Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC nº 2023-9008)

RESOLUCIÓN ACC/3222/2023, de 19 de septiembre, por la que se hace público el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento situada en el polígono industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa, promovido por la empresa Kronospan Tortosa, SL (exp. E2BAAI210108).

 

Visto que la Ponencia Ambiental, en la sesión del día 20 de julio de 2023, adoptó el Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento ubicada en el polígono industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa, promovido por la empresa Kronospan Tortosa, SL (exp. E2BAAI210108),

 

Resuelvo:

 

Dar publicidad a dicho Acuerdo de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento situada en el polígono Industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa.

 

 

Barcelona, 19 de septiembre de 2023

 

 

Mireia Boya e Busquet

Directora general de Calidad Ambiental y Cambio Climático

 

 

 

ACUERDO

de 20 de julio de 2023, de declaración de impacto ambiental del Proyecto de ampliación de una actividad de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento situada en el polígono industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa, promovido por la empresa Kronospan Tortosa, SL (exp. E2BAAI210108).

 

Marco normativo

Este Proyecto está sometido al régimen de evaluación de impacto ambiental y autorización ambiental de acuerdo con el anexo I.1, apartado: 1. Energía, subapartado: 1 "Instalaciones para la combustión con una potencia térmica de combustión igual o superior a 50 MW. Se incluyen las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen ordinario o en régimen especial, en las que se produce la combustión de combustibles fósiles, residuos o biomasa, así como las instalaciones de cogeneración, calderas, hornos, generadores de vapor o cualquier otro equipamiento o instalación de combustión existente en una industria, tanto si esta es su actividad principal como si no lo es", de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. Número de solicitud: E2BAAI210108.

A pesar de que el Proyecto al que hace referencia esta declaración de impacto ambiental no se encuentra comprendido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, modificada por la Ley 9/2018, de 6 de diciembre, sí que está comprendido en el anexo I.1 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, en el que se incluyen las actividades sometidas al régimen de evaluación de impacto ambiental y de autorización ambiental, sujetas a la Directiva 96/61/CE del Consejo, de prevención y control integrados de la contaminación, y por tanto debe tramitar la presente declaración de impacto ambiental.

 

-1 Descripción del Proyecto

El Proyecto evaluado, emplazado en el polígono industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa, tiene por objeto ampliar las instalaciones de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento hasta alcanzar una capacidad de producción superior a los 600 m3/día. La actividad queda clasificada en el anexo 1 del Real decreto legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación.

En las instalaciones se elaborarán tableros de partículas con la materia prima obtenida a partir del reciclaje de madera de diferentes procedencias (palés de madera, construcción y demolición), complementada con la adquisición de madera en rollo, astillas de chopo, puntas de madera de podas y despejes de bosques, únicamente en caso de que sea necesario. Los principales proveedores de madera reciclada serán Francia y las comunidades autónomas de Cataluña, Aragón y Valencia.

 

-2 Descripción del estudio de impacto ambiental y capacidad del medio

a) La solicitud de evaluación de impacto ambiental se hizo considerando la nueva implantación de la actividad de fabricación de tableros de madera, y la documentación aportada en ese momento así lo acreditaba. Durante la tramitación del estudio de impacto ambiental (EIA) y de la autorización ambiental, el titular ha obtenido licencia ambiental por parte del Ayuntamiento de Tortosa y ha construido parte de las instalaciones que estaban incluidas en el estudio de impacto ambiental. En consecuencia, en el momento de emitir esta declaración de impacto ambiental, la situación ya no se corresponde con una nueva implantación.

Para concretar estas variaciones, el titular aporta un documento en el que pone de manifiesto las diferencias existentes entre la actividad autorizada en la licencia ambiental y el incremento previsto con la autorización ambiental.

Dado que la autorización ambiental supone un incremento considerable respecto al que se ha autorizado en la licencia ambiental, y por el hecho de que se han tramitado ambos procedimientos en paralelo, se emite la presente declaración de impacto ambiental para evaluar el impacto sobre el medio que comporta el paso de la actividad del régimen de licencia al de autorización ambiental.

Es por este motivo que el estudio de impacto ambiental describe el Proyecto de nueva implantación de fabricación de tableros de partículas de madera con y sin recubrimiento de modo resumido, las exigencias previsibles en relación con la utilización de los recursos naturales, y estima el tipo y la cantidad de los residuos vertidos, y las emisiones de materia o energía resultantes. Asimismo, describe los posibles efectos frente a la vulnerabilidad del proyecto y los riesgos de accidentes o catástrofes.

b) El medio receptor y la capacidad del medio descrita en el estudio de impacto ambiental se caracterizan por:

 

Emplazamiento

El Proyecto se desarrolla en el término municipal de Tortosa, la capital de la comarca del Baix Ebre. Las instalaciones del Proyecto de fabricación de tableros de madera se ubican en un solar industrial del polígono industrial Catalunya Sud y se extienden ocupando un total de seis parcelas, que representan una superficie total de 239.585 m2, cuya superficie real afectada por las edificaciones y elementos constructivos se corresponde a aproximadamente 157.008 m2. Estas parcelas limitan al NO y NE con las vías secundarias que dan acceso al polígono industrial Catalunya Sud, al SO con una antigua actividad extractiva y al SE con una zona de pinares y campos de cultivo abandonados.

Se trata de una zona cercana a la autopista AP-7 y a la carretera C-42, así como a la estación de ferrocarril L'Aldea - Amposta - Tortosa.

 

Emplazamiento del desarrollo industrial

 

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Medio atmosférico

El establecimiento se emplaza en una zona destinada a uso industrial y, por tanto, ya considerada como una zona de sensibilidad acústica baja C2, por lo que se prevé un funcionamiento de 365 días al año las 24 horas al día.

Los valores límites a los que debe dar cumplimiento la actividad son los siguientes:

 

Clasificación

VLE de 7 a 21 h

VLE de 21 a 23 h

VLE de 23 a 7 h

Sensibilidad C2
Predominio suelo industrial

65

65

55

 

 

Entre los principales elementos que pueden generar ruido en la actividad están las fuentes fijas (trituración, torre de limpieza, virutadoras, secadores, calderas y molida en seco) y las fuentes móviles (entrada y salida de camiones, y traslados de material por las instalaciones).

No se identifican receptores de ruido sensibles en el entorno más cercano al emplazamiento, y los únicos que pueden quedar afectados están a distancias superiores a los 2 km (los núcleos de L'Aldea, Campredó o Tortosa).

El municipio de Tortosa se incluye en la Zona de Calidad del Aire de Terres de l'Ebre, dentro de la cual se localizan 14 puntos de medida, siendo el de Amposta el punto de medida más cercano al emplazamiento del establecimiento. De acuerdo con la información aportada, no se detectan superaciones en lo que se refiere a los niveles de ozono ni a los de dióxido de azufre.

Respecto a las emisiones, la clasificación de la actividad industrial corresponde al grupo A, y entre los contaminantes atmosféricos que se producirán están las partículas, los compuestos orgánicos volátiles totales (COVT), formaldehído, NOx, Cd + Tl, Hg y Sb + As+Pb+Cr+Co+Cu+Mn+Ni+V.

El estudio de impacto ambiental describe los focos emisores sistemáticos con indicación de sus características físicas (coordenadas, altura y diámetro), sus emisiones (tipología, caudal y temperatura de salida de los gases) y la de los sistemas de depuración asociados. Sobre el conjunto de los focos, de acuerdo con sus características se prevé la instalación de los siguientes sistemas de filtrado de partículas: ciclón con filtros de tela, filtro absoluto y Venturi-Scrubber.

Por lo que se refiere a los focos no sistemáticos, entre ellos se encuentran las chimeneas de emergencia que únicamente funcionan en situaciones excepcionales.

En cuanto a las emisiones difusas de polvo, estas pueden generarse en las operaciones de recepción y descarga de material, almacenamiento de materia prima, y en el transporte y tratamiento previo de la madera empleada en el proceso.

