Departamento de Territorio - Disposiciones generales (DOGC nº 2023-8994)
EDICTO de 28 de agosto de 2023, sobre un acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo del Arco Metropolitano de Barcelona referente a una modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal del municipio de Malgrat de Mar.
La Comisión Territorial de Urbanismo del Arco Metropolitano de Barcelona, en la sesión de 20 de junio de 2023, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Exp.: 2022/077847/B
Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal por la alteración de las tipologías de usos admitidos en las calificaciones de la zona industrial del Polígono de Can Patalina y del sector "Zona Industrial Nord" (PP-8), en el término municipal de Malgrat de Mar
Visto el informe propuesta de los Servicios Técnicos y de acuerdo con los fundamentos que en él se exponen, esta Comisión acuerda:
-1 Aprobar definitivamente la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal por la alteración de las tipologías de usos admitidos en las calificaciones de la zona industrial del Polígono de Can Patalina y del sector "Zona Industrial Nord" (PP-8), del municipio de Malgrat de Mar, promovida y remitida por el Ayuntamiento.
-2 Publicar este acuerdo y las normas urbanísticas correspondientes en el DOGC al efecto de su inmediata ejecutividad, tal y como indica el artículo 106 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, aprobado por el Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero.
-3 Comunicarlo al Ayuntamiento de Malgrat de Mar.
Contra este acuerdo, que se refiere a una disposición administrativa de carácter general, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación o la publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevén el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, y los artículos 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de que los particulares puedan interponer cualquier otro recurso que consideren procedente, y de la posibilidad que tienen los ayuntamientos y otras administraciones públicas de formular el requerimiento previo que prevé el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
En el caso de formular requerimiento, éste se entenderá rehusado si, dentro del mes siguiente a la recepción, no es contestado. En este supuesto, el plazo de dos meses para la interposición del recurso contencioso administrativo se contará desde el día siguiente de aquél en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o de aquél en que se entienda rehusado presuntamente.
Consulta e información del expediente
El expediente estará, para la consulta e información que prevé el artículo 107 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero, depositado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña, tal y como establece el artículo 103, apartados 1 y 2, del mencionado Texto refundido.
Se incluye, a continuación, el enlace al Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña que permite la consulta telemática e inmediata de los documentos que conforman el instrumento de planeamiento urbanístico aprobado, con plena garantía de autenticidad e integridad, en virtud de lo que prevén la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del DOGC, y el artículo 103.3 del Texto refundido de la Ley de urbanismo, modificado por la Ley 3/2012, de 22 de febrero:
http://tes.gencat.cat/rpucportal/AppJava/cercaExpedient.do?reqCode=veureFitxa&codiPublic=2022/77847/B&set-locale=es
La consulta del expediente administrativo se podrá hacer, presencialmente, en cualquiera de los servicios territoriales de Urbanismo, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes laborables.
Barcelona, 28 de agosto de 2023
Ariadna Carmona Martínez
Secretaria de la Comisión Territorial de Urbanismo del Arco Metropolitano de Barcelona
Anexo
Normas urbanísticas de la Modificación puntual del Plan de ordenación urbanística municipal por la alteración de las tipologías de usos admitidos en las calificaciones de la zona industrial del Polígono de Can Patalina y del sector "Zona Industrial Nord" (PP-8), del municipio de Malgrat de Mar
(Véase la imagen al final del documento)