitación de los procesos selectivos del personal al servicio de la Administración de justicia derivados de la oferta de empleo público parcial para la estabilización y la consolidación del empleo temporal del personal.

Los artículos 103 y 105 del Estatuto de autonomía de Cataluña regulan las competencias de la Generalitat de Catalunya en materia de personal no judicial al servicio de la Administración de justicia, y en relación a la creación, el diseño, la organización, la dotación y la gestión de las oficinas judiciales y los órganos y servicios de apoyo a los órganos jurisdiccionales.

El Decreto 129/1996, de 16 de abril, asigna al Departamento de Justicia las funciones y los servicios traspasados a la Generalitat de Catalunya en materia de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de justicia. Concretamente, el artículo 62 del Decreto 47/2022, de 15 de marzo, de reestructuración del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, atribuye a la Secretaría para la Administración de Justicia la función de dirigir la gestión de los medios personales y de los recursos materiales y económicos de la Administración de justicia en Cataluña.

Por otra parte, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público prevé medidas efectivas para situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 % en el conjunto de las administraciones públicas, a 31 de diciembre de 2024. Para reducir la temporalidad, el Real decreto 408/2022, de 24 de mayo, aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal de la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20 /2021, de 28 de diciembre.

En cumplimiento de dicho Real decreto, se aprueba la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Asimismo, se aprueba la Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario para el acceso, por el turno libre, en el cuerpo nacional de médicos forenses, por el sistema selectivo de concurso. El número de plazas afectadas en dichos procesos selectivos es de 1.485, y el número de instancias presentadas es de 17.228.

En cumplimiento, también, del Real decreto 408/2022, de 24 de mayo, se aprueba la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario para el acceso, por el turno libre, a los cuerpos de gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia, por el sistema de concurso oposición, y la Orden JUS/1326/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo extraordinario para el acceso, por el turno libre, en el cuerpo nacional de médicos forenses, por el sistema de concurso oposición. El número de plazas afectadas en dichos procesos selectivos es de 479, y el número de instancias presentadas es de 16.295.

Estos procesos de estabilización coinciden en el tiempo con las ofertas de empleo público que prevén las leyes de presupuestos para los años 2020, 2021 y 2022.

El número de puestos de trabajo afectados por todos estos procesos es muy elevado y, además, se concentran en un período de tiempo muy limitado, derivado del plazo de ejecución de la oferta (31 de diciembre de 2024). Por dicho motivo, el volumen de las tareas de coordinación, gestión y tramitación no puede asumirse con los efectivos disponibles actualmente en la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría para la Administración de Justicia.

Asimismo, por su implicación, es necesario garantizar la correcta ejecución de todos los procesos que se convoquen y evitar su vulnerabilidad ante posibles recursos, en la medida de lo posible, dado que la resolución de dichos recursos tiene un gran impacto en la tramitación.

Para ello, es necesario crear un programa temporal, con una duración de un año, adscrito a la Secretaría para el Administración de Justicia, para incorporar un total de 12 puestos de trabajo temporales: ocho puestos de técnico/a superior (grupo A, subgrupo A1), nivel 21, y cuatro puestos de administrativo/a (grupo C, subgrupo C1), nivel 13.

Estas incorporaciones, junto con los efectivos actuales de la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos, deben permitir gestionar los procesos de estabilización en los plazos previstos.

De acuerdo con lo que dispone el punto 1.8 del Acuerdo del Gobierno de 13 de junio de 2017, sobre criterios para la formalización de nombramientos y contrataciones de personal temporal en el ámbito de la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público;

A propuesta de la Consejera de Justicia, Derechos y Memoria, el Gobierno

 

Acuerda:

 

—1 Crear el Programa temporal para la coordinación, gestión y tramitación de los procesos selectivos del personal al servicio de la Administración de justicia derivados de la oferta de empleo público parcial para la estabilización y consolidación del empleo temporal del personal.

 

—2 Este programa está adscrito a la Secretaría para la Administración de Justicia del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, y tiene por objeto llevar a cabo las actuaciones de implementación de las medidas urgentes para reducir la temporalidad en el ámbito de la Administración de justicia en Cataluña, a fin de cumplir el objetivo de que la tasa de cobertura temporal se sitúe por debajo del 8 % de las plazas estructurales, a 31 de diciembre de 2024, y garantizar la resolución en plazo de los procesos selectivos correspondientes.

Los indicadores de los resultados y del cumplimiento de los objetivos de este programa son los siguientes:

- Indicador 1. Porcentaje de aspirantes que presentan alegaciones en la valoración de méritos.

- Indicador 2. Porcentaje de alegaciones aceptadas.

- Indicador 3. Porcentaje de reducción de la temporalidad con motivo de los procesos extraordinarios de estabilización por concurso de méritos.

- Indicador 4. Porcentaje de reducción de la temporalidad con motivo de los procesos extraordinarios de estabilización por concurso-oposición.

- Indicador 5. Tasa de cobertura temporal de los puestos de trabajo de la Administración de justicia en Cataluña.

 

—3 Autorizar la incorporación de 12 efectivos adscritos a la Secretaría para la Administración de Justicia, con las siguientes características:

- 8 puestos de técnico/a superior del cuerpo superior de la Administración de la Generalitat de Catalunya, escala superior de administración general (grupo A, subgrupo A1), nivel 21.

- 4 puestos de administrativo/a del cuerpo administrativo de la Generalitat de Catalunya (grupo C, subgrupo C1), nivel 13.

 

—4 A tal efecto, el personal que debe incorporarse al Programa debe seleccionarse mediante la oferta correspondiente, publicada en el portal ATRI y en la web del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria.

 

—5 La financiación de este programa corre a cargo de los recursos ordinarios del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria.

 

—6 Autorizar el Departamento de Economía y Hacienda a aprobar las modificaciones de créditos necesarias para cumplir este acuerdo.

 

—7 La vigencia del Programa se inicia el 1 de enero de 2024 y finaliza el 31 de diciembre de 2024.

 

—8 Publicar este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 5 de diciembre de 2023

 

Xavier Bernadí Gil

Secretario del Gobierno

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