Departamento de la Presidencia - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9033)

ACUERDO GOV/218/2023, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Protocolo y la metodología de redistribución de dotaciones de unidades directivas transversales mediante partes alícuotas a consecuencia de la reasignación de competencias entre departamentos.

Los cambios que se producen en el Gobierno en el ejercicio de sus funciones pueden tener como consecuencia la reestructuración de los departamentos, la modificación de la denominación de los departamentos existentes, la creación de nuevos o la nueva asignación de competencias entre ellos.

Estas reorganizaciones justifican la necesidad de dimensionar correctamente a los departamentos con el fin de que puedan ejercer las competencias y desarrollar las funciones asignadas de manera eficaz y eficiente.

Los decretos de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia son la norma que recoge y establece las citadas reorganizaciones.

La reasignación de competencias entre los distintos departamentos, uno de los casos de reorganización, tiene varios impactos organizativos. De un lado, un impacto directo en las dotaciones de las unidades orgánicas que desarrollan las funciones relacionadas con las competencias mencionadas, que deben reubicarse en el departamento donde se ejercen éstas y también en las unidades del entorno de los Gabinetes de los consejeros y consejeras, que deben dotarse adecuadamente. De otro lado un impacto indirecto en las dotaciones de las unidades directivas transversales, como las secretarías generales y las direcciones de servicios de los departamentos, a consecuencia de la pérdida de competencias en favor de otros departamentos, ya existentes o de nueva creación, que asumen nuevas competencias. Estas unidades deben ajustarse a las nuevas cargas de trabajo derivadas de la reasignación de competencias.

Por tanto, una de las acciones indispensables que deben realizarse inmediatamente después de la reasignación de competencias entre departamentos es la redistribución de dotaciones de unidades directivas transversales entre ellos, transfiriendo dotaciones, las denominadas "partes alícuotas", de estas unidades desde el departamento que cede las competencias a lo que las recibe.

Para determinar la transferencia de estas dotaciones, su cuantificación y tipología, la práctica habitual ha consistido en que los departamentos participantes en la reasignación de competencias abrieran procesos negociadores ad hoc y llegaran a un acuerdo, después de valorar los argumentos y/o datos de cada parte.

Con el propósito de mejorar las actuaciones vinculadas a la reasignación de competencias se considera imprescindible objetivar y agilizar al máximo este proceso de transferencias inicial para dotar de una coherencia organizativa global al momento de nuevas adscripciones de los recursos humanos.

Por tanto, es voluntad del Gobierno aprobar un protocolo aplicable a todos los departamentos, de determinación de las partes alícuotas que normaliza el proceso de transferencias. El protocolo incluye una metodología fundamentada en unos criterios de valoración de aplicación general y unos específicos que tendrán en consideración un dimensionamiento mínimo departamental en el momento de modificaciones en la composición de los departamentos basado en unas fórmulas de cálculo, y una limitación temporal de la resolución del proceso, de manera que los departamentos involucrados puedan resolver la redistribución de dotaciones de las unidades directivas transversales con el menor coste y tiempo posible.

Por todo ello, a propuesta de la consejera de la Presidencia, el Gobierno

 

Acuerda:

 

-1 Aprobar el Protocolo de redistribución de dotaciones de las unidades directivas transversales que se detalla en el Anexo 1. Este Protocolo se activará cuando se produzca una nueva asignación de competencias entre departamentos y será ejecutado por los departamentos participantes en la nueva asignación. Los departamentos participantes acordarán, en una primera fase, las partes alícuotas a traspasar, aplicando la metodología que se aprueba en este Acuerdo del Gobierno. Si no se alcanza un acuerdo se procederá a una mediación y, si procede, un arbitraje.

 

-2 Aprobar la metodología para el cálculo de la redistribución de dotaciones alícuotas (MAQ) referidas a las unidades directivas transversales como herramienta de referencia de uso corporativo en los procesos de redistribución de dotaciones. La metodología se describe en el Anexo 2.

