Agencia Catalana del Agua - Anuncios (DOGC nº 2023-9027)
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EDICTO de 17 de octubre de 2023, de notificación de la resolución de aprobación del Proyecto constructivo de restitución del medio en el entorno de la esclusa de Can Buxó, en los términos municipales de Manlleu y Gurb, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia - financiado por la UE - Next Generation, clave LME.00165/01.P-AP23-01.
La Agencia Catalana del Agua adoptó, con fecha de 9 de octubre de 2023, la Resolución por la cual se aprueba el Proyecto constructivo de restitución del medio en el entorno de la esclusa de Can Buxó, en los términos municipales de Manlleu y Gurb, en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia - financiado por la UE - Next Generation, clave: LME.00165/01.P-AP23-01.
Este proyecto corresponde a una actuación de prevención de la inundabilidad incorporada a las actuaciones financiadas con fondos europeos Next Generation EU, e incluida en el Plan de actuaciones de protección y adaptación al riesgo de inundación e integración ambiental en núcleos urbanos, con cargo a la inversión 2 (Seguimiento y restauración de ecosistemas fluviales, recuperación de acuíferos y mitigación del riesgo de inundación) del componente 5 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
El proyecto arriba mencionado, el anuncio de información pública y el texto íntegro de la resolución de aprobación definitiva están publicados en la web de la Agencia Catalana del Agua (aca.gencat.cat), siguiendo el siguiente enlace:
http://aca.gencat.cat/ca/laca/informacio-publica/projectes-dobres-en-informacio-publica/
Así mismo, la parte dispositiva de la resolución de aprobación definitiva se expone a continuación:
Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto constructivo de restitución del medio en torno a la esclusa de Can Buxó, en los términos municipales de Manlleu y Gurb, clave: LME.00165/01.P.
Segundo.- Formular, en anexo, la relación de bienes y derechos a que afectará a la expropiación, designando nominalmente a los interesados con los que hay que entenderse en los trámites sucesivos, sin perjuicio de que puedan producirse cambios en el trámite expropiatorio, previa acreditación documental fehaciente de la titularidad del derecho o bien afectado.
Tercero.- Notificar la resolución al Ayuntamiento de Manlleu y al Ayuntamiento de Gurb, así como a las personas que tengan la condición de interesadas.
Cuarto.- Publicar en el DOGC el correspondiente edicto de notificación de la resolución de aprobación definitiva.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.4. del Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, esta Resolución agota la vía administrativa. Contra la misma, según lo regulado en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el director de la ACA en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación; o bien se puede interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la Ley y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa (LJCA), frente a los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.
Asimismo, de conformidad con el artículo 44.1 de la LJCA, en los litigios entre administraciones públicas no cabe recurso en vía administrativa. Sin embargo, de acuerdo con este mismo artículo, cuando una Administración interponga recurso contencioso administrativo contra otra, le puede requerir previamente que derogue la disposición, anule o revoque el acto, haga cesar o modifique la actuación material, o inicie la actividad a que esté obligada. El artículo 44.2 de la LJCA dispone que este requerimiento se dirigirá al órgano competente mediante escrito razonado que concretará el acto y debe producirse en el plazo dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. El artículo 44.3 de la LJCA, establece que el requerimiento se entiende rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, el requerido no emite contestación.
De acuerdo con el artículo 46.6 de la LJCA, el recurso contencioso administrativo podrá interponerse en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la resolución o, cuando haya precedido el requerimiento previo regulado en el artículo 44 de la 'LJCA, desde el día siguiente a aquel en que se recibe la comunicación del acuerdo expreso o se entiende rechazado presuntamente.
Información básica sobre tratamiento de datos
Identificación del tratamiento: tramitación de la aprobación del proyecto, expropiaciones y gestión del patrimonio.
Responsable del tratamiento: Área de Ejecución de Actuaciones y División de Recursos de la Agencia Catalana del Agua (ACA).