En relación con la emisión de compuestos orgánicos volátiles, la actividad de fabricación de tableros de madera está afectada por el Real decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles, ya que está incluida en anexo I y emplea disolventes en una cantidad de 693,61 toneladas al año, superior a las 15 t/año establecidas por dicho Real decreto.

El polígono industrial Catalunya Sud se encuentra ubicado en una zona de protección moderada (E3), según el Mapa de la protección contra la contaminación lumínica en Cataluña. El establecimiento dispondrá de iluminación exterior perimetral, en los viales, entradas y en las plataformas elevadas del exterior de los edificios, y este alumbrado será de tipo LED.

En cuanto a la generación de olores, el EIA considera que, dada la naturaleza de los materiales empleados y de los procesos de fabricación, no existen fuentes generadoras de olores que puedan impactar sobre la población más cercana, que se encuentra a más de 2 km de distancia del emplazamiento de la actividad.

 

Medio hídrico

Las aguas superficiales fluyen a través de una amplia red de barrancos y torrentes de régimen intermitente, que recogen las aguas pluviales y la escorrentía, y las conducen hasta el río Ebro, la cuenca principal a la que desaguan todos los torrentes que surcan este ámbito geográfico.

En cuanto al sector en el que se emplaza la actividad, la red hidrográfica está formada por los cursos del barranco de Els Pixadors (a unos 70 metros del perímetro), el barranco de El Masroig (a unos 1.440 metros) y finalmente el barranco de Rocacorba (a unos 685 metros). El río Ebro queda a una distancia de 2.455 metros.

Las lluvias irregulares y el moldeado calcáreo han permitido que el subsuelo sea rico en masas de agua subterránea y favorezca la proliferación de pozos y ruedas hidráulicas en las áreas de secano, en combinación con otros sistemas, como las cisternas de las casas de campo, a fin de aprovechar el agua de lluvia.

En cuanto al consumo de agua del establecimiento, se estima un valor aproximado de 330.000 m3/anuales para dar servicio a los usos industriales, sanitarios, de refrigeración y el de los sistemas de protección contra incendios. Este valor supone un incremento de casi 200.000 m3/anuales respecto al consumo que consta en la licencia ambiental concedida.

En cuanto a la generación de aguas residuales, estas serán de tipo sanitario y pluvial (procedentes de las campas de acopios de material, viales de circulación y cubiertas). Las aguas de tipo sanitario se conectarán al sistema de saneamiento municipal, mientras que las aguas pluviales, una vez pasen por los sistemas de depuración y limpieza previstos, se conducirán a balsas de laminación del propio polígono industrial, de forma previa a su regreso al medio.

 

Medio geológico

La geología tarraconense en general está fuertemente influenciada por el conjunto orográfico más importante de la región, los Puertos de Tortosa-Beceite. Se trata de una formación eminentemente caliza del mesozoico plegada durante la orogenia alpina, que dio lugar a formaciones no muy abruptas debido a los materiales jurásicos que predominan junto con las dolomías.

Pero es otra formación la que determina las características geológicas más concretas del municipio de Tortosa, el macizo de las Montañas de Cardó, bajo el que se desarrollan diversas sierras como la del Coll de l'Alba. Litológicamente, se trata de rocas del secundario, calizas, que dan lugar a un modelado roto por erosión química básicamente, con formas de relieve onduladas.

Así, las montañas de esta zona están principalmente formadas por rocas sedimentarias del mesozoico y terciarias, plegadas y fracturadas durante la orogenia alpina. Durante el terciario, a lo largo de la Serralada Costanera Catalana se crearon diversas fosas distensivas que dieron lugar a la formación de depresiones y bloques hundidos como el de la depresión de El Baix Ebre. Esta depresión posteriormente se ha ido rellenando con sedimentos detríticos de origen marino o depositados por los conos aluviales del entorno.

En concreto, el estudio geológico del ámbito en el que se ubican las instalaciones ha permitido establecer que se emplaza sobre sedimentos aluviales cuaternarios que rellenaron la depresión de El Baix Ebre, afectados por un alto grado de carbonatación, lo que provoca que aparezcan potentes estratos de costras carbonatadas de calizas, conglomerados y calcarenitas.

 

Medio edáfico

En términos generales, se trata de suelos muy modificados por la acción antrópica recubiertos de materiales cuaternarios procedentes de las diferentes sedimentaciones que se han dado a lo largo de los cambios de era, con sus períodos glaciales e interglaciales. Estas etapas han sido aprovechadas por el río para erosionar, transportar y sedimentar depósitos de pie de montaña, secundarios, tanto del jurásico como del cretácico, hasta dar lugar a la formación de esta extensa llanura, de elevada fertilidad agrícola, así como el mismo delta.

 

Medio natural: vegetación, fauna y biodiversidad

La vegetación climácica correspondiente a este sector es el encinar que, con el paso del tiempo, se ha degradado y ha dado lugar a la formación de maquias y matorrales. Dentro del emplazamiento previsto para el Proyecto, la aparición de vegetación natural se concentra en la periferia del polígono, donde todavía se conservan clapas agrícolas de frutales de secano y zonas de matorral.

El polígono industriaI Catalunya Sud se encuentra en una zona de interés faunístico y florístico:

 

Delimitación del Área de Interés Faunístico y Florístico en el que se encaja el polígono industrial Catalunya Sud

 

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Por este motivo, de forma previa a la implantación de la actividad, se hizo una identificación de las especies vegetales presentes en el sector, sin que se localizara ningún ejemplar en peligro de extinción o vulnerable, de acuerdo con la Lista roja de flora vascular española y el Catálogo de especies amenazadas de Cataluña.

Para determinar si también podían producirse afectaciones en las especies de fauna protegidas, se realizó un inventario faunístico de forma previa a la implantación. En este caso, sí se identificaron una gran variedad de especies protegidas o en peligro, que principalmente se concentraban en la zona más cercana a las Sierras del Cardó - El Boix, en dirección norte desde la periferia del polígono industrial Catalunya Sud. Esto ocurre porque las áreas de cultivo que rodean el polígono industrial, en las que se utiliza maquinaria y equipamiento diversos para desarrollar las tareas agrícolas, disuaden y alejan las especies de fauna de este sector.

El ámbito en el que se han implantado las instalaciones de Kronospan estaba ocupado previamente por una zona boscosa de pinares y por antiguos campos de cultivo de olivos distribuidos en bancadas, en los que no se había desarrollado ninguna actividad industrial previa.

 

Espacios naturales de protección y otras figuras de protección

Dentro del polígono industrial no se encuentra ningún espacio incluido en la red Natura 2000. El más cercano está a 1,43 km en dirección noroeste y corresponde a las Sierras del Cardó - El Boix, que corresponde a una zona de especial conservación (ZEC) y a una zona de especial protección para las aves (ZEPA).

El área donde se emplazan las instalaciones tampoco está incluida en ningún plan de ordenación de recursos naturales (PORN), ni en ninguna zona húmeda del Convenio RAMSAR (la zona húmeda más cercana está a 8,36 km en dirección este).

En cuanto a los hábitats de interés comunitario, dentro del área donde se emplazan las instalaciones no se identifica ninguna. En el entorno están representados los HIC Pinares mediterráneos (9540), los Matorrales termomediterráneos y predesérticos (5330) y los Prados mediterráneos ricos en anuales basófilos (6220*).

La instalación no está cerca de ninguna área afectada por un plan de acción sobre especies amenazadas.

 

Medio forestal / monte

En cuanto a las vías pecuarias, la más cercana está a 270 metros del polígono industrial en dirección suroeste y se trata de la Colada de la Burjasenia.

En el entorno del área de implantación de la actividad tampoco se localiza ningún monte de utilidad pública.