 

-3 Establecer el uso de oficio de la metodología MAQ en todos los procesos de redistribución de dotaciones de unidades directivas transversales. Las propuestas de redistribución de dotaciones elaboradas por los departamentos tendrán que derivar de la aplicación de la metodología.

 

-4 Establecer un plazo de resolución de los procesos de redistribución de dotaciones de unidades directivas transversales, que se fija en un máximo de 1 mes desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del decreto de reestructuración que motive las redistribuciones , si la resolución de la redistribución de dotaciones se realiza únicamente entre los departamentos participantes y en un máximo de 2 meses desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del decreto de reestructuración que motiven las redistribuciones si se requiere la mediación y, si procede, el arbitraje en una segunda y última fase de la Secretaría de Administración y Función Pública.

 

-5 Asignar a la Secretaría de Administración y Función Pública, mediante la unidad directiva adscrita que tenga atribuidas las competencias de dimensionamiento de plantillas, la supervisión y el apoyo de los procesos de redistribución de dotaciones y la mediación y, si procede, el arbitraje en la segunda y última fase cuando los departamentos no hayan alcanzado un acuerdo en la primera fase.

 

-6 Publicar este Acuerdo del Gobierno en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 31 de octubre ​​de 2023

 

Xavier Bernadí Gil

Secretario del Gobierno

 

 

Anexo 1

Protocolo de redistribución de dotaciones de las unidades directivas transversales

 

El Protocolo de redistribución de dotaciones de las unidades directivas transversales estandariza las acciones que permiten determinar las dotaciones alícuotas cuando se produce una reasignación de competencias entre departamentos, se activa cuando se producen estas reasignaciones y se describe como sigue:

 

Fase I, de aplicación de la metodología MAQ

Las direcciones de servicios de los departamentos participantes en la reasignación de competencias determinarán un primer cálculo de las dotaciones alícuotas a transferir o recibir aplicando la metodología MAQ (anexo 2).

   1. Los resultados y argumentos del primer cálculo de dotaciones alícuotas se pondrán en común entre los departamentos involucrados, con el propósito de formalizar el acuerdo sobre las dotaciones alícuotas a transferir.

Si el resultado obtenido con la metodología MAQ es aceptado por los departamentos participantes, estos comunicarán a la Secretaría de Administración y Función Pública (en adelante, SAFP) el resultado obtenido, el número y tipo de dotaciones alícuotas (perfiles profesionales) a transferir, así como los documentos con los cálculos y argumentos utilizados para obtener el resultado.

El límite para llegar a un acuerdo en la primera fase es de 1 mes desde la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya del decreto de reestructuración que motive las redistribuciones.

Si el resultado obtenido con la metodología MAQ genera discrepancias, los departamentos participantes comunicarán a la SAFP los motivos en relación con el resultado obtenido, cuál es el número y tipo de dotaciones alícuotas a transferir propuesto por cada departamento, así como los documentos con los cálculos y argumentos utilizados. La SAFP, a continuación, realizará una mediación y, si procede, un arbitraje con esta información.

 

Fase II, de mediación y arbitraje

   2. La SAFP realizará una mediación, y revisará los documentos con el número y tipo de dotaciones alícuotas a transferir propuesto por cada departamento, así como los documentos con los cálculos y argumentos utilizados. Si procede, incorporará criterios de valoración adicionales para atender la diversidad de situaciones de los departamentos y formulará una primera propuesta alternativa a los departamentos participantes.

Estos criterios serán:

   - El dimensionado previo de los servicios transversales de los departamentos, aplicando los criterios indicados en el documento "Diseño y dimensionado de una Dirección de Servicios", DGPF/CTFP 19/10/2021, y que está disponible en la intranet de la Secretaría de Administración y Función Pública, en el apartado Función Pública y organización, dentro de la opción Dimensionamiento.

Los criterios anteriores también son aplicables en el caso de los departamentos de nueva creación que reciban competencias de otros departamentos por primera vez, de manera que se garanticen los estándares de dimensionamiento derivados de la metodología.

   - La valoración de la estructura existente antes del traspaso de competencias.

   - El impacto de la gestión de los entes adscritos.

