Ayuntamiento de Saus, Camallera i Llampaies - Administración local (DOGC nº 2023-9042)

ANUNCIO sobre aprobación inicial del Plan de ordenación urbanística municipal.

El Pleno del Ayuntamiento de Saus, Camallera y Llampaies, reunido en sesión el día treinta de octubre de 2023, en relación al trámite de aprobación inicial del Plan de Ordenación Urbanística Municipal, adoptó los acuerdos siguientes, que transcritos literalmente, dicen:

"Visto el expediente tramitado para la aprobación inicial del Plan de Ordenación Urbanística Municipal, una vez recibido el Proyecto de este documento presentado por el equipo redactor, junto con el Informe de Sostenibilidad Ambiental, y vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales y por la Secretaría municipal, de fecha veinticinco de octubre y de treinta de octubre respectivamente, en los cuales se pone de manifiesto que su contenido y documentación se ajusta a las disposiciones del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo (TRLU), y del Decreto 305/2006, de 18 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Urbanismo (RLU).

En el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 22.2 c) LRBRL, el Pleno de la Corporación municipal, previa deliberación, con los votos a favor seis votos a favor, que constituyen la mayoría absoluta del número legal de sus miembros,

 

ACUERDA:

 

PRIMERO.- Aprobar inicialmente el Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Saus, Camallera y Llampaies, y someterlo conjuntamente con el informe de sostenibilidad ambiental y convenio urbanístico señalado al apartado segundo, a información pública por plazo de 45 días, de conformidad al que prevé el artículo 85 y 86 bis del TRLUC, el artículo 23.1 y 115.c) del RLUC y la Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas. Este plazo de información pública se iniciará a partir de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) y se anunciará en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, DOGC, en dos de los diarios de más circulación a la misma, en la web municipal, al tablón de edictos municipal.

Durante el plazo de información pública el expediente permanecerá en el edificio Casa de la Vila, situado en la Plaza de la Vila s/n del pueblo de Camallera , en horario de atención al público, de lunes a viernes de 12,00 a 15,00 horas, a fin de que pueda ser consultado y si se tercia presentar alegaciones.

Así mismo y con el fin de explicitar mejor el contenido del POUM a la ciudadanía, previa concertación horaria con el Ayuntamiento, se podrá concertar visitas con el equipo técnico asesor a los efectos de obtener mayor información sobre el contenido y determinaciones del POUM.

 

SEGUNDO.- Aprobar el convenio urbanístico de fecha diecinueve de octubre de dos mil veintidós con los propietarios Iván Poch Bandrés y Clàudia Poch Bandrés.

 

TERCERO.- Suspender por el plazo de un año la tramitación de planes urbanísticos derivados concretos y de proyectos de gestión urbanística y de urbanización, como también de suspender el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación de nueva planta, reforma, rehabilitación o derribo de construcciones, de instalación o ampliación de actividades o usos concretos y otras autorizaciones municipales conexas establecidas por la legislación sectorial en los ámbitos en que las nuevas determinaciones comporten una modificación del régimen urbanístico. No quedan suspendidas las licencias de obras menores y de rehabilitación en conformidad con el artículo 103.4.c) del Reglamento de Urbanismo, de acuerdo con el artículo 73.2 del TRLUC.

La suspensión de licencias urbanísticas y de tramitación de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística, expropiación forzosa, etc tendrá una duración máxima de dos años desde la publicación de este acuerdo, excepción de aquellos ámbitos por los cuales se acordó la suspensión en el acuerdo plenario de fecha 27.01.21 , por los cuales la suspensión tendrá una duración de un año de acuerdo con el arte. 103.2 del RLU, desde la publicación del presente acuerdo.

 

CUARTO.- Requerir informe a los organismos afectados por razón de sus competencias sectoriales, según el indicado, los cuales tienen que emitirlo en el plazo de un mes, salvo que una disposición sectorial autorice un más largo, en conformidad con el artículo 85.5 del TRLUC.

 

El listado de organismos es:

 

ADMINISTRACIÓN ESTADO

1. Secretaría de estado de telecomunicaciones y para la sociedad de la información

2. Dirección general aviación civil

3. Dirección general de planificación ferroviaria

4. Administrador de infraestructuras ferroviarias (ADIF)

 

ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALITAT

1. Dirección General de Infraestructuras de Movilidad Terrestre

2. Dirección General de Transportes y Movilidad

3. Departamento de Enseñanza - Girona

4. Departamento de Salud - Girona

5. Dirección general de Protección Civil.

6. Departamento de Cultura

7. Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio natural (DARP)

8. Dirección General de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio

9. Dirección General de Comercio

10. Dirección General de Turismo

11. Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural.

 

ÓRGANOS GENERALIDAD

1. Agencia Catalana del Agua (ACA)

2. Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña (ICGC)

3. Oficina Catalana del Cambio Climático

4. Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña

 

ADMINISTRACIONES LOCALES

1. Diputació de Girona - Servicio de Vías Locales

 

ENTIDADES INTERESADAS EN PROCESO EVALUACIÓN AMBIENTAL

1. IAEDEN

 

INFORMES COMPAÑÍAS SUMINISTRADORAS

1. CIA AGUA POTABLE - PRODAISA

2. SANEAMIENTO - AYUNTAMIENTO

3. ENDESA

4. TELEFÓNICA

5. GAS NATURAL

 

QUINTO.- Conceder audiencia, simultáneamente al trámite de información pública, a los Ayuntamientos colindantes con este municipio, conforme a lo previsto en el artículo 85.7 del TRLUC.

 

AYUNTAMIENTOS LINDEROS

1. Ayuntamiento de Bàscara

2. Ayuntamiento de Vilaur

3. Ayuntamiento de Sant Mori

4. Ayuntamiento de Viladesens

5. Ayuntamiento de Vilopriu

 

SEXTO.- Notificar a los propietarios incluidos en el CATÁLOGO DE MASÍAS Y CASAS RURAL y del INVENTARIO DE VIVIENDAS Y OTRAS CONSTRUCCIONES EN SUELO NO URBANIZABLE a efectos de su conocimiento respecto a las fichas incluidas en el catálogo e Inventario.

Señalar que contra lo dispuesto en el apartado tercero del presente acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación del presente acuerdo.

 

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición referido (se entenderá desestimado si no es resuelto y notificado en el plazo de un mes desde su interposición) puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando ésta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al día en que el referido recurso de reposición deba entenderse desestimado de forma presunta.

Si lo prefiere, contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, puede interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

 

Camallera, 6 de noviembre de 2023

 

El alcalde

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