Agencia de la Vivienda de Cataluña - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9020)
RESOLUCIÓN TER/3438/2023, de 6 de octubre, de segunda ampliación del importe máximo inicial de la dotación presupuestaria de la Resolución TER/931/2023, de 17 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2023 (ref. BDNS 682709).
El artículo 92.4.b) del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, dispone que las convocatorias de subvenciones deben concretar, como mínimo, la aplicación presupuestaria a la que deben imputarse y la cantidad máxima destinada.
El artículo 23.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, dispone que las convocatorias de concesión de subvenciones deben contener necesariamente los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas dentro de los créditos disponibles.
El punto 3.1 de la Resolución TER/931/2023, de 17 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2023 (DOGC núm. 8880, de 33.3.2023), modificada por la Resolución TER/2877/2023, de 28 de julio (DOGC núm. 8974, de 7.8.2023), dispone que el importe máximo inicial de la dotación presupuestaria de esta convocatoria es de 111.224.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/480.0001 "A familias" del presupuesto de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el ejercicio 2023 y de la partida correspondiente del presupuesto del 2024, que se distribuyen de la forma siguiente:
a) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 65 años o más:
15.277.500 euros para la anualidad 2023.
5.092.500 euros para la anualidad 2024.
b) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 35 años o menos:
26.025.000 euros para la anualidad 2023.
8.675.000 euros para la anualidad 2024.
c) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan de 36 a 64 años:
42.115.500 euros para la anualidad 2023.
14.038.500 euros para la anualidad 2024.
El punto 3.3 de la mencionada Resolución también dispone que el crédito inicial disponible se podrá modificar según la normativa vigente.
Considerando que la Agencia de la Vivienda de Cataluña dispone de una dotación adicional de 33.646.000 euros para destinar a estas subvenciones,
Resuelvo:
—1 Ampliar el importe de 111.224.000 euros que prevé el punto 3.1 de la Resolución TER/931/2023, de 17 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública competitiva, de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2023, en la cuantía de 33.646.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria D/480.0001 "A familias" del presupuesto de la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el ejercicio 2023 y de la partida correspondiente del presupuesto del 2024.
El importe máximo de la convocatoria se establece en un total de 144.870.000 euros, que se distribuyen de la forma siguiente:
a) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 65 años o más:
15.277.500 euros para la anualidad 2023.
5.092.500 euros para la anualidad 2024.
b) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan 35 años o menos:
26.025.000 euros para la anualidad 2023.
8.675.000 euros para la anualidad 2024.
c) Personas que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan de 36 a 64 años:
67.350.000 euros para la anualidad 2023.
22.450.000 euros para la anualidad 2024.
—2 Esta Resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 6 de octubre de 2023
Marina Berasategui i Canals
Presidenta de la Agencia de la Vivienda de Cataluña