   - La tipología de recursos traspasados (patrimonio inmobiliario).

   - El impacto en los servicios territoriales.

   - La evolución del volumen de gestión.

   - La evolución del volumen presupuestario gestionado.

Si los departamentos participantes aceptan la primera propuesta alternativa, la SAFP formalizará la conclusión del proceso de cálculo de dotaciones alícuotas con la nueva propuesta.

Si los departamentos participantes no aceptan la primera propuesta alternativa, los departamentos comunicarán a la SAFP la discrepancia, cuál es el número y tipo de dotaciones alícuotas a transferir propuesto por cada departamento en esta etapa, así como los documentos con los nuevos cálculos y argumentos utilizados por cada uno.

   3. La SAFP realizará un arbitraje, y revisará los nuevos documentos con el número y tipo de dotaciones alícuotas a transferir propuesto por cada departamento, así como los documentos con los cálculos y argumentos utilizados. Si procede, incorporará criterios de valoración adicionales a los utilizados y formulará una propuesta definitiva a los departamentos participantes.

El límite para concluir la segunda y última fase es de 2 meses desde la publicación en el DOGC del decreto de reestructuración que motive las redistribuciones.

4.Se formalizará un documento en que constará la propuesta definitiva de dotaciones alícuotas y los datos y criterios aplicados en que se fundamenta la propuesta.

 

 

Anexo 2

Metodología de redistribución de dotaciones alícuotas referidas a las unidades directivas transversales (MAQ)

 

La metodología MAQ está constituida por el proceso, los elementos básicos y los criterios cuantitativos para elaborar una distribución alícuota de dotaciones entre los departamentos sobre la base de los traspasos de competencias y los recursos asignados a la prestación de servicios.

La metodología va más allá de la aplicación de un criterio de redistribución de dotaciones directamente proporcional al número de efectivos asociados a las competencias traspasadas, incorpora criterios de economía de escala y de equidad-equilibrio para hacer más justa la redistribución, aunque los resultados no sean estrictamente proporcionales.

En concreto, la redistribución que resulta de la aplicación de la metodología tiene en cuenta dos criterios cuantitativos:

   - El volumen de la transferencia de dotaciones totales asociadas a la reasignación de competencias. Se aplica un principio de economía de escala, según el cual el número de dotaciones alícuotas transferidas sigue una proporción decreciente en relación con el número de dotaciones transferidas por reasignación de competencias.

   - La diferencia de dimensiones entre departamentos. Se aplica un principio de compensación, de equidad o de equilibrio, cuando el departamento de origen es mucho más pequeño que el departamento receptor, de tal forma que no se vean afectadas las dotaciones transversales mínimas necesarias para dar servicio al departamento que efectúa el traspaso.

La dotación alícuota, una vez calculada, se puede distribuir orientativamente entre las unidades transversales (secretarías generales, direcciones de servicios y gabinetes del consejero o de la consejera) según la proporción de dotaciones que tienen estas unidades en los departamentos. Esta proporción se obtiene del análisis conjunto de todas las unidades transversales de la Administración de la Generalitat.

El proceso de cálculo es el siguiente:

 

1. Datos necesarios

 

       DIMo = (Dimensionado del departamento de origen) = plantilla computable del departamento de origen antes de la transferencia.

       DIMr = (Dimensionado del departamento receptor) = plantilla computable del departamento receptor antes de la transferencia.

       Uo = (Dimensionado de la unidad traspasada del departamento de origen) = plantilla computable de la unidad traspasada del departamento de origen aldepartamento receptor.

 

Se considera plantilla computable los puestos de trabajo con los atributos siguientes:

   a) personal funcionario o laboral, con dotaciones presupuestarias ejecutables, es decir, puestos de trabajo clasificados X o Z.

   b) adscrito al departamento.

   c) pertenecientes Pertenecen a la RLT.,

   d) y a los que no se aplican criterios específicos de exclusión.