 

Patrimonio cultural

No se tiene conocimiento de la existencia de yacimientos arqueológicos en el entorno del emplazamiento donde se instala la nueva actividad.

 

Medio paisajístico

La unidad de paisaje en la que se inscribe el ámbito es la del Paisaje Fluvial del Ebro, que corresponde a la Unidad número 15 - Terres de l'Ebre.

El paisaje de las terrazas que se extienden a lo largo de Les Terres de l'Ebre no forma una unidad continua, en ella se alternan terrazas más reducidas y estrechas con otras más amplias y extensas. Con el paso del tiempo, el paisaje tradicional agrícola de regadío ha sido transformado por el crecimiento económico, con núcleos urbanos, infraestructuras lineales y varios crecimientos diseminados de las áreas urbanas objeto del desplazamiento de la población que vive en el centro de la ciudad, como es el caso de las urbanizaciones en torno a Tortosa. En este sentido, la tendencia y ritmo al que se produce este desplazamiento de los núcleos hacia la periferia dan lugar a espacios intermedios poco coherentes con el entorno que favorecen el abandono de las masías asociadas a los cultivos agrícolas, que se reconvierten en actividades del sector terciario o bien quedan abandonadas y en desuso.

Se prevé que el área de suelo industrial que corresponde al polígono industrial Catalunya Sud sea un referente productivo que tome el relieve del actual polígono industrial Baix Ebre, hoy por hoy muy congestionado. Por ello, será muy importante tener en cuenta el modelo de uso del suelo y la calidad arquitectónica.

 

Medio socioeconómico

Tortosa es un municipio que sufrió un cierto retroceso económico a raíz de la última crisis económica, por lo que se confeccionó el Plan de actuación municipal Tortosa 2019-2023, con el objetivo de impulsar la colaboración con el Gobierno de la Generalitat para promocionar la implantación de actividades industriales en el suelo reservado para estos usos. La actuación prevista con la implantación de Kronospan se encaja en el marco de este Plan y ocupa sectores de suelo destinado a uso industrial y que todavía no han sido ocupados por otras actividades.

 

Clima

El clima de la comarca de El Baix Ebre es mediterráneo de tipo litoral sur, a excepción del área de los Puertos de Tortosa-Beceite, donde el clima es de tipo prelitoral sur.

La precipitación media varía entre los 550 y los 600 mm, y la época de mayor lluvia es el otoño. Las temperaturas medias se sitúan en torno a los 15,5-17 ºC, con mínimas en torno a los 4 ºC en invierno y máximas en torno a los 31 ºC en verano.

Por lo que respecta al régimen de vientos, la media es de 3,8 m/s en dirección NW.

 

Cambio climático

De acuerdo con la información aportada por el promotor, si se analiza la serie de temperaturas registradas en la región de L'Aldea, la temperatura media está incrementándose por encima de la línea de tendencia.

En cuanto a las emisiones asociadas al consumo de gas natural, considerando que alcanzará los 35.880 MWh, las emisiones generadas serán de 7.237 tCO2/año. Y en relación con el consumo eléctrico previsto de 144.000 kWh, las emisiones en gases de efecto invernadero (GEI) serán de 37.152 t CO2/año.

 

Vulnerabilidad del proyecto

 

Riesgo sísmico

El ámbito de implantación de la empresa Kronospan no presenta actividad sísmica o esta es de intensidad muy baja, y se considera que los daños que podría acarrear un seísmo en esta zona son muy reducidos.

 

Riesgo de inundabilidad

Las instalaciones no se ubican en ninguna zona declarada como potencialmente inundable para períodos T50, T100 y T500, ni en zona de flujo preferente.

 

c) El estudio de impacto ambiental, de forma previa a su implantación, propuso tres alternativas de emplazamiento para el Proyecto:

Alternativa cero, de no realización del proyecto.

Alternativa 1, emplazamiento en Girona, en concreto en el polígono industrial Fontanilles, en el municipio de Maçanet de la Selva.

Alternativa 2, emplazamiento en Terres de l'Ebre, en concreto en el polígono industrial Catalunya Sud, en el municipio de Tortosa.

Respecto a la alternativa cero, se descartó porque aunque no comportaría impactos ambientales negativos, tampoco permitiría generar desarrollo socioeconómico alguno para promover la recuperación económica de esta zona, que en los últimos años ha sufrido un retroceso económico.

Respecto a la alternativa 1 y 2, en cuanto a los aspectos ambientales, ambas comportaban impactos similares, ya que el desarrollo de la actividad se realizaba en suelo reservado para usos industriales, zonas antropizadas, fuera de espacios protegidos, y con una capacidad del aire en lo que se refiere a las partículas en suspensión media.

Entre los aspectos diferenciales entre ambas opciones se encontraba que la alternativa 2, ubicada en Tortosa, ofrecía una mayor disponibilidad de suelo para futuras ampliaciones, tenía una mejor conexión con las infraestructuras ferroviarias y estaba más cerca del puerto de Tarragona que la alternativa 1 respecto al puerto de Barcelona. Además, se ponía de manifiesto que la alternativa 2 estaba también más cercana a las grandes zonas industriales de Cataluña, Madrid y Valencia, donde se generará la madera residual que se empleará como materia prima en el proceso productivo, y a los principales clientes potenciales que se ubican en Cataluña y Valencia.

El estudio concluyó que la alternativa seleccionada era la 2, por los rasgos diferenciales que se mencionan en el párrafo anterior.

El estudio no plantea alternativas de gestión y únicamente contempla una opción con respecto a la tipología productiva, similar a la que ya utiliza en su planta de Burgos.

d) El estudio de impacto ambiental y la documentación complementaria incorporada en el expediente evalúa los efectos sobre los medios receptores y establece medidas para compatibilizar la actividad con su entorno y un programa de vigilancia ambiental; también presenta un resumen del estudio y de conclusiones en forma comprensible.

 

-4 Relación de trámites efectuados

a) En fecha 30 de diciembre de 2021, la empresa Kronospan Tortosa, SL solicitó autorización ambiental con declaración de impacto a través de la Oficina Virtual de Trámites (PCAA) para ejercer la actividad de fabricación de tableros de partículas con y sin recubrimiento en el término municipal de Tortosa. El titular aportaba la siguiente documentación:

Estudio de impacto ambiental para la construcción de la fábrica Kronospan Tortosa

Proyecto para la construcción de la fábrica Kronospan (Tortosa, Tarragona)

Certificado de compatibilidad urbanística

Anexo de sustancias químicas

Estudio geotécnico

b) Se ha verificado formalmente la documentación presentada y, durante su fase de análisis y de suficiencia, el titular ha presentado documentación complementaria en fecha 8 de junio, 8 de julio, 11 de julio, 26 de julio, 16 de noviembre y 14 de diciembre de 2022, de acuerdo con las suficiencias realizadas por los distintos vectores ambientales.

Una vez revisada la nueva documentación, se ha determinado la suficiencia e idoneidad de la documentación del Proyecto para poder proceder a su información pública.

c) De acuerdo con el artículo 20 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control de las actividades, se ha informado de su derecho a participar en el procedimiento a las siguientes personas interesadas y a las administraciones públicas afectadas:

Ayuntamiento de L'Aldea, Ayuntamiento de Aldover, Ayuntamiento de Alfara, Ayuntamiento de L'Ampolla, Ayuntamiento de Amposta, Ayuntamiento de Camarles, Ayuntamiento de Masdenverge, Ayuntamiento de El Perelló, Ayuntamiento de Roquetes, Ayuntamiento de Santa Bárbara, Ayuntamiento de Tivenys.

