RESOLUCIÓN CLT/3985/2023, de 23 de noviembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se modifican las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales.
Visto el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales adoptado en la sesión del 27 de octubre de 2023, por el que se modifican las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales;
Resuelvo:
—1 Que se publique íntegramente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 27 de octubre de 2023, por el que se modifican las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales.
—2 Que, contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 23 de noviembre de 2023
Jordi Foz i Dalmau
Presidente del Consejo de Administración
Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 27 de octubre de 2023, por el que se modifican las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales.
Vista la Resolución CLT/3142/2020, de 1 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueban las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia, que han sido modificadas por el Acuerdo publicado mediante la Resolución CLT/187/2021, de 28 de enero, y por el Acuerdo publicado mediante la Resolución CLT/670/2023, de 28 de febrero;
Vista la Resolución CLT/1505/2021, de 14 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales por el que se aprueban las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales;
Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones,
Conforme al artículo 7.2.i) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril, el Consejo de Administración acuerda:
1. Aprobar la modificación de las bases específicas que regirán la concesión de ayudas en forma de garantía para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales, aprobadas por el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, de 13 de mayo de 2021, publicado mediante la Resolución CLT/1505/2021, de 14 de mayo, en los términos que constan en el anexo.
2. Publicar el Texto refundido de las bases vigentes, que incorpore las modificaciones aprobadas, en la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya (gencat.cat).
Anexo
1. Se modifica la base 1 del anexo del Acuerdo del Consejo de Administración, de 13 de mayo de 2021, que pasa a tener la siguiente redacción:
"1. Objeto
1. El objeto de estas bases es la concesión de ayudas en forma de garantía para cubrir el riesgo de las operaciones de préstamo que se formalicen con el Instituto Catalán de Finanzas para proyectos relacionados con la producción, la distribución, la comercialización y la difusión o la exhibición de bienes o servicios culturales, en el marco del convenio de colaboración suscrito el 23 de noviembre de 2023, entre el Departamento de Cultura, el Instituto Catalán de las Empresas Culturales y el Instituto Catalán de Finanzas, para la financiación de empresas y entidades de los ámbitos culturales. Las personas interesadas pueden consultar este convenio en la dirección de Internet http://icec.gencat.cat/web/.content/05_serveis_tramits/01subvencions/pdfs/CONVENI-DC-ICEC-ICF.pdf.
2. Las ayudas que prevén estas bases se articulan en las siguientes modalidades, en función del objeto del préstamo:
a) Proyectos que requieran inversiones en activo fijo con el objetivo de mejorar la competitividad, y relativas a la adquisición de activos inmateriales, los procesos de investigación, desarrollo e innovación, la adquisición de bienes muebles, la modernización de equipamientos tecnológicos, los procesos de fusión o concentración empresarial, el desarrollo de nuevas líneas de negocio, la ampliación de mercados, la digitalización de modelos de negocio, productos y servicios, así como a mejorar la sostenibilidad ambiental.
b) Proyectos que necesiten de activo circulante para el correcto funcionamiento de su actividad habitual."
2. Se añade una letra, la f.3), a la base 2 del anexo del Acuerdo de Administración, de 13 de mayo de 2021, con la siguiente redacción:
"f.3) Empresas que se dedican, exclusiva o principalmente, a la distribución de libros en formato papel, que tengan su sede social en el territorio de Cataluña y estén dadas de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, en el epígrafe de actividad económica relativa al comercio al por mayor de libros, diarios y revistas (619.6)."
3. Se suprime la letra h) de la base 2 del anexo del Acuerdo del Consejo de Administración, de 13 de mayo de 2021.
4. Se añade un último párrafo a la base 2 del anexo del Acuerdo del Consejo de Administración de 13 de mayo de 2021, con la siguiente redacción:
"Se excluyen aquellas empresas o entidades que se dedican a la moda, el diseño, la arquitectura, la gastronomía, la educación y el turismo cultural, ya sea en su versión física como digital, así como los medios de comunicación."
5. Se modifica el apartado 1 de la base 4 del anexo del Acuerdo del Consejo de Administración, de 13 de mayo de 2021, que pasa a tener la siguiente redacción:
"1. El Instituto Catalán de las Empresas Culturales asume la garantía de hasta el 49% del riesgo vivo de los préstamos, con un máximo del 25% del límite de la línea.
Es necesario determinar el equivalente de subvención bruta que se concede a la persona beneficiaria de la ayuda, y este importe debe constar en la resolución de concesión de la ayuda."