Finalidad: información pública del proyecto, gestión de su aprobación, procedimiento expropiatorio que derive de la aprobación de este proyecto y posterior ejecución de la obra hidráulica que es competencia de la ACA, incluyendo las posibles actuaciones asociadas de otros Departamentos, organismos o administraciones cuando se le encomiende.
Legitimación: ejercicio de poderes públicos.
Destinatarios: los datos se comunicarán a los siguientes destinatarios: Dirección General del Catastro del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Registro de la Propiedad y Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el caso de petición expresa. Se comunicará también al Jurado de Expropiaciones de Cataluña y a los Juzgados y Tribunales en caso de desacuerdo en la fijación del justiprecio. También se comunicará, en su caso, a las sociedades concesionarias beneficiarias de la expropiación. Los datos no se comunicarán a otras categorías de destinatarios, salvo en los casos previstos por la ley o cuando lo haya consentido previamente.
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que en la medida en que los documentos de alegaciones presentados por las diversas partes interesadas contengan datos de carácter personal, serán tratados por la ACA, pudiendo ser cedidos al resto de órganos de la Administración Pública con competencia en la materia con el fin de garantizar la consulta de dichos documentos. Quien participe en este proceso podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, portabilidad y limitación de sus datos, dirigiéndose a la ACA.
Derechos de los interesados: solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos, y la limitación u oposición al tratamiento. http://aca.gencat.cat/es/laca/proteccio-de-dades/drets-de-les-persones-interessades/index.html
Información adicional: si desea ampliar esta información consulte la ficha descriptiva del tratamiento que se hará de sus datos personales: http://aca.gencat.cat/es/laca/proteccio-de-dades/registre-dactivitats-de-tractament/index.html
Barcelona, 17 de octubre de 2023
Silvia Esteve Garcia
Jefa del Departamento de Gestión Administrativa
Anexo
Término municipal de Manlleu
Finca de proyecto núm.: 08112-001
Polígono: 3
Parcela: 1
Titular: Colom Martí, Josep
Superficie de ocupación temporal, en m2: 7833
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-002
Polígono: 3
Parcela: 9007
Titular: Agencia Catalana del Agua
Superficie de ocupación temporal, en m2: 1656
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-003
Polígono: 3
Parcela: 9001
Titular: Agencia Catalana del Agua
Superficie de ocupación temporal, en m2: 13839
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-004
Polígono: 3
Parcela: 2
Titular: AUDACIA 2000, SL
Superficie de ocupación temporal, en m2: 1624
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-005
Polígono: -
Parcela: 0896004
Titular: AUDACIA 2000, SL
Superficie de ocupación temporal, en m2: 738
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-006
Polígono: -
Parcela: 0896003
Titular: AUDACIA 2000, SL
Superficie de ocupación temporal, en m2: 1155
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-007
Polígono: 3
Parcela: 26
Titular: Agencia Catalana del Agua
Superficie de ocupación temporal, en m2: 556
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-008
Polígono: 3
Parcela: 27
Titular: Agencia Catalana del Agua
Superficie de ocupación temporal, en m2: 3222
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-009
Polígono: 3
Parcela: 10
Titular: Ayuntamiento de Manlleu
Superficie de ocupación temporal, en m2: 3978
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-010
Polígono: 3
Parcela: 8
Titular: Aguilar Riera, Jaume
Superficie de ocupación temporal, en m2: 1356
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-011
Polígono: 3
Parcela: 9010
Titular: Ayuntamiento de Manlleu
Superficie de ocupación temporal, en m2: 1357
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-012
Polígono: 3
Parcela: 15
Titular: AUDACIA 2000, SL
Superficie de ocupación temporal, en m2: 339
Naturaleza: Rústica
Finca de proyecto núm.: 08112-013
Polígono: 3.
Parcela: 17
Titular: Riobo Pastoriza, Manuel
Superficie de ocupación temporal, en m2: 709
Naturaleza: Rústica
Término municipal de Gurb
Finca de proyecto núm.: 08100-001
Polígono: 2
Parcela: 8
Titular: Espona Justo, Esteve
Superficie de ocupación temporal, en m2: 788