SEO/ BirdLife, Ecologistas en Acción, DEPANA, GEPEC, Greenpeace, Associació Institut per a la conservació dels Rapinyaires.

d) En el trámite de información pública del estudio de impacto ambiental y otra documentación presentada relativa al Proyecto, realizado por la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda rural, publicado en el DOGC en fecha 31 de enero de 2023 (DOGC 8844), efectuado por el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural, ha presentado alegaciones el Grup d'Estudi i Protecció dels Ecosistemes Catalans (GEPEC- EdC).

e) En el trámite de información pública y vecinal, realizado por el Ayuntamiento de Tortosa del 8 de febrero al 22 de marzo de 2023, ha presentado alegaciones la empresa Frutos y Piensos Inmaculada, SA (Frupinsa).

f) Se han pedido informes a las siguientes administraciones y se han pronunciado sobre el estudio de impacto ambiental en los vectores ambientales:

 

Consultados

Respuesta

Agencia Catalana del Agua

Confederación Hidrográfica del Ebro

Agencia de Residuos de Cataluña

Consejo Comarcal de El Baix Ebre

 

Oficina Catalana del Cambio Climático

Subdirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica, de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático

Servicio para la Prevención y Control de la Contaminación Acústica y Lumínica

Dirección General de Patrimonio Cultural

Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña

Servicio de Prevención de Incendios Forestales

Subdirección General de Seguridad Industrial, de la Dirección General de Industria

Subdirección General de Biodiversidad y Medio Natural, de la Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural

Departamento de Salud

Ayuntamiento de Tortosa

 

-5 Relación de entidades, instituciones, organizaciones y personas que han participado en el procedimiento

a) En el trámite de información pública efectuado por la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático han presentado alegaciones GEPEC- EdC y Frupinsa.

b) En el trámite de información vecinal efectuado por el Ayuntamiento de Tortosa, de acuerdo con el certificado de 23 de marzo de 2023, ha presentado alegaciones Frutos y Piensos Inmaculada, SA.

c) La relación de los escritos de las alegaciones formuladas en el expediente y la consideración que hace la Ponencia Ambiental se detallan y valoran en un informe específico que consta en el expediente.

d) Se han pronunciado sobre el estudio de impacto ambiental la Agencia de Residuos de Cataluña, la Agencia Catalana del Agua, la Confederación Hidrográfica del Ebro, el Subdirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, el Servicio para la Prevención y Control de la Contaminación Acústica y Lumínica, el Instituto Cartográfico y Geológico de Cataluña, el Servicio de Prevención de Incendios Forestales, la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Departamento de Salud, la Oficina Catalana de Cambio Climático, en el ámbito de sus competencias.

Los informes recibidos se han tenido en cuenta en la elaboración de esta declaración de impacto ambiental.

 

-6 Descripción de los impactos significativos sobre el medio y la población apreciados por el órgano que formula la declaración de impacto ambiental

6.1) Medio atmosférico

Los impactos que se producen sobre este vector son similares en cuanto al punto y la causa que los origina, y la diferencia está en la magnitud del impacto, que con la ampliación considerada será mucho más relevante y con efectos que pueden extenderse a un ámbito mayor.

6.1.1) Ruido y/o vibraciones

Impacto por el aumento de los niveles de ruido respecto a la situación acústica actual del establecimiento, que puede generarse por un lado para ejecutar las actuaciones asociadas a la ampliación que puedan quedar pendientes, el movimiento de la maquinaria pesada y el tráfico rodado, y por otro lado el aumento de los niveles de ruido que se producirá en fase de explotación y debido a la propia actividad industrial, así como por la movilidad que se generará al incrementarse el volumen de actividad en la planta (entradas y salidas a planta y aportaciones de materia prima).

Los niveles de inmisión acústica estimados respecto a la situación inicial sin actividad ya no preveían incrementos muy relevantes respecto a la situación de partida. Por tanto, se considera que este impacto tendrá unos efectos mínimos sobre los receptores del entorno, donde tampoco se ha identificado ningún receptor sensible, y se trata de una zona industrial donde se desarrollan tareas que también generan impacto acústico. Por estos motivos se considera que sus efectos son directos, discontinuos y mínimos.

6.1.2) Atmósfera

Durante la fase de ejecución de las obras se generarán emisiones derivadas del tráfico de vehículos que transportan las materias primas y el producto final terminado, que emiten partículas y gases de combustión. También se generarán emisiones derivadas de maquinaria y equipos de energía, pero son emisiones puntuales que no generan emisiones contaminantes que se alarguen en el tiempo.

Durante la fase de explotación, se producirán emisiones vehiculadas y difusas debidas al tráfico de vehículos que transportan las materias primas. Los principales focos de emisiones difusas serán:

Recepción y descarga de material

Pilas temporales de materia prima

Transporte y tratamiento previo de la madera utilizada en el proceso

Estas actuaciones incrementarán las partículas en suspensión y, por lo tanto, afectarán negativamente a la calidad del aire. Se trata de un impacto con efectos discontinuos y temporales, pero que pueden llegar a afectar zonas amplias debido al régimen de vientos.

Debe tenerse en cuenta, además, el efecto que las emisiones difusas de los diferentes procesos que se llevan a cabo en las instalaciones pueden provocar, en especial sobre el resto de actividades que se sitúan en el entorno de las instalaciones y los trabajadores. Se trata de un efecto discontinuo en el tiempo pero recurrente.

También se emitirán COV y gases de combustión procedentes del proceso de la fabricación de tableros, que se caracterizan por sus efectos ambientales permanentes y continuos sobre los receptores como resultado de la inmisión y dispersión de los contaminantes atmosféricos.

6.1.3) Olores

No se prevé que se produzca impacto sobre este vector.

6.1.4) Luz

De acuerdo con el Mapa de protección contra la contaminación lumínica en Cataluña, el ámbito se encuentra en una zona de protección moderada (E3), y se prevé que la iluminación exterior de las instalaciones pueda tener asociado un cierto impacto por intrusión luminosa, ya que se alterarán los niveles de iluminación actual del medio nocturno en un sector en el que actualmente están instaladas pocas actividades industriales. Sin embargo, los efectos de este impacto se caracterizan por ser mínimos y poco relevantes, dado que no se identifican espacios naturales cercanos, zonas Starlight, ni otros receptores sensibles a las inmediaciones, ya que se trata de una zona industrial cercana a vías de comunicación, cuyo desarrollo permite mantener las condiciones en dirección norte donde se encuentran los espacios naturales más sensibles. No se prevé que el impacto asociado a la ampliación de la actividad respecto a lo que ya se produce actualmente comporte diferencias notables.

6.2) Medio hídrico

Dado el incremento de las necesidades de consumo de agua asociadas especialmente al uso industrial (tareas realizadas por la astilladora, de encolado y prensado, la caldera de biomasa, sistema de depuración de gases), el uso sanitario, el sistema de refrigeración y el sistema contra incendios, se prevé que la ampliación de la actividad tenga un impacto sobre la disponibilidad de los recursos. Se trata de un impacto negativo y continuo.

Por otra parte, la actividad desarrollada en la planta generará varios tipos de aguas residuales, cuya carga contaminante y el tratamiento que requieran específicamente de forma previa a su vertido determinarán su impacto sobre el medio. Así, las aguas residuales de tipología sanitaria serán conducidas a la depuradora de L'Aldea, mientras que las aguas pluviales procedentes de la superficie ocupada por las instalaciones de Kronospan (cubiertas, viales y zonas de hacinamiento de materiales) se conducirán a las balsas de laminación del polígono industrial, de forma previa a su desagüe a través de los puntos de vertido. Estas aguas procedentes de la escorrentía superficial pueden afectar de forma difusa a la contaminación de acuíferos o aguas subterráneas, ya que pueden arrastrar contaminantes desde la parcela hacia las balsas de laminación y posteriormente al medio.

De ahí que el impacto ambiental asociado a los posibles vertidos accidentales que puedan ser conducidos o arrastrados a través de las aguas pluviales puede tener efectos imprevisibles en el tiempo, discontinuos y a corto plazo.