 

Se consideran excluidos del cómputo:

   a) Puestos de trabajo relacionados de personal eventual con presupuesto Z o X.

   b) Puestos de trabajo relacionados con presupuesto Z o X de los organismos autónomos y otras entidades del sector público (entidades de derecho público, consorcios, entidades dependientes).

   c) Puestos de trabajo no relacionados de alto cargo u otro personal directivo con presupuesto Z o X.

   d) Puestos de trabajo específicamente excluidos:

   - Puestos de trabajo relacionados con presupuesto Z o X de las unidades siguientes:

      - EN 68 COMPLEJO EDUCATIVO DE TARRAGONA.

      - EN 76 CONSORCIO DE EDUCACIÓN DE BCN (CENTROS) GESTIÓN.

      - EC 39 TRIBUNAL CATALÁN DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.

      - JU 55 INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.

      - JU 56 INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.

   - Puestos de trabajo relacionados con presupuesto Z o X de los colectivos siguientes:

      - Cuerpos de seguridad (seguridad-mossos y seguridad facultativos y técnico).

      - Personal operativo de incendios.

      - Agentes rurales.

      - Personal de cuerpos penitenciarios.

             - JU19 CENTROS PENITENCIARIOS (de los centros penitenciarios se excluyen los puestos de trabajo de los cuerpos penitenciarios).

             - JU16, JU17, JU18 SERVICIOS SOCIALES EN EL ÁMBITO PENAL en Girona, Lleida y Tarragona (se excluyen los puestos de trabajo de los cuerpos penitenciarios).

      - Personal docente de centros docentes.

      - Personal sanitario de centros sanitarios.

   - Puestos de trabajo no relacionados con presupuesto Z o X de los colectivos siguientes:

      - Personal de administración de justicia.

             - JU 50 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-BARCELONA.

             - JU 51 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-GIRONA.

             - JU 52 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-LLEIDA.

             - JU 53 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-TARRAGONA.

             - JU 54 NUEVA OFICINA JUDICIAL.

      - Sanitarios locales.

             - SA 43 SERVICIOS TERRITORIALES DE LES TERRES DE L'EBRE.

             - SA 46 SERVICIOS TERRITORIALES DE BARCELONA.

             - SA 47 SERVICIOS TERRITORIALES DE GIRONA.

             - SA 48 SERVICIOS TERRITORIALES DE LLEIDA.

             - SA 49 SERVICIOS TERRITORIALES DE TARRAGONA.

   e) Puestos de trabajo no relacionados con presupuesto O:

      - de personal en cursos selectivos o de prácticas

      - de refuerzos adscritos a los departamentos

      - de programas

      - de sustituciones

 

2. Fórmula de cálculo

 

Dotaciones alícuotas = Uo * (K2 / K1)

 

Uo = plantilla computable de la unidad traspasada del departamento de origen al receptor.

 

K1 = coeficiente que depende del número de dotaciones traspasadas Uo.

 

K1 es un coeficiente que representa el número de dotaciones totales para cada dotación de unidades directivas transversales. Se obtiene del análisis conjunto de las dotaciones de todos los departamentos en un momento dado y aplicando unos criterios de cómputo específicos. El efecto de economía de escala se observa en que el coeficiente K1 es mayor cuando la transferencia de dotaciones es mayor de 200: la consecuencia es que hay que transferir más dotaciones totales para ceder una dotación de unidades directivas transversales.

 

K1

Si Uo < = 200

Si Uo > 200

 

16,22

22,52

 

 

K2 = coeficiente que depende de la situación de los departamentos participantes, en función de su plantilla computable.

 

K2 es un coeficiente corrector que tiene un valor inferior a 1 en los casos en qué la transferencia de dotaciones se realice de un departamento pequeño a un departamento grande en términos relativos, para reducir la transferencia de dotaciones aplicando un principio de equidad.

