Departamento de Territorio - Otras disposiciones (DOGC nº 2023-9005)

RESOLUCIÓN TER/3217/2023, de 15 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de cédula de habitabilidad.

La Resolución TES/2669/2014, de 20 de noviembre (DOGC núm. 6761, de 1.12.2014), modificó el modelo de la cédula de habitabilidad aprobado por la Resolución TES/741/2013, de 3 de abril, de conformidad con el Decreto 141/2012, de 30 de octubre, por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad.

El Decreto ley 50/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para estimular la promoción de vivienda con protección oficial y de nuevas modalidades de alojamiento en régimen de alquiler (DOGC núm. 8292, de 11.12.2020), modificó los artículos 3, 18, 26 i 130 de la Ley 18/2017, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, i también añadió el artículo 18.bis y las disposiciones transitorias décima y undécima.

Entre estas modificaciones, estableció la configuración jurídica de los alojamientos con espacios comunes complementarios para dar respuesta a la demanda de vivienda con elementos de uso compartido y permitir desarrollar nuevas fórmulas de vivienda en alquiler. Dispuso que dichos alojamientos quedan también sujetos a la exigencia de la cédula de habitabilidad. Y también estableció un régimen transitorio aplicable a los espacios comunes complementarios de las viviendas y de los alojamientos hasta la adaptación del Decreto 141/2012, de 30 de octubre, al contenido de este Decreto ley.

Las modificaciones introducidas por el Decreto ley 50/2020, de 9 de diciembre, a la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, que afectan al Decreto 141/2012, de 30 de octubre, hacen necesaria la adecuación del formato de la cédula de habitabilidad para que pueda incorporar los datos correspondientes a las superficies útiles de las viviendas o alojamientos con espacios comunes complementarios.

La disposición final primera del Decreto 141/2012, de 30 de octubre, letra c), prevé la aprobación del modelo de la cédula de habitabilidad por el departamento competente en materia de vivienda y, en consecuencia, faculta a este Departamento para introducir las modificaciones necesarias para la actualización del contenido de la cédula.

El artículo 1.2.g) del Decreto 293/2022, de 2 de noviembre, de reestructuración del Departamento de Territorio (DOGC núm. 8785, de 3.11.2022), dispone que la Agencia de la Vivienda de Cataluña, mediante la Secretaría de Vivienda, queda adscrita al Departamento de Territorio, y el artículo 12.1 dispone que la Secretaría de Vivienda, con rango orgánico de secretaría general, en los términos previstos en el artículo 11.2 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, mantiene las funciones previstas en el artículo 7 del Decreto 256/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Derechos Sociales, con excepción de las funciones j), k), l), m) y n).

El artículo 7.1.f) del Decreto 256/2021, de 22 de junio, de reestructuración del Departamento de Derechos Sociales (DOGC núm. 8442, de 23.6.2021), dispone como una de las funciones de la Secretaría de Vivienda el control de la habitabilidad de edificios y de viviendas.

Por todo ello, a propuesta de la Agencia de la Vivienda de Cataluña,

 

Resuelvo:

 

—1 Aprobar el modelo de la cédula de habitabilidad con los contenidos que figuran en el anexo 1 y en el anexo 2.

 

—2 Disponer que esta Resolución produce efectos a partir del mismo día de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

 

Barcelona, 15 de septiembre de 2023

 

Marina Berasategui i Canals

Secretaria de Vivienda

 

 

Anexo 1

Cédula de habitabilidad que informa del cumplimiento de los requisitos técnicos de habitabilidad

 

(Véase la imagen al final del documento)

 

 

Anexo 2

Cédula de habitabilidad que informa del cumplimiento de los requisitos técnicos de habitabilidad y advierte de que la vivienda puede no adecuarse a la legalidad urbanística

 

(Véase la imagen al final del documento)

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