6.3) Medio edáfico

La actividad se asienta sobre sedimentos aluviales cuaternarios que rellenaron la depresión de El Baix Ebre, y que normalmente están afectados por un alto grado de carbonatación, dando lugar a la formación de potentes estratos de costras carbonatadas de calizas, conglomerados y calcarenitas. De la superficie destinada a la actividad, unos 239.585 m2, las edificaciones ocupan un total de 91.128 m2, las zonas de almacenamiento unos 65.880 m2, mientras que 82.577 m2 corresponden a zonas verdes y otros espacios.

De forma previa a la implantación de la actividad, en este sector afloraban tierras vegetales con un elevado contenido de materia orgánica y con profundidades variables que iban de los 0,1 a 1 m, también distribuidas en cotas variables, entre las cotas 62,6 y 79,7 m. Para preparar los terrenos y la explanada sobre la que ejecutar las naves, se retiró esta tierra vegetal y se hizo la excavación hasta alcanzar la cota necesaria en torno a los 70 m, sobre la que se mantiene aproximadamente toda la parcela. La desaparición de este recurso tiene efectos negativos y directos, pero al mismo tiempo la tarea de retirada previa y preservación para destinarlo a otras superficies supone un impacto positivo.

El suelo es un recurso natural muy importante con una baja tasa de formación, y por tanto debe conservarse y preservarse siempre que sea posible. La ampliación prevista una vez ya implantada la actividad no contempla la afectación a nuevas superficies, y todas las modificaciones previstas se harán sobre la implantación existente; por tanto, no se puede valorar el impacto sobre este vector.

6.4) Medio natural: vegetación, fauna, biodiversidad

En torno al ámbito en el que se emplaza la actividad se encuentran representadas pequeñas muestras de los hábitats de interés comunitario de los Matorrales termomediterráneos y predesérticos (5330) y los Prados mediterráneos ricos en anuales, basófilos (6220), así como cultivos de olivos y algunos conjuntos de pinares aislados, todos ellos cubiertos vegetales que pueden quedar afectados por el incremento de los niveles de polvo asociados a las tareas de ampliación de las instalaciones evaluadas, así como a la explotación en condiciones normales de la actividad (operaciones de carga y descarga de material en la zona de acopios y emisiones difusas). El impacto generado por las actuaciones que deban realizarse para ejecutar la ampliación se caracteriza por sus efectos mínimos y temporales sobre los elementos de la vegetación, dado que se trata de actuaciones que generarán poco o nulos movimientos de tierras. En cambio, el impacto asociado a la explotación de la actividad en condiciones normales es directo, de aparición irregular y permanente.

Por otro lado, el ámbito en el que se emplaza la actividad forma parte de un área de interés faunístico y florístico (AIFF) considerada espacio vital del águila perdicera (Aquila fasciata), que se corresponde con el espacio utilizado anualmente por esta especie para criar, obtener alimento y desplazarse entre el sector de cría y las áreas de cacería, así como con otros sectores empleados habitualmente. Se trata de un área extensa que afecta al ámbito en el que se emplaza la actividad y necesario para la especie para poder cubrir sus necesidades. Dentro de los espacios vitales, se pueden diferenciar otras subzonas que presentan niveles más críticos de protección, como serían los espacios de cría, que se delimitan en torno a los nidos y que se consideran imprescriptibles para hacer posible la recuperación de la especie. El espacio vital afectado por la implantación de la actividad no contiene ningún espacio de cría y, por tanto, se prevé que el impacto sobre esta especie sea indirecto y permanente, dado que, una vez establecida la actividad, la especie dejará de utilizar este sector para cubrir sus necesidades vitales.

En esta misma línea, el aumento de los niveles de ruido y la presencia de maquinaria, tanto en la fase de construcción de la ampliación como durante la explotación, perturbarán a las especies de fauna del entorno y provocarán su desplazamiento hacia otros sectores menos modificados, en cuyo caso el impacto también tendrá efectos indirectos y permanentes.

6.5) Medio forestal

Tortosa está incluido en la relación de municipios de alto riesgo de incendio forestal del Decreto 64/1995, de 7 de marzo, por el que se establecen medidas de prevención de incendios forestales; además, el ámbito en el que se inscribe la actividad está situado a menos de 500 metros de la superficie forestal y ocupa suelo de tipo urbano-industrial. Es por ello que existe un impacto por riesgo de incendio provocado por accidentes que se puedan producir en el ejercicio de la actividad, o bien por catástrofes naturales que provoquen incendios en las zonas forestales cercanas. Se trata de un impacto directo, puntual, negativo e imprevisible.

6.6) Medio cultural

El catálogo de patrimonio del Plan de ordenación urbanístico municipal (POUM) de Tortosa no contemplaba ningún yacimiento arqueológico en el ámbito donde se preveía la implantación de la fábrica. Las actuaciones previstas en la ampliación no suponen la ocupación de nueva superficie; por tanto, no se considera que se pueda producir ningún impacto adicional sobre este vector.

6.7) Medio paisajístico

En términos generales, el entorno del sector industrial en el que se encuentran las parcelas de esta actuación ha sido muy modificado por la acción antrópica, con presencia de campos de cultivo cuya mayor parte están abandonados, varias actividades extractivas de dimensiones considerables, situadas tanto en el norte como en el noroeste del emplazamiento de la actividad, o del antiguo vertedero clausurado de L'Aldea, situado al oeste de las instalaciones. El paisaje contiene una gran abundancia de elementos antrópicos (vertederos, actividades extractivas, campos de cultivo, infraestructuras de comunicación) entre los que se abren paso algunas clapas residuales de masa forestal, especialmente en los sectores de orografía más abrupta.

La ampliación de Kronospan evaluada se encaja dentro de los elementos constructivos ya existentes y, por tanto, no comporta nuevos impactos sobre el paisaje de los ya asociados a la propia implantación industrial actual, que dadas las dimensiones y las estructuras asociadas se puede valorar igualmente como un impacto permanente y localizado.

6.8) Medio socioeconómico

La implantación de esta actividad y su posterior ampliación forman parte de una actuación que potenciará el desarrollo económico e industrial de esta zona, y repercutirá de forma directa y positiva sobre la economía y la ocupación del territorio. El impacto, tanto de la implantación de la actividad como de la ampliación evaluada, es el mismo, ya que favorece la dinamización social y económica y provoca efectos sobre el medio socioeconómico positivos y localizados que supondrán una inyección económica en toda la zona.

6.9) Vulnerabilidad / accidentes o catástrofes naturales

El ámbito en el que se emplaza la ampliación evaluada presenta una actividad sísmica de intensidad muy baja y tampoco está incluido en ninguna zona declarada potencialmente inundable. Sin embargo, el impacto sobre la actividad asociado a la ocurrencia de una catástrofe natural se caracteriza por ser puntual, negativo e imprevisible. En cuanto a posibles accidentes, el establecimiento cuenta con sustancias peligrosas almacenadas, aunque ninguna de ellas supera los umbrales establecidos en el Real decreto 840/2015, de 21 de diciembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, por lo que no se hace necesario el establecimiento de medidas específicas.

El consumo de suelo asociado a la implantación de nuevas infraestructuras y elementos provoca su deterioro y puede generar situaciones de riesgo o desestabilización, lo que implica que un cambio en el uso del suelo puede incrementar la vulnerabilidad de este elemento frente a situaciones de fenómenos meteorológicos extremos. En este sentido, aunque la ampliación no supone un incremento de la ocupación de superficie de suelo, el riesgo asociado a la pérdida de suelo y a la desestabilización provocada por su consumo debe evaluarse por los posibles efectos que pueda causar sobre las nuevas instalaciones. Se trata de un impacto imprevisible y a medio plazo.

Las elevadas temperaturas que pueden registrarse como consecuencia de los fenómenos meteorológicos extremos y las oleadas de calor pueden incrementar el riesgo de incendio sobre los acopios de materiales almacenados en las instalaciones y provocar perjuicios económicos, sociales y ambientales de distinta consideración. Se trata de un impacto directo e imprevisible.

