Mancomunidad Penedès Garraf - Administración local (DOGC nº 2023-9012)

ANUNCIO sobre aprobación de la determinación de número, características y retribuciones del personal eventual de la Mancomunidad Penedès-Garraf para la legislatura 2023-2027 (exp. 1014-0538/2023).

 

 

En la Asamblea de la Mancomunidad Penedès-Garraf, en la sesión extraordinaria número 0007-2023 celebrada en fecha 13/09/2023, se aprobó el siguiente acuerdo, con 20 votos a favor, y 11 votos en contra, a reserva de la redacción que resulte de la aprobación del acta:

 

APROBACIÓN DE LA DETERMINACIÓN DE NÚMERO, CARACTERISTICAS Y RETRIBUCIONES DEL PERSONAL EVENTUAL DE LA MANCOMUNIDAD PENEDÉSGARRAF POR LA LEGISLATURA 2023-2027.

EXP: 1014-0538/2023.

 

Antecedentes de hecho

 

Primero. Visto el pasado día 7 de agosto de 2023, en sesión asamblearia extraordinaria se constituyó la nueva Mancomunidad Penedès-Garraf y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104.1, 104 bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 304 y 305 de Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, en concordancia con los artículos 20.1 .f) y 22 de los Estatutos Reguladores de la Mancomunidad con el artículo 12 del Estatuto Básico del empleado Público, aprobado por RDL 5/20125, de 30 de octubre, resulta necesaria la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual, por su nombramiento posterior mediante el correspondiente decreto de la Presidencia.

 

Segundo. Visto que conforme lo dispuesto en el apartado f en el artículo 104.1 bis del de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Mancomunidad Penedès-Garraf puede incluir en su plantilla un número de puestos de trabajo de personal eventual que no excederá del número total de los miembros de su equipo de gobierno.

 

Tercero. Dada la competencia atributada a la Asamblea, de acuerdo a la modificación y actualización de los Estatutos reguladores de la Mancomunidad Penedès-Garraf aprobados por el Pleno en fecha 27 de septiembre de 2018 y publicado en el BOPB en fecha 14 de junio de 2019, en materia de aprobación de la plantilla y de la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2 i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

 

Cuarto.- Vista la necesidad de dos figuras diferenciadas, una de la asesoría a la Presidencia y la otra para la coordinación general de la Mancomunidad Penedès-Garraf y dado que se considera que los titulares de estos puestos de trabajo deben llevar a cabo las funciones de las tareas asociadas a la definición de las políticas de coordinación, comunicación e imagen institucional que se incluyen dentro de las calificadas como de confianza o asesoramiento especial, llevándose a cabo su provisión a través de la figura del personal eventual que se nombra libremente por el presidente.

 

Quinto.- Dado que se estima conveniente dar continuidad a la plaza de confianza o asesoramiento de la Presidencia, denominada asesor/a, que debe asumir tanto tareas de asesoramiento y coordinación de proyectos estratégicos de esta Mancomunidad como políticas de comunicación y de imagen institucional y dotar a la plantilla de una nueva plaza eventual como coordinador/a general de presidencia que debe asumir las funciones de asesoramiento al presidente sobre la dirección de la administración de la Mancomunidad y su personal, en la ejecución los acuerdos de los demás órganos de gobierno, en la impulsión de las obras y los servicios, la adopción de las resoluciones de trámite, la contratación de las obras y servicios, la ordenación de pagos y rendición cuentas., y en todas aquellas otras funciones que le puedan encomendadas por el Presidente de la Mancomunidad.

 

Sexto Visto el informe jurídico de la jefa de la Secretaría que queda incorporar en el expediente administrativo electrónico.

 

 

Legislación aplicable

 

I. Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

II. Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña.

 

III. Estatuto Básico del empleado Público, aprobado por RDL 5/20125, de 30 de octubre.

 

IV. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas.

 

V. Ley 27/2023 de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Pública Local.

 

VI. Las Leyes 19/2013, de 9 de diciembre y 19/2014, de 29 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

 

VII. Estatutos Reguladores de la Mancomunidad Penedès-Garraf

 

Por todo ello, se propone por la presidencia, en cumplimiento de los artículos citados, a la Asamblea la adopción de los siguientes

 

 

ACUERDOS:

 

PRIMERO. APROBAR el expediente con número 1014-0538/2023 de la determinación del número, características y retribuciones del personal eventual de la Mancomunidad Penedès-Garraf por la legislatura 2023-2027.

