Departamento de Empresa y Trabajo - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9020)
RESOLUCIÓN EMT/3393/2023, de 1 de octubre, por la que se dispone la inscripción y la publicación del acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción Social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo 2013-2018 (código de convenio núm. 79002575012007).
Visto el texto del acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción Social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo para los años 2013-2018, suscrita en fecha 17 de julio de 2023, para dar respuesta a las consultas CPAS/50, CPAS/51 y CPAS/52, por parte de la representación social, por UGT y CCOO, y por parte de la representación empresarial, por La Confederación, y de acuerdo con el que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 35/2022, de 1 de marzo, de reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
―1 Disponer la inscripción del acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión paritaria.
—2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, previo cumplimiento de los trámites pertinentes.
Barcelona, 1 de octubre de 2023
Òscar Riu Garcia
Director general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral
Traducción del texto firmado por las partes
Acta de la Comisión paritaria del Convenio colectivo de Cataluña de Acción Social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo 2013-2018
Día: 17 de julio de 2023
Hora: convocatoria a las 16:00 horas
On-line Vía plataforma Zoom
Asistentes
Por La Confederación
Joan Muntané y Natàlia González
Por UGT
Antonio Carlos Gutiérrez
CCOO
Jesús López y Virginia Juárez
A las 16.00 h del día 17 de julio de 2023, las organizaciones firmantes del Convenio colectivo de Cataluña de Acción Social con niños, jóvenes, familias y otros en situación de riesgo 2013-2018 (actualmente en ultractividad) se reúnen en Comisión paritaria previa convocatoria, para resolver las siguientes consultas
Resumen consulta CPAS/50
Han llegado diversas consultas por parte de entidades y personas trabajadoras en relación con cuál es la fecha de aplicación de la nueva clasificación profesional fruto del Acuerdo parcial de la Comisión negociadora del Convenio de 11 de mayo de 2023, donde se se establece un nuevo redactado del artículo 14 del Convenio.
Respuesta de la Comisión paritaria
La Comisión aclara que, a efectos meramente funcionales y de retroactividad en las remuneraciones, la fecha de aplicación de la nueva clasificación profesional establecida en el nuevo redactado del artículo 14 del Convenio es el 1 de enero de 2023.
Esto sin perjuicio de la aplicación, previa la correspondiente homologación de las viejas categorías con las nuevas, de las tablas salariales de 2022, que fueron pactadas según la nueva clasificación profesional.
Resumen consulta CPAS/51
Se presenta una consulta referente a una empresa que tiene un centro de ciclo continuado (365 días/24 horas) y por tanto le aplica las tablas salariales de ciclo continuado. Esta misma empresa tiene otro servicio que no tendría las características por ser ciclo continuado.
La pregunta concreta es si se pueden tener dos tablas salariales de aplicación, una de ciclo continuado y una de ciclo general en una misma entidad o empresa.
Respuesta de la Comisión paritaria
Sí, se pueden aplicar tablas salariales distintas siempre y cuando sean dos servicios distintos, uno de ciclo continuado y uno de ciclo general.
Resumen consulta CPAS/52
Se presenta una consulta sobre cómo se computa la compensación de los festivos.
Se plantea el caso concreto de un profesional que trabaja una jornada de 8 horas en un festivo. La pregunta concreta es si las 8 horas de trabajo se computarían como 12 horas (8*1,5 h)
Respuesta de la Comisión paritaria
El cómputo es correcto.
Por último se autoriza a una representación de CCOO a efectuar los trámites necesarios para publicar los acuerdos de la presente acta en el REGCON.
Y sin más temas a tratar, se da por finalizada la reunión firmando la presente acta un representante de cada organización.