Aunque las instalaciones cuentan con mecanismos para contener las sustancias almacenadas de acuerdo con sus características, otra situación asociada a la ocurrencia de fenómenos meteorológicos extremos son los episodios de lluvias intensas y torrenciales que pueden provocar el arrastre de materiales e incrementar el riesgo de contaminación del entorno, por lo que también se considera que es un impacto imprevisible y temporal.

6.10) Cambio climático

En términos de emisiones de GEI, el impacto se evalúa teniendo en cuenta el consumo eléctrico y el consumo de gas natural, que conllevan emisiones anuales de 37.152 tCO2 eq/año y de 7.237 tCO2 eq/año respectivamente. La ampliación de la actividad comportará, pues, un aumento de las emisiones de GEI que tendrá efectos negativos, directos y acumulativos sobre la calidad del medio. No se cuantifican las emisiones asociadas al consumo de biomasa, ya que desde el punto de vista del cambio climático la utilización de biomasa como combustible se considera neutra a efectos de su cómputo de emisiones de CO2, en el sentido de que el CO2 emitido en la combustión ha sido absorbido previamente de la atmósfera.

No se hace una previsión del impacto indirecto sobre el cambio climático asociado al tráfico de vehículos que suministrarán materia prima y distribuirán producto terminado, dado que se considera que no son las emisiones mayoritarias respecto de las emisiones totales que tienen lugar en el seno de la propia industria, de acuerdo con las directrices establecidas por la Oficina Catalana del Cambio Climático. El efecto de ese impacto no cuantificado sobre el medio se considera negativo y a corto plazo.

6.11) Salud

La limitación de los efectos que puede tener la explotación de esta actividad sobre la salud de las personas se prescribe al resto de vectores con competencias sobre emisiones al medio ambiente, recogida y vertido de aguas pluviales y residuales, ruidos, contaminación lumínica y olores, entre otros. Por tanto, se considera que el impacto que el ejercicio de la actividad puede tener sobre la salud de las personas es mínimo, indirecto y a medio plazo.

 

-7 Evaluación del impacto ambiental

7.1) Evaluación de la capacidad del medio receptor:

La evaluación de este apartado ha tenido en cuenta los elementos más representativos y significativos de la capacidad del medio receptor descritos en la documentación presentada por el titular, el conocimiento que se dispone del entorno del Proyecto, la descripción de los impactos significativos sobre el medio receptor y la evaluación de los siguientes elementos vectoriales:

a) Emplazamiento

El sector en el que se enmarca la implantación se corresponde con una zona reservada para usos industriales con elevada disponibilidad de espacio donde actualmente solo se han implantado algunas empresas en las parcelas más pequeñas.

b) Zona de protección contra la contaminación lumínica

El Proyecto se realizará en un ámbito de suelo urbano que corresponde a una zona de protección moderada (E3), que admite un brillo medio.

c) Medio atmosférico: calidad del aire en la zona de protección

La evaluación de la calidad del aire del municipio donde se ubica la actividad, Tortosa, se realiza con los datos de las estaciones de que dispone la Red de Vigilancia y Previsión de la Contaminación Atmosférica de Cataluña (XVPCA), durante el período representativo 2016-2019, dentro de la Zona de Calidad del Aire de Terres de l'Ebre, a la que pertenece el municipio.

También se utilizan los resultados de la modelización de la calidad del aire, donde se tienen en cuenta las emisiones, los datos de calidad del aire, la meteorología de la zona, el relieve, la química atmosférica y otros parámetros complementarios de influencia.

 

A partir de esta información, la capacidad del medio por contaminantes en el municipio es la siguiente:

 

Capacidad del medio por contaminante

Municipio

ZQA

NO2

PM10

PM2.5

Benzo(a)pireno

Benceno

Tortosa

Terres de l'Ebre

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Ni

Cd

As

Pb

H2S

SO2

CO

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

Alta

 

1 Debido a la situación excepcional causada por las restricciones de movilidad a raíz de la pandemia de la covid-19, los años 2020 y 2021 no se consideran representativos para la evaluación de las tendencias normalizadas en calidad del aire.

 

Por tanto, atendiendo a los valores de inmisión obtenidos y comparándolos con los valores legislados por cada contaminante, se concluye que la capacidad del medio en el municipio de Tortosa es alta por todos los contaminantes atmosféricos legislados y evaluados.

 

d) Medio hídrico

El ámbito en el que se emplaza el establecimiento está situado sobre el Sistema acuífero en las calizas mesozoicas de Cardó-Vandellòs (312C31) y sobre el Acuífero detrítico pliocuaternario de L'Aldea-Ampolla (312I02). Ninguno de los dos acuíferos son masas de agua protegidas.

e) Espacios naturales de protección y otras figuras de protección

El ámbito, en su totalidad y en una amplia extensión, está incluido en la Reserva de la Biosfera de Les Terres de l'Ebre, que tiene como finalidad armonizar la conservación de la diversidad biológica y cultural y el desarrollo económico y social a través de la relación de las personas con la naturaleza.

El emplazamiento del establecimiento se encuentra en un área de interés faunístico y florístico, que son espacios que aglutinan las áreas más críticas de todas las especies de fauna y flora amenazadas, de las cuales se dispone de información especialmente detallada y más concreta que la publicada. Se trata de una zona que agrupa las zonas críticas, de riesgo o de interés por la fauna y flora amenazada, con el fin de tenerlas en cuenta en cualquier actuación o gestión que deba realizarse en el territorio.

En dirección noreste el sector está menos antropizado y presenta unas mejores condiciones para permitir la conectividad ecológica, especialmente en el entorno de las Sierras de Cardó - El Boix.

En cuanto a la protección de los espacios agrícolas del entorno, el sector en el que se ha implantado la actividad y donde se encajará la posterior ampliación se califica como suelo industrial, mientras que hacia el noroeste, en dirección a las actuales actividades extractivas, y hacia el noreste se extiende una amplia franja de suelo no urbanizable calificado como espacio de interés agrícola.

 

Sectores de suelo no urbanizable y espacios de interés agrícola en torno al ámbito de implantación de Kronospan

 

Imagen del artículo Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural - Anuncios (DOGC nº 2023-9008)

 

 

Dado el grado de antropización del sector y la presencia de actividades extractivas e industriales en el entorno, se considera que la capacidad del medio para absorber la implantación y en especial la posterior modificación de la planta de fabricación de tableros de madera es moderada; la mayor parte de las afecciones se concentra sobre las zonas más modificadas y se preservan los valores de los espacios menos alterados y más alejados de las vías de comunicación.

f) Los elementos y/o conjuntos del patrimonio arqueológico, paleontológico, arquitectónico y cultural

Según el Inventario de patrimonio arqueológico y paleontológico de Cataluña y el Inventario del patrimonio arquitectónico de Cataluña, ningún yacimiento arqueológico/paleontológico ni ningún elemento arquitectónico conocido queda afectado por la actividad. El planeamiento urbanístico municipal tampoco otorga ningún grado de protección especial ni identifica ningún sector como zona de posible expectativa arqueológica en el ámbito en el que se inscribe la actividad, por lo que se considera que la capacidad del medio frente a la preservación de este patrimonio es alta.

g) Figura de protección del paisaje

El ámbito en el que se inscribe la ampliación de la planta se corresponde a la Unidad del Paisaje Fluvial del Ebro, en la que conviven fragmentos de paisajes agrícolas bien conservados y en plena producción con porciones de territorio altamente transformadas para suelo urbano y por las infraestructuras. De esta unidad destaca la zona industrial más importante que se sitúa en el entorno de Tortosa, con el polígono industrial Catalunya Sud y sus ampliaciones, el polígono industrial de El Baix Ebre o el de L'Aldea y el de Les Tosses en Amposta.

Algunos de los elementos característicos que constituyen valores simbólicos e identitarios de este paisaje son los de piedra seca, que antes se realizaban para liberar la tierra de las piedras y crear terrazas para cultivar y ahora forman parte del imaginario colectivo como recuerdo de antiguas prácticas agrícolas.