 

K2

 

 

Departamento de recepción (DIMr)

Departamento de origen (DIMo)

Tramo I

(DIMr hasta 1.000 dotaciones)

Tramo II

(DIMr entre 1.001 y 2.000 dotaciones)

Tramo III

(DIMr más de 2.000 dotaciones)

Tramo I

(DIMo hasta 1.000 dotaciones)

1

0,54

0,20

Tramo II

(DIMo entre 1.001 y 2.000 dotaciones)

1

1

0,37

Tramo III

(DIMo más de 2.000 dotaciones)

1

1

1

 

 

3. Distribución de las dotaciones alícuotas y redondeos del cálculo

 

Las dotaciones alícuotas calculadas mediante la fórmula se pueden distribuir orientativamente entre los ámbitos de la secretaría general, la dirección de servicios y el gabinete del consejero o consejera mediante los porcentajes siguientes:
 

 

Porcentaje

Secretaría general

25%

Dirección de servicios

66%

Gabinete del consejero/a

9%

Total

100%

 

 

El valor obtenido de las dotaciones alícuotas totales se redondeará de la manera siguiente:

   - Cuando la parte decimal de las dotaciones alícuotas sea igual o superior a 0,50, se redondeará al número entero siguiente, para obtener una dotación alícuota total redondeada entera.

   - Cuando la parte decimal de las dotaciones alícuotas sea inferior a 0,50, se redondeará al número entero del valor obtenido de las dotaciones alícuotas y se eliminará la parte decimal.

Los valores distribuidos entre los tres ámbitos (dotaciones alícuotas parciales) también se redondearán siguiendo un criterio análogo.

Este redondeo empezará por la dotación alícuota parcial con el decimal mayor y proseguirá por las siguientes, de mayor a menor parte decimal, sin el límite de 0,50, de manera que la suma de las dotaciones alícuotas parciales redondeadas sea igual a la dotación alícuota total redondeada.

 

4. Ejemplo de aplicación

 

El departamento origen Do, con una plantilla computable DIMo = 300, cede determinadas competencias al departamento receptor Dr, con una plantilla computable DIMr = 1.500, mediante el traspaso de la unidad directiva Uo completa que las ejerce. El número de dotaciones computables de la unidad traspasada es Uo = 80.

 

Las dotaciones alícuotas se calculan como sigue:
 

   - Selección de K1. Como Uo = 80 dotaciones, el valor de K1 es 16,22.
 

K1

Si Uo < = 200

Si Uo > 200

 

16,22

22,52

 

 

   - Selección de K2: Como DIMo = 300 pertenece al tramo I y DIMr = 1.500 pertenece al tramo II, el valor de K2 es 0,54.
 

K2

 

 

Departamento de recepción (DIMr)

Departamento de origen (DIMo)

Tramo I

(DIMr hasta 1.000 dotaciones)

Tramo II

(DIMr entre 1.001 y 2.000 dotaciones)

Tramo III

(DIMr más de 2.000 dotaciones)

Tramo I

(DIMo hasta 1.000 dotaciones)

1

0,54

0,20

Tramo II

(DIMo entre 1.001 y 2.000 dotaciones)

1

1

0,37

Tramo III

(DIMo más de 2.000 dotaciones)

1

1

1

 

 

   - Cálculo de la alícuota total
 

Dotaciones alícuotas = Uo * (K2 / K1) = 80 * (0,54 / 16,22) = 2,66 = 3
 

   - Distribución de la dotación alícuota total (orientativa)
 

      - La dotación alícuota total es de 3 dotaciones.

      - Las dotaciones alícuotas parciales enteras corresponden a las de la dirección de servicios (1).

      - Los redondeos:

         - Empiezan por la dirección de servicios, con la dotación alícuota no entera que tiene la parte decimal mayor: 0,76. Se redondea a 1, de manera que la dotación alícuota parcial queda en (2).

         - Siguen por la secretaría general, con la segunda parte decimal mayor de las tres: 0,67. Se redondea la parte alícuota parcial a 1; por lo tanto, las dotaciones alícuotas enteras son en este momento 1 + 2 = 3, con lo cual queda finalizada la distribución de dotaciones alícuotas.
 

 

Porcentaje

Dotación alícuota parcial

Dotación alícuota redondeada

Secretaría General

25 %

0,67

1

Dirección de Servicios

66 %

1,76

2

Gabinete del Consejero/a

9 %

0,24

0

Dotación alícuota total

100 %

2,66

3

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