 

SEGUNDO. DETERMINAR que por el presente mandato el número, características y retribuciones del personal eventual será el siguiente:

 

Nombre

Características

Retribuciones

1 Asesor/a Presidencia

Dedicación ordinaria

56,932,88 €

1 Coordinador/a General de Presidencia

Dedicación ordinaria

72.252 €

 

 

TERCERO. ACORDAR la dedicación ordinaria del personal eventual que implica el cumplimiento de la jornada laboral ordinaria del resto del personal de la Mancomunitat Penedès-Garraf, la incompatibilidad por la percepción de horas extraordinarias y la obligación de estar a disposición de la Presidencia en cualquier momento en que sean requeridos.

 

CUARTO. ESTABLECER que el desarrollo de los puestos de trabajos del personal eventual podrá ser compatible con otras actividades del sector público y/o privado, en el marco de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, previa la concesión de la correspondiente autorización de la compatibilidad por la Asamblea de la Mancomunidad.

 

QUINTO. DISPONER la descripción de los puestos de trabajo destinados al personal eventual será la siguiente:

 

DENOMINACIÓN

DESCRIPCIÓN

1.-Assessor/a de Presidencia

técnico/a A2 que desarrolle tanto las funciones de asesoramiento y coordinación de proyectos estratégicos de esta Mancomunidad como las asociadas a la definición y gestión de las políticas de coordinación, comunicación e imagen institucional.

 

 

DENOMINACIÓN

DESCRIPCIÓN

1.- Coordinador/a General de Presidencia

técnico/a A2 que desarrolle las siguientes funciones:

- Asesoramiento a la Presidencia en la dirección de la administración de la Mancomunidad, su personal y en la ejecución de los acuerdos de los demás órganos de gobierno.

- Asesoramiento a la Presidencia para impulsar las obras y servicios, en la adopción de las resoluciones de trámite, en la contratación de las obras y la ordenación de pagos y rendición de cuentas.

- Asesoramiento en todas aquellas otras funciones que le encomiende el presidente.

 

 

QUINTO. ESTABLECER que las retribuciones anuales brutas de este personal eventual, se abonarán en 14 pagas prorrateadas en 12 pagas de periodicidad mensual y dos correspondientes a las extraordinarias de los meses de junio y diciembre y que se revisará anualmente en la misma proporción que se revisen las retribuciones del resto de personal de la Corporación.

 

SEXTO.- PUBLICAR en la sede electrónica de la Mancomunidad y mantener permanentemente actualizada la información relativa al número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual y en general, y conforme a la Ley de la Transparencia, DIFUNDIR por este medio el contenido del presente acuerdo dando cumplimiento a las obligaciones de publicidad previstas en el artículo 104 de Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 304.3 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña y por los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la Información y Buen Gobierno y la ley 19/2014, de 29 de diciembre de de Transparencia, acceso a la Información y Buen Gobierno.

 

SÉPTIMO.- PUBLICAR en el BOPB, en el DOGC en cumplimiento de lo que establecen los artículos104.3 de Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo de la Ley Municipal.

 

OCTAVO.- ACORDAR el cumplimiento de la obligación de la Presidencia de dar cuenta de forma trimestral a la Asamblea de la Mancomunidad del cumplimiento de las previsiones legales relacionadas con el personal eventual, ante cualquier modificación que se produzca en relación a este tipo de personal.

 

NOVENO.-ORDENAR al servicio de RRHH para que lleven a cabo los trámites necesarios para realizar los cambios de denominación correspondientes de la plaza eventual existente denominada coordinador/a de presidencia a la relación de trabajo y plantilla de la Mancomunitat Penedès-Garraf para denominar la asesor/a de presidencia e incluir los dos puestos de trabajo de personal eventual acordados en el punto quinto de la presente resolución en la plantilla de personal de la Mancomunidad Penedès-Garraf, procediendo a la eliminación de la figura complementaria de la gerencia., conforme a la previsión contenida en el apartado 2 del artículo 10 de la regulación estatutaria. en base a los principios de eficacia y economía organizativa.

 

DÉCIMO.- ODENAR al servicio de Comunicación la obligación de la publicación en la sede electrónica así como la de actualizar semestralmente la información relativa al número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual.

 

UNDÉCIMO.- COMUNICAR a los servicios interesados de la secretaría, intervención, tesorería, comunicación y recursos humanos de la Corporación.

 

Vilanova i la Geltrú, 22 de septiembre de 2023

 

Juan Luis Ruiz López

Presidente

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