Por otro lado, el paisaje está determinado por las dos dinámicas de transformación mayoritarias que se dan en la actualidad: por un lado el abandono de cultivos, principalmente donde el suelo es más desfavorable para la actividad, y por otro el incremento de la actividad industrial en diferentes puntos, localizados especialmente entre los municipios de Tortosa-L'Aldea-Amposta, donde aparecen nuevas áreas industriales con tendencias de crecimiento, como es el caso del polígono Catalunya Sud, que se convertirá en una de las piezas industriales de mayores dimensiones de Les Terres de l'Ebre y de toda Cataluña. En estos nuevos sectores se identifica una proliferación de la industria de grandes dimensiones y no contigua a los núcleos, de tipología aislada, que está pensada como elemento intermodal, relacionado directamente con la proximidad a las vías de comunicación: C12, N-340, autopista, línea ferroviaria. Estos elementos, precisamente, se ubican en lugares de visibilidad preferente desde las vías de comunicación y provocan un impacto visual considerable.

Otro de los elementos más característicos de esta unidad es la presencia de actividades extractivas, que son muy visibles y se localizan especialmente en el eje La Carrova-Campredó, a ambos lados del río Ebro; aparte de su extensión, una de las actividades extractivas se encuentra muy cercana al ámbito de implantación de Kronospan, son visibles desde varios puntos. Algunas de estas actividades extractivas actualmente abandonadas se han convertido en puntos de vertido incontrolado de escombros de la construcción o en balsas mal gestionadas.

El paisaje del sector en el que se enmarca el establecimiento alterna masas donde se ha desarrollado cierta masa forestal, con pequeños espacios agrícolas donde se conservan olivos y otros cultivos rodeados de muros de piedra seca, y otros espacios agrícolas abandonados actualmente cubiertos por matorrales y bosques incipientes. Estos espacios se alternan con antiguas actividades extractivas.

h) Cambio climático

Las emisiones de GEI se distribuyen uniformemente en la atmósfera, sin importar el foco emisor. Por tanto, por el vector cambio climático no se puede considerar un medio o territorio que se vea perjudicado o no sea capaz de asumir los GEI, sino que este medio es el planeta a escala global.

En síntesis, la evaluación global de la capacidad ambiental de los vectores ambientales más significativos del emplazamiento y entorno del Proyecto presenta una capacidad moderada para admitir las actuaciones proyectadas y que el entorno preserve sus valores y objetivos de conservación de forma coherente.

7.2) Evaluación de las alternativas del emplazamiento y la gestión del Proyecto

El análisis de la documentación presentada por el promotor y el conocimiento que se dispone del entorno permiten realizar las siguientes consideraciones:

a) Alternativas de emplazamiento

La alternativa escogida por el promotor en cuanto al emplazamiento inicial del Proyecto se manifiesta como una modificación del entorno, de los recursos naturales y/o de sus procesos fundamentales de funcionamiento que no produce (teniendo en cuenta las medidas del EIA), o repercusiones significativas diferenciales respecto de las demás alternativas de emplazamiento planteadas.

b) Alternativas de gestión del Proyecto

El Proyecto no plantea alternativas de gestión del Proyecto, dado que el proceso que se quiere implantar es el mismo que el que ya se utiliza en la planta inicial de Burgos y que la empresa ha comprobado como más eficiente en cuanto a los objetivos de producción.

7.3) Evaluación de los impactos más representativos y significativos

El impacto ambiental sobre el medio natural se considera moderado. Las medidas previstas en el Proyecto y el estudio de impacto ambiental, junto con las condiciones y prescripciones técnicas que se fijen en la autorización ambiental, se consideran efectivas para moderar el impacto de la actividad sobre el medio natural.

La evaluación de los impactos más representativos y significativos se presenta por vectores y elementos ambientales y se ha realizado teniendo en cuenta la descripción de los efectos ambientales de los impactos, la evaluación de la capacidad del medio receptor y la evaluación de las alternativas del emplazamiento del Proyecto.

 

a) Medio atmosférico

 

Ruido y/o vibraciones

El impacto ambiental asociado a la ampliación de la actividad y a su entrada en funcionamiento, de acuerdo con las previsiones de producción de la autorización ambiental, comportará un incremento de los niveles de ruido tanto en las instalaciones del establecimiento como en el entorno que se estima moderado, dada la inexistencia de receptores sensibles a las inmediaciones, el hecho de que la actividad se encuentra en un polígono industrial y las medidas preventivas que incorpora el Proyecto respecto a la ubicación de la maquinaria y la realización de controles periódicos.

 

Atmósfera

De acuerdo con la capacidad del medio, el impacto ambiental asociado a las emisiones vehiculadas, difusas y a las que se producirán como consecuencia de la explotación de la actividad (COV y gases de combustión) se evalúa como moderado, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de los valores límite de emisión y las prescripciones que se establecen en la autorización ambiental.

Es necesario que la empresa lleve a cabo las medidas preventivas y correctoras indicadas en el Proyecto, específicas para las emisiones difusas como los búnkers en las zonas de almacenamiento y recepción de madera, la descarga de material fino bajo cubierto, las cintas transportadoras de material cubiertas, los sistemas de filtrado en los focos que emitan partículas, así como las medidas para disminuir la emisión de partículas asociada a la circulación de vehículos (cubrimiento de camiones y limitación de la velocidad máxima). Por otra parte, para minimizar las emisiones derivadas del propio proceso productivo se contempla la depuración en el WESP de las emisiones de la prensa y del secador para eliminar las partículas y los COV.

 

Medio lumínico

El impacto ambiental por alteración lumínica generado por las instalaciones de Kronospan se evalúa como compatible, dado que únicamente se tendrán que cumplir los valores y las prescripciones establecidos por la zona de protección en la que se encuentra, E3, para minimizar la intrusión lumínica, sin necesidad de establecer otras medidas adicionales.

 

b) Medio hídrico

El impacto ambiental por vertidos que puedan afectar de forma difusa a la contaminación de los acuíferos y de las aguas subterráneas se estima compatible, dado que no hay presencia de agua en los 20 primeros metros de profundidad y que la probabilidad de provocar una degradación de la calidad natural de las aguas subterráneas locales es muy baja. Las superficies destinadas a las instalaciones y almacenes de residuos están pavimentados, lo que por un lado minimiza el riesgo de infiltración y contaminación del subsuelo por vertidos, pero por otro provoca un incremento del volumen de escorrentía superficial y obliga a prever los sistemas adecuados para poder gestionar estas aguas y minimizar sus efectos sobre el entorno. Las instalaciones disponen de una red que separa las aguas pluviales de las de drenaje, de una cuneta perimetral que recoge las aguas de escorrentía y contribuye a disminuir la cantidad de agua que llega a las superficies de operación, que es desde donde se pueden producir arrastres de contaminados y sólidos, de sistemas de decantación de hidrocarburos para tratar las aguas recogidas de los viales de forma previa a su vertido en las balsas de laminación y de sistemas de desbaste (rototamiz y decantador lamelar) por las aguas pluviales procedentes de los acopios de madera. Con la aplicación de estas medidas y actuaciones para minimizar la carga contaminante de estas aguas, se minimiza el riesgo de aportación de sólidos y contaminantes a las balsas de laminación.

Con el fin de realizar seguimiento de estas posibles afectaciones, también se dispondrá de una serie de puntos de monitorización de las aguas superficiales y subterráneas, en los que se controlarán los parámetros de forma periódica.

c) Medio edáfico

Dado que con la ampliación de la actividad no se prevé la transformación de nuevos sectores de suelo, no puede evaluarse el impacto sobre este vector.

d) Medio natural

Las actuaciones asociadas a la ampliación de la actividad no tendrán efectos sobre este vector, dado que se afecta a la superficie sobre la que ya se ha implantado la actividad y no se prevé la transformación de nuevos ámbitos para poder llevar a cabo las actuaciones. Se trata, por tanto, de un impacto compatible.

