Servicio Público de Empleo de Cataluña - Anuncios (DOGC nº 2023-9030)

RESOLUCIÓN EMT/3589/2023, de 19 de octubre, por la que se modifica el encargo al Consorcio Administración Abierta de Cataluña (CAOC) la emisión de los certificados digitales que requiere el Servicio Público de Empleo de Cataluña para el año 2023.

En fecha 28 de noviembre de 2022 se firmó el encargo de gestión entre el Servicio Público de Ocupación de Cataluña y el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña (AOC) con el cual el Servicio Público de Ocupación de Cataluña encomendó al Consorcio de Administración Abierta de Cataluña (AOC), con NIF ESQ0801175A, la emisión de los certificados digitales necesarios durante el año 2023 para el personal del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, por un gasto máximo de 25.000 euros, IVA (21%) incluido, que se imputaría a la partida presupuestaria D/251000100/331O/0000 del presupuesto de la Generalitat de Cataluña para el 2023.

En fecha 24 de noviembre de 2022 el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña comunica que, debido a un cambio en la calificación del chip criptográfico utilizado por el Consorcio para la expedición de los certificados electrónicos, todas las tarjetas T-CAT emitidas hasta el momento dejarán de tener la condición de certificados cualificados a partir de octubre de 2023, por lo cual serán revocadas y los certificados se tendrán que volver a generar con el correspondiente gasto asociado. También se informa que durante el año 2023 se propondrá el procedimiento para poder realizar esta nueva emisión de los certificados.

Una vez establecido el procedimiento para sustituir las tarjetas afectadas, el número de certificados a emitir durante el año 2023 para el personal del Servicio Público de ocupación se ve incrementado en unos 850 certificados respecto a la previsión inicial y se hace necesario una modificación del importe máximo previsto inicialmente.

Atendido el número de certificados que hay que emitir de manera sobrevenida, el importe a incrementar por el actual encargo de gestión por el año 2023 es de 7.000 euros IVA incluido, que se imputará a la partida presupuestaria D/251000100/331O/0000 del presupuesto de la Generalitat de Cataluña para el 2023.

Los Estatutos del Consorcio Administración Abierta de Cataluña, aprobados mediante el Acuerdo GOV/43/2015, de 24 de marzo, mediante el cual se aprueba la modificación de los Estatutos de determinados consorcios con participación mayoritaria de la Generalidad de Cataluña, determinan, en su artículo 6.g, que corresponde al Consorcio impulsar y promover mecanismos de identificación digital y de firma electrónica y prestar los servicios necesarios para su utilización en los procesos entre las entidades del sector público y entre éstas y los ciudadanos y las empresas. A estos efectos, si procede, ejercerá como entidad de certificación, de acuerdo con la legislación aplicable.

Así mismo, los apartados 2 i 3 del artículo 7 de la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, otorga al Consorcio Administración Abierta de Cataluña, entre otras, la función de garantizar la identidad del personal del sector público en sus actuaciones mediante el uso de medios electrónicos.

El artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, dispone que quedan excluidas del ámbito de la presente Ley las encomiendas de gestión reguladas en la legislación vigente en materia de régimen jurídico del sector público.

El artículo 10 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, establece que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos, los organismos o las entidades públicas puede ser encomendada a otros órganos, organismos o entidades públicas de la misma administración o de otra distinta, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Así mismo, el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, determina que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos podrá ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades.

En fecha 3 de mayo de 2022 se publica en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, DOGC n.º 8659, la Orden VPD/73/2022, de 28 de abril, por la cual se aprueban los precios públicos del Servicio de Certificación Digital

En fecha 12 de septiembre de 2023, la subdirectora general de Recursos Humanos, Organización y Calidad ha emitido un informe justificativo sobre la necesidad de modificar el encargo de gestión al Consorcio Administración Abierta de Cataluña, en el sentido de incremento el importe inicial en 7.000 euros, IVA (21%) incluido, para la emisión de los certificados digitales necesarios durante el año 2023 para el personal del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, de acuerdo con la previsión por el cambio tecnológico de los certificados.

A la vista del informe, y haciendo uso de las funciones que me han sido conferidas, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

 

Resuelvo:

 

   1. Modificar el encargo al Consorcio Administración Abierta de Cataluña (AOC), con NIF ESQ0801175A, para la emisión de los certificados digitales necesarios durante el año 2023 para el personal del Servicio Público de Ocupación de Cataluña, en el sentido de incrementar en 7.000 euros el importe máximo inicialmente previsto pasando de 25.000 euros a 32.000 euros, IVA (21%) incluido, que se imputará a la partida presupuestaria D/251000100/331O/0000 del presupuesto de la Generalitat de Cataluña para el 2023.

 

   2. El gasto máximo se agotará o no en función de los certificados efectivamente necesarios y emitidos por el Consorcio Administración Abierta de Cataluña durante el año 2023

 

   3. Autorizar esta ampliación de gasto, que implica la autorización a la unidad administrativa para la contabilización del compromiso del gasto en el sistema corporativo GECAT.

 

   4. Comunicar esta modificación al Consorcio Administración Abierta de Cataluña.

 

   5. Publicar esta Resolución en el DOGC, de acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

 

Barcelona, 19 de octubre de 2023

 

Juan José Torres López

Director

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