Departamento de Salud - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-9023)
CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden SLT/223/2023, de 3 de octubre, por la que se regula la estructura directiva, operativa y la coordinación para el despliegue del nuevo modelo de atención intermedia en el ámbito del sistema integral sanitario de responsabilidad pública (SISCAT) (DOGC núm. 9015, de 6.10.2023).
Habiendo observado unos errores en el texto de la referida Orden, enviada al DOGC y publicado en el núm. 9015, de 6.10.2023, se detallarán a continuación las correcciones oportunas del mismo:
En el artículo 2, Composición del Comité Operativo de la Atención Intermedia, punto 4, donde dice:
"4. La secretaría del Comité Operativo corresponderá a una persona designada por el consejero o consejera de Salud entre las personas miembros del Comité.",
debe decir:
"4. La secretaría del Comité Operativo corresponderá a una persona designada por el consejero o consejera de Salud entre las personas miembros del Comité. A estos efectos, en la designación de la persona que ejercerá las funciones de secretaría del Comité se tendrá en cuenta que la composición general del Comité Operativo tienda a la presencia equilibrada de hombres y mujeres y, en consecuencia, se elegirá una persona del sexo menos representado.".
En el artículo 3, Funciones del Comité Operativo de la Atención Intermedia, punto 1, letra b), donde dice:
"b) Impulsar y facilitar la ejecución de las medidas y actuaciones a través de las estructuras y funciones de cada uno de los miembros...",
debe decir:
"b) Impulsar y facilitar la ejecución de las medidas y actuaciones a través de las estructuras y funciones de cada una de las personas miembros...".
En el mismo punto 1, se sustituirá el contenido de la letra f), y se añadirá una nueva letra g), donde dice:
"f) Cualquier otra función relacionada con las anteriores que le encomiende el consejero o consejera de Salud.",
debe decir:
"f) Trabajar por la incorporación de la perspectiva de género interseccional de una forma transversal en el despliegue de la transformación de la atención intermedia.
g) Cualquier otra función relacionada con las anteriores que le encomiende el consejero o consejera de Salud.".
En el artículo 8, Despliegue y coordinación territorial, primer párrafo, donde dice:
"Con el fin de hacer efectivo el despliegue de la transformación de la atención intermedia en toda la red de proveedores...",
debe decir:
"1. Con el fin de hacer efectivo el despliegue de la transformación de la atención intermedia en toda la red de entidades proveedoras...".
En el segundo párrafo, donde dice:
"Asimismo, a escala territorial, actuará en coordinación con los gerentes de las regiones sanitarias del Servicio Catalán de la Salud y los referentes de atención intermedia...",
debe decir:
"Asimismo, a escala territorial, actuará en coordinación con los gerentes de las regiones sanitarias del Servicio Catalán de la Salud y las personas referentes de atención intermedia...".
En el punto 2, donde dice:
"2. Con el fin de hacer efectivo el despliegue de la transformación de la atención intermedia en toda la red de proveedores, la Dirección operativa podrá establecer canales de coordinación con las entidades representativas de los proveedores en salud intermedia.",
debe decir:
"2. Con el fin de hacer efectivo el despliegue de la transformación de la atención intermedia en toda la red de entidades proveedoras, la Dirección operativa podrá establecer canales de coordinación con las entidades representativas de los proveedores y proveedoras en salud intermedia.".
Barcelona, 14 de octubre de 2023
Mercè Salvat Guinjoan
Secretaria general