Por lo que respecta al impacto ambiental asociado a la frecuentación antrópica, no se esperan efectos sobre el estado de conservación de los hábitats y especies del ámbito y se considera que el medio tiene capacidad para absorber las actuaciones previstas. Se trata de un impacto también compatible.

e) Medio forestal

La actividad presenta una continuidad sobre la superficie forestal que condiciona un peligro de incendio forestal sobre un entorno que, en continuidad, se clasifica con un nivel bajo. El impacto ambiental por la frecuentación antrópica y el propio funcionamiento de la actividad tienen efectos sobre el riesgo de incendio forestal, aunque considerando la aplicación de las medidas de obligado cumplimiento por parte de la legislación sectorial vigente, se puede evaluar el impacto como compatible.

f) Medio cultural

El impacto ambiental sobre los elementos de patrimonio cultural no inventariados no se puede evaluar, dado que los movimientos de tierras para realizar la implantación de la actividad se realizaron sin aplicar las medidas preventivas establecidas por el Departamento de Cultura y, por tanto, no ha sido posible identificar si en la zona existían elementos no inventariados ni evaluar su grado de afectación.

g) Medio paisajístico

El impacto ambiental sobre el medio paisajístico de la ampliación prevista es compatible, dado que se encaja en un sector que presenta un importante grado de elementos antrópicos y que no comportará grandes cambios respecto a las edificaciones ya implantadas. La actuación promueve la compleción de los actuales polígonos industriales ya previstos en el planeamiento, que permitirán la promoción de la actividad económica y al mismo tiempo la preservación del resto de los espacios y evitarán, así, una mayor fragmentación del paisaje.

h) Medio socioeconómico

La ampliación de la actividad que permitirá que esta pueda funcionar a pleno rendimiento es una oportunidad de trabajo para las empresas locales en tareas de montaje industrial y mantenimiento y, por tanto, comporta la creación de puestos de trabajo tanto de forma directa como indirecta y la mejora de la economía de la zona. La evaluación de este impacto en el medio socioeconómico se considera compatible, dado que se estima positivo con su entorno por su carácter de dinamización económica, y no requiere ningún tipo de actuación en particular.

i) Vulnerabilidad

El impacto ambiental provocado por la ocurrencia de accidentes graves o catástrofes naturales se estima compatible, dado que las instalaciones contemplan las medidas necesarias para minimizar los riesgos en caso de que se den estas situaciones y la frecuencia con la que se pueden producir es baja.

En cuanto al riesgo de incendio, ya sean incendios iniciados dentro de las propias instalaciones o en el entorno forestal inmediato, las medidas de protección contra incendios incorporadas y de protocolos de control de la temperatura de los materiales almacenados incidirán en la disminución de este riesgo y, por tanto, se puede evaluar este impacto como moderado.

j) Cambio climático: mitigación y adaptación

Para la evaluación de los impactos más relevantes de la actividad respecto al cambio climático se han tenido en cuenta las emisiones de gases de efecto invernadero en el consumo de gas natural y en el consumo eléctrico.

Una vez evaluados sus efectos, y considerando las medidas preventivas y correctoras que se prevén aplicar, se considera que la afección al cambio climático es moderada.

k) Salud

Dado que las competencias sobre aspectos que pueden tener efecto sobre la salud de las personas están repartidas entre los distintos vectores ambientales que establecen límites y prescripciones en relación con la explotación de la actividad, se considera que el impacto de la ampliación sobre el medio es compatible y no requiere medidas específicas adicionales.

7.4) Evaluación global

Globalmente el Proyecto de ampliación de la actividad de fabricación de tablones de madera con y sin recubrimiento no debe comportar efectos significativos para los vectores ambientales del medio receptor si su gestión se lleva de acuerdo con las condiciones descritas en el proyecto, en el estudio de impacto ambiental, en la documentación complementaria aportada por el promotor y con las medidas establecidas en esta declaración de impacto ambiental.

Por todo ello, y de acuerdo con la evaluación realizada de la capacidad del medio, del emplazamiento del Proyecto y de los impactos más representativos, se califica el impacto ambiental global del Proyecto como moderado con la conservación y protección del medio afectado y de los recursos naturales.

 

-8 Recomendación sobre la autorización del Proyecto en sentido favorable o desfavorable

Vista la calificación del impacto ambiental, a propuesta de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, la Ponencia Ambiental, en la sesión de fecha 20 de julio de 2023, de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 26 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, acuerda:

a) Formular declaración de impacto ambiental en sentido favorable a la autorización del Proyecto de ampliación de la fabricación de tableros de madera con y sin recubrimiento situado en el polígono industrial Catalunya Sud, en el término municipal de Tortosa, promovida por la empresa Kronospan Tortosa, SL.

b) Publicar la declaración de impacto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 30.2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades, e incorporarla a la base de datos ambientales de las actividades.

 

-9 Medidas preventivas, correctoras y compensatorias

Para minimizar los efectos de los posibles impactos en los medios receptores, se fijan en esta declaración de impacto ambiental las medidas correctoras a aplicar. También serán de aplicación las medidas descritas en el estudio de impacto ambiental que no entren en contradicción con aquellas y que actúen sobre los medios receptores. Las emisiones al medio deberán tener fijados los correspondientes límites de emisión a la correspondiente autorización ambiental.

 

Medidas sobre el medio natural: flora, fauna y biodiversidad

Dado que el ámbito está incluido en un área de interés faunístico y florístico (AIFF) por ser espacio vital para el águila perdicera, sin afectar a su área de cría, no es necesario establecer limitaciones temporales para esta especie. No obstante, se recomienda que los trabajos asociados a la realización de nuevas obras se realicen fuera de la época de reproducción de las especies faunísticas, que va del 15 de marzo al 31 de julio.

 

Medidas sobre el patrimonio arqueológico, arquitectónico, yacimientos paleontológicos, etc.

Las medidas que se proponen tienen por objeto prever cualquier posible afectación de yacimientos no conocidos en los terrenos objeto del Proyecto. Los inventarios no son exhaustivos y solo contienen los elementos patrimoniales de los que se tienen noticias documentales o evidencias físicas y, dada la notable extensión de los terrenos objeto de la actividad, podrían ser susceptibles de albergar yacimientos arqueológicos no conocidos.

Dado que la ampliación objeto de esta evaluación no comporta la afectación de nuevas superficies, no pueden establecerse medidas correctoras.

De todos modos, en caso de ocupar nuevos espacios para posibles ampliaciones de la actividad, y para comprobar las posibles afectaciones al patrimonio cultural, será necesario realizar una prospección arqueológica y paleontológica preventiva previa al inicio de las obras con el fin de valorar posibles afectaciones al patrimonio cultural, acompañada de un control y seguimiento arqueológico del movimiento de tierras durante la fase constructiva del Proyecto, dado que no puede descartarse la presencia de yacimientos no conocidos. Estas intervenciones deben llevarse a cabo con la correspondiente autorización de la Dirección General del Patrimonio Cultural, según establece la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y el Decreto 78/2002, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.

 

 

Medidas sobre la inmisión de ruido

Los niveles de la inmisión sonora generados por la actividad no pueden superar los valores límite de inmisión diurnos, vespertinos y nocturnos correspondientes a la zona de sensibilidad acústica de las edificaciones de uso sensible al ruido del entorno de la actividad establecidos en el mapa de capacidad acústica del municipio ni los valores fijados en la ordenanza municipal correspondiente o, en su defecto, los valores límite de inmisión indicados en el anexo 3 del Decreto 176/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, y se adaptan sus anexos.

 

 

Medidas sobre el vector agua

La empresa debe disponer de un plan de emergencia de actuaciones y medidas para casos de emergencia en el vertido de aguas residuales.

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